Acuerdo de Consejo Regional N.° A.R.0159.2024
Not legal advice. This is a community-maintained copy for research — verify against the official source before relying on it. Regional norm text may be OCR-extracted and contain errors.
-£6
4 GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO CONSEJO REGIONAL DEL CUSCO pe
- AÑO DE LA UNIDAD, LA PAZ Y EL DESARROLLO - CUSCO
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 0159-2024-CRC/GR CUSCO Cusco, 15 de mayo del 2024
VISTOS:
La quinta sesión ordinaria del Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, de fecha trece de mayo del año dos mil veinticuatro y el Oficio N° 075-2024- GR CUSCO-CR/CRCASV, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco ha debatido sobre priorización de proyecto educativo, y;
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo establecido en el artículo 191° de la Constitución Política del Estado, en concordancia con el artículo 2° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867 y sus modificatorias, establecen que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia;
Que, el artículo 13° de la Constitución Política del Estado, precisa que, la educación tiene como finalidad el desarrollo integral de la persona humana. El Estado reconoce y garantiza la libertad de enseñanza. Los padres de familia tienen el deber de educar a sus hijos y el derecho de escoger los centros de educación y de participar en el proceso educativo;
Que, el artículo 3° de ia Ley General de Educación, Ley N* 26044, estabiece que, la educación
es un derecho fundamental de la persona y de la sociedad. El Estado garantiza el ejercicio del
derecho a una educación integral y de calidad para todos y la universalización de la Educación
Básica. La sociedad tiene la responsabilidad de contribuir a la educación y el derecho a SA participar en su desarrollo;
BS
ue, el jiteral b) del artículo 27° de la Ley General de Educación, Ley N° 28044, estabiece que, el Estado promueve la universalización, calidad y equidad de la educación. Sus funciones son, entre otras: “a) Ejercer un rol normativo, promotor, compensador, concertador, articulador, garante, planificador, regulador y financiador de la educación nacional. b) Proveer y administrar servicios educativos públicos gratuitos y de calidad para garantizar el acceso universal a la Educación Básica y una oferta educativa equitativa en todo el sistema.”:
q e, el artículo 4° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, establece que, aealS gobiernos regionales tienen por finalidad esencial fomentar el desarrollo regional integral sostenible, promoviendo la inversión pública y privada y el empleo y garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo;
Que, el artículo 5° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, establece que, la misión de los gobiernos regionales es organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas, en el marco de las políticas nacionales y sectoríales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la región;
Que, el artículo 6” de la Ley Organica de Gobisimos Regionales, Ley N° 27867, establece que, el desarrollo regional comprende la aplicación coherente y eficaz de las políticas e instrumentos de desarrollo económico social, poblacional, cultural y ambiental, a través de planes, programas y proyectos orientados a generar condiciones que permitan el crecimiento económico armonizado con la dinámica demográfica, el desarrollo social equitativo y la conservación de los recursos naturales y el ambiente en el territorio regional, orientado hacia el ejercicio pleno de los derechos de hombres y mujeres e igualdad de oportunidades;
Que, el numeral 4) del artículo 8° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, establece que, la gestión de los gobiernos regionales se rige por el siguiente principio, entre otros: “4. Inclusión. - El Gobierno Regional desarrolla políticas y acciones integrales de
AY
it Hagamos mw pas ins Condemayta s/n H strito de Wanchaq, sco - Peru i HISTORIA www.gob.pe/regioncusco
GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO CONSEJO REGIONAL DEL CUSCO ba
- ANO DE LA UNIDAD, LA PAZ Y EL DESARROLLO - CUSCO
gobierno dirigidas a promover la inclusión económica, social, política y cultural, de jóvenes, personas con discapacidad o grupos sociales tradicionalmente excluidos y marginados del Estado, principalmente ubicados en el ámbito rural y organizados en comunidades campesinas y nativas, nutriéndose de sus perspectivas y aportes. Estas acciones también buscan promover los derechos de grupos vulnerables, impidiendo la discriminación por razones de etnia, religión o género y toda otra forma de discriminación”;
Que, el inciso h) del artículo 9° de la Ley Orgánica de Gobiemos Regionales, Ley N° 27867, establece que, los gobiemos regionales son competentes entre otros para: “h) Fomentar la competitividad, las inversiones y el financiamiento para la ejecución de proyectos y obras de infraestructura de alcance e impacto regional”;
