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A-R-0155-2025 Regional Agreement Cusco In force

Acuerdo de Consejo Regional N.° A.R.0155.2025

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ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 155-2025-CRC/GR CUSCO

Cusco, 21 de abril del 2025 VISTOS:

El Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, en la Décima Sesión Extraordinaria del Consejo Regional del Gobierno Regional del Cusco, de fecha 21 de abril del año dos mil veinticinco y el Oficio N° 098-2025-GR CUSCO/CRC/PCRC-GCTA, ha debatido y emitido el presente Acuerdo de Consejo Regional; y,

./ CONSIDERANDO: EH Que, conforme a lo establecido en el artículo 191 de la Constitución Politica del Estado, en concordancia con el artículo 2 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867 y sus modificatorias, establecen que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia;

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Que, el artículo 13 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N* 27867, modificado por el articulo unico de la Ley N° 29053, establece que, el Consejo Regional, es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Le corresponden las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley aquellas que le sean delegadas. Está integrado por los consejeros Regionales;

Je, el literal a) del artículo 16 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, modificado per el artículo 3 de la ley N° 31433, establece que, son derechos y obligaciones funcionales de los énsejeros Regionales: “a. Proponer normas y acuerdos regionales. (...)”;

Que, el artículo 39 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, modificado por el artículo 3 de la Ley N° 31433, establece que: “Los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este Órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional, o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional

Que, el articulo 20 del Reglamento Interno del Consejo Regional aprobado mediante Ordenanza Regional 284-2024-CR/GRC.CUSCO, señala que el Consejo Regional contará con una Secretaría del Consejo Regional para el ordenamiento de su trabajo y cumplimiento de sus funciones. La secretaria del Consejo Regional es el órgano de apoyo del Consejo Regional, responsable de programar, ejecutar y coordinar el apoyo administrativo y legal, coordinando sus actividades y ejecutando las directivas que se imparten. Está a cargo de un funcionario denominado secretario del Consejo Regional, quien responde ante el presidente y el Pleno del Consejo Regional por la marcha y resultados en la conducción del Consejo Regional;

Que, el articulo 21 del Reglamento Interno del Consejo Regional señala la Secretaria del Consejo Regional estará a cargo de un funcionario de confianza con rango de Director Administrativo IV del Gobierno Regional, designado mediante Acuerdo de Consejo Regional a propuesta de una terna por la mesa Directiva; dependera funcionalmente del Presidente del Consejo Regional, debiendo ser necesariamente un abogado con desempeño mínimo de la profesión de cinco (5) años y de igual modo, con experiencia de cinco (5) años de gestión pública. Su designación es anual, salvo que se produzca su remoción, planteada por la mesa directiva o por los consejeros Regionales, quien lo sustituye deberá completar el periodo que quede del año. En ausencia del secretario, el presidente del Consejo Regional encargará el despacho y lo reemplazará en las sesiones del Consejo Regional a un funcionario o servidor público del Consejo Regional;

Que, mediante Acuerdo de Consejo Regional N° 002-2025-CRC/GR CUSCO de fecha 13 de enero del 2025 se designa en el cargo de secretario del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco para el periodo legislativo 2025 al Abog. William Mitchel Guillén Paiva, quien mediante Carta N° 001-2025- WMGP, formula renuncia voluntaria al cargo de secretario del Consejo Regional, aceptado por Acuerdo de Consejo Regional N° 134-2025-CRC/GR CUSCO, con efectividad al dia siguiente de su publicación.

Que, mediante Oficio N° 098-2025- GR CUSCO/CRC/PCRC-GCTA, de fecha 16 de abril del 2025, el presidente del Consejo Regional del Cusco, periodo legislativo 2025, presenta Proyecto de Acuerdo de

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Consejo Regional para Designar el cargo de secretario del Consejo Regional del Gobierno Regional del Cusco, para culminar con el periodo legislativo 2025;

Que, mediante Oficio N° 098-205-GR CUSCO/CRC/PCRC-GCTA, el Presidente del Consejo Regional periodo legislativo 2025, presenta proyecto de Acuerdo de Consejo Regional y la correspondiente terna de candidatos para la elección del secretario del consejo regional periodo legislativo 2025, habiéndose puesto como Orden del Día la designación del nuevo Secretario del Consejo Regional, en la Decima Sesión Extraordinaria del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, Periodo Legislativo 2025, habiendo salido elegido el Abogado Williams Manuel Quintana Flores, con colegiatura N° 30237,

Por las consideraciones expuestas, estando a las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, la Ley de Bases de la Descentralización - Ley N° 27783, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley N° 27867 y sus modificatorias y por el Reglamento Interno de Organización y Funciones del Consejo Regional del Cusco aprobado por Ordenanza Regional N* 248-2024-CR/GRC.CUSCO, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta, por mayoria de votos de los Consejeros Regionales, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, se;

ACUERDA:

ARTÍCULO PRIMERO. - DESIGNAR, al Abog. Williams Manuel Quintana Flores, en el cargo de secretario del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, para concluir el periodo legislativo 2025.

ARTICULO SEGUNDO. — Recepcionar el cargo, bienes y acervo documentario del encargado de la secretaria del Consejo Regional del Gobierno Regional del Cusco.

ARTÍCULO TERCERO. - Transcribir el presente Acuerdo de Consejo Regional al Ejecutivo Regional, a la Gerencia General Regional y a la Subgerencia de Gestión de Recursos Humanos, para las acciones administrativas correspondientes.

ARTÍCULO CUARTO. - El presente acuerdo de consejo regional, entrará en vigencia al día siguiente de su aprobación y su posterior publicación en la página web del Gobierno Regional de Cusco.

REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

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