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A-R-0069-2025 Regional Agreement Cusco In force

Acuerdo de Consejo Regional N.° A.R.0069.2025

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GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO CONSEJO REGIONAL DEL CUSCO ek

ANO DE LA RECUPERACION Y CONSOLIDACION DE LA ECONOMIA PERUANA CUSCO

ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 069-2025-CRC/GR CUSCO

Cusco, 10 de marzo del 2025 VISTOS:

El Pleno del Consejo Regional de! Gobierno Regional de Cusco, visto en la Tercera Sesión Ordinaria del Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, de fecha diez de marzo del año dos mil veinticinco, ha debatido y emitido el presente Acuerdo de Consejo Regional; y,

CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo establecido en el artículo 191 de la Constitución Política del Estado, en concordancia con el artículo 2 de la Ley Orgánica de Gobiemos Regionales, Ley N° 27867 y sus modificatorias, establecen que, los Gobiemos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia;

Que, el artículo 13 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, modificado por el articulo unico de la Ley N° 29053, establece que, el Consejo Regional, es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Le corresponden las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas. Está integrado por los Consejeros Regionales;

Que, el literal a) del artículo 16 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, modificado por el artículo 3 de la ley N° 31433, establece que, son derechos y obligaciones funcionales de los Consejeros Regionales: “a. Proponer normas y acuerdos regionales. (...)”;

Que, el artículo 39 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, modificado por el artículo 3 de la Ley N° 31433, establece que: “Los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este Órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional, o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional

Que, el articulo 6 del Reglamento Intemo del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 248-2024-CR/GRC.CUSCO señala que: “El Consejo Regional del Cusco, es el órgano normativo, fiscalizador y representativo del Gobierno Regional. Le corresponden las funciones que se establecen en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Ley N° 27867 y sus modificatorias;

Que, el artículo 97 del Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 248-2024-CR/GRC.CUSCO, establece que, los acuerdos ¿Vel Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos, de interés público, egiudadano o institucional; o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. La autógrafa del Acuerdo de Consejo Regional es promulgada por el Presidente del Consejo Regional y su publicación se hará en el portal web del Gobierno Regional de Cusco o en un diario de circulación regional salvo que el Pleno del Consejo Regional disponga su publicación en el Diario oficial El Peruano, en el plazo de cinco (05) días hábiles;”

Que, el articulo 4 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, que señala: Los gobiernos regionales tienen por finalidad esencial fomentar el desarrollo regional integral sostenible, promoviendo la inversión pública y privada el empleo y garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo; asi mismo el articulo 10 numeral 1) de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, en su inciso d) señala: Promover y ejecutar las inversiones públicas de ámbito regional en proyectos de infraestructura vial, energética, de comunicaciones y de servicios básicos de ámbito regional, con estrategias de sostenibilidad, competitividad, oportunidades de inversión privada, dinamizar mercados y rentabilizar actividades;

¡Hagamos Av. Tomasa Ttito Condemayta s/n Distrito de Wanchaq, Cusco - Perú i HISTORIA www.gob.pe/regioncusco

GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO CONSEJO REGIONAL DEL CUSCO a

AÑO DE LA RECUPERACIÓN Y CONSOLIDACIÓN DE LA ECONOMÍA PERUANA CUSCO

Que, en la estación de Despacho se dio lectura al Oficio N° 091-2025-GR CUSCO-CRC-CPP/JMCV de fecha 07 de marzo del 2025 presentado por el Consejero Regional representante de la Provincia de Paucartambo Ing. José Manuel Corrales Vizcarra, quien alcanza el proyecto de Acuerdo Regional de aprobar la priorización, celeridad y ejecución en su conclusion del expediente técnico del proyecto de inversión pública “Creación del servicio de protección contra huaycos e inundaciones en el sector de Quelloccasa y Unuraquina para la prevención de riesgos en el distrito de Challabamba Provincia de Paucartambo departamento de Cusco con CU/ 2474833, el cual paso a la estación de Orden del dia para su debate;

Por las consideraciones expuestas, estando a las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, la Ley de Bases de la Descentralización - Ley N° 27783, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley N° 27867 y sus modificatorias y por el Reglamento Interno de Organización y Funciones del Consejo Regional del Cusco aprobado por Ordenanza Regional N° 119-2016. CR/GRC.CUSCO, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta, con la mayoría de votos de los Consejeros Regionales, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, se;

ACUERDA:

ARTÍCULO PRIMERO.- Aprobar la priorización, celeridad y ejecución en su conclusion del expediente técnico del proyecto de inversión pública “Creación del servicio de protección contra huaycos e inundaciones en el sector de Quelloccasa y Unuraquina para la prevención de riesgos en el distrito de Challabamba Provincia de Paucartambo departamento de Cusco con CUI 2474833.”

ARTICULO SEGUNDO. - Encargar al Gobernador Regional de Cusco para que disponga a las instancias administrativas competentes del Gobierno Regional para que implementen las acciones administrativas complementarias para garantizar el estricto cumplimiento del articulo primero del presente Acuerdo de Consejo Regional.

ARTICULO TERCERO. - El presente Acuerdo de Consejo Regional, entra en vigencia al día siguiente de su publicación en la página web del Gobierno Regional de Cusco.

REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

YM. GUILLEN PAIVA

(SS CONSEJO REGIONAL

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www.gob. pe/regioncusco


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