Acuerdo de Consejo Regional N.° A.R.0171.2024
Not legal advice. This is a community-maintained copy for research — verify against the official source before relying on it. Regional norm text may be OCR-extracted and contain errors.
GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO CONSEJO REGIONAL DEL CUSCO pa
- AÑO DE LA UNIDAD, LA PAZ Y EL DESARROLLO - CUSCO
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 171-2024-CRC/GR CUSCO
Cusco, 14 de junio del 2024 VISTOS: La sexta sesión ordinaria del Pleno del Consejo Regional del Gobiemo Regional de Cusco, de fecha diez de junio del año dos mil veinticuatro y el pedido efectuado en la estación de pedidos, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco ha debatido y aprobado la convocatoria a funcionaria v/o servidora pública, v;
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo establecido en el artículo 191” de la Constitución Política del Estado, modificada por la Ley N°27680 “Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre descentralización y la Ley N° 28607 “Ley de reforma del Artículo 191° de la Constitución Política del Perú. en concordancia con el artículo 2° de la Lev Orgánica de Gobiemos Regionales, Ley N° 27867 y sus modificatorias, establecen que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia;
Que, el inciso k) del artículo 15° de la Ley N° 27867 — Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificado por la Ley N° 31812, establece que, son atribuciones del Consejo Regional, entre otros “k. Fiscalizar la gestión pública del gobiemo regional. Para tal efecto, en el presupuesto institucional de apertura (PIA) del gobiemo regional, se incorporan los recursos, según clasificador presupuestario, que proporcionen al Consejo Regional la capacidad logística y el apoyo profesional necesarios para el ejercicio de sus actividades de fiscalización.”:
Gl st Se Que, el inciso a) del articulo 16° de la Ley N° 27867 — Ley Orgánica de Gobiemos Regionales, rescribe que: “Son derechos y obligaciones funcionales de los Consejeros Regionales: a. roponer normas y acuerdos regionales. (...)”;
hy
2, iy
Que, el artículo 39° de la Ley N° 27867 - — Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que, los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este Órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional, o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o noma institucional:
¿So Que, el Artículo 4° del Reglamento Interno de Organización y Funciones del Consejo Regional “Mel Gobierno Regional de Cusco, aprobado mediante Ordenanza Regional N*119-2016- CR/GRC.CUSCO, señala que el Consejo Regional del Cusco, es el Órgano Supremo y rpresentativo del Gobierno Regional ejerce funciones: legislativas, fiscalizadoras, de
representación y control politico de la gestión del Gobiemo Regional Cusco”:
Que, el artículo 6° del Reglamento Interno de Organización y Funciones del Consejo Regional del Gobiemo Regional de Cusco, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 119-2016- CR/GRC.CUSCO, establece “la función fiscalizadora, se ejerce fiscalizando la gestión y conducta publica del Gobernador Regional, vicegobemador. Gerente General, gerentes de línea, Directores Regionales, Directores Regionales de proyectos especiales regionales y trabajadores del Gobierno Regional, sobre cualquier asunto de interés público sin restricción alguna. Cumplen estas estas funciones fiscalizadoras a través de Comisiones o individualmente, pudiendo efectuar requerimiento a la administración regional para que obligatoriamente informe sobre aquellos asuntos que demanden su intervención”:
Que, el Artículo 20° del Reglamento de Organización y funciones del Consejo Regional, establece: “El Consejo Regional tiene facultad para convocar, mediante Acuerdo Regional al Gerente Regional, Directores Regionales, Directores Regionales de proyectos especiales regionales (..) Para que informe en forma individual ante el Pleno del Consejo Regional (...) en caso de incumplimiento considera como causal de interpelación; Que, el Artículo 37° del referido Reglamento Intemo de Organizaciones y Funciones de! Consejo Regional Cusco, indica que: “Los Consejeros Regionales del Consejo Regional tiene AY
i Hagamos Av. ona a Condemayta s/n i Distrito Vanchaq, Cusco - Peru i HISTORIA www.gob.pe/regioncusco
GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO CONSEJO REGIONAL DEL CUSCO ba)
- ANO DE LA UNIDAD, LA PAZ Y EL DESARROLLO - CUSCO
derecho a: proponer Acuerdos Regionales, Ordenanzas Regionales e iniciativas legislativas (...) e. Fiscalizar los actos de los órganos de Dirección y Administración del Gobierno Regional u otros de Interés General. f. solicitar directamente o a través de la Gubematura a los Gerentes o Funcionarios los informes de Gestión y otros que consideren pertinentes (...) y. Los demás que sean asignados por la Constitución la ley o por Ordenanza Regional.
