Acuerdo de Consejo Regional N.° A.R.0117.2025
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4 GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO : CONSEJO REGIONAL DEL CUSCO pa
“AÑO DE RECUPERACIÓN Y CONSOLIDACIÓN DE LA ECONOMÍA PERUANA” CUSCO
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 117-2025-CRC/GR CUSCO Cusco, 18 de marzo del 2025
POR CUANTO:
El Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, en la Séptimaa Sesión Extraordinaria del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, de fecha dieciocho de marzo del año dos mil veinticinco, ha debatido y emitido el presente Acuerdo de Consejo Regional; y,
¡9| CONSIDERANDO:
FJ Que, conforme a lo establecido en el artículo 191 de la Constitución Política del Estado, en concordancia con el artículo 2 de la Ley Orgánica de Gobiemos Regionales, Ley N° 27867 y sus modificatorias, establecen que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia;
Que, el artículo 13 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, modificado por el articulo único de la Ley N° 29053, establece que, el Consejo Regional, es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Le corresponden las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas. Está integrado por los Consejeros Regionales;
Que, el literal a) del artículo 16 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, modificado por el artículo 3 de la ley N° 31433, establece que, son derechos y obligaciones funcionales de los Consejeros Regionales: “a. Proponer normas y acuerdos regionales. (...)”;
Que, el artículo 39 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, modificado por el artículo 3 de la Ley N° 31433, establece que: “Los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este Órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional, o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional
J
Que, el artículo 6 del Reglamento Intemo del Consejo Regional del Gobiemo Regional de Cusco, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 248-2024-CR/GRC.CUSCO señala que: “El Consejo Regional del Cusco, es el órgano normativo, fiscalizador y representativo del Gobierno Regional. Le corresponden las funciones que se establecen en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Ley N° 27867 y sus modificatorias;
Que, el artículo 97 del Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 248-2024-CR/GRC.CUSCO, establece que, los acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos intemos, de interés público, ciudadano o institucional; o decfara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. La autógrafa def Acuerdo de Consejo Regional es promulgada por el mr Presidente del Consejo Regional y su publicación se hará en el portal web del Gobierno Regional de / CS Cusco o en un diario de circulación regional salvo que el Pleno del Consejo Regional disponga su Fs ‘a publicación en el Diario oficial El Peruano, en el plazo de cinco (05) dias hábiles:”;
Que, el literal i) del artículo 32 del Reglamento Interno del Consejo Regional aprobado por Ordenanza Regional N° 248-2024-CR/GRC.CUSCO señala: “Solicitar la licencia oficial para ejercer las funciones fuera de la jurisdicción del Gobierno Regional Cusco o en el extranjero y licencia por salud permitida por Ley.” y el literal j) del mismo cuerpo normativo señala: “Percibir viáticos cuando realicen viaje oficial nacional e internacional autorizado por el Consejo Regional”;
Que, mediante Oficio N° 166-2025-GR CUSCO/GR de fecha 14 de marzo del 2025, el Gobernador Regional de Cusco Ing. Werner Máximo Salcedo Alvarez solicita al Ministro de Energía y Minas Jorge Luis José Montero Cornejo reunión de trabajo teniendo como tema de agenda el Gasoducto Sur Peruano y sus alternativas de masificación del gas en la Región Cusco, a llevarse a cabo el día viernes 21 de marzo del 2025 en las instalaciones de dicha cartera ministerial, para lo cual se requiere contar con la participación de distintas autoridades regionales como Consejeros Regionales, Alcaldes Provinciales, representantes de Gremios Sindicales y demás autoridades de la ciudad del Cusco;
