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A-R-0242-2024 Regional Agreement Cusco In force

Acuerdo de Consejo Regional N.° A.R.0242.2024

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GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO CONSEJO REGIONAL DEL CUSCO pá

  • AÑO DE LA UNIDAD, LA PAZ Y EL DESARROLLO - CUSCO

ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 242-2024-CRC/GR CUSCO

Cusco, 05 de agosto del 2024 VISTOS: La vigésimo sexta sesión extraordinaria del Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, de fecha cinco de agosto del año dos mil veinticuatro y el Oficio N° 101-2024- GRC/CRC/CRQ-LMCC, el Consejo Regional del Gobiemo Regional de Cusco ha debatido sobre autorización de viaje a la ciudad de Lima, y;

CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo establecido en el artículo 191° de la Constitución Política del Estado, en concordancia con el artículo 2° de la Ley Orgánica de Gobiemos Regionales, Ley N° 27867 y sus modificatorias, establecen que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia;

Que, es competencia del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, emitir Acuerdos Regionales, conforme a lo prescrito en el artículo 39° de la Ley N° 27867, que señala: “Los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este Órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional, o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional (...)”;

Que, el inciso a) del artículo 16° de la Ley N° 27867 — Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, prescribe que: “Son derechos y obligaciones funcionales de los consejeros Regionales: a. Proponer normas y acuerdos regionales. (...)”;

Que, el inciso a) y k) del Artículo 37” del Reglamento Interno de Organización y Funciones del Consejo Regional de Cusco, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 119-2016- CR/GRC.CUSCO señala que: “Los consejeros regionales tienen derecho a: a. Proponer Acuerdos Regionales, Ordenanzas Regionales e Iniciativas Legislativas. (...) k. Obtener licencia y/o autorización para viajes en ejercicio de sus funciones, por enfermedad del consejero o enfermedad de un familiar de primer y segundo grado de consanguinidad y primero de afinidad, y por viaje oficial. En todos los casos el consejero no perderá el goce de su dieta. ...)”. Al respecto se debe de precisar que la función de representación tiene identificación con “il interés público como una de sus principales herramientas para esclarecer hechos y fiscalizar A gestión e implementación de las políticas públicas;

Que, mediante Oficio N° 101-2024- GRC/CRC/CRQ-LMCC, de fecha 02 de agosto del 2024, la Consejera Regional Luz Marina Casafranca Castillo, presenta el acuerdo de consejo regional por la cual solicita autorización viaje en comisión de servicios oficiales para participar en la reunión conjunta con los ministros de Economía y Finanzas y Ministro de Salud para tratar acciones y acuerdos referidos al PLAN MIL en la primera etapa, reunión a llevarse a cabo los días 07 y 08 de agosto del 2024, en las instalaciones del Ministerio de Economía y Finanzas, en la ciudad de Lima;

Por las consideraciones expuestas, estando a las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, la Ley de Bases de la Descentralización - Ley N* 27783, la Ley Orgánica de Gobiemos Regionales - Ley N° 27867 y sus modificatorias y por el Reglamento Interno de Organización y Funciones del Consejo Regional del Cusco aprobado por Ordenanza Regional N° 119-2016. CR/GRC.CUSCO, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta, por unamidad de votos de los Consejeros Regionales, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco;

ACUERDA: ARTÍCULO PRIMERO. - AUTORIZAR EL VIAJE EN COMISIÓN DE SERVICIOS A LA CONSEJERA REGIONAL LUZ MARINA CASAFRANCA CASTILLO, PARA PARTICIPAR EN LA REUNIÓN

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¡Hagamos Ay. Tomasa Tuto Condemayta s/n Drstrito de Wanchag, Cusco - Peru i HI TORIA www.gob.pe/regioncusco

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  • AÑO DE LA UNIDAD, LA PAZ Y EL DESARROLLO - CUSCO

CONJUNTA CON EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS Y EL MINISTRO DE SALUD PARA TRATAR ACCIONES Y ACUERDOS REFERIDOS AL PLAN MIL EN LA PRIMERA ETAPA, REUNIÓN A LLEVARSE A CABO LOS DÍAS 07 Y 08 DE AGOSTO DEL 2024, EN LAS INSTALACIONES DEL MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS DE LA CIUDAD DE LIMA.

ARTÍCULO SEGUNDO. - EL VIAJE A DESARROLLARSE ESTA A CARGO A LA META N° 091-2024 - DEBATIR PROPOSICIONES LEGISLATIVAS, CUYA CADENA FUNCIONAL ES LA SIGUIENTE: ESPECÍFICA DE GASTO 23.21.21

ESPECÍFICA DE GASTO 23.21.22

FTE. FTO. RECURSOS ORDINARIOS.

ARTÍCULO TERCERO. - ENCARGAR, A LA SECRETARÍA DEL CONSEJO REGIONAL Y A LA GERENCIA REGIONAL DE ADMINISTRACIÓN DEL GOBIERNO REGIONAL CUSCO, REALIZAR TODAS LAS ACCIONES ADMINISTRATIVAS CORRESPONDIENTES PARA LA ADQUISICIÓN DE PASAJES AÉREOS, ASÍ COMO OTORGAR LOS VIÁTICOS RESPECTIVOS POR TRES (03) DÍAS, DEL 07 AL 09 DE AGOSTO DEL AÑO 2024.

ARTÍCULO CUARTO. - EL PRESENTE ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL, ENTRARÁ EN VIGENCIA DESDE EL DÍA SIGUIENTE APROBACIÓN, DEBIENDO PUBLICARSE EN LA PÁGINA WEB DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO.

COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE.

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ene) TE DELCO

PRESEN NATIVO 2024 ABG. JORGE Panna MAY TA PERIODO LEG: e RECRETARIO DE: PONSEJO REGIONAL —_— A, Ha re mos fy, Tomasa Tito Condemayta s/n Distrito de Wanchac usco - Peru ¡HI TORIA www.gob.pe/regioncusco


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regioncusco/normas-legales/7587532-a-r-0242-2024 PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9246994/7587532-ar02422024.pdf