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A-R-0169-2025 Regional Agreement Cusco In force

Acuerdo de Consejo Regional N.° A.R.0169.2025

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GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO E

INSEJO REGIONAL DEL CUSCO coo premsa CONSEJO REG! Cusco

“AÑO DE LA RECUPERACIÓN Y CONSOLIDACIÓN DE LA ECONOMÍA PERUANA”

ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N*169 - 2025 - CRC /GR CUSCO. Cusco, 12 de mayo de 2025.

El Consejo Regional del Gobierno Regional del Cusco, en su Quinta Sesión Ordinaria de fecha 12 de mayo de 2025, ha aprobado el siguiente Acuerdo de Consejo Regional:

CONSIDERANDO:

“| Que, la Constitución Política del Perú, modificada por Ley N” 27680 - Ley de Reforma " Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, norma que en su artículo 191° establece que “Los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. (...). La estructura orgánica básica de estos gobiernos la conforman el Consejo Regional, como órgano normativo y fiscalizador (...)”; asimismo, estando establecido en nuestra Constitución, artículo 192”, que los Gobiernos Regionales son competentes para: “(...) 6. Dictar las normas inherentes a la gestión regional, (...) 10. Ejercer las demás atribuciones inherentes a su función, conforme a ley”;

Que, la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales expresa en su artículo 11° que el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional;

Que, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales expresa en su artículo 13” que el Consejo Regional | Es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que sean delegadas. Está integrado por el Presidente Regional, el Vicepresidente Regional y los Consejeros Regionales elegidos en cada región”;

Que, la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por el artículo 3° de la Ley N° 31433, establece en su artículo 16°, literal a), que ”...son derechos y obligaciones funcionales de los Consejeros Regionales: a). Proponer normas y acuerdos regionales (...)”;

Que, el artículo 39° de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por el artículo 3 de la Ley N° 31433, establece que “Los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este Órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional, o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o noma institucional (...)”;

Que, el Reglamento Interno del Consejo Regional de Cusco, aprobado con Ordenanza Regional N° 248-2024-CR/GRC, en su artículo 6° respecto de la definición del Consejo Regional, precisa que “Es la máxima instancia del Gobierno Regional, órgano normativo, fiscalizador y representativo del Gobierno Regional. Le corresponden las funciones y atribuciones que se establecen el Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867 y sus modificatorias y en el presente reglamento (...)”;

Que, el artículo 32°, inciso n), del Reglamento Interno del Consejo Regional de Cusco, precisa que son derechos de los Consejeros Regionales son “Participar en todas las ceremonias protocolares de toda índole que se realicen dentro del ámbito de la región del Cusco y las actividades fuera de la región autorizadas por el pleno”;

Que, el Reglamento Interno del Consejo Regional de Cusco, aprobado con Ordenanza Regional N° 248-2024-CR/GRC, en su artículo 7”, numeral 42), señala como parte de las atribuciones del

GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO CONSEJO REGIONAL DEL CUSCO

“AÑO DE LA RECUPERACIÓN Y CONSOLIDACIÓN DE LA ECONOMÍA PERUANA”

Consejo Regional que “Aprobar el desarrollo de las sesiones del Consejo de Descentralizada en cada una de las trece provincias de la región del Cusco”;

Que, el Reglamento Interno del Consejo Regional de Cusco, aprobado con Ordenanza Regional N° 248-2024-CR/GRC, en su Capítulo VII Sesiones Descentralizadas, artículo 92° precisa que “Las sesiones Descentralizadas se realizarán fuera de la sede institucional del Consejo Regional, en el y lugar que acuerde previamente el Consejo Regional y solo pueden ser Extraordinarias”;

y Que, el Reglamento Interno del Consejo Regional de Cusco, aprobado con Ordenanza Regional N° 248-2024-CR/GRC, en su artículo 97” precisa que “Los acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos, de interés público, ciudadano o institucional (...)”;

