Skip to content
L Legalize.pe
A-R-0174-2024 Regional Agreement Cusco In force

Acuerdo de Consejo Regional N.° A.R.0174.2024

4 min read

Not legal advice. This is a community-maintained copy for research — verify against the official source before relying on it. Regional norm text may be OCR-extracted and contain errors.

GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO CONSEJO REGIONAL DEL CUSCO pa

  • AÑO DE LA UNIDAD, LA PAZ Y EL DESARROLLO - CUSCO

ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 174-2024-CRC/GR CUSCO

Cusco, 14 de junio del 2024 VISTOS: La sexta sesión ordinaria del Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, de fecha diez de junio del año dos mil veinticuatro y el Informe N° 004- GRSC/GERESA/HAL/DE/DMG/2024 de la Dirección Ejecutiva del Hospital Antonio Lorena, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco ha recibido el informe y/o sobre el estado situacional del Hospital Antonio Lorena, y;

CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo establecido en el artículo 191° de la Constitución Política del Estado, modificada por la Ley N*27680 “Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre descentralización y la Ley N° 28607 “Ley de reforma del Artículo 191° de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el artículo 2” de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867 y sus modificatorias, establecen que, los Gobiemos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia;

Que, el artículo 44 de la Constitución prevé que son deberes primordiales del Estado garantizar la plena vigencia de los derechos humanos, proteger a la población de las amenazas contra su seguridad y promover el bienestar general que se fundamenta en la justicia y en el desarrollo integral y equilibrado de la Nación;

Que, los artículos Il, VI y XII del Título Preliminar de la Ley N° 26842, Ley General de Salud, establecen que la protección de la salud es de interés público y que es responsabilidad del Estado regularia, vigilarla y promover las condiciones que garanticen una adecuada cobertura

oportunidad y calidad, siendo irrenunciable la responsabilidad del Estado en la provisión de servicios de salud pública. El Estado interviene en la provisión de servicios de atención médica con arreglo al principio de equidad, siendo posible establecer limitaciones al ejercicio del derecho a la propiedad, a la inviolabilidad del domicilio, al libre tránsito, a la libertad de trabajo, empresa, comercio e industria, así como al ejercicio del derecho de reunión en resguardo de la

Que, el artículo 4° de la Ley N° 27867 — Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que, Rs gobiernos regionales tienen por finalidad esencial fomentar el desarrollo regional integral €ostenible, promoviendo la inversión pública y privada y el empleo y garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo;

Que, el inciso a) del articulo 16° de la Ley N° 27867 — Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, prescribe que: “Son derechos y obligaciones funcionales de los Consejeros Regionales: a. Proponer normas y acuerdos regionales. (...)”;

Que, el artículo 39° de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que, los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este Órgano sobre asuntos intemos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional, o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional:

Que, el artículo 4° del Reglamento Interno de Organización y Funciones del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 119-2016- CR/GRC.CUSCO, señala que el Consejo Regional del Cusco, es el Órgano Supremo y representativo del Gobierno Regional ejerce funciones: legislativas, fiscalizadoras, de representación y control político de la gestión del Gobierno Regional Cusco”:

Que, mediante informe N° 004-GRSC/GERESA/HAL/DE/DMG/2024, de fecha 06 de junio del

2024, el Director Ejecutivo del Hospital Antonio Lorena, efectúa un informe sobre el estado real AY

! Hagamos Av. Tomasa Ttito Condemayta s/n Distrito de Wanchaq, Cusco - Peru ¡HI TORIA www.gob.pe/regioncusco

Le

GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO CONSEJO REGIONAL DEL CUSCO ps

  • ANO DE LA UNIDAD, LA PAZ Y EL DESARROLLO - CUSCO

del avance de la construcción del saldo de la obra y el tiempo de culminación del proyecto Hospital Antonio Lorena, se señala que, existe dificultades de espacio y tugurización que imposibilita una atención adecuada en la prestación de los servicios de salud a la población concurrente;

Por las consideraciones expuestas, estando a las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, la Ley de Bases de la Descentralización - Ley N° 27783, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley N° 27867 y sus modificatorias y por el Reglamento Interno de Organización y Funciones del Consejo Regional del Cusco aprobado por Ordenanza Regional N° 119-2016. CR/GRC.CUSCO, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta, por unanimidad de votos de los Consejeros Regionales, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco;

ACUERDA: ARTÍCULO PRIMERO. — DECLARAR EN EMERGENCIA EL HOSPITAL DE CONTINGENCIA DEL HOSPITAL ANTONIO LORENA.

ARTICULO SEGUNDO. — REMITIR el presente Acuerdo de Consejo Regional del Cusco al titular del ejecutivo del Gobierno Regional de Cusco, Gerente General Regional, Gerente Regional de salud y al Director Ejecutivo del Hospital Antonio Lorena a efecto de que se tome las providencias del caso.

ARTÍCULO TERCERO. - El presente acuerdo de consejo regional, entrará en vigencia desde el día siguiente publicación, debiendo publicarse en la página web del gobierno regional del Cusco.

COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE.

Hagamos Av. Tomasa Ttito Condemayta s/n

¡HI TORIA o Destrito de Wanchag, Cusco - Peru

www.gob.pe/regioncusco

I}


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regioncusco/normas-legales/7587496-a-r-0174-2024 PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9246952/7587496-ar01742024.pdf