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A-R-0169-2024 Regional Agreement Cusco In force

Acuerdo de Consejo Regional N.° A.R.0169.2024

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GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO CONSEJO REGIONAL DEL CUSCO pa

LUNSISIO MEGIUNAL

“Año del Bicentenario, de la consolidación de nuestra Independencia, y de la conmemoración de las heroicas batallas de Junín y Ayacucho” CUSCO

ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 169-2024-CRC/GR CUSCO Cusco, 05 de junio del 2024

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La vigésimo primera sesión extraordinaria del Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, de fecha tres junio del año dos mil veinticuatro y el Oficio N° 331-2024-GR CUSCO/GR, el Consejo Regional del Gobiemo Regional de Cusco ha debatido y aprobado la aceptación de donación de bien inmueble”, y;

CONCINEDA AIDO:

VU Omi

Que, conforme a lo establecido en el artículo 191° de la Constitución Politica del Estado, en concordancia con el artículo 2° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867 y sus modificatorias, establecen que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia;

Que, el arfículo 13° de la Ley Organica de Gobiemos Regionales, Ley N° 27887, modificado por el articulo unico de la Ley N° 29053, establece que: “El Consejo Regional, es el órgano normativo y fiscalizador del gobierno regional. Le corresponden las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas. (...)”. Así mismo el literal u) del artículo 15 de la acotada Ley Orgánica de Gobiemos Regionales, inciso incorporado por el artículo, señala que son atribuciones del Consejo Regional, entre otros: "Las demás que le

Ly, correspondan conforme a ley”;

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Que, el artículo 39° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiemos Regionales, modificado por la Ley N° 31433, establece que: “Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declaran su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. Los acuerdos aprobados, cuando así lo requieran, incluyen la elaboración de un plan de implementación que establezca las acciones a realizar, señalando metas, plazos y financiamiento, según corresponda. Los Acuerdos Regionales serán aprobados por mayoría simple de sus miembros. El Reglamento del Consejo Regional podrá acordar otras mayorías dara aprobar normas”;

Que, el artículo 62° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiemos Regionales, indica las funciones en materia de administración y adjudicación de terrenos de propiedad del Estado, señalando en el inciso b) “Realizar los actos de inmatriculación saneamiento, adquisición, enajenación, administración y adjudicación de los terrenos urbanos y eriazos de propiedad del Estado en su jurisdicción, con excepción de los terrenos de propiedad municipal”;

Que, Mediante Oficio N° 213-2024-A-MPQ/U; del 21 de mayo del 2024, la Municipalidad Provincial de Quispicanchi, remite documentos para donación de predio con la finalidad de iniciar los trámites y las acciones tendientes a lograrla Aceptación de la Donación del inmueble, a favor del Gobiemo Regional del Cusco, para su consiguiente saneamiento físico legal, requisito indispensable para la ejecución del proyecto: “MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DE LOS SERVICIOS DE SALUD DE ESTABLECIMIENTO DE SALUD DE URCOS-PROVINCIA DE QUISPICANCHI-DEPARTAMENTO DEL CUSCO con CUI N° 2621630” nara lo cual adiunta entre otros, el expediente conteniendo información legal y técnica del inmueble donado por la Municipalidad Provincial de Quispicanchi, del Departamento de Cusco, a favor del Gobierno Regional del Cusco.

Que, mediante “ACUERDO DE CONCEJO MUNIPAL” N° 041-2024-CM-MPO/U; de fechas 20 de mayo del 2024, el Conceja Municipal Provincial de Quispicanchi-Cusco, en sesión Ordinaria N° 09-2024-MPQ/U; celebrado en fecha 17 de mayo del 2024, con asistencia plena de sus miembros y en uso de sus facultades conferidas por Ley Orgánica de Municipalidades Ley N° 27972 y sus reglamentación interna de concejo ACUERDAN.- -aprobar la DONACION DE TERRENO de propiedad de la Municipalidad de Quispicanchi, ubicado en el Lote 10 A-B-Mz

“012-LIrcos del Distrito de Lircas, Provincia de Quispicanchi Departamento del Cusco, de un área

