Acuerdo de Consejo Regional N.° A.R.0158.2024
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GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO CONSEJO REGIONAL DEL CUSCO pa
- AÑO DE LA UNIDAD, LA PAZ Y EL DESARROLLO - CUSCO
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 158-2024-CRC/GR CUSCO
Cusco, 15 de mayo del 2024 VISTOS: La quinta sesión ordinaria del Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, de fecha trece de mayo del año dos mil veinticuatro y el Oficio N° 023-2024-GR CUSCO/CRCCOAECIT-P-FHR, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco ha debatido sobre la convocatoria a funcionarios del Gobiemo Regional de Cusco, y;
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CUMNDIDENRANDO:
Que, conforme a lo establecido en el artículo 191” de la Constitución Política del Estado, modificada por la Ley N°27680 “Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre descentralización y la Ley N° 28607 “Ley de reforma del Artículo 191° de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el artículo 2° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867 y sus modificatorias, establecen que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia;
Que, el inciso k) del artículo 15° de la Ley N° 27867 — Ley Orgánica de Gobiemos Regionales, modificado por la Ley N° 31812, establece que, son atribuciones del Consejo Regional, entre otros “k. Fiscalizar la gestión pública del gobierno regional. Para tal efecto, en el presupuesto institucional de apertura (PIA) del gobiemo regional, se incorporan los recursos, según clasificador presupuestario, que proporcionen al Consejo Regional la capacidad logística y el apoyo profesional necesarios para el ejercicio de sus actividades de fiscalización.”:
Que, el inciso a) del articulo 16° de la Ley N° 27867 — Ley Orgánica de Gobiemos Regionales, prescribe que: “Son derechos y obligaciones funcionales de los Consejeros Regionales: a. Proponer normas y acuerdos regionaies. (....)”;
Que, el artículo 39° de la Ley N° 27867 -— Ley Orgánica de Gobiemos Regionales, señala que, “Los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este Órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional, o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional
Que, el Artículo 4° del Reglamento Interno de Organización y Funciones del Consejo Regional del Gobiemo Regional de Cusco, aprobado mediante Ordenanza Regional N*119-2016- CR/GRC.CUSCO, señala que el Consejo Regional del Cusco, es el Órgano Supremo y representativo del Gobierno Regional ejerce funciones: legislativas, fiscalizadoras, de representación y contro! político de la gestión del Gobiemo Regional Cusco”:
Que, el artículo 6” del Reglamento Interno de Organización y Funciones del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, aprobado mediante Ordenanza Regional N* 119-2016- CR/GRC.CUSCO, establece “la función fiscalizadora, se ejerce fiscalizando la gestión y conducta publica del Gobernador Regional, vicegobernador. Gerente General, gerentes de línea, Directores Regionales, Directores Regionales de proyectos especiales regionales y trabajadores del Gobiemo Regional, sobre cualquier asunto de interés público sin restricción alguna. Cumplen estas estas funciones fiscalizadoras a través de Comisiones o individualmente, pudiendo efectuar requerimiento a la administración regional para que obligatoriamente informe sobre aquellos asuntos que demanden su intervención”;
Que, el Artículo 20° del Reglamento de Organización y funciones del Consejo Regional, estabiece: “Ei Consejo Regionai tiene facultad para convocar, medianie Acuerdo Regionai ai Gerente Regional, Directores Regionales, Directores Regionales de proyectos especiales regionales (..) Para que informe en forma individual ante el Pleno del Consejo Regional (...) en caso de incumplimiento considera como causal de interpelación;
Que, el Artículo 37° del referido Reglamento Interna de Organizaciones y Funciones del Consejo Regional Cusco, indica que: “Los Consejeros Regionales del Consejo Regional tiene
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i HISTORIA Distrito de Wanchaq, Cusco - Peru
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derecho a: proponer Acuerdos Regionales, Ordenanzas Regionales e iniciativas legislativas (...) e. Fiscalizar los actos de los órganos de Dirección y Administración del Gobierno Regional u otros de Interés General. f. solicitar directamente o a través de la Gubematura a los Gerentes o Funcionarios los informes de Gestión y otros que consideren pertinentes (...) y. Los demás que sean asignados por la Constitución la ley o por Ordenanza Regional.
Que, el Artículo 108° del Reglamento de Organización y Funciones del Consejo Regional Cusco, indica que los Acuerdos Regionales aprobados por el Consejo Regional serán suscritos por el presidente del Consejo Regional y se remitirá al Gobernador Regional para su publicación en el Portal Electrónico del Gobiemo Regional dentro de (05) días hábiles de su aprobación bajo responsabilidad. El cumplimiento del Acuerdo Regional es obligatorio a partir del día siguiente de su publicación; caso contrario será causal de vacancia por incumplimiento de funciones;
Que, mediante Oficio N° 023-2024-GR CUSCO/CRC-COAECIT-P-FHR, de fecha 10 de mayo del 2024, el Consejero Regional, Felipe Hermoza Rojas, Solicita se incorpore dentro de la agenda de la orden del día, la moción, por el cual se “Convoca ante el pleno del Consejo Regional al Gerente Regional de Administración, CPC Edwar Alex Alvarez Sotomayor y al Sub Gerente de Abastecimiento y Servicios Auxiliares del Gobiemo Regional de Cusco, Lic. Dany Santos de la Paz a efectos de que informe sobre la transparencia en el proceso de contrataciones de bienes y servicios para la ejecución de actividades de fiscalización del Consejo Regional y Contratación de Bienes y Servicios menores a 8UITs por el Gobierno Regional de Cusco;
Por las consideraciones expuestas, estando a las atribuciones conferidas por la Constitución Politica del Estado, la Ley de Bases de la Descentralización - Ley N° 27783, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley N° 27867 y sus modificatorias y por el Reglamento Interno de Organización y Funciones del Consejo Regional del Cusco aprobado por Ordenanza Regional N° 119-2016. CR/GRC.CUSCO, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta, por mayoría de votos de los Consejeros Regionales, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco;
ACUERDA:
ARTICULO PRIMERO. - CONVOCAR AN/E EL PLENO DEL CONSEJO REGIONAL AL GEREN IE REGIONAL DE ADMINISTRACIÓN, CPC EDWAR ALEX ALVAREZ SOTOMAYOR Y AL SUB GERENTE DE ABASTECIMIENTO Y SERVICIOS AUXILIARES DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO, LIC. DANY SANTOS DE LA PAZ A EFECTOS DE QUE INFORME SOBRE LA TRANSPARENCIA EN EL PROCESO DE CONTRATACIONES DE BIENES Y SERVICIOS PARA LA EJECUCIÓN DE ACTIVIDADES DE FISCALIZACIÓN DEL CONSEJO REGIONAL Y CONTRATACIÓN DE BIENES Y
SERVICIOS MENORES A SUITS POR EL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO.
ARTICULO SEGUNDO. — ENCARGAR a la secretaria del Consejo Regional de Cusco, realizar las acciones administrativas para el cumplimiento del Artículo primero del presente acuerdo regional durante el presente año, bajo responsabilidad y recabar el informe en veintidós (22) ejemplares son setenta y dos horas (72) de anticipación a la fecha de su presentación.
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ARTÍCULO QUINTO. - El presente acuerdo de consejo regional, entrará en vigencia desde el día siguiente publicación, debiendo publicarse en la página web del gobierno regional del cusco.
COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE.
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