Acuerdo de Consejo Regional N.° A.R.0064.2025
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GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO CONSEJO REGIONAL DEL CUSCO
“AÑ aa PONGO MACIORAL ‘ANO DE RECUPERACION Y CONSOLIDACION DE LA ECONOMIA PERUANA CUSCO
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 064-2025-CRC/GR CUSCO Cusco, 10 de marzo del 2025
VISTOS:
En la tercera Sesión Ordinaria del Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, de fecha diez de marzo del afio.dos mil veinticinco y Oficio.N° 025-2025-GR CUSCO-CRC/COEMH.P, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco ha debatido sobre la autorizacion de viaje solicitada por Presidente de la Comisión Ordinaria de Energía, Minas e Hidrocarburos, y;
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo establecido en el artículo 191° de la Constitución Política del Estado, en concordancia con el artículo 2° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867 y sus modificatorias, establecen que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia;
Que, el Artículo 13* de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N* 27867, modificado por el artículo único de la Ley N° 29053, establece que, el Consejo Regional, es el órgano normativo y fiscalizador del gobierno regional. Le corresponden las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas. Está integrado por los Consejeros Regionales.
Que, el literal a) del artículo 16° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, modificado por el articulo 3° de la ley N° 31433, establece que, son derechos y obligaciones funcionales de los Consejeros Regionales: “a. Proponer normas y acuerdos regionales. (...)”:
Que, el artículo 39° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, modificado por el artículo 3° de la Ley N° 31433, establece que: “Los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este Órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional, o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional
Que, el Artículo 6” del Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 248-2024-CR/GRC.CUSCO señala que: “El Consejo Regional del Cusco, es el órgano normativo, fiscalizador y representativo del Gobierno Regional. Le corresponden las funciones que se establecen en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867 y sus modificatorias;
Que, el articulo 97° del Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 248-2024-CR/GRC.CUSCO, establece que, los acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos, de interés público, ciudadano o institucional; o declara la voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. La autógrafa del Acuerdo de Consejo Regional es promulgada por el Presidente del Consejo Regional y su publicación se hara en el portal web del Gobierno Regional de Cusco o en un diario de circulación regional salvo que el Pleno del Consejo Regional disponga su publicación en el Diario oficial El Peruano, en el plazo de cinco (05) días hábiles:”
Que, el literal i) del art. 32 del Reglamento Interno del Consejo Regional aprobado por Ordenanza Regional N° 248-2024-CR/GRC.CUSCO señala: “Solicitar la licencia oficial para ejercer las funciones fuera de la jurisdicción del Gobierno Regional Cusco o en el extranjero y licencia por salud permitida por
Ley.” y el literal j) del mismo cuerpo normativo señala: “Percibir viáticos cuando realicen viaje oficial nacional e internacional autorizado por el Consejo Regional”.
Que, mediante Oficio N° 025-2025-GR/CUSCO-CR/COEMH.P, de fecha 10 de marzo del 2025, el Presidente de la Comisión Ordinaria de Energía, Minas e Hidrocarburos Ing. Italo Tarco Góngora alcanza el proyecto de acuerdo regional “Autorizar el viaje en comisión de servicios a la ciudad de Lima a los miembros de la Comisión de Energía, Minas e Hidrocarburos del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, para el día 12 de marzo del 2025 a fin de ejercer su función de representación en la
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GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO CONSEJO REGIONAL DEL CUSCO ps)
“AÑO DE RECUPERACIÓN Y CONSOLIDACIÓN DE LA ECONOMÍA PERUANA” CUSCO
mesa de trabajo con el Ministerio de Energía, Minas e Hidrocarburos, sobre la masificación del gas en Cusco y los congresistas representantes de la Región del Cusco”, ello en mérito al Oficio Múltiple N°038- 2024-2025-GBU/CR de fecha 07 de marzo del 2025 por el cual invitan a la Mesa de trabajo a realizarse en la Ciudad de Lima, Congreso de la República.
Por las consideraciones expuestas, estando a las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, la Ley de Bases de la Descentralización - Ley N° 27783, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley N° 27867 y sus modificatorias y por el Reglamento Interno del Consejo Regional del Cusco aprobado por Ordenanza Regional N° 248-2024-CR/GRC.CUSCO, con la dispensa del trámite de lectura de acta y con la mayoría de votos de los consejeros Regíonales presentes se:
ACUERDA:
ARTÍCULO PRIMERO. - AUTORIZAR el viaje en comisión de servicio a la ciudad de Lima del 11 al 12 de marzo del 2025, a los consejeros Regionales del Gobierno Regional de Cusco representante de la provincia de Calca, Ing. Italo Tarco Góngora y de la consejera regional representa de La Convención abog. Calandra Sammy Olivera Martines integrates de la Comisión Ordinaria de Energía, Minas e Hidrocarburos a efecto de participar en la Mesa de trabajo sobre “Masificación del Gas en Cusco” en las instalaciones del Congreso de la República.
ARTÍCULO SEGUNDO. — El viaje a desarrollar esta a cargo a la META N° 115-2025-DEBATIR PROPOSICIONES LEGISLATIVAS, cuya cadena funcional es la siguiente:
Especifica de gasto 23.21.21 Especifica de gasto 23.21.22 FTE.FTO Recursos Ordinarios.
ARTÍCULO TERCERO. — Encargar a la Secretaria del Consejo Regional y a la Gerencia Regional de Administración del Gobierno Regional de Cusco realizar todas las acciones administrativas correspondientes para la adquisición de pasajes aereos, así como otorgar los viáticos respectivos por (01) dia, del 11 al 12 de marzo del 2025.
ARTÍCULO CUARTO.- El presente Acuerdo de Consejo Regional entra en vigencia al día siguiente de su publicación en la página web del Gobierno Regional de Cusco.
COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE.
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