Acuerdo de Consejo Regional N.° A.R.0171.2025
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“AÑO DE LA RECUPERACIÓN Y CONSOLIDACIÓN DE LA ECONOMÍA PERUANA”
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N°171 - 2025 - CRC / GR CUSCO.
Cusco, 12 de mayo de 2025.
El Consejo Regional del Gobierno Regional del Cusco, en su Quinta Sesión Ordinaria de fecha 12 de mayo de 2025, ha aprobado el siguiente Acuerdo de Consejo Regional:
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Perú, modificada por Ley N° 27680 - Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, norma que en su artículo 191° establece que “Los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. (...). La estructura orgánica básica de estos gobiernos la conforman el Consejo Regional, como órgano normativo y fiscalizador (...)”; asimismo, estando establecido en nuestra Constitución, artículo 192°, que los Gobiernos Regionales son competentes para: “(...) 6. Dictar las normas inherentes a la gestión regional, (...) 10. Ejercer las demás atribuciones inherentes a su función, conforme a ley”;
Que, la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por el artículo único de la Ley N° 29053, expresa en su artículo 13° que el Consejo Regional “..es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Le corresponden las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que les sean delegadas (...)”;
Que, la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por el artículo 3 de la Ley N° 31433, establece en su artículo 16°, literal a), que ”...son derechos y obligaciones funcionales de los Consejeros Regionales: a. Proponer normas y acuerdos regionales (...)”;
Que, el artículo 39 de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, 5) modificada por el artículo 3 de la Ley N° 31433, establece que “Los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este Órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional, o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o noma institucional (...)”;
Que, el Reglamento Interno del Consejo Regional de Cusco, aprobado con Ordenanza Regional N° 248-2024-CR/GRC, en su artículo 6° precisa que el Consejo Regional “Es la máxima instancia del Gobierno Regional, órgano normativo, fiscalizador y representativo del Gobierno Regional (...)”;
Que, el Reglamento Interno del Consejo Regional de Cusco, aprobado con Ordenanza Regional N° 248-2024-CR/GRC, en su artículo 32°, literal a), señala que son derechos funcionales de los Consejeros Regionales las siguientes: a), Proponer, en forma individual o conjunta, normas y acuerdos regionales en materia y asuntos de su competencia (...)”;
Que, el Reglamento Interno del Consejo Regional de Cusco, aprobado con Ordenanza Regional N° 248-2024-CR/GRC, en su artículo 97° precisa que ”...los acuerdos del
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“AÑO DE LA RECUPERACIÓN Y CONSOLIDACIÓN DE LA ECONOMÍA PERUANA”
Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos, de interés público, ciudadano o institucional (...)”;
Que, se ha recibido el Oficio N° 103- 2025 - GR/CUSCO - CR / CRC / MVRO, suscrito por el Consejero Regional Macedo Valeriano Rueda Quintana, alcanzando una propuesta de Acuerdo de Consejo Regional, por el cual se propone autorizar el viaje en Comisión de Servicios a los Consejeros Regionales Calandra Sammy Olivera Martínez, | Raúl Miguel Olivera Rosas y Macedo Valeriano Rueda Quintana, para participar en la / IX Sesión Ordinaria de la Comisión de Fiscalización y Contraloría del Congreso de la República, a desarrollarse el 14 de mayo en los auditorios del Congreso de la República en Lima a fin que informen sobre la administración de la concesión de las instalaciones del Hotel Sanctuary Lodge, por espacio de veinte años a la empresa Belmond; el estado de las medidas cautelares interpuestas por los trabajadores de la empresa Belmond y, sobre las recomendaciones del Informe Final de la Comisión de Seguimiento del Arbitraje del Hotel Sanctuary Lodge;
Que, por Oficio N° 1102 - 2024 - 2025 - CFC - CR, suscrito por el Congresista de la República Juan Bartolomé Burgos Oliveros, invita a participar a los Consejeros Regionales Calandra Sammy Olivera Martínez, Raúl Miguel Olivera Rosas y Macedo Valeriano Rueda Quintana, en la IX Sesión Ordinaria de la Comisión de Fiscalización y Contraloría del Congreso de la República, a desarrollarse el 14 de mayo del presente;
Que, puesto en agenda de la Orden del Día de la Quinta Sesión Ordinaria de Consejo Regional de fecha 12 de mayo de 2025, se debatió este tema y se aprobó la participación de los Consejeros Regionales, Calandra Sammy Olivera Martínez, Raúl Miguel Olivera Rosas, Macedo Valeriano Rueda Quintana, incorporándose a la delegación los Consejeros Regionales Luz Marina Casafranca Castillo, Ítalo Tarco Góngora y María Elena Yábar Peralta;
Por las consideraciones expuestas, estando a las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, la Ley de Bases de Descentralización - Ley 27783, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867 y modificatorias y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Cusco, aprobado con Ordenanza Regional N° 248- 2024-CR/GRC, en su Quinta Sesión Ordinaria de fecha 12 de mayo de 2025, con la dispensa del trámite de lectura de acta y con la mayoría de votos de los Consejeros Regionales se:
ACUERDA:
ARTICULO PRIMERO.- Autorizar, el viaje en comisión de servicios a la ciudad de Lima, de los Consejeros Regionales, Calandra Sammy Olivera Martínez, Raúl Miguel Olivera Rosas, Macedo Valeriano Rueda Quintana, Luz Marina Casafranca Castillo, Ítalo Tarco Góngora y María Elena Yábar Peralta, para participar en la IX Sesión Ordinaria de la Comisión de Fiscalización y Contraloría del Congreso de la República, a desarrollarse el 14 de mayo en los auditorios del Congreso de la República en Lima.
ARTICULO SEGUNDO.- Encargar, a la Secretaría del Consejo Regional y a la Gerencia Regional de Administración del Gobierno Regional realizar todas las acciones
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“AÑO DE LA RECUPERACIÓN Y CONSOLIDACIÓN DE LA ECONOMÍA PERUANA”
administrativas para la adquisición de pasajes aéreos respectivos y el otorgamiento de viáticos por dos (2) días, del 13 al 15 de mayo de 2025.
ARTICULO TERCERO.- El viaje a desarrollar está a cargo de la Meta N° 115 - 2025 - DEBATIR PROPOSICIONES LEGISLATIVAS, cuya cadena funcional es la siguiente:
- Específica de gasto 23.21.21
- Específica de gasto 23.21.22
Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios
ARTICULO CUARTO. El presente Acuerdo de Consejo Regional, entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Portal Web del Gobierno Regional del Cusco.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
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G. ¡CL: TRIVENO ALVIS 6 CC PRESIDENTE DL CONSEIOREGIONALCUSCO = atte cora con ee soneseonnses fousvesrseveneee P PERIODO LEGISEAT|VO 2025 Abg Williams Manuel Quintana 1 Flores ECRETARIO DEL CONSEJO REGIONAL
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