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LUNDISIO HECUUNAL,

“Año del Bi io, de la lidacién de nuestra ia, y de la cont ración de las o heroicas batallas de Junín y Ayacucho” CUSCO

total de 4038.44 m2, debidamente inscrito en la SUNARRP. con Partida electrónica N° P31043543, donación de bien Inmueble que será a favor del Gobieiño Regional del Cusco, para la ejecución del Proyecto de “MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DE LOS SERVICIOS DE SALUD DE ESTABLECIMIENTO DE SALUD DE URCOS-PROVINCIA DE QUISPICÁNCHIDEPARTAMENTO DEL CUSCO con CUI N° 2621630, con los siguientes linderos: por el Fondo: colinda con el terreno de la Municipalidad Provincial de Quispicanchi, (FRACCION- A) desde el Vértice P2-P3-P4-P5 mediante tres tramos de ( (85.19+2.32+13.07) en línea recta con 100.58 m.; Por Frente: Colida con el Terreno de la municipalidad Provincial de Quispicanchi, (FRACCION C) tramo desde el Vértice P6-P1 mediante un tramo (104.39) en línea recta con 104.39 m.; Por la Derecha: Colinda con la Calle República de Cuba , desde el Vértice P1-P2. mediante un tramo (40.40) en línea recta 40.40 M. Y Por la Izquierda: Colinda con el Jr. Miguel Grau, desde el Vértice P5-P6 mediante un tramo (38.48) en línea recta 38.48 m, haciendo un total de 283.85 ml; Predio inscrito con Partida Registral N° P31043543; con un valor comercial de $ 809.205.40 (OCHOCIENTOS NUEVE MIL DOSCCIENTOS CINCO Y 40/100 DOLARES AMERICAOS), conforme se determina y se identifica dicho inmueble con el Plana de Ubicación y Perimétrico, como de la Memoria Descriptiva; asi como la hoja resumen de tasación comercial del valor del inmueble que se adjunta al expediente, y demás datos Técnicos que se encuentran consignados en la memoria Descriptiva adjunto al presente el expediente; así como la hoja resumen de tasación comercial del valor del inmueble;

Que, mediante la Absolución de Consulta mediante Oficio 018-2022-EF/54 08 de fecha 10 de enero del 2022, de la Dirección General de Abastecimiento del Ministerio de Economía y Finanzas; e Informe N° 010-2022-EF/54.06 de fecha 10 de enero del 2022, emitido por la Dra. ¿ponia María Cordero Vásquez, Directora de la Dirección de Bienes Inmuebles de la Dirección Sjceneral de Abastecimiento del Ministerio de Economía y Finanzas, respecto a la consulta

formulada por la Gerencia Regional de Administración del Gobierno Regional de Cusco, mediante Oñcio N° 315-2021-GR CUSCO/GRAD dei 08 de julio del 2021, con relación al procedimiento para la Aceptación de la Donación de inmuebles provenientes de las Entidades Públicas (Municipalidades Distritales y Provinciales), se ha establecido las siguientes conclusiones: i).- Las Municipalidades Distritales y Provinciales en el marco de la Ley Orgánica Ye Municipalidades y del Sistema Nacional de Abastecimiento; de conformidad con lo dispuesto por el Art. 64° y 66° de la Ley N° 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, están habilitadas a realizar donaciones de bienes inmuebles a favor de los Gobiernos Regionales, mediante aprobación de Acuerdo de Concejo Municipal y la Resolución de Alcaldía correspondiente, pudiendo establecer una cláusula de reversión en caso de un eventual incumplimiento en el plazo y condiciones que impone a la entidad beneficiaria (Gobierno Regional) conforme lo establece el

Art.68° de la LOM. ii). - En el contexto de donación de inmuebles de dominio privado entre las municipalidades y Gobiernos Regionales y en tanto se encuentren comprendidas en el Sistema Nacional de Abastecimiento SNA, son aplicables las disposiciones de la Directiva N* 002-2021- EF/54,01 en todo lo que sea pertinente y aplicable. iii).- El Gobierno Regional tiene la facultad de Aceptar la donación mediante Acuerdo de Consejo Regional en aplicación supletoria del Numeral 8.4 del Art. 8° de la Directiva N° 002-2021-EF/54.01, para lo cual contará con los Informes Técnico Legales favorables; y iv).- El Gobiemo Regional como entidad beneficiaria de la donación loma posesión dei bien inmuebie esiando obligada a cumplir con ia finalidad establecida en el acto de donación conforme a los plazos y condiciones del caso concreto;