Que, se ha recibido el Oficio N° 042 - 2025 - GRCH /CRC / SOQ, de fecha 12 de mayo de 2025, suscrito por el Consejero Regional Representante de la provincia de Chumbivilcas, Sr. Santiago Ojeda Quispe, por el cual solicita aprobar mediante Acuerdo Regional la fecha para la realización de la “Sesión Descentralizada del Consejo Regional del Cusco en la provincia de Chumbivilcas” la misma que se desarrollará el 26 de mayo de 2025, a las 9:00 horas;

Por las consideraciones expuestas, estando a las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, la Ley de Bases de Descentralización - Ley 27783, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867 y modificatorias y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Cusco, aprobado con Ordenanza Regional N° 248-2024-CR/GRC, en su Quinta Sesión Ordinaria de fecha 12 de mayo de 2025, con la dispensa del trámite de lectura de acta y la unanimidad de votos de los Consejeros Regionales se:

ARTÍCULO PRIMERO.- Aprobar, la realización de la “Sesión Descentralizada del Consejo Regional del Cusco en la provincia de Chumbivilcas” la misma que se desarrollará el lunes 26 de mayo de 2025.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Encargar, a la Secretaría del Consejo Regional realizar la invitación a la “Sesión Descentralizada del Consejo Regional del Cusco en la provincia de Chumbivilcas” al Gobernador Regional del Gobierno Regional del Cusco, Ing. Máximo Werner Salcedo Álvarez.

ARTÍCULO TERCERO.- Encargar, a la Secretaría del Consejo Regional realizar la Convocatoria a la “Sesión Descentralizada del Consejo Regional del Cusco en la provincia de Chumbivilcas” a los gerentes regionales y funcionarios del Gobierno Regional del Cusco, que se indican:

  • Gerente General Regional,

  • Gerente Regional de Transportes y Comunicaciones,

  • Gerente Regional de Gestión de Inversiones de Infraestructura,

  • Gerenta Regional de Salud,

  • Gerente Regional de Recursos Naturales,

  • Gerente Regional de Desarrollo Agrario y Riego,

  • Gerente Regional de Presupuesto

  • Gerente Regional de Desarrollo Económico y,

  • Director del Plan Meriss.

  • Director del Plan COPESCO.

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“AÑO DE LA RECUPERACIÓN Y CONSOLIDACIÓN DE LA ECONOMÍA PERUANA”

ARTÍCULO CUARTO.- Precisar, que la agenda de la “Sesión Descentralizada del Consejo Regional del Cusco en la provincia de Chumbivilcas” se incorporará el informe del estado de los Proyectos de Inversión Pública que se detallan:

E

TL,

13,

Mejoramiento y ampliación de los servicios de salud del Hospital Santo Tomás, distrito de Santo Tomás, provincia de Chumbivilcas, departamento del Cusco, con CUI N° 2493108,

Mejoramiento del servicio de transitabilidad vehicular de la Carretera Departamental CU - 119, tramo L: Emp. CU - 117 (Abra Ranraccasa), Paccaritambo - Emp. CU - 3SY (Desvío Ccapacmarca) en los distritos de Yaurisque, Paruro, Paccaritambo, Ccapi y Ccapacmarca, de las provincias de Paruro y Chumbivilcas del departamento del Cusco, con CUI N? 2520169,

Creación del servicio de agua para riego en las comunidades campesinas de los distritos de Santo Tomás y Colquemarca, provincia de Chumbivilcas, departamento del Cusco, con CUI N® 2354721.

Mejoramiento del servicio de transitabilidad vehicular de la Carretera Departamental CU - 119, Tramo II: Emp. 3SY (Muyuorcco) - Colquemarca, en los distritos de Capacmarca y Colquemarca, provincia de Chumbivilcas del departamento del Cusco, con CUI N° 2512848,

Mejoramiento del servicio de Educación Superior Tecnológica del IESTP Velille, distrito de Velille, provincia de Chumbivilcas, departamento del Cusco, con CUI N® 2564695.

