Acuerdo de Consejo Regional N.° A.R.0147.2024
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ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 147-2024-CRC/GR CUSCO
Cusco, 15 de mayo dej 2024 VISTOS: La quinta sesión ordinaria del Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, de fecha trece de mayo del año dos mil veinticuatro y el Oficio N° 1 12-2024-GRC-CRC/CRLC/CSOM, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco ha debatido y aprobado el informe final de la comisión investigadora del presupuesto participativo multianual basado en resultados, denominado estrategia “Tinkuy Regional Multianual”, y;
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo establecido en el artículo 191° de la Constitución Política del Estado, en concordancia con el artículo 2° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867 y sus modificatorias, establecen que, los Gobiemos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia;
Que, el artículo 4° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, establece que, los gobiernos regionales tienen por finalidad esencial fomentar el desarrollo regional integral sostenible, promoviendo la inversión pública y privada y el empleo y garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los Planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo;
Que, el artículo 5° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, establece que, la misión de los gobiemos regionales es organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas, en el marco de las políticas nacionales sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la región;
ue, el añtículo 13° de la Ley Cigáñica de Gobiemos Regionales, Ley N° 27867, modificado por el articulo único de la Ley N° 29053, establece que: “El Consejo Regional, es el órgano normativo y fiscalizador del gobierno regional. Le corresponden las funciones y atribuciones que se
establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas. (...)”: Que, el inciso k) del artículo 15° de la Ley Orgánica de Gobiemos Regionales, Ley N* 27867,
¡odificado por ta Ley N° 31812, establece que: “Kk. Fiscalizar la gestión pública del gobisimo gional. Para tal efecto, en el presupuesto institucional de apertura (PIA) del gobierno regional, e incorporan los recursos, según clasificador presupuestario, que proporcionen al Consejo Regional la capacidad logística y el apoyo profesional necesarios para el ejercicio de sus actividades de fiscalización”;
Que, el inciso 5} del artículo 16° de la Ley Organica de Gobiemos Regionales, Ley N° 27867, modificado por la Ley N° 31433, establece que son derechos y obligaciones funcionales de los Consejeros Regionales, entre otros: “b. Fiscalizar los actos de los órganos de dirección y administración del Gobierno Regional u otros de interés general, sin necesidad de comunicación previa”;
Que, el numeral 13) del artículo 47° del Reglamento Intemo de Organización y funciones del Consejo Regional de Cusco, aprobado por Ordenanza Regional N° 119-2016- CR/GRC. CUSCO, establece como atribución del Consejo Regional de Cusco, entre otras: “13. Fiscalizar la gestión y conducta pública de los funcionarios del Gobiemo Regional y llevar a cabo investigaciones sobre cualquier asunto de interés público Regional”:
Que olincion al dal artírila 27° dal Damfamanta intama da (irmnnizamión ws finnianas dal Onnanin RUE) IO E] US LU OE USE INEGI CIAO WNCITIG GS VIGaMZacign y JUIICION EOS OS) UMSS jU Regional de Cusco, aprobado por Ordenanza Regional N° 119-2016- CR/GRC.CUSCO, establece como derechos de los Consejeros Regionales, entre otras a: “e) Fiscalizarlos actos de los órganos
de dirección y administración del Gobiemo Regional u otros de interés general”:
Que, el artículo 164* del Reglamento interno de Organización y Funciones del Consejo Regional dei Gobierno Regionai de Cusco, aprobado medianie Ordenanza Regional N° 119-2016- A A
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EVASIO AEASUNAL:
“Año del Bicentenario, de la consolidación de nuestra Independencia, y de la conmemoración de las CITE heroicas batallas de Junín y Ayacucho” CUSCO
CR/GRC.CUSCO, establece que, las Comisiones Investigadoras deben emitir informe en el plazo señalado por el Consejo Regional, que lo debatirá y aprobará o desaprobará. Una vez aprobado, el Dictamen o Informe deberá ser elevado al Despacho de la Gobematura Regional para las acciones correspondientes;
Que, mediante Acuerdo de Consejo Regional N° 065-2023-CR/GR CUSCO, de fecha 13 de marzo del 2023, se aprobó la conformación de la comisión investigadora del Presupuesto Participativo Multianual Basado en Resultados 2020-2022 en el Gobierno Regional del Cusco, denominado Estrategia ‘Tinkuy Regional Multianual”, por la presunción de irregularidades encontradas y expuestas por el Gerente Regional de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Modemización: Econ. Henry Satumino Gómez Villalobos;
Que, mediante Acuerdo de Consejo Regional N° 123-2023-CR/GR CUSCO, de fecha 03 de julio del 2023, se aprobó el informe preliminar de la comisión investigadora del presupuesto participativo multianual basado en resultados 2020-2022 en el Gobierno Regional de Cusco, denominado estrategia ‘Tinkuy regional multianual”, por la presunción de irregularidades encontradas y expuestas por el Gerente Regional de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Modemización, Econ. Henry Satumino Gómez Villalobos, ante el pleno del consejo regional del cusco, el 30 de enero de 2023. Asimismo, se dispone ampliar en 90 días (calendarios) el plazo a fin de que la citada comisión culmine con la labor encomendada y presente su informe
final ante el pleno de! Consejo Regional! de Cusco;
Que, mediante Informe Final N° 001-2023-GR CUSCO-CR-CI-TINKUY, de fecha 16 de octubre del 2023, la comisión investigadora del presupuesto participativo multianual basado en resultados 2020-2022 en el Gobiemo Regional de Cusco, denominado estrategia Tinkuy regional multianual”, cumple con presentar su informe final de la labor encomendada y expuesta en la quinta sesión ordinaria del Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, de fecha trece de ma yo del año dos mil veinticuatro mereciendo su aprobación con recomendaciones;
Por las consideraciones expuestas, estando a las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, la Ley de Bases de la Descentralización - Ley N° 27783, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley N° 27867 y sus modificatorias y por el Reglamento Interno de Organización y Funciones del Consejo Regional del Cusco aprobado por Ordenanza Regional N° 119-2016.CR/GRC.CUSCO, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta, por mayoría de votos de los Consejeros Regionales, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, se;
ACUERDA:
ARTÍCULO PRIMERO. — APROBAR el informe final de la comisión investigadora del presupuesto participativo multianual basado en resultados 2020-2022 en el Gobierno Regional de Cusco, denominado estrategia ‘Tinkuy regional multianual”, cuyo informe es parte integrante del presente Acuerdo de Consejo Regional.
ARTÍCULO SEGUNDO. — ELEVESE el presente Acuerdo de Consejo Regional y el informe final al Gobernador Regional del Gobiemo Regional de Cusco para efectué las acciones que corresponda señaladas en las conclusiones.
ARTÍCULO TERCERO. - El presente acuerdo de consejo regional, entrará en vigencia al día siguiente de su aprobación y su posterior publicación en la página web del Gobierno Regional de Cusco.
COMUNIQUESE, CUMPLASE Y PUBLIQUESE
Fo y GOBIERNO REGIONAL CUSCO
sa EN GORIERNO AFGIANAL CUSCO
PERIODO LEGISLATIVO 2024 —— E
BEGRETARIO DEL CONSEJO REGIONAL
1 Hagamos fee ress Ttito e ed da : wstrito de Wanchaq, Cusco - Peru i HISTORIA www.gob.pe/regioncusco
ABG. JORGA|ARANYA MAVTA
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