Acuerdo de Consejo Regional N.° A.R.0033.2025
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GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO CONSEJO REGIONAL DEL CUSCO pda
“AÑO DE RECUPERACIÓN Y CONSOLIDACIÓN DE LA ECONOMÍA PERUANA” Arena
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 033-2025-CRC/GR CUSCO Cusco, 10 de febrero del 2025
POR CUANTO:
El Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, en la Segunda Sesión Ordinaria de fecha diez de febrero del año dos mil veinticinco, ha debatido y emitido el presente Acuerdo de Consejo Regional; y,
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo establecido en el artículo 191 de la Constitución Política del Estado, en concordancia con el artículo 2 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867 y sus modificatorias, establecen que, los Gobiemos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia;
Que, el literal a) del artículo 16 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, modificado por el articulo 3 de la Ley N° 31433, establece que, son derechos y obligaciones funcionales de los Consejeros Regionales: “a. Proponer normas y acuerdos regionales. (...)”;
Que, el articulo 39 de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, modificado por el articulo 3 de la Ley N° 31433, establece que: “Los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este Órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional, o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional (...)”;
Que, el artículo 6 del Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de
Cusco, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 248-2024-CR/GRC.CUSCO señala que:
“El Consejo Regional del Cusco, es el órgano normativo, fiscalizador y representativo del ANGobierno Regional. Le corresponden las funciones y atribuciones que se establecen en la Ley rgánica de Gobiemos Regionales N° 27867 y sus modificatorias;
ue, el artículo 97 del Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 248-2024-CR/GRC.CUSCO, establece que, los acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos, de interés público, ciudadano o institucional; o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. La autógrafa del Acuerdo de Consejo Regional es promulgada por el Presidente del Consejo Regional y su publicación se hará en el portal web del Gobierno Regional de Cusco o en un diario de circulación regional salvo que el Pleno del Consejo Regional disponga su publicación en el Diario oficial El Peruano, en el plazo de cinco (05) días hábiles”;
Que, el artículo 7 del Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 248-2024-CR/GRC.CUSCO de las atribuciones del Consejo Regional señala que: 1. Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobiemo Regional. 13. Fiscalizar la gestión y conducía publica de los funcionarios del Gobierno Regional y llevar a cabo investigaciones sobre cualquier asunto de interés público regional.
Que, en la estación de Despacho de la segunda sesión ordinaria del Consejo Regional se dio lectura al Oficio N° 008-2025-GR CUSCO-CRC/RMOR, de fecha 07 de febrero del 2025, presentado por el Consejero Regional representante de la Provincia de Cusco Mgt. Raúl Miguel Olivera Rosas, tratar como moción de proyecto de Acuerdo Regional “Invitar a los representantes del Sindicato de trabajadores del Plan de Mejoramiento de Riego en Sierra y
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EY : GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO CONSEJO REGIONAL DEL CUSCO
“AÑO DE RECUPERACIÓN Y CONSOLIDACIÓN DE LA ECONOMÍA PERUANA”
Selva (PLAN MERISS) a efectos de que informen sobre los presuntos hechos irregulares que se habría suscitado al interior de esa dependencia durante los años 2023 y 2024”;
Por las consideraciones expuestas, estando a las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, la Ley de Bases de la Descentralización - Ley N° 27783, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley N° 27867 y sus modificatorias y por el Reglamento Interno del Consejo Regional del Cusco aprobado por Ordenanza Regional N° 248-2024- CR/GRC.CUSCO, con la dispensa del trámite de lectura de acta y con el voto en mayoría de los Consejeros Regionales presentes se:
ACUERDA:
ARTÍCULO PRIMERO. - INVITAR a los representantes del Sindicato de trabajadores del Plan de Mejoramiento de Riego en Sierra y Selva (PLAN MERISS) a efectos de que informen sobre los presuntos hechos irregulares que se habría suscitado al interior de esa dependencia durante los años 2023 y 2024, ante el Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco.
ARTÍCULO SEGUNDO. —- Encargar a la Secretaria del Consejo Regional de Cusco, realizar las acciones administrativas para el cumplimiento del artículo primero del presente Acuerdo Regional en el presente año.
ARTICULO TERCERO.- Transcribir el presente Acuerdo de Consejo Regional al Titular del Ejecutivo del Gobierno Regional de Cusco y al Gerente General Regional a efecto de que dispongan los actos administrativos para su publicación.
ARTÍCULO CUARTO. - El presente Acuerdo de Consejo Regional entra en vigencia al día siguiente de su publicación en la página web del Gobierno Regional de Cusco.
COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE.
Ey SOBIERÑO RÉSIONAL CuSO EZ4_ CONSEJO REGIONAJZEUSCO
ABG. WILLIAM MSGUILLEN PAIVA
SECRETARIO DEL CONSEJO REGIONAL
! Hagamos a Walia Nien pi "strito de Wanchag, Cusco - Perú i HI STO RIA www.gob.pe/regioncusco
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