Acuerdo de Consejo Regional N.° A.R.0190.2024
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GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO CONSEJO REGIONAL tes
CONSEIO KEGIONAL
Cusco, 14 de junio del 2024 VISTOS: La sexta sesión ordinaria del Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, de fecha diez de junio del año dos mil veinticuatro y el Oficio N° 86-2024-GRC-COPVMN/RASA, el Consejo Regional del Gobiemo Regional de Cusco ha debatido sobre otorgar un reconocimiento a una entidad publica, y;
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo establecido en el artículo 191” de la Constitución Política del Estado, modificada por la Ley N*27680 “Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre descentralización y la Ley N° 28607 “Ley de reforma del Artículo 191° de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el artículo 2° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867 y sus modificatorias, establecen que, los Gobiemos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia;
Que, el artículo 13° de la Ley N° 27867 — Ley Orgánica de Gobiemos Regionales, modificado por el artículo único de la Ley N° 29053, establece que, “El Consejo Regional Es el órgano normativo y fiscalizador del gobierno regional. Le corresponden las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas. Está integrado por los Consejeros Regionales. (...)”;
Que, el inciso a) del articulo 16° de la Ley N° 27867 — Ley Orgánica de Gobiemos Regionales, prescribe que: “Son derechos y obligaciones funcionales de los Consejeros Regionales: a. Proponer normas y acuerdos regionales. (...)”;
E Que, el artículo 39° de la Ley N° 27867 -— Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificado por el artículo 3 de la Ley N° 31433, señala que, “Los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este Órgano sobre asuntos intemos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional, o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional (...)”;
ue, el Artículo 4° del Reglamento Interno de Organización y Funciones del Consejo Regional tie! Gobierno Regional de Cusco, aprobado mediante Ordenanza Regional N*119-2016- 'R/GRC.CUSCO, señala que el Consejo Regional del Cusco, es el Órgano Supremo y representativo del Gobierno Regional ejerce funciones: legislativas, fiscalizadoras, de representación y control político de la gestión del Gobiemo Regional Cusco”;
Que, el Artículo 37” del referido Reglamento Interno de Organizaciones y Funciones del Consejo Regional Cusco, indica que: “Los Consejeros Regionales del Consejo Regional tiene derecho a: proponer Acuerdos Regionales, Ordenanzas Regíonales e iniciativas legislativas;
Que, mediante Oficio N° 86-2024-GRC-COPVMN/RASA, de fecha 14 de junio del 2024, el Consejero Regional, en representación de la provincia de Paruro, solicita al pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, otorgar un reconocimiento y homenaje a la Municipalidad Distrital de Paccarectambo, por ser el principal promotor y organizador de la “Escenificación de la fundación del Tahuantinsuyo por los Hermanos Ayar’, actividad cultural que tiene como propósito revalorar la Leyenda de los Hermanos Ayar, cuna de la civilización de los Incas;
Por las consideraciones expuestas, estando a las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, la Ley de Bases de la Descentralización - Ley N° 27783, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley N° 27867 y sus modificatorias y por el Reglamento Intemo de Organización y Funciones del Consejo Regional del Cusco aprobado por Ordenanza Regional N° 119-2016. CR/GRC.CUSCO, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta, por
— ‘Hagamos | Av. Tomasa Ttito Condemayta s/n
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unanimidad de votos de los Consejeros Regionales, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco;
ACUERDA:
ARTÍCULO PRIMERO. - OTORGAR UN RECONOCIMIENTO Y HOMENAJE A LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACCARECTAMBO, POR SER EL PRINCIPAL PROMOTOR Y ORGANIZADOR DE LA “ESCENIFICACIÓN DE LA FUNDACIÓN DEL TAHUANTINSUYO POR LOS HERMANOS AYAR”, ACTIVIDAD CULTURAL QUE TIENE COMO PROPÓSITO REVALORAR LA LEYENDA DE LOS HERMANOS AYAR, CUNA DE LA CIVILIZACIÓN DE LOS INCAS, RECONOCIMIENTO QUE SE EFECTUA EN ESTE MES JUBILAR DEL CUSCO.
ARTICULO SEGUNDO. — ENCARGAR a la secretaria del Consejo Regional de Cusco, realizar las acciones administrativas para el otorgamiento de la medalla y placa recordatoria.
ARTÍCULO TERCERO. - REMITIR el presente Acuerdo de Consejo Regional del Cusco al titular del ejecutivo del Gobiemo Regional de Cusco y al Gerente General Regional a efecto de que dispongan su publicación, bajo responsabilidad y en el plazo de ley.
ARTÍCULO CUARTO. - El presente acuerdo de consejo regional, entrará en vigencia desde el día siguiente publicación, debiendo publicarse en la página web del gobierno regional del cusco.
COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE.
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Hagamos Aw, Tomasa Tito Condemayta s/n E estrito de Wanchaq, Cusco - Peru i HISTORIA www.gob.pe/i egioncusco
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regioncusco/normas-legales/7587472-a-r-0190-2024 PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9246931/7587472-ar01902024.pdf