Skip to content
L Legalize.pe
A-R-0191-2025 Regional Agreement Cusco In force

Acuerdo de Consejo Regional N.° A.R.0191.2025

7 min read

Not legal advice. This is a community-maintained copy for research — verify against the official source before relying on it. Regional norm text may be OCR-extracted and contain errors.

GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO ; pa

CONSEJO REGIONAL DEL CUSCO cescogecons, ; gio CUSCO

“ANO DE LA RECUPERACION Y CONSOLIDACION DE LA ECONOMIA PERUANA”

ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N°191 - 2025 - CRC / GR CUSCO. Cusco, 10 de junio de 2025,

El Consejo Regional del Gobierno Regional del Cusco, en su Sexta Sesión Ordinaria de fecha 9 de junio de 2025, ha aprobado el siguiente Acuerdo de Consejo Regional:

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Política del Perú, modificada por Ley N° 27680 - Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, norma que en su artículo 191° establece que “Los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. (...). La estructura orgánica básica de estos gobiernos la conforman el Consejo Regional como órgano normativo y fiscalizador (...)”; asimismo, estando establecido en nuestra Constitución, artículo 192”, que los Gobiernos Regionales son competentes para: “(...) 6. Dictar las normas inherentes a la gestión regional, (...) 10. Ejercer las demás atribuciones inherentes a su función, conforme a ley”;

Que, la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales expresa en su artículo 11° que el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional y, en su artículo 13° que el Consejo Regional “Es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que sean delegadas. Está integrado por el Presidente Regional, el Vicepresidente Regional y los Consejeros Regionales elegidos en cada región”; :

Que, la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por el artículo 3° de la Ley N° 31433, establece en su artículo 16°, literal a), que “...son derechos y obligaciones funcionales de los Consejeros Regionales: a). Proponer normas y acuerdos regionales (...)”;

Que, el artículo 39° de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por el artículo 3 de la Ley N” 31433, establece que “Los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este Órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional, o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o noma institucional (...)”;

Que, el Reglamento Interno del Consejo Regional de Cusco, aprobado con Ordenanza Regional N° 248-2024-CR/GRC, en su artículo 6° respecto de la definición del Consejo Regional, precisa que “Es la máxima instancia del Gobierno Regional, órgano normativo, fiscalizador y representativo del Gobierno Regional. Le corresponden las funciones y atribuciones que se establecen el Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867 y sus modificatorias y en el presente reglamento (...)”;

Que, el Reglamento Interno del Consejo Regional de Cusco, aprobado con Ordenanza Regional N° 248-2024-CR/GRC, en su artículo 7”, numeral 42), señala como parte de las atribuciones del Consejo Regional que “Aprobar el desarrollo de las sesiones del Consejo de Descentralizada en cada una de las trece provincias de la región del Cusco”;

Que, el artículo 32”, inciso m), del Reglamento Interno del Consejo Regional de Cusco, precisa que son derechos de los Consejeros Regionales son “Solicitar la presencia en el Pleno del Consejo Regional de los funcionarios y/o servidores del Gobierno Regional, previa convocatoria de los

ie)

GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO ; pe

E NAL DEL CUSCO CURSE AESTONAL, CONSEJO REGIONAL Di CUSCO

“AÑO DE LA RECUPERACIÓN Y CONSOLIDACIÓN DE LA ECONOMÍA PERUANA”

mismos, siendo obligación del Gobernador Regional disponer la concurrencia de los mismos bajo responsabilidad. (...)”;

Que, el Reglamento Interno del Consejo Regional de Cusco, aprobado con Ordenanza Regional N° . 248-2024-CR/GRC, en su Capítulo VE Sesiones Descentralizadas, artículo 92° precisa que “Las y: sesiones Desceniralizadas se realizarán fuera de ia sede institucional dei Consejo Regional, en el lugar que acuerde previamente el Consejo Regional y solo pueden ser Extraordinarias”;

Que, el Reglamento Interno del Consejo Regional de Cusco, aprobado con Ordenanza Regional N° 248-2024-CR/GRC, en su artículo 97° precisa que “Los acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos, de interés público, ciudadano o institucional (...)”;

Que, se ha recibido el Oficio N° 087 - 2025 - GRCH /CRC / CRU / HOU, de fecha 6 de junio de 2025, suscrito por el Consejero Regional Representante de la provincia de Urubamba, Herbe Olave Ugarte, por el cual solicita aprobar mediante Acuerdo Regional la realización de la “Sesión Descentralizada dei Consejo Regional del Cusco en la provincia de Urubamba”, la cual se realizará el 13 de junio de 2025;

Por las consideraciones expuestas, estando a las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, la Ley de Bases de Descentralización - Ley 27783, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867 y modificatorias y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Cusco, aprobado con Ordenanza Regional N° 248-2024-CR/GRC, en su Sexta Sesión Ordinaria de fecha 9 de mayo de 2025, con la dispensa del trámite de lectura de acta y la mayoría de votos de los Consejeros Regionales se:

