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A-R-0125-2025 Regional Agreement Cusco In force

Acuerdo de Consejo Regional N.° A.R.0125.2025

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GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO CONSEJO REGIONAL DEL CUSCO

“AÑO DE RECUPERACIÓN Y CONSOLIDACIÓN DE LA ECONOMÍA PERUANA” AÑO: CUSCO

ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 125-2025-CRC/GR CUSCO Cusco, 31 de marzo del 2025

POR CUANTO:

El Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, en la Novena Sesión Extraordinaria del Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, de fecha treinta y uno de marzo del año dos mil veinticinco, ha debatido y emitido el presente Acuerdo de Consejo Regional; y,

CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo establecido en el artículo 191 de la Constitución Política del Estado, en concordancia CA con el artículo 2 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867 y sus modificatorias, Plestablecen que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía «Jpolítica, económica y administrativa en asuntos de su competencia;

Que, el artículo 13 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, modificado por el artículo único de la Ley N° 29053, establece que, el Consejo Regional, es el órgano normativo y fiscalizador del Gobiemo Regional. Le corresponden las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas. Está integrado por los Consejeros Regionales;

Que, el literal a) del artículo 16 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, modificado por el artículo 3 de la ley N° 31433, establece que, son derechos y obligaciones funcionales de los Consejeros Regionales: “a. Proponer normas y acuerdos regionales. (...)”;

Que, el artículo 39 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, modificado por el artículo 3 de la Ley N° 31433, establece que: “Los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este Órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional, o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional

(.-)";

Que, el articulo 6 del Reglamento Intemo del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 248-2024-CR/GRC.CUSCO señala que: “El Consejo Regional del Cusco, es el órgano normativo, fiscalizador y representativo del Gobierno Regional. Le corresponden las funciones que se establecen en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Ley N° 27867 y sus modificatorias;

Que, el literal a) del artículo 32 del Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 248-2024-CR/GRC.CUSCO, establece que, los Consejeros Regionales del Consejo Regional tiene derecho, entre otras a: “a. Proponer; en forma individual o conjunta, normas y acuerdos regionales en matería y asuntos de su competencia, canalizando las mismas a través de la secretaría del Consejo Regional, órganos ejecutivos de línea, de apoyo y de asesoramiento.”

del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos, de interés público, ciudadano o institucional; o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. La autógrafa del Acuerdo de Consejo Regional es promulgada por el Presidente del Consejo Regional y su publicación se hará en el portal web del Gobierno Regional de Cusco o en un diario de circulación regional salvo que el Pleno del Consejo Regional disponga su publicación en el Diario oficial El Peruano, en el plazo de cinco (05) días hábiles:”

Que, el artículo 7 del Reglamento Intemo del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 248-2024-CR/GRC.CUSCO de las atribuciones del Consejo Regional señala que: 13. Fiscalizar la gestión y conducta publica de Jos funcionarios de! Gobierno Regional y llevar a cabo investigaciones sobre cualquier asunto de interés público regional. Así mismo, el artículo 12 referente a la Función Fiscalizadora Consejo Regional señala: La función fiscalizadora la ejercen los consejeros regionales en forma individual o en forma conjunta a través del trabajo en comisiones con el objeto de realizar el control político a las acciones de conjunto del ejecutivo regional,

Hagamos Av. Tomasa Ttito Condemayta s/n

' Distrito de Wanchaq, Ct - Perú i HISTORIA www.gob.pe/regioncusco

GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO CONSEJO REGIONAL DEL CUSCO

“AÑO DE RECUPERACIÓN Y CONSOLIDACIÓN DE LA ECONOMÍA PERUANA”

así como del conjunto del Consejo Regional; estas comprenden la solicitud de información y convocatoria para la presentación ai Consejo Regional, al Gobernador(a) Regional, Vicegobernador(a) Regionai, Gerente General Regional, Gerentes Regionales de línea, Directores de los Proyectos Especiales y servidores del Gobierno Regional, así como de los miembros dei Consejo Regionat y de fa Secretaria det Consejo Regional, cuando se presente actos irregulares, negligencia y/o ineficiencia funcional, uso y/o disposiciones indebidas respecto de bienes y/o recursos públicos.

Que, mediante Acuerdo de Consejo Regional N° 016-2025-CRC/GR CUSCO, de fecha 20 de enero del 2025, se invita al Director de la Oficina de Cooperación Técnica Internacional del Gobierno Regional Cusco, a fin de que informe ante el Pleno del Consejo Regional sobre el estado situecional de su dependencia y planes programados para el presente ejercicio 2025, en el marco de sus funciones dispuestas por Ley;

Que, mediante Oficio N* 66-2025-GR CUSCO/GGR, de fecha 31 de enero del 2025, el Gerente General Regional del Gobiemo Regional Cusco, alcanza en forma documentada el informe del Director de la Oficina de Cooperación Técnica Internacional del Gobierno Regional Cusco, sobre las actividades realizadas en el año 2024 y la programación de actividades para el año 2025;

Que, mediante Oficio N* 454-2025-GR CUSCO-CRC-SCR de fecha 27 de marzo del 2025, la Secretaria del Consejo Regional cursa invitación de la reprogramación al Director de la Oficina de Cooperación Técnica Internacional del Gobierno Regional de Cusco, Abog. Dante Guzmán Serrano, para que se presente a informar respecto al estado situacional de su dependencia y planes programados para el presente ejercicio 2025 en la Novena Sesión Extraordinaria del Pleno del Consejo Regional a llevarse a cabo el 31 de marzo del 2025, al no haberse presentado en la fecha programada inicialmente;

Por las consideraciones expuestas, estando a las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, la Ley de Bases de la Descentralización - Ley N° 27783, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley N° 27867 y sus modificatorias y por el Reglamento Interno del Consejo Regional del Cusco aprobado por Ordenanza Regional N° 248-2024-CR/GRU.CUSTO, con la dispensa del iramite de lectura de acta, se:

ACUERDA:

ARTÍCULO PRIMERO. - DAR por recibido el informe del Director de la Oficina de Cooperación Técnica Internacional del Gobierno Regional de Cusco, Abog. Dante Guzmán Serrano, quien brindo el informe sobre el estado situacional de su dependencia y planes programados para el presente ejercicio 2025.

ARTÍCULO SEGUNDO. — Transcribir el presente Acuerdo de Consejo Regional al Titular del Ejecutivo del Gobierno Regional de Cusco y al Gerente General Regional a efecto de que dispongan los actos administrativos que ameriten su conocimiento, así como dispongan su publicación.

ARTÍCULO TERCERO. - El presente Acuerdo de Consejo Regional entra en vigencia al día siguiente de su publicación en la página web dei Gobierno Regional de Cusco.

COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE.

enn dir [Cm ma i, GUILLEN PAIVA NSEJG REGIONAL

Hagamos Av. Tomasa Ttito Condemayta s/n

, Destrito de Wanchag, Cusco - Pe i HISTORIA www.gob.pe/regioncusco


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regioncusco/normas-legales/7587805-a-r-0125-2025 PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9247282/7587805-ar01252025.pdf