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A-R-0188-2024 Regional Agreement Cusco In force

Acuerdo de Consejo Regional N.° A.R.0188.2024

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GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO CONSEJO REGIONAL paa)

CONSISJO KEGIONAL,

“AÑO DEL BICENTENARIO, DE LA CONSOLIDACIÓN DE NUESTRA INDEPENDENCIA, Y DE LA CESEO CONMEMORACIÓN | DELAS HEROICAS BATALLAS DE JUNÍN Y AYACUCHO"

ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 188-2024-CRC/GR CUSCO Cusco, 14 de junio del 2024

ViSTOS:

La sexta sesión ordinaria del Pleno del Consejo Regional del Gobiemo Regional de Cusco, de fecha diez de junio del año dos mil veinticuatro y el Oficio N° 074-2024-GR CUSCO-GRCCR/CRE/HOS, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco ha debatido sobre otorgar un reconocimiento a personaje ilustre, y;

CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo establecido en el artículo 191° de la Constitución Política del Estado, modificada por la Ley N°27680 “Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre descentralización y la Ley N° 28607 “Ley de reforma del Artículo 191° de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el artículo 2° de la Ley Orgánica de Gobiemos Regionales, Ley N° 27867 y sus modificatorias, establecen que, los Gobiemos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia;

Que, el artículo 13° de la Ley N° 27867 — Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificado por el artículo unico de la Ley N° 29053, establece que, “El Consejo Regional Es el órgano normativo y fiscalizador del gobierno regional. Le corresponden las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas. Está integrado por los Consejeros Regionales. (...)”;

Que, el inciso a) del articulo 16° de la Ley N° 27867 — Ley Orgánica de Gobiemos Regionales, prescribe que: “Son derechos y obligaciones funcionales de los Consejeros Regionales: a.

Proponer normas y acuerdos regionales. (...)”;

Que, el artículo 39° de la Ley N° 27867 -— Ley Orgánica de Gobiemos Regionales, modificado “ por el artículo 3 de la Ley N° 31433, señala que, “Los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este Órgano sobre asuntos intemos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional, o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional (...)”;

(GRC.CUSCO, señala que el Consejo Regional del Cusco, es el Órgano Supremo y epresentativo del Gobierno Regional ejerce funciones: legislativas, fiscalizadoras, de representación y control político de la gestión del Gobiemo Regional Cusco”;

Que, el Artículo 37° del referido Reglamento Interno de Organizaciones y Funciones del Consejo Regional Cusco, indica que: “Los Consejeros Regionales del Consejo Regional tiene derecho a: proponer Acuerdos Regionales, Ordenanzas Regionales e iniciativas legislativas;

Que, mediante Oficio N° 074-2024-GR CUSCO-GRC-CR/CRE/HQS, de fecha 12 de junio del 2024, el Consejero Regional, en representación de la provincia de Espinar, solicita al pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, otorgar un reconocimiento y homenaje al Dr. Uriel Balladares Aparicio, hijo predilecto de la provincia de Espinar, con una amplia trayectoria en la administración de justicia, habiendo ostentado el cargo de Presidente la corte Superior de Puno y de Cusco e innumerables cargos de Juez y hoy vocal de la Sala Penal Superior de Cusco;

Por las consideraciones expuestas, estando a las atribuciones conferidas por la Constitución Politica del Estado, la Ley de Bases de la Descentralización - Ley N° 27783, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley N° 27867 y sus modificatorias y por el Reglamento Interno de Organización y Funciones del Consejo Regional del Cusco aprobado por Ordenanza Regional N° 119-2016. CR/GRC.CUSCO, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta, por

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unanimidad de votos de los Consejeros Regionales, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco;

ACUERDA:

ARTÍCULO PRIMERO. - OTORGAR UN RECONOCIMIENTO Y HOMENAJE AL Dr. URIEL BALLADARES APARICIO, HIJO PREDILECTO DE LA PROVINCIA DE ESPINAR, CON UNA AMPLIA TRAYECTORIA EN LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, HABIENDO OSTENTADO EL CARGO DE PRESIDENTE LA CORTE SUPERIOR DE PUNO Y DE CUSCO E INNUMERABLES CARGOS DE JUEZ Y VOCAL DE LA SALA PENAL SUPERIOR DE CUSCO, RECONOCIMIENTO QUE SE EFECTUA EN ESTE MES JUBILAR DEL CUSCO.

ARTICULO SEGUNDO. — ENCARGAR a la secretaria del Consejo Regional de Cusco, realizar las acciones administrativas para el otorgamiento de la medalla y placa recordatoria.

ARTÍCULO TERCERO. - REMITIR el presente Acuerdo de Consejo Regional del Cusco al itular del ejecutivo del Gobíermo Regional de Cusco y al Gerente General Regional a efecto de que dispongan su publicación, bajo responsabilidad y en el plazo de ley.

ARTÍCULO CUARTO. - El presente acuerdo de consejo regional, entrará en vigencia desde el día siguiente publicación, debiendo publicarse en la página web del gobierno regional del cusco.

COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE.

¡HI TORIA Distrito de Wanchag, Cusco - Peru

“Hagamos Av. Tomasa Ttito Condemayta s/n www.gob.pe/regioncusco

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Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regioncusco/normas-legales/7587470-a-r-0188-2024 PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9246929/7587470-ar01882024.pdf