Mejoramiento del servicio de transitabilidad vehicular de las carreteras vecinales CU - 1913 y CU - 1914 en los tramos: Inicio CU - 1913 - Santo Tomás (Sector Qquenqo) - Emp. CU - 1914 Emp. PE 3SY (Choccollo) en los distritos de Chamaca y Santo Tomás, provincia de Chumbivilcas, departamento del Cusco, con CUI N® 2534858.

Mejoramiento del servicio de transitabilidad vial interurbana en las carreteras departamentales CU - 128 (Chamaca DV. Chamaca), CU - 126 (DV. Chamaca - Añahuichi - Quisicancha - Livitaca Quechapampa - Emp. 1596) de los distritos de Chamaca y Livitaca, provincia de Chumbivilcas, departamento de Cusco, con CUI N° 2658531.

Mejoramiento de la transitabilidad vehicular de la carretera vecinal CU - 1913 y CU - 1596 en el tramo: Emp. CU - 126 Ausanta - Hda. Chuña - Pongoña - Ccotana - Tungasuca Emp. PE 3SY (Choccollo) en los distritos de Livitaca, Yanaoca y Túpac Amaru, de las provincias de Chumbivilcas y Canas, departamento del Cusco, con CUI N° 2545856.

Creación del servicio de transitabilidad vehicular y peatonal sobre el rio Velille — Sector Challhuanca, Comunidad Campesina Cullahuata del distrito de Velille — provincia de Chumbivilcas — departamento de Cusco. Con Código Unico de Inversión 2443663.

Mejoramiento del servicio de transitabilidad vial interurbana en CU 1817, Tramo: Emp. CU - 126 (Livitaca) - Emp. CU - 1819 (Chilloroya) distrito de Livitaca de la provincia de Chumbivilcas del departamento de Cusco, con Código Único de Inversión: 2620499.

Mejoramiento y ampliación del servicio de agua para riego en la comunidad de

Charamuray del distrito de Colquemarca - provincia de Chumbivilcas - departamento de Cusco, con Código Único de Inversión: 2304464.

Proyecto Irrigación Molino, con Código Único de Inversión: 2031511.

Recuperación de matorral andino, pajonal de puna húmeda, pajonal de puna seca y bosque relicto altoandino en las cuatro (4) provincias del departamento del Cusco, con Código Único de Inversión: 2485866.

GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO EAB

ONAL DEL € rre, CONSEJO REGIONAL DEL CUSCO SON

“AÑO DE LA RECUPERACIÓN Y CONSOLIDACIÓN DE LA ECONOMÍA PERUANA”

  1. Mejoramiento del servicio de inocuidad agropecuaria en las zonas altoandinas de las trece (13) provincias, distrito de Cusco de la provincia de Cusco del departamento de Cusco, con Código Único de Inversión: 2595528.

  2. Mejoramiento y ampliación de la cobertura de pastos alto andinos en las provincias de Espinar y Chumbivilcas del departamento de Cusco, con Código Único de Inversión:

  3. Mejoramiento del servicio de transitabilidad vial interurbana en la carretera departamental CU - 129, Tramo: Emp. CU - 117 - Accha - Omacha - Antapallpa - Checcapuccara - Sahua sahua (Paruro), Ccollana al Emp. CU - 126 (Livitaca) de los distritos de Omacha, Livitaca de las provincias de Paruro y Chumbivilcas del departamento de Cusco, con Código Único de Inversión: 2663162.

  4. Mejoramiento del servicio de transitabilidad vial interurbana en la carretera departamental CU - 126 Tramo: DV. Sunturo - Abra Tocto, Pisquiccocha - Emp. CU - 1596 (Qquechapampa), distritos de Quehue, Livitaca de las provincias de Canas y Chumbivilcas del departamento de Cusco, con Código Único de Inversión: 2660044.

ARTÍCULO QUINTO.- El presente Acuerdo de Consejo Regional, entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Portal Web del Gobierno Regional del Cusco.

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

eo.” a

Williams Man ADE ETARIO DEL CON:


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regioncusco/normas-legales/7587851-a-r-0169-2025 PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9247338/7587851-ar01692025.pdf