Que, en aplicación supletoria del Numeral 8.4 del Artículos 8° de la Directiva N° 002-2021- EF/54.01 “Directiva que Regula los Actos de Adquisición y Disposición Final de Bienes Inmuebles”, aprobado por Resolución Directoral N° 0009-2021-EF/54.01, que señala en el sentido: “Si el donaiaio es un Gobieiño Régional, ia acepiación de la donación sé realiza mediante Acuerdo de Consejo Regional”; en tal sentido, la Aceptación de la donación del inmueble efectuado por la Municipalidad de Quispicanchi, ubicado en el Lote 10 A-B-Mz “012- Urcos del Distrito de Urcos, Provincia de Quispicanchi, Departamento del Cusco, de un área total de 4038.44 m2 a favor del Gobiemo Regional del Cusco, será para el desarrollo y ejecución del Proyecto “MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DE LOS SERVICIOS DE SALUD DE

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GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO CONSEJO REGIONAL DEL CUSCO pda CN VE rr zen id ‘en delas CUSCO

ESTABLECIMIENTO DE SALUD DE URCOS-PROVINCIA DE QUISPICANCHIDEPARTAMENTO DEL CUSCO con CUI N° 2627630; deberá efectuarse mediante Acuerdo de Consejo Regional del Gobierno Regional del Cusco;

Que, procede la emisión del Acuerdo de Concejo Regional para la Aceptación de la donación del inmueble efectuado por la donación del inmueble efectuado por la Municipalidad de Quispicanchi, ubicado en el Lote 10 A-B-Mz “012-Urcos del Distrito de Urcos, Provincia de Quispicanchi, Departamento del Cusco, de un área total de 4038.44 m2 a favor del Gobierno Regional del Cusco, para el desarrollo y ejecución del Proyecto: “MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DE LOS SERVICIOS DE SALUD DE ESTABLECIMIENTO DE SALUD DE URCOS-PROVINCIA DE QUISPICANCHI-DEPARTAMENTO DEL CUSCO con CUI N° 2621630”; en aplicación supletoria del Numeral 8.4 del Artículos 8° de la Directiva N° 002-2021- EF/54.01 “Directiva que Regula los Actos de Adquisición y Disposición Final de Bienes Inmuebles”, aprobado por Resolución Directoral N° 0009-2021-EF/54.01, por ser la norma legal pertinente y aplicable al presente caso concreto, conforme a las instrucciones impartidas por la Dirección Nacional de Abastecimiento del Ministerio de Economía y Finanzas;

Que, en efecto, mediante el Informe N° 051-2024-GR CUSCO/GRAD/SGGP-GAL del 28 de mayo del 2024, el Profesional GILMAR AGUIRRE LEON ABOGADO de la Sub Gerencia de Gestión Patrimonial de la Gerencia Regional de Administración, opina por la procedencia de solicitar al Pleno del Consejo Regional mediante Iniciativa Legislativa que debe proponer el N Gobemador Regional del Gobierno Regional del Cusco, para la emisión del Acuerdo de Consejo Regional correspondiente, por la que Acuerde: Aceptar la donación del inmueble efectuado por a por la Municipalidad de Quispicanchi, ubicado en el Lote 10 A-B-Mz “012-Urcos del Distrito de Urcos, Provincia de Quispicanchi, Departamento del Cusco, de un área total de 4038.44 m2, a favor del Gobierno Regional de Cusco para el desarrollo del Proyecto: “MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DE LOS SERVICIOS DE SALUD DE ESTABLECIMIENTO DE SALUD DE IRCOS-PROVINCIA DE QUISPICANCHI-DEPARTAMENTO DEL CUSCO con CUI N° EA 21630"; de conformidad con lo establecido por el Numeral 8.4 del Artículo 8° de la Directiva N° ASs*0DO02-2021-EF/54.01 “Directiva que Regula los Actos de Adquisición y Disposición Final de Bienes Inmuebles”, aprobado por Resolución Directoral N° 0009-2021-EF/54.01, que prescribe en el sentido: “Si el donatario es un Gobierno Regional, la aceptación de la donación se realiza medianie Ácuerdo de Consejo Regional”,

Que, en consecuencia, estando a lo Informado por la Sub Gerencia de Gestión Patrimonial y la opinión legal favorable de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional Cusco, de conformidad con lo establecido por el numeral 8.4 del Art. 8° de la Directiva N° 0002-2021- EF/54.01 “Directiva que Regula los Actos de Adquisición y Disposición Final de Bienes Inmuebles”, aprobado por Resolución Directoral N° 0009-2021-EF/54.01, procede la emisión del Acuerdo de Consejo Regional que Acuerde: Aceptar la donación del inmueble efectuado por la por la Municipalidad Provincial de Quispicanchi, ubicado en el Lote 10 A-B-Mz “012-Urcos del Distrito de Urcos, Provincia de Quispicanchi, Departamento del Cusco, a favor del Gobierno Regional del Cusco, para el desarrollo del Proyecto: “MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DE LOS

