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A-R-0071-2025 Regional Agreement Cusco In force

Acuerdo de Consejo Regional N.° A.R.0071.2025

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GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO CONSEJO REGIONAL DEL CUSCO pa

“AÑ » SONAEIO EII ‘ANO DE RECUPERACIÓN Y CONSOLIDACIÓN DE LA ECONOMÍA PERUANA: CUSCO

Cusco, 10 de marzo del 2025

POR CUANTO:

El Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, en la Tercera Sesión Ordinaria del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, de fecha diez de marzo del año dos mil veinticinco, ha debatido y emitido el presente Acuerdo de Consejo Regional; y,

CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo establecido en el artículo 191 de la Constitución Política del Estado, en concordancia con el artículo 2 de la Ley Orgánica de Gobiemos Regionales, Ley N° 27867 y sus modificatorias, establecen que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia;

Que, el artículo 13 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, modificado por el articulo único de la Ley N° 29053, establece que, el Consejo Regional, es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Le corresponden las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas. Está integrado por los Consejeros Regionales;

Que, el literal a) del artículo 16 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, modificado por el artículo 3 de la ley N° 31433, establece que, son derechos y obligaciones funcionales de los Consejeros Regionales: “a. Proponer normas y acuerdos regionales. (...)”:

Que, el artículo 39 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, modificado por el artículo 3 de la Ley N° 31433, establece que: “Los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este Órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional, o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional

(.)";

Que, el artículo 6 del Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 248-2024-CR/GRC.CUSCO señala que: “El Consejo Regional del Cusco, es el órgano normativo, fiscalizador y representativo del Gobierno Regional. Le corresponden las funciones que se establecen en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Ley N° 27867 y sus modificatorias;

Que, el artículo 97 del Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 248-2024-CR/GRC.CUSCO, establece que, los acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos, de interés público, ciudadano o institucional; o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. La autógrafa del Acuerdo de Consejo Regional es promulgada por el Presidente del Consejo Regional y su publicación se hará en el portal web del Gobierno Regional de Cusco o en un diario de circulación regional salvo que el Pleno del Consejo Regional disponga su publicación en el Diario oficial El Peruano, en el plazo de cinco (05) días hábiles:”

Que, el literal i) del artículo 32 del Reglamento Interno del Consejo Regional aprobado por Ordenanza Regional N° 248-2024-CR/GRC.CUSCO señala: “Solicitar la licencia oficial para ejercer las funciones fuera de la jurisdicción del Gobierno Regional Cusco o en el extranjero y licencia por salud permitida por

Ley.” y el literal j) del mismo cuerpo normativo señala: “Percibir viáticos cuando realicen viaje oficial nacional e internacional autorizado por el Consejo Regional”:

Que, mediante documento de fecha 07 de marzo del 2025, los representantes de la Federación Departamental de Trabajadores del Cusco FDTC — CGTP, remiten al Presidente de la Comisión Ordinaria de Energía, Minas e Hidrocarburos del Consejo Regional de Cusco Periodo Legislativo 2025 Ing. Italo Tarco Góngora, en el cual solicitan apoyo y participación en el Il Encuentro Regional del Macro Sur en la ciudad de Arequipa a llevarse a cabo el 15 de marzo del 2025 para abordar el tema de la culminación del gaseoducto Sur Andino;

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GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO CONSEJO REGIONAL DEL CUSCO

“AÑO DE RECUPERACIÓN Y CONSOLIDACIÓN DE LA ECONOMÍA PERUANA”

" Que, mediante Oficio N° 026-2025-GR/CUSCO-CR/CQEMH.P, de fecha 10 de marzo del 2025, el Consejero Regional de Cusco representante de la provincia de Calca, Ing. Ítalo Tarco Góngora, remite moción de orden del día y solicita Autorizar el viaje en Comisión de servicios a la ciudad de Arequipa a los miembros de la Comisión Ordinaria de Energía, Minas e Hidrocarburos del Consejo Regional de Cusco a fin de ejercer su función de representación en el If Encuentro Regional de la Macro Sur en la ciudad de Arequipa a llevarse a cabo el 15 de marzo del 2025 para abordar el tema de la culminación del gaseoducto Sur Andino;

Por las consideraciones expuestas, estando a las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, la Ley de Bases de la Descentralización - Ley N° 27783, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley N* 27867 y sus modificatorias y por el Reglamento Interno del Consejo Regional del Cusco aprobado por Ordenanza Regional N* 248-2024-CR/GRC.CUSCO, con la dispensa del trámite de lectura de acta y con la mayoría de votos de los Consejeros Regionales presentes se:

ACUERDA:

ARTÍCULO PRIMERO. - AUTORIZAR el viaje en comisión de servicio a la ciudad de Arequipa a los Consejeros Regionales del Gobierno Regional de Cusco a efecto de participar en el ll Encuentro Regional de la Macro Sur, a llevarse a cabo en la ciudad de Arequipa el día 15 de marzo del 2025, siendo los Consejeros Regionales a participar de dicho evento los siguientes:

  • Consejero Regional de la provincia de Calca, Ítalo Tarco Góngora.
  • Consejero Regional de la provincia de Quispicanchi, Luz Marina Casafranca Castillo.
  • Consejero Regional de la provincia de La Convención, Calandra Sammy Olivera Martínez.

ARTÍCULO SEGUNDO. - El viaje a desarrollar está a cargo a la META N° 115-2025-DEBATIR PROPOSICIONES LEGISLATIVAS, cuya cadena funcional es la siguiente:

Especifica de gasto 23.21.21 Específica de gasto 23.21.22 FTE.FTO Recursos Ordinarios.

ARTÍCULO TERCERO. - Encargar a la Secretaria del Consejo Regional y a la Gerencia Regional de Administración del Gobierno Regional de Cusco realizar todas las acciones administrativas correspondientes para la adquisición de pasajes aéreos, así como otorgar los viáticos respectivos por (01) día, correspondientes del 14 al 15 de marzo del 2025.

ARTICULO CUARTO.- El presente Acuerdo de Consejo Regional entra en vigencia al día siguiente de su publicación en la página web del Gobiemo Regional de Cusco.

COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE.

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