Que, el Artículo 108° del Reglamento de Organización y Funciones del Consejo Regional Cusco, indica que los Acuerdos Regionales aprobados por el Consejo Regional serán suscritos por el presidente del Consejo Regional y se remitirá al Gobernador Regional para su publicación en el Portal Electrónico del Gobiemo Regional dentro de (05) días hábiles de su aprobación bajo responsabilidad. El cumplimiento del Acuerdo Regional es obligatorio a partir del día siguiente de su publicación; caso contrario será causal de vacancia por incumplimiento de funciones;
Que, en la estación de pedidos de la sexta sesión ordinaria de Consejo Regional, la Consejera Regional Anabel Rozas Farfan, solicito la convocatoria a servidora, puesto que ha tomado conocimiento de que una presunta servidora de nombre Marisol Segovia Enríquez, trabajadora en la Gerencia de Gestión de Inversiones de Infraestructura del Gobierno Regional de Cusco, estaría colocando personal en dicha gerencia, asi como en otras dependencias;
Por las consideraciones expuestas, estando a las atribuciones conferidas por ia Constitución Política del Estado, la Ley de Bases de la Descentralización - Ley N° 27783, la Ley Orgánica de Gobiemos Regionales - Ley N° 27867 y sus modificatorias y por el Reglamento Interno de Organización y Funciones del Consejo Regional del Cusco aprobado por Ordenanza Regional N° 119-2016.CR/GRC.CUSCO, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta, por unanimidad de votos de los Consejeros Regionales, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco;
ACUERDA:
ARTÍCULO PRIMERO. - CONVOCAR ANTE EL PLENO A LA SERVIDORA MARISOL SEGOVIA ENRÍQUEZ, TRABAJADORA EN LA GERENCIA DE GESTIÓN DE INVERSIONES DE INFRAESTRUCTURA DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO, PARA QUE EFECTUÉ SUS DESCARGOS SOBRE PRESUNTA COLOCACIÓN DE PERSONAL EN LA DEPENDENCIA QUE LABORA, ASÍ COMO EN OTRAS DEPENDENCIAS DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO.
ARTICULO SEGUNDO. — ENCARGAR a la secretaria del Consejo Regional de Cusco, realizar las acciones administrativas para el cumplimiento del Artículo primero del presente acuerdo regionai durante ei presente año, bajo responsabilidad y recabar ei informe en veintitrés (23) ejemplares son setenta y dos horas (72) de anticipación a la fecha de su presentación.
ARTÍCULO TERCERO. - REMITIR el presente Acuerdo de Consejo Regional del Cusco al titular del ejecutivo del Gobierno Regional de Cusco y al Gerente General Regional a efecto de que dispongan su cumplimiento y publicación, bajo responsabilidad y en el plazo de ley.
ARTÍCULO CUARTO. - El presente acuerdo de consejo regional, entrará en vigencia desde el día siguiente publicación, debiendo publicarse en la página web del gobierno regional del cusco.
COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE.
lu
¡AL CUSCO presea? pa <a NYA MAYTA G E ARA Pocas a REGIONAL
¡HI TORIA Distrito de Wanchaq, Cusco - Per:
! HISTOR Av. Tomasa Ttito Condemayta s/n www.gob.pe/regioncusco
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regioncusco/normas-legales/7587459-a-r-0171-2024 PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9246920/7587459-ar01712024.pdf