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A-R-0131-2025 Regional Agreement Cusco In force

Acuerdo de Consejo Regional N.° A.R.0131.2025

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GOBIERNO REGIONAL DEL CUSTO CONSEJO REGIONAL DEL CUSCO pra

AÑO DE LA RECUPERACIÓN Y CONSOLIDACIÓN DE LA ECONOMÍA PERUANA CUSCO

ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 131-2025-CRC/GR CUSCO

Cusco, 14 de abril del 2025 VISTOS:

El Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, visto en la Cuarta Sesión Ordinaria del Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, de fecha catorce de abril del año dos mil veinticinco y Oficio N° O637-2025-GRC-CRO/CRLO/ENC, ha debatido y emitido el presente Acuerdo de Consejo Regional; y,

| ‘Hon el artículo 2 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867 y sus modificatorias, establecen que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía 74 política, económica y administrativa en asuntos de su competencia;

Que, el artículo 13 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, modificado por el articulo único de la Ley N° 29053, establece que, el Consejo Regional, es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Le corresponden las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas. Está integrado por los Consejeros Regionales;

Que, el literal a) del artículo 16 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, modificado por el artículo 3 de la ley N° 31433, establece que, son derechos y obligaciones funcionales de los Consejeros Regionales: “a. Proponer normas y acuerdos regionales. (...)”:

Que, el artículo 39 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, modificado por el artículo 3 de la Ley N° 31433, establece que: “Los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este Órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional, o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional

Que, el artículo 92 del Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 248-2024-CR/GRC.CUSCO señala que: “Las sesiones Descentralizadas se realizarán fuera de la sede institucional del Consejo Regional, en el lugar que acuerde previamente el Consejo Regional y solo puede ser Extraordinaria”:

Que, el artículo 97 del Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 248-2024-CR/GRC.CUSCO, establece que, los acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos intemos, de interés público, ciudadano o institucional; o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. La autógrafa del Acuerdo de Consejo Regional es promulgada por el Presidente del Consejo Regional y su publicación se hará en el portal web del Gobierno Regional de < [Cusco o en un diario de circulación regional salvo que el Pleno del Consejo Regional disponga su publicación en el Diario oficial El Peruano, en el plazo de cinco (05) días hábiles;”

Que, mediante Oficio N° 0037-2025-GRC-CRC/CRLC/EHC de fecha 04 de abril del 2025 los consejeros regionales de la provincia de La Convención Abog. Calandra Olivera Martinez y Sr. Edwin Huallpa Cárdenas, solicitan que se fije la fecha exacta de reprogramación de la Sesión Descentralizada del pleno del Consejo Regional en el distrito de Kimbiri— Provincia de La Convención, que fue aprobada mediannte Acuerdo de Consejo Regional N° 273-2025-CRC/GR CUSCO de fecha 10 de setiembre del 2024; y la agenda a tratar fue aprobada mediante Acuerdo Regional N° 296-2024-CRC/GR CUSCO siendo tratado en la presente sesión;

Por las consideraciones expuestas, estando a las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, la Ley de Bases de la Descentralización - Ley N° 27783, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley N° 27867 y sus modificatorias y por el Reglamento Interno de Organización y Funciones

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GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO CONSEJO REGIONAL DEL CUSCO pd

AÑO DE LA RECUPERACIÓN Y CONSOLIDACIÓN DE LA ECONOMÍA PERUANA CUSCO

del Consejo Regional del Cusco aprobado por Ordenanza Regional N° 248-2024. CR/GRC.CUSCO, con la dispensa dei trámite de lectura y aprobación de acta, con fa mayoría de votos de los Consejeros Regionales, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, se;

ACUERDA:

ARTÍCULO PRIMERO.- Aprobar la realización de una Sesión Extraordinaria Descentralizada en el distrito de Kimbiri, provincia de La Convención departamento del Cusco, en fecha 08 de agosto del 2025.

ARTICULO SEGUNDO. — Le agenda 2 deserollarse en la Sesión aprobede en el artículo precendente será conforme al Acuerdo de Consejo Regional N° 296-2024-CRC/GR CUSCO y otros temas que los consejeros regionales de La Convención puedan proponer hasta antes de la realización de dicha sesión.

ARTÍCULO TERCERO.-Encarguese a la Secretaria del Consejo Regional de Cusco efectuar las coordinaciones para el cumplimiento de lo dispuesto en el articulo precedente.

ARTICULO CUARTO. - El presente Acuerdo de Consejo Regional, entra en vigencia al día siguiente de su publicación en la página web del Gobierno Regional de Cusco.

REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

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