A, l Hagamos | Ay. Tomesa Tite Condemeyta s/n Distrito de ner , Cusco - i HISTORIA www.aob.pe/recioncusco
GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO Fee CONSEJO REGIONAL DEL CUSCO E
“AÑO DE RECUPERACIÓN Y CONSOLIDACIÓN DE LA ECONOMÍA PERUANA” CUSCO
Que, mediante Oficio Circular N° 13-2025-GR CUSCO/GR, de fecha 14 de marzo del 2025, el Gobernador Regional! de Cusco Ing. Werner Máximo Salcedo Alvarez, cursa invitación al Presidente del Consejo Regional y a los Consejeros Regionales de Cusco para participar en la reunion de trabajo con el Ministro de Energía y Minas, teniendo como tema de agenda el Gasoducto Sur Peruano y sus alternativas de masificación del gas en la Región Cusco, a llevarse a cabo el día viernes 21 de marzo del 2025 en las instalaciones del Ministerio de Energía y Minas en la ciudad de Lima;
Por las consideraciones expuestas, estando a las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, la Ley de Bases de la Descentralización - Ley N° 27783, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley N° 27867 y sus modificatorias y por el Reglamento Interno del Consejo Regional del Cusco aprobado por Ordenanza Regional N* 248-2024-CR/GRC.CUSCO, con la dispensa del trámite de lectura de acta y por mayoría de votos de los Consejeros Regionales presentes se:
ACUERDA:
ARTÍCULO PRIMERO. - AUTORIZAR el viaje en comisión de servicio a la ciudad de Lima del 21 al 22 de marzo del 2025, al Presidente del Consejo Regional y a los Consejeros Regionales del Gobierno Regional de Cusco a efecto de participar en la reunión de trabajo con el Ministro de Energía y Minas para tocar el tema sobre el Gasoducto Sur Peruano y sus alternativas de masificación del gas en la Región Cusco, a llevarse a cabo en la ciudad de Lima el día 21 de marzo del 2025, de los Consejeros Regionales de Cusco siguientes:
PRESIDENTE DEL CONSEJO REGIONAL DE CUSCO DEL GOBIERNO REGIONAL CUSCO.
Representante de la provincia de Chumbivilcas, Sr. Gil Clinton Triveño Alvis.
Representante de la provincia de Acomayo, Lic. Anabel Rozas Farfan.
Representante de la provincia de Anta, Sr. Felipe Hermoza Rojas.
Representante de la provincia de Anta, Sr. Caleb Solano Ttito.
Representante de la provincia de Calca, Ing. italo Tarco Góngora.
Representante de la provincia de Calca, Lic. Jorge Epifanio Pacheco Rozas.
Representante de la provincia de Canas, Prof. Magdalena Phuturi Ttito.
Representante de la provincia de Cusco, Mgt. Raúl Miguel Olivera Rosas.
Representante de la provincia de Cusco, Ing. Macedo Valeriano Rueda Quintana.
Representante de la provincia de Espinar, Prof. Horacio Quispe Suclle.
Representante de la provincia de Paruro, Lic. Rosa Alicia Serrano Alvarez.
ARTÍCULO SEGUNDO. - El viaje a desarrollar está a cargo a la META N° 115-2025-DEBATIR PROPOSICIONES LEGISLATIVAS, cuya cadena funcional es la siguiente:
Especifica de gasto 23.21.21 Especifica de gasto 23.21.22 FTE.FTO Recursos Ordinarios.
ARTÍCULO TERCERO. — Encargar a la Secretaria del Consejo Regional y a la Gerencia Regional de Administración del Gobierno Regional de Cusco realizar todas las acciones administrativas correspondientes para la adquisición de pasajes aéreos, así como otorgar los viáticos respectivos por (01) días, correspondientes del 21 al 22 de marzo del 2025.
ARTICULO CUARTO. — El presente Acuerdo de Consejo Regional entra en vigencia al día siguiente de su publicación en la página web del Gobierno Regional de Cusco.
COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE.
WMGP/JMD Y Hagamos Av. Tomasa Ttito Condemayta s/n ¡HI ORIA Distrito de Wenchag, Cusco - Perú
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regioncusco/normas-legales/7587797-a-r-0117-2025 PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9247270/7587797-ar01172025.pdf