Acuerdo de Consejo Regional N.° A.R.0216.2025
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GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO j ps)
1 D CONSEJO REGIONAL. CONSEJO REGIONAL DEL CUSCO CUSCO
“AÑO DE LA RECUPERACIÓN Y CONSOLIDACIÓN DE LA ECONOMÍA PERUANA”
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N? 216 - 2025 - CRC/ GR CUSCO. Cusco, 30 de junio de 2025.
El Consejo Regional del Gobierno Regional del Cusco, en su Décima Octava Sesión Extraordinaria de fecha 30 de junio de 2025, ha aprobado el siguienie Acuerdo de Consejo Regional:
CONSIDERANDO:
y» Que, la Constitución Política del Perú, modificada por Ley N° 27680 - Ley de Reforma
Ny Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, norma que en su artículo | 191° establece que “Los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. (...). La estructura orgánica básica de estos gobiernos fa conforman el Consejo Regional, como órgano normativo y fiscalizador (...)”; asimismo, estando establecido en nuestra Constitución, artículo 192”, que los Gobiernos Regionales son competentes para: “(...) 6. Dictar las normas inherentes a la gestión regional, (...) 10. Ejercer las demás atribuciones inherentes a su función, conforme a ley”;
Que, la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por el artículo único de la Ley N° 29053, en su artículo 11, de la Estructura básica del Consejo Regional, se señala: “EL CONSEJO REGIONAL es el órgano normativo y fiscalizador del gobierno regional (...)”; además, en su artículo 13°, se establece que el Consejo Regional ”...es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Le corresponden las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquelias que les sean delegadas (...)"; en el articulo 15, literal a), se precisa: “(...) son atribuciones del Consejo Regional: a. Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional (...)”;
Que, la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por él artículo 3° de la Ley N° 31433, establece en su artículo 16°, literal a), que ”...son derechos y obligaciones funcionales de los Consejeros Regionales: a). Proponer normas y acuerdos regionales (...)”; el artículo 39° de la Ley N” 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por el artículo 3 de la Ley N° 31433, establece que “Los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este Órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional, o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o noma institucional la)
Que, asimismo, el artículo 3°, de la Ley N° 31812, que modificó la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31433, y que modificó la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su inciso e), señala: “Los regidores municipales y consejeros regionales están obligados a presentar un balance semestral sobre el monto destinado al fortalecimiento de las labores de fiscalización que hubieran utilizado durante ese periodo. La presentación se realiza mediante el procedimiento que establezca la Contraloría General de la República”;
Que, la Directiva N° 010 - 2024 - CG / PREVI, de la Contraloría General de la República, aprobada mediante Resolución de Contraloría N° 317 - 2024 - CG, en su numeral 1), señala que la finalidad de la citada directiva es: ” Establecer las disposiciones que regulen el proceso de presentación del Balance Semestral sobre el uso del monto destinado al fortalecimiento de la función de fiscalización de los consejos regionales y concejos municipales en el marco de lo previsto en la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales (...) y sus modificatorias, a fin de favorecer el adecuado uso de los recursos públicos, la transparencia y las acciones de lucha contra la corrupción e inconducta funcional”; asimismo, en su numeral 6.4.3, literal a) respecto de las obligaciones del consejo
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“AÑO DE LA RECUPERACIÓN Y CONSOLIDACIÓN DE LA ECONOMÍA PERUANA”
regional y concejo municipal, se precisa: “Designar al Encargado del registro de información del Balance Semestral mediante acuerdo de consejo regional o concejo municipal (...)”;
Que, el Reglamento Interno del Consejo Regional de Cusco, aprobado con Ordenanza Regional N° 248-2024-CR/GRC, en su artículo 6° precisa que el Consejo Regional “Es la máxima instancia del Gobierno Regional, órgano normativo, fiscalizador y representativo del Gobierno Regional (...)”; asimismo, en su artículo 32°, literal a), señala que son derechos funcionales de los Consejeros Regionales las siguientes: a), Proponer, en forma individual o conjunta, normas y acuerdos regionales en materia y asuntos de su competencia (...)”;
Que, el Reglamento Interno dei Consejo Regional de Cusco, aprobado con Ordenanza Regional N° 248-2024-CR/GRC, en su artículo 97° precisa que ”...los acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este Órgano sobre asuntos internos, de interés público, ciudadano o institucional; o declara su voluntad de practicar un determinado acto (...)”;
