Acuerdo de Consejo Regional N.° A.R.0140.2024
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a . consus0 REGIONAL: “Año del Bicentenario, de la co! ¡ción de nuestra In y dela ración de las a y heroicas batallas de Junín y Ayacucho” CUSCO
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 140-2024-CRC/GR CUSCO
Cusco, 30 de abril del 2024 VISTOS: La décima octava sesión extraordinaria del Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, de fecha quince de abril del año dos mil veinticuatro y el Oficio N° 016-2024-GR/ CUSCO-CR/COEMH-CORNMADCSC, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco ha debatido y aprobado sobre la sesión descentralizada colegiada de comisiones ordinarias, y;
CONSIDERANDO:
Que, conformidad con el artículo 191 de la Constitución Política del Perú, modificado por el artículo único de la Ley N° 30305, en concordancia con el artículo 2° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señalan que, los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, el numeral 21.1 y 21.2 del artículo 21° de la Ley de bases de la descentralización, Ley N° 27783, establecen que: “21.1. Los gobiemos regionales y locales son fiscalizados por el Consejo Regional y el Concejo Municipal respectivamente, conforme a sus atribuciones propias. 21.2. Son fiscalizados también por los ciudadanos de su jurisdicción, conforme a Ley.”:
Que, el artículo 13° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, modificado por el articulo único de la Ley N° 29053, establece que, el Consejo Regional, es el órgano normativo y fiscalizador del gobierno regional. Le corresponden las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas. Está integrado por los
RESINA Consejeros Regionales. Anualmente los Consejeros Regionales eligen, entre ellos, a un
e Consejero Delegado que convoca y preside las Sesiones del Consejo Regional, lo representa 8) tramita sus acuerdos. No hay reelección del Consejero Delegado;
Que, el inciso a) del artículo 16° de la Ley N° 27867 — Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, prescribe que: “Son derechos y obligaciones funcionales de los Consejeros Regionales: a. Proponer normas y acuerdos regionales. (...)”;
<Que, el numeral 1) del Artículo 17° del Reglamento Intemo de Organización y Funciones del Ponsejo Regional de Cusco, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 119-2016- R/GRC.CUSCO señala que, son atribuciones del Consejo Regional, entre otras: “1. Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional”;
Que, el Artículo 71° del Reglamento Intemo de Organización y Funciones del Consejo Regional de Cusco, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 119-2016-CR/GRC.CUSCO señala que: “El Consejo Regional del Cusco se reúne en sesiones: 1. De Instalación, 2. Ordinarias, 3. Extraordinarias, 4. Descentralizadas, y 5. Solemnes”;
Que, el Artículo 97° del Reglamento Intemo de Organización y Funciones del Consejo Regional de Cusco, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 119-2016-CR/GRC.CUSCO señala que: “Las Sesiones Descentralizadas se realizarán fuera de la Sede del Gobiemo Regional, en el lugar que acuerde previamente el Consejo Regional y pueden ser Ordinarias o Extraordinarias”:
Que, el Artículo 137° del Reglamento Interno de Organización y Funciones del Consejo Regional de Cusco, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 119-2016-CR/GRC.CUSCO señala que, las Comisiones Permanentes se reúnen en Sesiones Ordinarias por lo menos una vez al mes, en las oportunidades que se determine por acuerdo de las mismas; excepto el día en que se desarrolle las Sesiones Ordinarias; y, en Sesiones Extraordinarias cuando las convoque el Presidente de la Comisión. Las deliberaciones de las Comisiones y los Acuerdos que adopten constarán en actas especiales, autorizadas por el Presidente del Consejo Regional y el Secretario del Consejo;
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GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO CONSEJO REGIONAL DEL CUSCO se
CONSEJO REGIONAL
“Año del Bi io, de la lidacién de nuestra y dela ación de las i heroicas batallas de Junín y Ayacucho” CUSCO
Que, el Artículo 144° del Reglamento Interno de Organización y Funciones del Consejo Regional de Cusco, aprobado mediante Ordenanza Regional N* 119-2016-CR/GRC.CUSCO, dispone que, cuando un asunto pase a informe estudio de dos o más Comisiones, podrán reunirse en forma conjunta, en cuyo caso la Presidencia se ejercerá en forma rotativa entre los Presidentes de las Comisiones;
Por las consideraciones expuestas, estando a las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, la Ley de Bases de la Descentralización - Ley N° 27783, la Ley Orgánica de Gobiemos Regionales - Ley N° 27867 y sus modificatorias y por el Reglamento Interno de Organización y Funciones del Consejo Regional del Cusco aprobado por Ordenanza Regional N° 119-2016. CR/GRC.CUSCO, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta, por mayoría de votos de los Consejeros Regionales, el Consejo Regional del Gobiemo Regional de Cusco;
ACUERDA:
ARTÍCULO PRIMERO. - APROBAR la realización de la Primera Sesión Extraordinaria Descentralizada colegiada de la Comisión de Energía Minas e Hidrocarburos y la comisión Ordinaria de Recursos naturales, Medio Ambiente, Defensa Civil y Seguridad Ciudadana del Consejo Regional del Gobiemo Regional del Cusco en la localidad de Pilcopata, del Distrito de Kosñipata, Provincia de Paucartambo, Región Cusco el día viemes 03 de mayo del 2024 a horas 9:00 A.M.
