Skip to content
L Legalize.pe
A-R-0005-2025 Regional Agreement Cusco In force

Acuerdo de Consejo Regional N.° A.R.0005.2025

4 min read

Not legal advice. This is a community-maintained copy for research — verify against the official source before relying on it. Regional norm text may be OCR-extracted and contain errors.

e GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO CONSEJO REGIONAL DEL CUSCO

“Año de la Recuperación y Consolidación de la Economía Peruana”

ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N°005-2025-CRC/GR CUSCO Cusco, 14 de enero del 2025 VISTO:

La primera sesión ordinaria del Pleno del Consejo Regional del Gobiemo Regional de Cusco, de fecha 13 de enero del 2024, ha debatido y aprobado emitir el presente Acuerdo de Consejo Regional, sobre DECLARAR DE NECESIDAD Y PRIORIDAD REGIONAL LA EJECUCIÓN DEL PIP “MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE EDUCACIÓN PRIMARIA EN LA I.E. 50494 DEL DISTRITO DE CARHUAYO - QUISPICANCHI - CUSCO CON CUI 2304529”.

ue, conforme a lo establecido en el artículo 191° de la Constitución Política del Estado, modificada por la Ley N°27680 "Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Título IV sobre descentralización y la Ley N° 28607 ‘Ley de reforma del Artículo 191° de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el artículo 2° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867 y sus modificatorias, establecen que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia;

Que, el artículo 5° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, establece que, la misión de los gobiernos regionales es organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas, en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la región;

Que, el artículo 6° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, establece que, el desarrollo regional comprende la aplicación coherente y eficaz de las políticas e instrumentos de desarrollo económico social, poblacional, cultural y ambiental, a través de planes, programas y proyectos orientados a generar condiciones que permitan el crecimiento económico armonizado con la dinámica demográfica, el desarrollo social equitativo y la conservación de los recursos naturales y el ambiente en el territorio regional, orientado hacia el ejercicio pleno de los derechos de hombres y mujeres e igualdad de oportunidades;

Que, el inciso h) del artículo 9° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, establece que, los gobiemos regionales son competentes entre otros para: “h) Fomentar la competitividad, las inversiones y el financiamiento para la ejecución de proyectos y obras de infraestructura de alcance e impacto regional”;

Que, el inciso a) del artículo 16° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, modificado por la Ley N° 31433, establece que, son derechos y obligaciones funcionales de los Consejeros Regionales, entre otros: “a. Proponer normas y acuerdos regionales”;

Que, el artículo 39° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiemos Regionales, modificado por la Ley N° 31433 precisa que: “Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. (...)”

Que, numeral 1) del artículo 7 del Reglamento Inierno del Consejo Regional dei Gobierno Regional del Cusco, aprobado con Ordenanza Regional N° 248-2024-CR/GR, establece como atribuciones del Consejo Regional del Cusco entre otros: 1) Aprobar, modificar o derogar las normas que regulan o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional”.

Por otro lado, el inciso a) del artículo 32, del Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional Cusco aprobado por Ordenanza Regional N° 248-2024-CR/GR, establece que entre los derechos y deberes de los consejeros regionales es: “Proponer, en forma individual o conjunta, normas y acuerdos regionales en materia y asuntos de su competencia, (...)”.

Que, de la fundamentación fáctica del proyecto de Acuerdo de Consejo Regional se puede establecer que se ha emitido una certificación de INHABITABLE por la Oficina de Defensa Civil de la Municipalidad distrital de Ccarhuayo, de la provincia de Quispicanchis, y que debido a su falta de mantenimiento de la infraestructura se ha ido deteriorando

CONSEJO REGIONAL

SR GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO FER CONSEJO REGIONAL DEL CUSCO

“Año de la Recuperación y Consolidación de la Economía Peruana" CUSCO

paulatinamente; y con los movimientos telúricos del año 2024, en la provincia de Quispicanchis, la infraestructura a quedado gravemente afectada, por lo que requiere de esta norma declarativa que permita la atención prioritaria de las autoridades regionales,

Por las consideraciones expuestas, estando a las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, la Ley de Bases de la Descentralizacién Ley N° 27783, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley N° 27867 y sus modificatorias y por el Reglamento Inferno del Consejo Regional del Cusco aprobado por Ordenanza Regional N° 248- 2024.CR/GRC, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta, por mayoría de votos de los Consejeros Regionales, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco;

ACUERDA:

ARTÍCULO PRIMERO. - DECLARAR DE NECESIDAD Y PRIORIDAD REGIONAL LA EJECUCIÓN DEL PIP “MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE EDUCACIÓN PRIMARIA EN LA 1.E. 50494 DEL DISTRITO DE CARHUAYO

  • QUISPICANCHI - CUSCO CON CUI 2304529”.

ARTÍCULO SEGUNDO. - REMITIR el presente Acuerdo Regional al Gobemador Regional de Cusco y a la Gerencia General Regional, a fin de que implemente con las acciones administrativas necesarias para el cumplimiento del artículo primero.

ARTICULO TERCERO. - DISPENSAR el presente Acuerdo de Consejo Regional del trámite de lectura y aprobación de acta para proceder inmediatamente a su implementación.

ARTÍCULO CUARTO. - El presente Acuerdo de Consejo Regional entra en vigencia el día siguiente de su publicación en la página web del Gobiemo Regional de Cusco.

REGISTRESE, COMUNIQUESE, CUMPLASE Y PUBLIQUESE

with te, GOBÍERNO,REGIO!

Ol e CONSEJÓ REGIONAL ny” P y i Mh

G. CUNTÓN TAÍVEÑO' ALVIS | PRESIDENTE DEL CONSEJO REGIONAL CUSCO Mgt. Abg. Guillermo Bárcena Gutiérrez PERIODO LEGISLATIVO 2025 SECRETARIO fl CONSEJO REGIONAL CUSCO

|


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regioncusco/normas-legales/7587678-a-r-0005-2025 PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9247150/7587678-ar00052025.pdf