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A-R-0247-2025 Regional Agreement Cusco In force

Acuerdo de Consejo Regional N.° A.R.0247.2025

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GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO ; 238

CONSEJO REGIONAL DEL CUSCO CUSCO

“AÑO DE LA RECUPERACIÓN Y CONSOLIDACIÓN DE LA ECONOMÍA PERUANA”

ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N? 247 - 2025-CR/GRC.CUSCO.

Cusco, 18 de julio de 2025,

El Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, en la Vigésima Sesión de fecha 18 de julio de 2025, ha debatido y aprobado emitir el presente Acuerdo de Consejo Regional;

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Política del Perú, modificada por Ley N° 27680 - Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, norma que en su artículo 191° establece que “Los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia (...). La estructura orgánica básica de estos gobiernos la conforman el Consejo Regional, como órgano normativo y fiscalizador (...)”; asimismo, estando establecido en nuestra Constitución, artículo 192°, que los Gobiernos Regionales son competentes para: “(...) 6. Dictar las normas inherentes a la gestión regional, (...) 10. Ejercer las demás atribuciones inherentes a su función, conforme a ley”;

Que, la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales expresa en su artículo 11° sobre la estructura básica de los gobiernos regionales: “Los Gobiernos Regionales tienen la estructura orgánica básica siguiente: EL CONSEJO REGIONAL, es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional (...)”; en su artículo 13° precisa que el Consejo Regional “Es el Órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional (...)”; en su artículo 13° precisa que el Consejo Regional” “Es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que sean delegadas” y en su artículo 15°, literal a), se detalla: “Son atribuciones del Consejo Regional: a). Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencias y funciones del Gobierno Regional; y en el artículo 16°, literal a), que: ”... son derechos y obligaciones funcionales de los Consejeros Degionales a). Proponer normas y acuerdos regionales (...)”;

o*/] Que, el artículo 39° de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por el articulo 3° de la Ley N° 31433, establece que “Los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este Órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional, o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional (...)”;

Que, el Reglamento Interno del Consejo Regional de Cusco, aprobado con Ordenanza Regional N° 248-2024-CR/GRC, en su artículo 6° respecto de la definición de Consejo Regional, precisa que “Es la máxima instancia del Gobierno Regional, órgano normativo, fiscalizador y representativo de Gobierno Regional. Le correspondes las funciones y atribuciones que se establecen el Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867 y sus modificatorias y en el presente reglamento (or

Que, el Reglamento Interno del Consejo Regional de Cusco, en su artículo 7°, numeral 1), precisa que son atribuciones del Consejo Regional: “Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional”;

Que, el Reglamento Interno del Consejo Regional de Cusco, en su artículo 9°, define al Pleno del Consejo Regional: “El Pleno del Consejo Regional es la máxima instancia deliberativa y fiscalizadora

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“AÑO DE LA RECUPERACIÓN Y CONSOLIDACIÓN DE LA ECONOMÍA PERUANA”

del Gobierno Regional de Cusco, integrada por los consejeros regionales, quienes desempeñan funciones normativas, de fiscalización y representación política (...)”;

Que, el Reglamento Interno del Consejo Regional de Cusco, en su artículo 11°, del citado reglamento indica: De la función Normativa, la función normativa comprende la propuesta, el debate, la aprobación, modificación interpretación y derogación de las siguientes normas regionales: a.(...) b. Acuerdo Regional.- De cumplimiento obligatorio por parte de los Consejeros(as) Regionales, Gobernador(a) Regional, Vicegobernador(a) Regional, del Gerente General, Gerentes Regionales, Directores Regionales de Proyectos Especiales Regionales y servidores públicos del Gobierno Regional.(...)

Que, el Reglamento Interno del Consejo Regional de Cusco, en su artículo 17°, sobre las atribuciones del Presidente(a) del Consejo Regional señala: “1. Representar al Consejo Regional (...)”;

Que, el Reglamento Interno del Consejo Regional de Cusco, en su artículo 32°, literal a), respecto de los derechos de los consejeros regionales señala: “Proponer, en forma individual o conjunta, normas y acuerdos regionales en materia y asuntos de su competencia (...);

Que, el Reglamento Interno del Consejo Regional del Cusco, en su artículo 88°, respecto de Definición de Sesiones Solemnes, indica literal “(...) son convocadas por el(la) Presidente(a) del Consejo Regional con setenta dos (72) horas de anticipación o a pedido del tercio (1/3) del número legal de los integrantes del Consejo Regional (...)”.

