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A-R-0264-2024 Regional Agreement Cusco In force

Acuerdo de Consejo Regional N.° A.R.0264.2024

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GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO pie CONSEJO REGIONAL DEL CUSCO 1 pá

  • AÑO DE LA UNIDAD, LA PAZ Y EL DESARROLLO -

ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 264-2024-CRC/GR CUSCO

Cusco, 27 de agosto del 2024 VISTOS: La vigésimo septima sesión extraordinaria del Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, de fecha veintiseis de agosto del año dos mil veinticuatro y el Oficio N° 07- 2024-MRMCRS, el Consejo Regional del Gobiemo Regional de Cusco ha debatido sobre autorización de viaje a la ciudad de Tacana, y;

CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo establecido en el artículo 191° de la Constitución Política del Estado, en concordancia con el artículo 2° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867 y sus modificatorias, establecen que, los Gobiemos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia;

Que, es competencia del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, emitir Acuerdos Regionales, conforme a lo prescrito en el artículo 39° de la Ley N° 27867, que señala: “Los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este Órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional, o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional (...)”:

Que, el inciso a) del artículo 16° de la Ley N° 27867 — Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, prescribe que: “Son derechos y obligaciones funcionales de los consejeros Regionales: a. Proponer normas y acuerdos regionales. (...)”;

  1. Que, el inciso a) y k) del Artículo 37° del Reglamento Interno de Organización y Funciones del Consejo Regional de Cusco, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 119-2016- CR/GRC.CUSCO señala que: “Los consejeros regionales tienen derecho a: a. Proponer Acuerdos Regionales, Ordenanzas Regionales e Iniciativas Legislativas. (...) k. Obtener licencia y/o autorización para viajes en ejercicio de sus funciones, por enfermedad del consejero o enfermedad de un familiar de primer y segundo grado de consanguinidad y primero de afinidad, y por viaje oficial. En todos los casos el consejero no perderá el goce de su dieta. (...)”. Al respecto se debe de precisar que la función de representación tiene identificación con el interés público como una de sus principales herramientas para esclarecer hechos y fiscalizar la gestión e implementación de las políticas públicas;

Que, mediante Oficio N° 07-2024-MRMCRS, de fecha 22 de agosto del 2024, la Presidencia de la Mancomunidad Regional Macro Región Sur, para participar.en la sesión ordinaria de la Mancomunidad regional de la macro regio sur, a llevarse a cabo el día 29 de agosto del 2024, en la ciudad de Tacna;

Por ¡as consideraciones expuesias, esiando a las airibuciones conieridas por ia Constitución Política del Estado, la Ley de Bases de la Descentralización - Ley N* 27783, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley N° 27867 y sus modificatorias y por el Reglamento Interno de Organización y Funciones del Consejo Regional del Cusco aprobado por Ordenanza Regional N° 119-2016. CR/GRC.CUSCO, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta, por unamidad de votos de los Consejeros Regionales, el Consejo Regional del Gobiemo Regional de Cusco;

ACUERDA:

ARTÍCULO PRIMERO. - AUTORIZAR EL VIAJE EN COMISIÓN DE SERVICIOS AL PRESIDENTE DEL CONSEJO REGIONAL DE CUSCO HERBE OLAVE UGARTE Y A LOS CONSEJEROS REGIONALES GIL CLINTON TRIVENO ALVIS Y ALFREDO SARA VILCA, PARA PARTICIPAR EN LA SESION ORDINARIA DE LA MANCOMUNIDAD REGIONAL DE LA MACRO REGIO SUR, A LLEVARSE ACABO EL DIA 29 DE AGOSTO DEL 2024, EN LA CIUDAD DE TACNA.

¡Hagamos Ax. Tomasa Tuto Condemayta s/n Distrito de Wanchaq, Cusco - Perú i HISTORIA www.gob.pe/regioncusce

GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO CONSEJO REGIONAL DEL CUSCO paa

  • AÑO DE LA UNIDAD, LA PAZ Y EL DESARROLLO - CUSCO

ARTÍCULO SEGUNDO. - EL VIAJE A DESARROLLARSE ESTÁ A CARGO A LA META N° 091-2024 -

DEBATIR PROPOSICIONES LEGISLATIVAS, CUYA CADENA FUNCIONAL ES LA SIGUIENTE: ESPECÍFICA DE GASTO 23.21.21

ESPECÍFICA DE GASTO 23.21.22 FTE. FTO. RECURSOS ORDINARIOS.

ARTÍCULO TERCERO. - ENCARGAR, A LA SECRETARÍA DEL CONSEJO REGIONAL Y A LA GERENCIA REGIONAL DE ADMINISTRACIÓN DEL GOBIERNO REGIONAL CUSCO, REALIZAR TODAS LAS ACCIONES ADMINISTRATIVAS CORRESPONDIENTES PARA LA ADQUISICIÓN DE

PASAJES AÉREOS, ASÍ COMO OTORGAR LOS VIÁTICOS RESPECTIVOS POR DOS (02) DÍAS, DEL 28 AL 30 DE AGOSTO DEL AÑO 2024.

ARTÍCULO CUARTO. - El PRESENTE ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL, ENTRARÁ EN VIGENCIA DESDE EL DÍA SIGUIENTE APROBACIÓN, DEBIENDO PUBLICARSE EN LA PÁGINA WEB DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO.

COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE.

Hagamos Av. Tomasa Ttito Condemayta s/n i H ISTORIA Distrito de Wanchaq, Cusco - Peru

www.gob.pe/regioncusco

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Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regioncusco/normas-legales/7587554-a-r-0264-2024 PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9247017/7587554-ar02642024.pdf