Que, mediante Informe N° 0079 - 2025 - GR CUSCO - CRC 7 SCR - MAMS, de fecha 7 de mayo de 2025, el abogado Marco Medina Sonco, asesor de la Comisión Ordinaria de Asuntos Legales y Derechos Humanos, en su numeral IIL, Conclusión señala: ”...se modifique el Acuerdo de Consejo Regional N° 011 - 2025 - CRC / GR CUSCO, del 14 de enero de 2025 (...}. Asimismo, se recomienda que se designe a otro servidor aparte del Secretario a fin que sea Encargado y/o Responsable del Registro de Información de los PETAPs del Consejo Regional (...)”;
Que, mediante Oficio N° 056 - 2025 - GR / CUSCO / COALDH, de fecha 4 de junio de 2025, suscrito por la Consejera Regional abogada Calandra Sammy Olivera Martínez, Presidenta de la Comisión Ordinaria de Asuntos Legales y Derechos Humanos, alcanza el Dictamen 002 - 2025 - GR CUSCO / COALDH, respecto de la solicitud de dejar sin efecto la designación del Secretario del Consejo Regional del Cusco, como encargado del registro de información en el aplicativo balance semestral;
Que, el Dictamen N° 002 - 2025 - GR CUSCO / COALDH, respecto de la solicitud de dejar sin Afecto la designación del Secretario del Consejo Regional del Cusco, como encargado del registro He información en el aplicativo balance semestral, aprobado en la Tercera Sesión Extraordinaria de a Comisión Ordinaria de Asuntos Legales y Derechos Humanos, plantea en su capítulo VIL RECOMENDACIONES, numeral 7.1.1. “Ante la designación de un nuevo Secretario del Consejo Regional, corresponde emitir un nuevo Acuerdo de Consejo Regional designando al Secretario como Encargado del registro de información en el aplicativo balance semestral (0
Que, en la Décima Octava Sesión Extraordinaria de Consejo Regional, de fecha 30 de junio de 2025, se debatió el Dictamen N° 002 - 2025 - GR CUSCO / COALDH, respecto de la solicitud de dejar sin efecto la designación del Secretario del Consejo Regional del Cusco, como encargado del registro de información en el aplicativo balance semestral, arribándose a la conclusión de aprobar un nuevo Acuerdo de Consejo Regional, derogando el Acuerdo de Consejo Regional N° 011 - 2025 - CRC / GR CUSCO, del 14 de enero de 2025, que en su artículo Primero, señalaba:
ARTÍCULO PRIMERO.- DESIGNAR, AL SECRETARIO DEL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO, ABOGADO WILLIAM M. GUILLÉN PAIVA, COMO ENCARGADO DEL REGISTRO DE INFORMACIÓN DEL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO, EN EL APLICATIVO INFORMÁTICO DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA - BALANCE SEMESTRAL, CUYAS FUNCIONES SE ENCUENTRAN REGULADAS EN LA DIRECTIVA N° 010 - 2024 - CG / PREVI, APROBADA MEDIANTE RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA N? 317 - 2024 - CG, CON LAS OBLIGACIONES INHERENTES A DICHO ENCARGO, DESDE LA APROBACIÓN DEL
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“AÑO DE LA RECUPERACIÓN Y CONSOLIDACIÓN DE LA ECONOMÍA PERUANA”
PROGRAMA DE ACCIONES DE FISCALIZACIÓN - PAF DEL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO, PARA EL PERIODO FISCAL 2025.
Por otro Acuerdo de Consejo Regional, cuyo texto debe decir:
ARTÍCULO PRIMERO.- DESIGNAR, al Secretario del Consejo Regional del Gobierno Regional del Cusco, abogado Williams Manuel Quintana Flores, como Encargado del Registro de Información del Consejo Regional del Gobierno Regional del Cusco, en el aplicativo informático de la Contraloría General de la República - Balance Semestral, cuyas funciones se encuentran reguladas en la Directiva N° 010 - 2024 - CG / PREVI, aprobada mediante Resolución de Contraloría N° 317 - 2024 - CG, con las obligaciones inherentes a dicho encargo, desde la aprobación del Programa de Acciones de Fiscalización - PAF, del Consejo Regional dei Gobierno Regionai dei Cusco, para el Periodo Fiscal 2025.
Por las consideraciones expuestas, estando a las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, la Ley de Bases de Descentralización - Ley 27783, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867 y modificatorias y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Cusco, aprobado con Ordenanza Regional N° 248-2024-CR/GRC, en su Décima Octava Sesión Extraordinaria de fecha 30 de junio de 2025, con la dispensa del trámite de lectura de acta y con la unanimidad de votos de los Consejeros Regionales se:
ACUERDA:
ARTÍCULO PRIMERO.- DESIGNAR, al Secretario del Consejo Regional del Gobierno Regional dei Cusco, abogado Williams Manuei Quintana Fiores, como Encargado del Registro de Información del Consejo Regional del Gobierno Regional del Cusco, en el aplicativo informático de la Contraloría General de la República - Balance Semestral, cuyas funciones se encuentran reguladas en la Directiva N° 010 - 2024 - CG / PREVI, aprobada mediante Resolución de Contraloría N° 317 - 2024 - CG, con las obligaciones inherentes a dicho encargo, desde la aprobación del Programa de Acciones de Fiscalización - PAF, del Consejo Regional del Gobierno Regional del Cusco, para el Periodo Fiscal 2025.
ARTICULO SEGUNDO.- DEROGAR, el Acuerdo de Consejo Regional N° 011 - 2025 - CRC / GR CUSCO, del 14 de enero de 2025.
ARTICULO TERCERO.- El presente Acuerdo de Consejo Regional, entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Portal Web del Gobierno Regional del Cusco.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
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