Acuerdo de Consejo Regional N.° A.R.0063.2025
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GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO CONSEJO REGIONAL DEL CUSCO
“AÑO DE RECUPERACIÓN Y CONSOLIDACIÓN DE LA ECONOMÍA PERUANA"
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ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 063-2025-CRC/GR CUSCO Cusco, 10 de marzo del 2025 POR CUANTO:
El Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, visto en la Tercera Sesión Ordinaria del Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, de fecha diez de marzo del año dos mil veinticinco, ha debatido y emitido el presente Acuerdo de Consejo Regional; y,
CONSIDERANDO:
RE 2 OS Que, conforme a lo establecido en el artículo 191 de la Constitución Política del Estado, en concordancia
icon el artículo 2 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867 y sus modificatorias, | pstablecen que, los Gobiernos Regionales son personas Jurídicas de derecho público con autonomía IDEN Tp política, económica y administrativa en asuntos de su competencia;
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Que, el articulo 13 de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, modificado por el articulo Unico de la Ley N° 29053, establece que, el Consejo Regional, es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Le corresponden las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas. Está integrado por los Consejeros Regionales;
Que, el literal a) del artículo 16 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N* 27867, modificado por el artículo 3 de la ley N° 31433, establece que, son derechos y obligaciones funcionales de los Consejeros Regionales: “a. Proponer normas y acuerdos regionales. (...)”;
Que, el artículo 39 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, modificado por el artículo 3 de la Ley N° 31433, establece que: “Los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este Órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional, o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional
Que, el artículo 6 del Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, aprobado mediante Ordenanza Regional N* 248-2024-CR/GRC.CUSCO señala que: “El Consejo Regional del Cusco, es el órgano normativo, fiscalizador y representativo del Gobierno Regional. Le corresponden las funciones que se establecen en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Ley N° 27867 y sus modificatorias;
Que, el artículo 97 del Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco,
aprobado mediante Ordenanza Regional N° 248-2024-CR/GRC. CUSCO, establece que, los acuerdos Ay del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos, de interés público, Ajciudadano o institucional: o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. La autógrafa del Acuerdo de Consejo Regional es promulgada por el Presidente del Consejo Regional y su publicación se hará en el portal web del Gobierno Regional de Cusco o en un diario de circulación regional salvo que el Pleno del Consejo Regional disponga su publicación en el Diario oficial El Peruano, en el plazo de cinco (05) días hábiles:”
Que, el literal i) del artículo 32 del Reglamento Interno del Consejo Regional aprobado por Ordenanza Regional N° 248-2024-CR/GRC.CUSCO señala: “Solicitar la licencia oficial para ejercer las funciones fuera de la jurisdicción del Gobierno Regional Cusco o en el extranjero y licencia por salud permitida por Ley.” y el literal j) del mismo cuerpo normativo señala: “Percibir viáticos cuando realicen viaje oficial nacional e internacional autorizado por el Consejo Regional”:
Que, mediante Oficio N° 068/2025-MMA-LC/PCD, de fecha 07 de marzo del 2025, el Presidente del Consejo Directivo de la Mancomunidad Municipal Amazónica de la provincia de La Convención cursa invitación a la Consejera Regional de Cusco representante de la provincia de La Convención, Abog. Calandra Sammy Olivera Martínez, a participar en la reunión programada con la Presidenta de la
Hagamos Av. Tomasa Ttito Condemayta s/n Distrito de Wanchaq, Cusco - Pi H ISTORIA www.gob.pe/regioncusco
GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO CONSEJO REGIONAL DEL CUSCO
“AÑO DE RECUPERACIÓN Y CONSOLIDACIÓN DE LA ECONOMÍA PERUANA”
Republica del Perú, para el día martes 11 de marzo del 2025 a llevarse a cabo en la ciudad de Lima en las instalaciones de Palacio de Gobierno;
Que, mediante Oficio N° 095-2025-GRC-CRC/CRLC/CSOM, de fecha 07 de marzo del 2025, la Consejera Regional de Cusco representante de la provincia de La Convención, Abog. Calandra Sammy Olivera Martínez solicita se ingrese como Moción del día en la Tercera Sesión Ordinaria del Consejo Regional la propuesta de Acuerdo Regional en el que solicita autorizar viaje en comisión de servicios oficiales a la ciudad de Lima el 11 de marzo del 2025 de la Consejera Regional Calandra Sammy Olivera Martínez a fin de que participe en la invitación hecha por la Mancomunidad Municipal Amazónica de la provincia de La Convención con la finalidad de participar en reunión con la Presidenta de la Republica del Perú donde se abordaran temas de salud, educación, cultura, defensa, energía y minas, desarrollo agrario y riego, comercio exterior y turismo;
Por las consideraciones expuestas, estando a las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, la Ley de Bases de la Descentralización - Ley N* 27783, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley N° 27867 y sus modificatorias y por el Reglamento Interno del Consejo Regional del Cusco aprobado por Ordenanza Regional N° 248-2024-CR/GRC. CUSCO, con la dispensa del trámite de lectura de acta y con la mayoría de votos de los Consejeros Regionales presentes se:
ACUERDA:
ARTÍCULO PRIMERO. - AUTORIZAR el viaje en comisión de servicio a la ciudad de Lima del 11 al 12 de marzo del 2025, a la Consejera Regional de Cusco representante de la provincia de La Convención, Abog. Calandra Sammy Olivera Martínez a efecto de participar en la reunión con la Presidenta de la Republica del Perú conjuntamente con los representantes de la Mancomunidad Municipal Amazónica de la Provincia de La Convención donde se abordaran temas de salud, educación, cultura, defensa, energía y minas, desarrollo agrario y riego, comercio exterior y turismo.
ARTÍCULO SEGUNDO. - El viaje a desarrollar está a cargo a la META N° 115-2025-DEBATIR PROPOSICIONES LEGISLATIVAS, cuya cadena funcional es la siguiente:
Especifica de gasto 23.21.21 Especifica de gasto 23.21.22 FTE.FTO Recursos Ordinarios.
ARTÍCULO TERCERO. - Encargar a la Secretaria del Consejo Regional y a la Gerencia Regional de Administración del Gobierno Regional de Cusco realizar todas las acciones administrativas correspondientes para la adquisición de pasajes aéreos, así como otorgar los viáticos respectivos por (01) día, correspondientes del 11 al 12 de marzo del 2025.
ARTÍCULO CUARTO.- El presente Acuerdo de Consejo Regional entra en vigencia al día siguiente de su publicación en la página web del Gobierno Regional de Cusco.
COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE.
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ABG. WILLIAM My GUILLEN SECRETARJO DEL CONSEJO REGION
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