Acuerdo de Consejo Regional N.° 152-2024
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Gobierno Regional del Callao
Acuerdo de Consejo Regional N° 152
Callao, 13 de Diciembre de 2024
El Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao, en Sesión Ordinaria celebrada el 13 de diciembre de 2024, con el voto unánime de los/as Consejeros/as Regionales y en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 27867,
Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias; y, el Reglamento Interno del Consejo Regional del Callao,
VISTO:
El Oficio N° 000250 — 2024 — GRC / CR -CFZ de fecha 14 de octubre de 2024, presentado por el sefior Claudio Fernández Zapata, Consejero Regional del Gobierno Regional del Callao;
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 191° de la Constitución Política del Perú, establece: “Los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. (...) La estructura orgánica básica de estos gobiernos la conforman el Consejo Regional, como órgano normativo y fiscalizador, (...)”;
Que, en concordancia a ello, cabe señalar que, el Artículo 2° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, señala: “Los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular. Son personas Jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia,
(...J%;
Que, el Artículo 13° de la acotada norma, respecto al Consejo Regional, establece: “Es el órgano normativo y fiscalizador del gobierno regional. Le corresponden las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas. (...)”;
Que, el Artículo 15° de la citada Ley, refiere que son atribuciones del Consejo Regional: “/...) k. Fiscalizar la gestión pública del gobierno regional. Para tal efecto, en el presupuesto institucional de apertura (PIA) del gobierno regional, se incorporan los recursos, según closificador presupuestario, que proporcionen al Consejo Regional la capacidad logística y el apoyo profesional necesarios para el ejercicio de sus actividades de fiscalización. L...)”;
Que, el Artículo 39” de la Ley antes mencionada, señala: “Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional (...) Los Acuerdos Regionales serán aprobados por mayoría simple de sus miembros. (...)”;
Que, el Artículo 3° del Reglamento Interno del Consejo Regional del Callao, aprobado mediante la Ordenanza Regional N° 001 de fecha 14 de enero de 2008, modificado por la Ordenanza Regional N* 002, de fecha 11 de junio de 2019, establece que: “Son atribuciones del Consejo Regional las que la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y la normatividad vigente le asigna.”;
Que, el Artículo 67° del mencionado Reglamento Interno del Consejo Regional del Callao, dispone: “Para adoptar un acuerdo se requiere el voto aprobatorio de la mayoría de los Consejeros Regionales hábiles presentes con los que se haya constituido quórum, (...)”;
Que, a través de la Ley N° 31812, se modifica la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, para asegurar el financiamiento del ejercicio de la función fiscalizadora de los consejos regionales y concejos municipales;
Que, el inciso d) de la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31433, modificada por el Artículo 3 de la Ley N” 31812, establece que: “Los consejos regionales (...) aprueban, dentro del primer trimestre de coda
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año fiscal, el programa de acciones de fiscalización, con arreglo a los montos asignados según los literales a y b y los procedimientos señalados en la normativa vigente.”;
Que, en ese sentido, a través del Acuerdo de Consejo Regional N° 016 de fecha 13 de marzo de 2024 y, modificatorias, el Consejo Regional del Gobierno Regiona! del Callao, en uso de las atribuciones establecidas en el Artículo 15° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, por unanimidad acordó: “1. APROBAR el Programa de Acciones de Fiscalización del Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao, el cual incluye la Tabla N*01 denominada “Programa de Acciones de Fiscalización del Consejo del Gobierno Regional del Callao, correspondiente al año 2024” y, la Tabla N° 02 denominada “Cronograma de Ejecución de Acciones de Fiscalización 2024” y, el Anexo B-5 del Aplicativo CEPLAN V.01, (...)”;
Que, mediante el Oficio N° 000250 — 2024 - GRC / CR — CFZ de fecha 14 de octubre de 2024, el señor Claudio Fernández Zapata, Consejero Regional del Gobierno Regional del Callao, presenta el Informe Final de la Acción de Fiscalización denominada “Fiscalizar la construcción y equipamiento del centro de salud José Olaya — CUI N° 2112478. LP — SM - 4 — 2022 ~ REGIÓN CALLAO - 1 costo total de inversión S/16'750,751.40 — Dirección: Jr. s/n Asentamiento Humano Olaya - Callao”, con la finalidad de poner a conocimiento del mismo al Consejo Regional del Callao y, consecuentemente se dé por culminada dicha Acción de Fiscalización;
Que, en la Sesión Ordinaria de la fecha, se sometió a consideración del Pleno del Consejo Regional el Informe Final antes mencionado, por lo que el citado Consejero Regional procedió a sustentar el Informe Final de la Acción de Fiscalización indicada y, posteriormente, se sometió a votación del Consejo Regional del Callao, la finalización de la Acción de Fiscalización autorizada mediante el Acuerdo de Consejo Regional N° 016 de fecha 13 de marzo de 2024;
Que, en el Informe Final de la Acción de Fiscalización denominada “Fiscalizar la construcción y equipamiento del centro de salud José Olaya - CU! N° 2112478. LP - SM - 4 — 2022 — REGIÓN CALLAO — 1 costo total de inversión $/16'750,751.40 — Dirección: Jr. s/n Asentamiento Humano Olaya - Callao”, se concluyó:
“1. Cumplimiento parcial de la obra
La obra del Centro de Salud José Olaya está concluida en un 100% en cuanto a infraestructura, pero existen retrasos significativos en la instalación de los equipos médicos, lo que impide la operatividad completa del establecimiento.
