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A-R-0235-2024 Regional Agreement Cusco In force

Acuerdo de Consejo Regional N.° A.R.0235.2024

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GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO CONSEJO REGIONAL DEL CUSCO ps “Año del Bicentenario, de la rias e Eo incio qa y de la conmemoración de las CUSCO

ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 235-2024-CRC/GR CUSCO Cusco, 24 de julio del 2024

VISTOS:

La vigésimo quinta sesión extraordinaria del Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, de fecha veintidós de julio del año dos mil veinticuatro y el Oficio N° 15-2024-GR CUSCO-CRU/HOU, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco ha debatido sobre otorgar un reconocimiento a entidad pública, y;

CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo establecido en el artículo 191° de la Constitución Política del Estado, modificada por la Ley N°27680 “Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre descentralización y la Ley N° 28607 “Ley de reforma del Artículo 191° de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el artículo 2° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N* 27867 y sus modificatorias, establecen que, los Gobiemos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia;

Que, el artículo 13° de la Ley N° 27867 — Ley Orgánica de Gobiemos Regionales, modificado por el articulo único de la Ley N° 29053, establece que, “El Consejo Regional Es el órgano normativo y fiscalizador del gobierno regional. Le corresponden las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas. Está integrado por los Consejeros Regionales. (...)”;

Que, el inciso a) del articulo 16° de la Ley N° 27867 — Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, prescribe que: “Son derechos y obligaciones funcionales de los Consejeros Regionales: a. Proponer normas y acuerdos regionales. (...)”;

Que, el artículo 39° de la Ley N° 27867 - — Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificado por el artículo 3 de la Ley N° 31433, señala que, “Los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este Órgano sobre asuntos intemos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional, o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o noma institucional (...)”;

Que, el Artículo 4° del Reglamento Intemo de Organización y Funciones del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, aprobado mediante Ordenanza Regional N*119-2016- CR/GRC.CUSCO, señala que el Consejo Regional del Cusco, es el Órgano Supremo y representativo del Gobiemo Regional ejerce funciones: legislativas, fiscalizadoras, de representación y control político de la gestión del Gobierno Regional Cusco”:

Que, el Artículo 37° del referido Reglamento Interno de Organizaciones y Funciones del Consejo Regional Cusco, indica que: “Los Consejeros Regionales del Consejo Regional tiene derecho a: proponer Acuerdos Regionales, Ordenanzas Regionales e iniciativas legislativas;

Que, mediante Oficio N° 15-2024-GR CUSCO-CRU/HOU, de fecha 12 de julio del 2024, el Consejero Regional, Lic. Herbe Olave Ugarte, solicita al pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, otorgar un reconocimiento al Instituto Superior de Musica Publico “Leandro Alvifia Miranda” del Cusco por difundir el conocimiento, cultura y tecnología en la formación de profesionales en música;

Por las consideraciones expuestas, estando a las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, la Ley de Bases de la Descentralización - Ley N° 27783, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley N° 27867 y sus modificatorias y por el Reglamento Interno de Organización y Funciones del Consejo Regional del Cusco aprobado por Ordenanza Regional N° 119-2016.CR/GRC.CUSCO, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta, por unanimidad de votos de los Consejeros Regionales, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco;

— == ¡Hagamos Ay. Tomasa Tuto Condemayta s/n strito de Wanchaq. Cusco - Peru i HISTORIA www.gob.pe/regioncusco

GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO CONSEJO REGIONAL DEL CUSCO pan “Año del Bicentenario, dela consolidación de nuestra Independencia, y dela conmemoración de las CUSCO

ACUERDA:

ARTÍCULO PRIMERO. - OTORGAR UN RECONOCIMIENTO AL INSTITUTO SUPERIOR DE MUSICA PUBLICO “LEANDRO ALVINA MIRANDA” DEL CUSCO POR DIFUNDIR EL CONOCIMIENTO, CULTURA Y TECNOLOGÍA EN LA FORMACIÓN DE PROFESIONALES EN MÚSICA, ATRAVES DE SU DIRECTORA MAESTRA GLORIA AVENDAÑO PELAEZ.

ARTICULO SEGUNDO. - RECONOCER a los maestros que hacen posible la formación de profesionales en música, siguientes:

Piano: Maestra Maria del Carmen Justiniani Mercado.

Canto: Maestra Karina Guanca Aramayo

Guitarra: Maestro Eliseo Alvarez Cascamayta

Clarinete: Renzo Caballero Huaynillo

Batería: Artista Jaime Arturo Cruz Cruz

DAGLNA

ARTICULO TERCERO. - ENCARGAR a la secretaría del Consejo Regional de Cusco, realizar las acciones administrativas para el otorgamiento de la medalla y placa recordatoria.

ARTÍCULO CUARTO. - REMITIR el presente Acuerdo de Consejo Regional del Cusco al titular del ejecutivo del Gobierno Regional de Cusco y al Gerente General Regional a efecto de que dispongan su publicación, bajo responsabilidad y en el plazo de ley.

ARTÍCULO QUINTO. - El presente acuerdo de consejo regional, entrará en vigencia desde el día siguiente publicación, debiendo publicarse en la página web del gobiemo regional del cusco.

COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE.

““ic/HerBe Olle Ugarte ” TB JORGE ARANA MATT PRESIDENTE DEL CONSEJO EGIONAL £BG. JOHGE ts Belt a MATA

PERIODO LEGISLATIVO 2024 7 SECRETARIO DEL

' Hagamos | Av. Tomasa Ttito Condemayta s/n

i HISTORIA Distrito de Wanchag, Cusco - Peru

www.gob.pe/regioncusco


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regioncusco/normas-legales/7587525-a-r-0235-2024 PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9246986/7587525-ar02352024.pdf