Que, el Reglamento Interno del Consejo Regional del Cusco, en su artículo 89°, respecto De la oportunidad, indica literal “El Consejo Regional celebrará Sesiones Solemnes en las oportunidades siguientes: (...) Para conmemorar el aniversario del mes de la patria. En las fechas en que Acuerde el Consejo o convoque el(la) Presidente(a) del Consejo, para la entrega de condecoraciones y rendir homenaje a personalidades, instituciones o conmemorarse hechos históricos y/o trascendentes.

Que, el Reglamento Interno del Consejo Regional del Cusco, aprobado con Ordenanza Regional N° 248-2024-CR/GRC, en su artículo 97° precisa que “Los acuerdos del Consejo Regional expresan la esisién de este órgano sobre asuntos internos, de interés público, ciudadano o institucional (...)”;

/ Que, el Reglamento Interno del Consejo Regional del Cusco, aprobado con Ordenanza Regional N°

248-2024-CR/GRC, en su artículo 102° precisa que los Consejeros Regionales tienen derecho “(...) a plantear proposiciones normativas de carácter regional o iniciativas legislativas en las materias de competencia regional (...)”;

Que, el Reglamento Interno del Consejo Regional del Cusco, aprobado con Ordenanza Regional N° 248-2024-CR/GRC, en su artículo 105° precisa sobre las etapas del procedimiento normativo del Acuerdo de Consejo Regional será: (...) 1. Propuesta de Acuerdo de Consejo Regional; 2. Debate en el Pleno, 3. Aprobación y 4. Publicación en el Portal de Transparencia (...);

Que, los diecinueve alumnos de diferentes instituciones educativas del Distrito de Pichari - La Convención - Cusco, representaron a nuestra región en el CAMPEONATO NACIONAL DE KICKBOXING desarrollado el 12 y 13 de julio del 2025 en la capital de Lima, merecen ser felicitados y reconocidos por su esfuerzo, llevar en alto el nombre de nuestra región y uno de los distritos más alejados de nuestro Cusco. ANA LUZ EMILIA PEREZ QUISPE (una medalla de oro), DAVID

ES

GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO ; baa)

CONSEJO REGIONAL DEL CUSCO CUSCO

“AÑO DE LA RECUPERACIÓN Y CONSOLIDACIÓN DE LA ECONOMÍA PERUANA”

ADOLFO CUBA LARA (una medalla de oro, plata y bronce), YESICA QUINCHO MACHUCA (una medalla de oro, plata y bronce), JARETZI NHAYELY ZEN OZEJO (una medalla de oro), CRIS DANY MEDINA CRUZ (medalla de oro), ROSAMARIA LUZ SACHA TORRES (medalla de oro), ANYELINE SKARLET BERROCAL MENDOZA (una medalla de oro y plata), SISAIRY DANELY YARANGA HUAYTA (medalla de oro y plata), DASHLY DARLEY PAHUARA LEGUIA (una medalla de plata), MIA GUTIERREZ FERNANDEZ (una medalla de plata), YALIZ LUCERO GUTIERREZ WALDE (una medalla de plata), JHOMER JOSUE CHOCCE ASPUR (dos medallas de plata), WILLIAM FERNANDO CONSTANCIO CRUZ (dos medallas de plata), CELINDA ARIANA PERALTA (dos medallas de plata), LUIS YANDEL OVANDO ROMERO (una medalla de bronce), RUBEN AMARU LARA MARINERO (una medalla de bronce), VALENZUELA AUCAS YAMIRT ANDERSON (participación), BRIAN ANTONY QUISPE COAQUIRA (participación) y MASH SHEDLIN PAHUARA LEGUIA (participación).

Que, resulta pertinente realizar el reconocimiento como mención honrosa al gestor deportivo, especialista deportivo de kickboxing, técnico internacional y especialista deportivo en el distrito de Pichari y actual delegado técnico internacional para los juegos bolivarianos Lima - Ayacuhco 2025 ciclo olímpico, el “PROFESOR RUBEN LARA VILLAVICENCIO”, quien con mucho esfuerzo logró no solo capacitar, entrenar y dirigir la carrera deportiva de los diferentes participantes en esta disciplina, sino que también promueve el deporte en nuestro amado distrito de Pichari, quien trabaja de manera desinteresada por las generaciones nueva a lado de los padres de familia que confían en su profesionalismo y transparencia, bajo el lema “MENTE SANA EN CUERPO SANO”.