Impacto en la prestación de servicios La demora en la instalación de los equipos médicos ha generado una incapacidad temporal para atender a la población, afectando gravemente los servicios de salud que se proyectaban ofrecer.
Riesgos futuros Silos retrasos no son subsanados en el corto plazo, existe el riesgo de un mayor colapso en la demanda de los servicios de salud en otros centros cercanos, lo que afectaría a la población de manera directa.”
Que, asimismo, a través de dicho Informe Final, se vertieron las siguientes recomendaciones:
1 Reforzar la supervisión en la instalación de equipos médicos: Se recomienda intensificar la supervisión en la fase de instalación de los equipos médicos pendientes para asegurar que estos cumplan con los estándares exigidos. (...)
Optimizar la coordinación interinstitucional: Se sugiere una mayor coordinación entre la Dirección Regional de Salud (DIRESA) y el proveedor de equipos para asegurar la pronta entrega y puesta en marcha. Tal coordinación debe estar alineada con el Decreto Supremo N° 016-2016- SA, que establece los requisitos mínimos para habilitar los establecimientos de salud.
Instalación inmediata de los equipos médicos: Se recomienda gestionar con urgencia la
instalación de los equipos médicos adquiridos, priorizando aquellos que sean esenciales para la
atención inmediata de la población, como los de urgencias y emergencias. (...)
Supervisión técnica por parte del Comité de Recepción: El Comité de Recepción designado por
DIRESA debe proceder, en el más breve plazo, a emitir su informe sobre la existencia o no de
observaciones en relación con la infraestructura y los sauipos (...)
2 CARDENA: ryt
Asignación de un plazo específico para la entrega del informe del Comité de Recepción: El Comité de Recepción debe tener un plazo para la presentación de su informe final (...) Un plazo razonable sería no mayor a 15 días calendario (...)
Capacitación y Formación del personal de salud sobre los equipos: Se recomienda organizar capacitaciones para el personal de salud que trabajará en el centro, especialmente en el uso adecuado de los nuevos equipos médicos (...)
Coordinar con la Gerencia de Infraestructura y DIRESA para la emisión del Acta de Recepción: La Gerencia de Infraestructura, en coordinación con DIRESA, debe emitir cuanto antes el Acta de Recepción de Obra. Este documento es fundamento! para formalizar ja entrega de la obra y proceder con la activación de los servicios de salud. (...)
Establecer un cronograma de puesta en operación del centro de salud: Es esencial definir un cronograma que detalle las actividades necesarias para la puesta en funcionamiento del centro de salud José Olaya. Este cronograma debe incluir plazos para la instalación de los equipos, capacitaciones, verificación del equipamiento, y finalmente, la apertura del centro al público
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Que, en ese sentido, el Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao, en uso de las atribuciones establecidas en la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias y, el Reglamento Interno del Consejo Regional del Callao, aprobado mediante la Ordenanza Regional N° 001 de fecha 14 de enero de 2008, modificado por la Ordenanza Regional N° 002, de fecha 11 de junio de 2019 y, en virtud de los considerandos establecidos precedentemente, estima pertinente aprobar por unanimidad:
SE ACUERDA:
1, DAR POR FINALIZADA la Acción de Fiscalización denominada “Fiscalizar la construcción y equipamiento del centro de salud José Olaya ~ CUI N° 2112478. LP ~ SM ~ 4 — 2022 - REGION CALLAO -— 1 costo total de inversión $/16'750,751.40 - Dirección: Jr. s/n Asentamiento Humano Olaya - Callao”, del señor Claudio Fernández Zapata, Consejero Regional del Gobierno Regional del Callao, la misma que fue autorizada mediante el Acuerdo de Consejo Regional N° 016 de fecha 13 de marzo de 2024 y, modificatorias.
