Acuerdo de Consejo Regional N.° A.R.0194.2024
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GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO CONSEJO REGIONAL pá
Cusco, 14 de junio del 2024
VISTOS:
La sexta sesión ordinaria del Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, de fecha diez de junio del año dos mil veinticuatro y el Oficio N° 068-2024-GRC-CRC/CRLC/EHC, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco ha debatido sobre otorgar un reconocimiento a emprendedora industrial, y;
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo establecido en el artículo 191° de la Constitución Política del Estado, modificada por la Ley N°27680 “Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Titulo IV sobre descentralización y la Ley N° 28607 “Ley de reforma del Artículo 191° de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el artículo 2° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867 y sus modificatorias, establecen que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia;
Que, el artículo 13° de la Ley N° 27867 — Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificado
por el articulo único de la Ley N° 29053, establece que, “El Consejo Regional Es el órgano
GEG normativo y fiscalizador del gobierno regional. Le corresponden las funciones y atribuciones
Os A que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas. Está integrado por los a\Consejeros Regionales. (...)”;
Que, el inciso a) del articulo 16° de la Ley N° 27867 — Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, prescribe que: “Son derechos y obligaciones funcionales de los Consejeros Regionales: a. Proponer normas y acuerdos regionales. (...)”;
dina conducta o norma institucional (...)”;
Que, el Artículo 4° del Reglamento Interno de Organización y Funciones del Consejo Regional del Gobiemo Regional de Cusco, aprobado mediante Ordenanza Regional N*119-2016- CR/GRC.CUSCO, señala que el Consejo Regional del Cusco, es el Órgano Supremo y representativo del Gobiemo Regional ejerce funciones: legislativas, fiscalizadoras, de representación y contro! político de la gestión del Gobiemo Regional Cusco”;
Que, el Artículo 37° del referido Reglamento Intemo de Organizaciones y Funciones del Consejo Regional Cusco, indica que: “Los Consejeros Regionales del Consejo Regional tiene derecho a: proponer Acuerdos Regionales, Ordenanzas Regionales e iniciativas legislativas;
Que, mediante Oficio N° 068-2024-GRC-CRC/CRLC/EHC, de fecha 14 de junio del 2024, los Consejeros Regionales, en representación de la provincia de La Convención, solicitan al pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, otorgar un reconocimiento y homenaje a la Ingeniero Flor Yuvanita Orejon Pacheco, mujer emprendedora, pionera de la empresa de reconocimiento mundial llamada “MISKICHA”, con reconocimiento y galardones en Europa, por su gran calidad en el procesamiento de productos de cacao, café y frutos tropicales;
Por las consideraciones expuestas, estando a las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, la Ley de Bases de la Descentralización - Ley N° 27783, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley N° 27867 y sus modificatorias y por el Reglamento Interno de Organización y Funciones del Consejo Regional del Cusco aprobado por Ordenanza Regional N° 119-2016. CR/GRC.CUSCO, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta, por unanimidad de votos de los Consejeros Regionales, el Consejo Regional del Gobierno Regional
de Cusco; de Cusco; AA E * : Haaamos Av. pes Ttito ca Destrito de Wanchaq, Cusco - Peru i HI TORIA www.gob.pé/regioncuscto D 4
GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO CONSEJO REGIONAL SR, “AÑO DEL BICENTENARIO, DE LA CONSOLIDACIÓN DE NUESTRA INDEPENDENCIA, Y DE LA CUSCO
CONMEMORACIÓN DE LAS HEROICAS BATALLAS DE JUNÍN Y AYACUCHO”
ACUERDA:
ARTÍCULO PRIMERO. — OTORGAR UN RECONOCIMIENTO Y HOMENAJE A LA INGENIERO FLOR YUVANITA OREJON PACHECO, MUJER EMPRENDEDORA, PIONERA DE LA EMPRESA DE RECONOCIMIENTO MUNDIAL LLAMADA “MISKICHA”, CON RECONOCIMIENTO Y GALARDONES EN EUROPA, POR SU GRAN CALIDAD EN EL PROCESAMIENTO DE PRODUCTOS DE CACAO, CAFE Y FRUTOS TROPICALES, RECONOCIMIENTO QUE SE EFECTUA EN ESTE MES JUBILAR DEL CUSCO.
ARTICULO SEGUNDO. — ENCARGAR a la secretaría del Consejo Regional de Cusco, realizar las acciones administrativas para el otorgamiento de la medalla y placa recordatoria.
ARTÍCULO TERCERO. - REMITIR el presente Acuerdo de Consejo Regional del Cusco al titular del ejecutivo del Gobierno Regional de Cusco y al Gerente General Regional a efecto de que dispongan su publicación, bajo responsabilidad y en el plazo de ley.
ARTÍCULO CUARTO. - El presente acuerdo de consejo regional, entrará en vigencia desde el día siguiente publicación, debiendo publicarse en la página web del gobierno regional del cusco.
COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE.
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Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regioncusco/normas-legales/7587476-a-r-0194-2024 PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9246940/7587476-ar01942024.pdf