Acuerdo de Consejo Regional N.° A.R.0055.2025
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GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO CONSEJO REGIONAL DEL CUSCO
“AÑO DE RECUPERACIÓN Y CONSOLIDACIÓN DE LA ECONOMÍA PERUANA”
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 055-2025-CRC/GR CUSCO
Cusco, 19 de febrero del 2025
POR CUANTO:
El Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, en la continuación de la Quinta Sesión Extraordinaria del Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, de fecha diecinueve de febrero del año dos mil veinticinco, ha debatido y emitido el presente Acuerdo de Consejo Regional; y,
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo establecido en el artículo 191 de la Constitución Política del Estado, en
oncordancia con el artículo 2 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867 y Us modificatorias, establecen que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de recho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su ompetencia;
Que, el artículo 13 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, modificado por el artículo único de la Ley N° 29053, establece que, el Consejo Regional, es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Le corresponden las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas. Está integrado por los Consejeros Regionales;
Que, el artículo 39 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, modificado por el artículo 3 de la Ley N° 31433, establece que: “Los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este Órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional, o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional (...)”;
Que, el artículo 6 del Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 248-2024-CR/GRC.CUSCO señala que: “El Consejo Regional del Cusco, es el órgano normativo, fiscalizador y representativo del Gobierno Regional. Le corresponden las funciones que se establecen en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Ley N° 27867 y sus modificatorias;
Que, el literal a) del artículo 32 del Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno egional de Cusco, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 248-2024-CR/GRC. CUSCO,
stablece que, los Consejeros Regionales del Consejo Regional tiene derecho, entre otras a: a. Proponer; en forma individual o conjunta, normas y acuerdos regionales en materia y ésuntos de su competencia, canalizando las mismas a través de la secretaría del Consejo Regional, órganos ejecutivos de línea, de apoyo y de asesoramiento."
Que, el artículo 97 del Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 248-2024-CR/GRC.CUSCO, establece que, los acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos, de interés público, ciudadano o institucional; o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. La autógrafa del Acuerdo de Consejo Regional es promulgada por el Presidente del Consejo Regional y su publicación se hará en el portal web del Gobierno Regional de Cusco o en un diario de circulación regional salvo que el Pleno del Consejo Regional disponga su publicación en el Diario oficial El Peruano, en el plazo de cinco (05) días hábiles:”
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“AÑO DE RECUPERACIÓN Y CONSOLIDACIÓN DE LA ECONOMÍA PERUANA” CUSCO
Que, mediante Acuerdo de Consejo Regional N° 016-2025-CRC/GR CUSCO, de fecha 20 de enero del 2025, se invita a la Directora de la Aldea Infantil Juan Pablo Il del Gobierno Regional Cusco, a fin de que informe ante el Pleno del Consejo Regional sobre el estado situacional de su dependencia y planes programados para el presente ejercicio 2025, en el marco de sus funciones dispuestas por Ley;
Que, mediante Oficio N° 023-2025-GR. CUSCO-GRIMPV-AIJPII, de fecha 03 de febrero del 2025, la Directora de la Aldea Infantil Juan Pablo I! del Gobierno Regional Cusco, alcanza en forma documentada el informe sobre las actividades realizadas en el año 2024 y la programación de actividades para el año 2025;
Que, habiéndose realizado las comunicaciones y coordinaciones administrativas, se contó con la asistencia y participación de la Directora de la Aldea Infantil Juan Pablo II del Gobierno Regional de Cusco, en la continuación de la Quinta Sesión Extraordinaria del Consejo Regional de Cusco, donde brindo la información sobre las actividades realizadas;
Por las consideraciones expuestas, estando a las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, la Ley de Bases de la Descentralización - Ley N° 27783, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley N° 27867 y sus modificatorias y por el Reglamento Interno del Consejo Regional del Cusco aprobado por Ordenanza Regional N° 248-2024- CR/GRC.CUSCO, con la dispensa del trámite de lectura de acta y con la mayoría de votos de los Consejeros Regionales presentes se:
ACUERDA:
ARTÍCULO PRIMERO. - Desaprobar la presentación y sustentación del informe de la Directora de la Aldea Infantil Juan Pablo I! del Gobierno Regional de Cusco, Ps. Carmen Alicia Tello Torres, respecto a las actividades realizadas en el año 2024 y programación de metas para el año 2025.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Comuniquesé al Señor Gobernador Regional de Cusco la desaprobación del informe de la Directora de la Aldea Infantil Juan Pablo Il, debiendo evaluar la continuidad de la funcionaria en mención.
ARTÍCULO TERCERO.-Transcribir el presente Acuerdo de Consejo Regional al Titular del Ejecutivo del Gobierno Regional de Cusco y al Gerente General Regional a efecto de que dispongan los actos administrativos que ameriten su conocimiento, así como dispongan su publicación.
ARTÍCULO CUARTO. - El presente Acuerdo de Consejo Regional entra en vigencia al día siguiente de su publicación en la página web del Gobierno Regional de Cusco.
COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE.
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