2,
DISPONER, que la Gerencia General Regional, en el marco de sus funciones y/o atribuciones, cumpla las recomendaciones efectuadas en el Informe Final de la Acción de Fiscalización denominada “Fiscalizar la construcción y equipamiento del centro de salud José Olaya - CUI N° 2112478. LP- SM -4- 2022 — REGIÓN CALLAO — 1 costo total de inversión $/16’750,751.40 — Dirección: Jr. s/n Asentamiento Humano Olaya - Callao”, conforme al detalle siguiente:
- Derive a la Dirección Regional de Salud, del Callao, el Informe, Final de la Acción de Fiscalización denominada “Fiscalizar la construcción y equipamiento del céntro de salud José Olaya —CUIN” 2112478. LP — SM — 4 — 2022 — REGIÓN CALLAO - 1 costo total de inversión $/16’750,751.40 — Dirección: Jr. s/n Asentamiento Humano Olaya - Callao”; con la finalidad de que, tome conocimiento del mismo y, consecuentemente, efectue las acciones administrativas siguientes:
a)
b)
c)
a)
e)
Coordine con el proveedor de los equipos médicos para asegurar la pronta entrega y puesta en marcha del centro de salud José Olaya, conforme a lo previsto en el Decreto Supremo N° 016-2016- SA, que establece los requisitos mínimos para habilitar los establecimientos de salud.
Gestione con urgencia la instalación de los equipos médicos adquiridos, priorizando aquellos que sean esenciales para la atención inmediata de la población, como los de urgencias y emergencias.
Designe al Comité de Recepción, a fin de que, en el más breve plazo, emita su informe sobre la existencia o no de observaciones en relación con la infraestructura y los equipos médicos adquiridos.
Organice capacitaciones para el personal que trabajará en el centro de salud, especialmente en el uso adecuado de los nuevos equipos médicos.
Coordine con la Gerencia Regional de Infraestructura para la emisión y suscripción del Acta de
Recepción de Obra. EL PRESENTE ES COPIA FIEL
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f) Defina un cronograma que detalle las actividades necesarias para la puesta en funcionamiento del centro de salud José Olaya. Este cronograma debe incluir plazos para la instalación de los equipos, capacitaciones, verificación del equipamiento, y finalmente, la apertura del centro al público.
- ENCARGAR a la Secretaría del Consejo Regional, notificar el presente Acuerdo de Consejo Regional, al señor Claudio Fernández Zapata, Consejero Regional de! Gobierno Regional del Callao y al Encargado del Registro de Información para el año 2024, con la finalidad de que tomen conocimiento de lo acordado por el Consejo Regional del Callao.
4, ENCARGAR a la Gerencia Genera! Regional el seguimiento, supervisión y control del presente Acuerdo de Consejo Regional, conforme a lo dispuesto por el Artículo 25° y siguientes de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, debiendo informar al Consejo Regional de manera periódica y bajo responsabilidad funcional de la implementación de las recomendaciones contenidas en el Informe Fina! de la Acción de Fiscalización denominada “Fiscalizar la construcción y equipamiento del centro de salud José Olaya — CUI N° 2112478. LP — SM -4- 2022 - REGION CALLAO — 1 costo tota! de inversión S/16'750,751.40 — Dirección: Jr. s/n Asentamiento Humano Olaya - Callao”.
- DISPENSAR el presente Acuerdo de Consejo Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta.
POR TANTO
MANDO SE REGISTRE Y CUMPLA
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Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regioncallao/normas-legales/6464221-152-2024 PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/7620679/6464221-acuerdo-del-consejo-regional-n-152-2024.pdf