Que, el inciso a) del numeral 2) del artículo 10° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, modificado por el articulo 2° de la Ley N° 29611, señala que son, Competencias Compartidas, de acuerdo al artículo 36 de la Ley Orgánica de Bases de la Descentralización N° 27783, entre otras las siguientes: “a) Educación. Gestión de los servicios educativos de nivel inicial, primaria, secundaria y superior no universitaria, con criterios de interculturalidad orientados a potenciar la formación para el desarrollo.”;
Que, el inciso a) del artículo 16° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, modificado por la Ley N° 31433, establece que, son derechos y obligaciones funcionales de los Consejeros Regionales, entre otros: “a. Proponer normas y acuerdos regionales”;
Que, el artículo 39° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiemos Regionales, modificado
por la Ley N° 31433, establece que: “Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión
Eloy de este órgano sobre asuntos intemos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o
AP yiostucinal o declaran su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta
ef y A 9. norma institucional. Los acuerdos aprobados, cuando así lo requieran, incluyen la elaboración
3 !: «de un plan de implementación que establezca las acciones a realizar, señalando metas, plazos
4 financiamiento, según corresponda. Los Acuerdos Regionales serán aprobados por mayoría
simple de sus miembros. El Reglamento del Consejo Regional podrá acordar otras mayorías | para aprobar normas”;
e, el numeral 1) del artículo 17° del Reglamento Interno de Organización y funciones del nsejo Regional de Cusco, aprobado por Ordenanza Regional N° 119-2016- GRC.CUSCO, establece como atribución del Consejo Regional de Cusco, entre otras: “1) Aprobar, modificar o derogar las normas que regulan o reglamentan los asuntos y matería de competencia y funciones del gobierno Regional”;
Que, el inciso a) del artículo 37° del Reglamento Interno de Organización y funciones del Consejo Regional de Cusco, aprobado por Ordenanza Regional N° 119-2016- CR/GRC.CUSCO, establece que, los consejeros Regionales del Consejo Regional tiene derecho, entre otros: “a. Proponer Acuerdos Regionales, Ordenanzas Regionales e Iniciativas Legislativas”;
Por las consideraciones expuestas, estando a las atribuciones conferidas por la Constitución Politica del Estado, la Ley de Bases de la Descentralización - Ley N° 27783, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley N° 27867 y sus modificatorias y por el Reglamento Interno de Organización y Funciones del Consejo Regional del Cusco aprobado por Ordenanza Regional N° 119-2016. CR/GRC.CUSCO, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta, por mayoría de votos de los Consejeros Regionales, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, se;
ACUERDA: :
ARTÍCULO PRIMERO. — DECLARAR DE NECESIDAD PUBLICA Y PRIORITARIO INTERÉS REGIONAL, LA FORMULACION DEL EXPEDIENTE TECNICO Y SU CORRESPONDIENTE EJECUCION DEL PROYECTO “MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DEL SERVICIO DE
AAA Y
agamos Ls. Tomasa Ttito Condemayta s/n
i Hi TORIA Distrito de Wanchaq, Cusco - Peru
www.gob.pe/regioncusco t 4 ff
4 GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO CONSEJO REGIONAL DEL CUSCO pa
- AÑO DE LA UNIDAD, LA PAZ Y EL DESARROLLO - CUSCO
EDUCACION PRIMARIA I.E. 57001, DISTRITO DE SICUANI, PROVINCIA DE CANCHIS, DEPARTAMENTO DE CUSCO”, CON CUI 2623656.
ARTICULO SEGUNDO. — EMITIR ei presente Acuerdo de Consejo Regionai ai Gobemador Regional de Cusco, a la Gerencia General Regional y la Gerencia Regional de educación del Gobierno Regional de Cusco, a fín de que implemente el inicio de las acciones administrativas
necesarías de gestión y coordinación para la concreción de lo dispuesto en el artículo precedente.
ARTICULO TERCERO. — ENCARGAR el cumplimiento dei presente Acuerdo Regional al Gerente Regional de Educación del Gobierno Regional de Cusco para que, en un corto plazo presente el cronograma y/o plan de acciones para el cumplimiento del artículo primero.
ARTICULO CUARTO. - ENCARGUESE a la secretaria del Consejo Regional de Cusco realice los tramites correspondientes para la publicación del presente Acuerdo Regional.
ARTICULO QUINTO. - El presente Acuerdo de Consejo Regional, entrará en vigencia al día siguiente de su aprobación y su posterior publicación en la página web del Gobierno Regional del Cusco.
COMUNIQUESE, CUMPLASE Y PUBLIQUESE
OBIERNO, GIONAL CUSCO @° “ COl EJ REGIONAL PA
NYA MAYVT, A BG. ae ANIA
fe rbe Olave ES PESIDENTE DEL CONSEJOR PERÍODO LEGISLATIVO 2024
'Hagamos Av. Tomasa Ttito Condemayta s/n
i HISTORIA Distrito de Wanchsq, Cusco - Peru
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regioncusco/normas-legales/7587447-a-r-0159-2024 PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9246911/7587447-ar01592024.pdf