SERVICIOS DE SALUD DE ESTABLECIMIENTO DE SALUD DE URCOS-PROVINCIA DE QUISPICANCHI-DEPARTAMENTO DEL CUSCO” con CLI! N° 2621630;

Por las consideraciones expuestas, estando a las atribuciones conferidas por la Constitución Politica del Estado, la Ley de Bases de la Descentralización - Ley N° 27783, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley N° 27867 y sus modificatorias y por el Reglamento Interno de Organización y Funciones del Consejo Regional del Cusco aprobado por Ordenanza Regional N° 119-2016.CR/GRC.CUSCO, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta, por mayoría de votos de los Consejeros Regionales, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, se;

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LUNSIAO IgE aUNAL,

"Año del Bi lo, dela idación de nuestra Ir ja, y de la conmemoración de las heroicas batallas de Junín y Ayacucho” CUSCO

ACUERDA:

PRIMERO.- ACEPTAR, la donación efectuada poria Municipalidad Provincial de Quispicanchi, ubicado en el Lote 10 A-B-Mz 012-Urcos del Distrito de Urcos, Provincia de Quispicanchi, Departamento dei Cusco, a favor dei Gobierno Regional dei Cusco, para ei desarrollo dei Proyecto de * MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DE LOS SERVICIOS DE SALUD DE ESTABLECIMIENTO DE SALUD DE URCOS-PROVINCIA DE QUISPICANCHIDEPARTAMENTO DEL CUSCO con CUI N° 2621630, de un inmueble (terreno) de su propiedad, ubicado en el Lote 10 A-B-Mz “012-Urcos del Distrito de Urcos, Provincia de Quispicanchi, Departamento del Cusco, a favor del Gobierno Regional del Cusco, con un área de terreno de 4038.44 m? y un perímetro de terreno de 283.85 m., con Partida Registral N° P31043543; con un valor comercial de S/ de $ 809.205.40 (OCHOCIENTOS NUEVE MIL DOSCCIENTOS CINCO Y 40/100 DOLARES AMERICAOS); para ser destinado a la ejecución del Proyecto: “ MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DE LOS SERVICIOS DE SALUD DE

ESTABLECIMIENTO DE SALUD DE URCOS-PROVINCIA DE QUISPICANCHIDEPARTAMENTO DEL CUSCO con CUI N° 2621630”; con linderos y medidas perimétricas siguientes: : por el Fondo: colinda con el terreno de la Municipalidad Provincial de Quispicanchi, (FRACCION- A) desde el Vértice P2-P3-P4-P5 mediante tres tramos de ( (85.19+2.32+13.07) en línea recta con 100.58 m.; Por Frente: Colida con el Terreno de la municipalidad Provincial de Quispicanchi, (FRACCION C) tramo desde el Vértice P6-P1 mediante un tramo (104.39) en línea recta con 104.39 m.; Por la Derecha: Colinda con la Calle República de Cuba , desde el Vériice Pí-P2. medianie un iramo (40.40) en línea recia 40.40 M. Y Por ia izquierda: Colinda con el Jr. Miguel Grau, desde el Vértice P5-P6 mediante un tramo (38.48) en línea recta 38.48 m haciendo un total de 283.85 ml; predio Inscrita en la Partida N° P31043543 con una longitud 71.62374.

SEGUNDO. - DISPONER, que las instancias administrativas competentes del Gobierno Regional

del Cusco, iinpienenten las acciones adininisirativas complementarias para garantizai el estricto cumplimiento del presente Acuerdo de Consejo Regional, mediante las acciones de Alta y Registro del bien inmueble cuya donación se acepta, a efecto de su incorporación en el

patrimonio del Gobierno Regional del Cusco y su posterior saneamiento físico legal; TERCERO. - TRANSCRIBIR el Presente Acuerdo de Consejo Regional a la Dirección de Bienes

ininuebies de ia Dirección General de Abastecinienio del Ministerio de Economía y Finanzas e instancias pertinentes de la sede del Gobierno Regional del Cusco.

CUARTO. - El presente acuerdo de consejo regional, entrará en vigencia al día siguiente de su aprobación y su posterior publicación en la página web del Gobierno Regional de Cusco.

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