Acuerdo de Consejo Regional N.° A.R.0035.2025
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4 | GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO CONSEJO REGIONAL DEL CUSCO po.) “ANO DE RECUPERACION Y CONSOLIDACION DE LA ECONOMIA PERUANA” CUSCO
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 035-2025-CRC/GR CUSCO Cusco, 10 de febrero del 2025
POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, en la segunda sesión ordinaria de fecha diez de febrero del 2025 debatio y aprobo emitir el presente Acuerdo de Consejo Regional, y;
CONSIDERANDO:
ue, conforme a lo establecido en el artículo 191 de la Constitución Política del Estado, en loncordancia con el artículo 2° de la Ley Orgánica de Gobiemos Regionales, Ley N° 27867 y us modificatorias, establecen que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia;
Que, el artículo 13 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N* 27867, modificado por el articulo único de la Ley N* 29053, establece que, el Consejo Regional, es el órgano normativo y fiscalizador del gobierno regional. Le corresponden las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas. Está integrado por los Consejeros Regionales.
Que, el literal a) del artículo 16 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, modificado por el articulo 3 de la ley N° 31433, establece que, son derechos y obligaciones funcionales de los Consejeros Regionales: “a. Proponer normas y acuerdos regionales. (...)”;
Que, el artículo 39 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, modificado por el artículo 3 de la Ley N* 31433, establece que: “Los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este Órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional, o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional (...)”;
Que, el artículo 6 del Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobiemo Regional de Cusco, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 248-2024-CR/GRC.CUSCO señala que: “El Consejo Regional del Cusco, es el órgano normativo, fiscalizador y representativo del Gobierno Regional. Le corresponden las funciones que se establecen en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867 y sus modificatorias;
Que, el literal a) del articulo 32 del Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 248-2024-CR/GRC.CUSCO, establece que, los Consejeros Regionales del Consejo Regional tiene derecho, entre otras a: “a. Proponer; en forma individual o conjunta, normas y acuerdos regionales en materia y asuntos de su competencia, canalizando las mismas a través de la secretaría del Consejo Regional, órganos ejecutivos de linea, de apoyo y de asesoramiento.”
Que, el articulo 97 del Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 248-2024-CR/GRC.CUSCO, establece que, los acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos, de interés público, ciudadano o institucional; o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. La autógrafa del Acuerdo de Consejo Regional es promulgada por el Presidente del Consejo Regional y su publicación se hara en el portal web del Gobierno Regional de Cusco o en un diario de circulación regional salvo que el Pleno del Consejo Regional disponga su publicación en el Diario oficial El Peruano, en el plazo de cinco (05) días hábiles:”
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GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO CONSEJO REGIONAL DEL CUSCO
“AÑO DE RECUPERACIÓN Y CONSOLIDACIÓN DE LA ECONOMÍA PERUANA”
Que, el numeral 35 del articulo 7 del Reglamento Interno del Consejo Regional de Cusco señala: Citar dentro de los primeros sesenta (60) dias de cada año, al Gerente General, los Gerentes Regionales y los Directores de Proyectos Especiales, los representantes y/o miembros del directorio de las diferentes instituciones que representen al Gobierno Regional para que informen al Pleno del Consejo Regional sobre el estado situacional de sus dependencias, planes de trabajo y las metas para el año en curso;
Que, en la estación de Despacho de la segunda sesión ordinaria del Pleno de Consejero Regional se dio lectura al Oficio N° 013-2025-GR CUSCO-CR/CRC/MVRQ presentado por el Consejero Regional representante de la provincia de Cusco Dr. Ing. Macedo Rueda Quintana, quien presenta el proyecto de Acuerdo Regional de “Convocar ante el pleno del Consejo Regional al Secretario del Consejo Regional de Cusco Abog. William Guillén Paiva, responsable de la meta Debatir proposiciones Legislativa y meta de Fiscalización de los Consejeros Regionales y consejos municipales a nivel nacional a efecto de que informe el plan de trabajo para el año fiscal 2025, el Estado situacional financiero del gasto de las referidas metas, así como las funciones, modalidad contractual y distribución del personal administrativo del Consejo Regional”; sustentando que el año 2024 no hubo un plan de trabajo por parte del anterior secretario y no hubo una planificación adecuada respecto a la utilizacion de los recursos de las metas antes señaladas;
Por las consideraciones expuestas, estando a las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, la Ley de Bases de la Descentralización - Ley N° 27783, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley N° 27867 y sus modificatorias y por el Reglamento Interno del Consejo Regional del Cusco aprobado por Ordenanza Regional N° 248-2024- CR/GRC.CUSCO, con la dispensa del trámite de lectura de acta y con el voto en mayoría de los Consejeros Regionales presentes se:
ACUERDA:
ARTÍCULO PRIMERO. - Convocar ante el pleno del Consejo Regional al Secretario del Consejo Regional de Cusco Abog. William Guillén Paiva, responsable de la meta Debatir proposiciones Legislativa y meta de Fiscalización de los Consejeros Regionales y consejos municipales a nivel nacional a efecto de que informe el plan de trabajo para el año fiscal 2025, el estado situacional financiero del gasto de las referidas metas, así como las funciones, modalidad contractual y distribución del personal administrativo del Consejo Regional”
ARTÍCULO SEGUNDO. - Transcribir el presente Acuerdo de Consejo Regional al Titular del Ejecutivo del Gobierno Regional de Cusco y al Gerente General Regional a efecto de que dispongan su publicación.
ARTÍCULO TERCERO. - El presente Acuerdo de Consejo Regional entra en vigencia al día siguiente de su publicación en la página web del Gobierno Regional de Cusco.
COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE.
JONAL CUSCO JONAL CUSCO
"ABG-WILFIAM M. GUILLEN PAIVA SECRETARIO DEL CONSEJO REGIONAL va Xd
«y GOBIERNO REG! ES CONSEJOS
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