ARTICULO SEGUNDO. - DISPONER que, la agenda para la mencionada sesión extraordinaria
de las comisiones colegiadas sea:
- Informe del Gerente Regional de Energia, Minas e Hidrocarburos, del Gerente Regional de Recursos Naturales y Gestión Ambiental y de la Gerencia Regional de Agricultura del Gobierno Regional de Cusco, respecto a:
Las concesiones mineras, minería ilegal
Proyecto de gasificación del lote 76.
La afectación de los recursos naturales y ambientales — ACR keros kosñipata.
Apoyo con gestión para el proyecto idea para la zona de amortiguamiento de
parque nacional de manu
e. Otros
ARTÍCULO TERCERO. - AUTORIZAR el viaje de los miembros integrantes de la Comisión de Energía Minas e Hidrocarburos y la comisión Ordinaria de Recursos naturales, Medio Ambiente, Defensa Civil y Seguridad Ciudadana del Consejo Regional de Cusco, cuyos integrantes se detallan a continuación:
ano
COMISION ORDINARIA | INTEGRANTES
Stig Loaiza Uscamayta
José Manuel Corrales Vizcarra Magdalena Phutuni Ttito
Litz Yoana Condori Ccolqque Gil Clinton Trivefio Alvis
José Manuel Corrales Vizcarra Italo Tarco Góngora
Calandra Sammy Olivera Martínez Alfredo Sara Vilca
Santiago Ojeda Quispe
RECURSOS NATURALES MEDIO AMBIENTE, DEFENSA CIVIL Y SEGURIDAD CIUDADANA
MAN aT AON A
ENERGIA Y MINAS E HIDROCARBUROS
ARTÍCULO CUARTO. - El viaje a desarrollarse está a cargo a la meta N° 091-2024 - debatir proposiciones legislativas, cuya cadena funcional es la siguiente: ESPECÍFICA DE GASTO 23.21.21
i HISTORIA Distrito de Wanchaq, Cusco - Peru
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heroicas batallas de Junín y Ayacucho” CUSCO
ESPECÍFICA DE GASTO 23.21.22 FTE. FTO. RECURSOS ORDINARIOS.
ARTÍCULO QUINTO. - ENCARGAR, a la secretaría del Consejo Regional a realizar las acciones administrativas y el apoyo logístico para la realización de la Sesión extraordinaria descentralizada, de en cumplimiento del artículo procedente y a la Gerencia Regional de Administración del Gobiemo Regional Cusco, realizar todas las acciones administrativas
correspondientes para el otorgamiento de los viáticos respectivos por un (01) día, del 02 al 03 de mayo del 2024.
ARTÍCULO SEXTO. - DISPONER, la convocatoria de los mencionados funcionarios para el día 03 de mayo del 2024 a horas 9:00 A.M.
ARTÍCULO SEPTIMO. - El presente Acuerdo de Consejo Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en la página web del Gobierno Regional de Cusco.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
SCO @ GOBIERNO REG aNA AL E a
ene o A ye-Herbe Olave Ugarte SIDENTE DEL CONSEJO REGIONAL ERIODO LEGISLATIVO Seine
YA MAYTA
! Hagamos Av. Tomasa Ttito Condemayta s/n
i HISTORIA Distrito de Wanchag, Cusco - Peru
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