Por las consideraciones expuestas, estando a las atribuciones conferidas por la Constitución Política

del Estado, la Ley de Bases de la Descentralización - Ley N° 27783, la Ley Orgánica de Gobierno

Regionales - Ley N° 27867 y modificatorias y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Cusco, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 248-2024-CR/GRC, en su Vigésima Sesión de fecha 18

de julio de 2025, con la dispensa del trámite de lectura de acta y por unanimidad de votos de los Consejeros Regionales se:

ACUERDA:

ARTICULO PRIMERO: RECONOCER, Y FELICITAR A LOS 19 PICHARINOS GANADORES DEL CAMPEONATO NACIONAL DE KICKBOXING DESARROLLADOS EL 12 Y 13 DE JULIO DEL 2025 EN LA CAPITAL DE LIMA - PERÚ, OBTENIENDO 8 MEDALLAS DE ORO, 13 MEDALLAS DE PLATA, 4 MEDALLAS DE BRONCE Y 1 COPA SHAMPION A FAVOR DE NUESTRO DISTRITO DE PICHARI - PROVINCIA DE LA CONVENCIÓN - REGION DE CUSCO. Siendo los que conforman:

LISTA DE LOS DEPORTISTAS QUE REPRESENTARON A PICHARI - LA CONVENCIÓN -

CUSCO I Point Light a

Ap. Nombres Edad DNI Fighting Contact | Kick Light

ANA LUZ EMILIA PEREZ 1 QUISPE 09 =| 79307910 Oro RUBEN AMARU LARA 2 MARINERO 08 79899765 Bronce DASHLY DARLEY PAHUARA 3 LEGUIA 09 = | 79885931 Plata

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“AÑO DE LA RECUPERACIÓN Y CONSOLIDACIÓN DE LA ECONOMÍA PERUANA”

4 DAVID ADOLFO CUBA LARA 16 61809258 Oro Plata Bronce D MIA GUTIERREZ FERNANDEZ 14 63348125 Plata YALIZ LUCERO GUTIERREZ 6 WALDE 16 62229834 Plata JHOMER JOSUE CHOCCE 7 ASPUR 14 62191406 Plata Plata LUIS YANDEL OVANDO 8 ROMERO 15 62641937 Bronce WILLIAM FERNANDO 9 CONSTANCIO CRUZ 14 62789357 Plata Plata 10 | YESICA QUINCHO MACHUCA 16 73280787 Oro Bronce Plata ET CELINDA ARIANA PERALTA 19 77424006 Plata Plata ANYELINE SKARLET 2 BERROCAL MENDOZA 18 60676989 Plata Oro SISAIRY DANELI YARANGA i HUAYTA 13 80863054 Plata Oro 14 | JARETZI NHAYELY ZEN OZEJO 1 78489540 Oro 15 CRIS DANY MEDINA CRUZ AS 73834230 Oro ROSAMARIA LUZ SACHA 16 TORRES 17 60604475 Oro VALENZULA AUCAS YAMIRIT ses 17 ANDERSON 18 60521080 | Participación BRIAN ANTONY QUISPE us 18 COAQUIRA 09 60642139 | Participación MASH SHEDLIN PAHUARA A: 19 LEGUIA 09 79885975 | Participación

ARTÍCULO SEGUNDO: QUE, ES PRECISO MENCIONAR DE MANERA HONRROSA AL GESTOR DEPORTIVO, PROMOTOR DEL DEPORTE DE KICKBOXING EN EL DISTRITO DE PICHARI “TECNICO INTERNACIONAL Y ESPECIALISTA DEPORTIVO PROFESOR RUBÉN LARA VILLAVICENCIO”.

ARTÍCULO TERCERO: ENCARGAR, a la Secretaría del consejo Regional del Cusco, implementar las acciones necesarias para la consecución de placa conmemorativa que reconozcan a los 19 Picharinos deportistas de kickboxing y al Técnico internacional y Especialista deportivo Profesor Rubén Lara Villavicencio, como testimonio de la alta valoración y respeto del Consejo Regional hacia su larga trayectoria ganadera y profesional.

ARTICULO CUARTO: ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Social y a la Oficina de Imagen Institucional del Gobierno Regional del Cusco, coordinar las acciones pertinentes para la difusión en medios de comunicación y redes sociales del presente reconocimiento en el marco de las celebraciones por el mes patrio.

ARTICULO QUINTO: El presente Acuerdo de Consejo Regional, entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en la página web del Gobierno Regional del Cusco.

REGISTRESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

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G. CLINTON, VEÑO ALVIS = E PRESIDENTE. DEL CONSEJO REGIONAL CUSCO a7 e BENTOS 1) Oe [Ae an) Abg, Wiliasas Manuel Quintana Mores SECRETARIO DEL CONSEJO REGIONAL

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