ACUERDA:

ARTÍCULO PRIMERO.- Aprobar, la realización de la “Sesión Descentralizada del Consejo Regional del Cusco en la provincia de Urubamba” la misma que se desarrollará el viernes 13 de junio de 2025.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Encargar, a la Secretaría del Consejo Regional realizar la convocatoria a la “Sesión Descentralizada del Consejo Regional del Cusco en la provincia de Urubamba” a los gerentes regionales y funcionarios del Gobierno Regional del Cusco, que se indican:

  • Gerente Regional de Gestión de Inversiones de Infraestructura,

  • Gerente Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento,

  • Gerente Regional de Agricultura

  • Subgerente De Programación Multianual de Inversiones

  • Director del IMA y

  • Director del Plan COPESCO.

ARTÍCULO TERCERO.- Precisar, que la agenda de la “Sesión Descentralizada del Consejo Regional del Cusco en la provincia de Urubamba” se incorporará el informe del estado de los Proyectos de Inversión Pública que se detallan:

  • Reordenamiento y rehabilitación del Valle del Vilcanota - Restauracion, puesta en valor y adecuación a nuevo uso casa hacienda Martin Pio Concha de Urubamba, Código SNIP 20567 y CUI 2017492.

GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO 3 ve

IN: ¡AL DEL CUSC eax RESONAE. CONSEJO REGION, 10) suas

“AÑO DE LA RECUPERACIÓN Y CONSOLIDACIÓN DE LA ECONOMÍA PERUANA”

  • Mejoramiento de los servicios turísticos de los principales atractivos del monumento arqueológico de Ollantaytambo, distrito de Ollantaytambo, provincia de Urubamba, departamento del Cusco, con CUI 2250100.

  • Mejoramiento de la carretera Maras - Moray, distrito de Maras, provincia de Urubamba, Cusco, con CUI 2194700.

Ampliación y mejoramiento de los servicios de protección contra aluviones e inundaciones en las cuencas de los rios Aguas Calientes, Alcamayo y tramo de un 1 Km del Río Vilcanota, distrito de Machupicchu, provincia de Urubamba, departamento de Cusco, con CUI 2352289,

  • Mejoramiento y ampliacion del servicio de Educación Secundaria y servicio de Educación Básica Alternativa en LE, General Ollanta distrito de Urubamba de la provincia de Urubamba del departamento de Cusco, con CUI 2672042.

  • Acuerdo de Consejo Regional N° 0157-2025 que propone autorizar ai órgano ejecutivo del Gobierno Regional, la suscripción del convenio de colaboración, delegación y encargo entre la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - Proinversión y el Gobierno Regional de Cusco para el desarrollo de los proyectos Teleférico Machupicchu, Teleférico Waqrapukara y Teleférico Urubamba.

  • Mejoramiento de los servicios de salud del Puesto de Salud Ocutuan - NIVEL 1-1 Micro Red Urubamba, Red Cusco Norte, distrito de Chinchero - Urubamba - Cusco, con CUI 2334841.

  • Mejoramiento de los servicios de Educación Primaria en la Institución Educativa N° 50606 del sector Olones del distrito de Chinchero - provincia de Urubamba - departamento de Cusco, con CUI 2459845.

  • Mejoramiento del servicio de transitabilidad vial interurbana en la CU - 145 en el tramo: Trayectoria Emp. PE-28 F (Chinchero) - Piuray - Quispihuara - Sencca, R81356 en el tramo: Emp. CU - 145 - Emp. PE-28 F distritos de Cusco, Chinchero de las provincias de Cusco, Urubamba del departamento de Cusco, con CUI 2636607.

PROPUESTAS DE ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL:

  • Declarar de necesidad y prioritario interés regional el financiamiento y ejecución del Proyecto de Inversión denominado: Mejoramiento del servicio de Educación Secundaria en LE. Jesús Alberto Rodríguez Figueroa del distrito de Urubamba, de la provincia de Urubamba del departamento del Cusco.

  • Declarar de necesidad y prioritario interés regional el financiamiento y ejecución del Proyecto de Inversión denominado: Mejoramiento y ampliación del servicio de Educación de nivel Primario de la LE. N° 50721 de Chicón del distrito de Urubamba - provincia de Urubamba - departamento de Cusco con CUI 2528899.

ARTÍCULO CUARTO.- El presente Acuerdo de Consejo Regional, entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Portal Web del Gobierno Regional del Cusco.

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

z L ONAL CU: NgEIO RE ON cusco E GOBIERNO REGIONAL =e

amena

ÑO ALVIS an INTON NSE} Jo REGIONAL CUSCO aa


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regioncusco/normas-legales/7587870-a-r-0191-2025 PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9247352/7587870-ar01912025.pdf