Acuerdo de Consejo Regional N.° 151-2024
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Gobierno Regional del Callao
Acuerdo de Consejo Regional N° 151
Callao, 13 de Diciembre de 2024
El Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao, en Sesión Ordinaria celebrada el 13 de diciembre de 2024, con el voto unánime de los/as Consejeros/as Regionales y en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias; y, el Reglamento Interno del Consejo Regional del Callao,
VISTOS:
El Memorando N° 001691-2024-GRC/SCR de fecha 4 de noviembre de 2024, emitido por la Secretaría del Consejo Regional, el Informe N° 000630-2024-GRC/GGR de fecha 19 de noviembre de 2024, emitido por la Gerencia General Regional, el Informe N° 000111-2024-GRC/ODNYDC-ECC de fecha 19 de noviembre de 2024, emitido por la Oficina de Defensa Nacional y Defensa Civil, área perteneciente a la Gerencia Regional de Defensa Nacional, Defensa Civil y Seguridad Ciudadana;
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 191° de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el Artículo 2° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, establece que: “Los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. (...) La estructura orgánica básica de estos gobiernos la conforman el Consejo Regional, como órgano normativo y fiscalizador, (...)”;
Que, el Artículo 2° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, señala que: “Los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular. Son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, (...)”;
Que, el Artículo 39° de la Ley antes mencionada, señala: “Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional (...) Los Acuerdos Regionales serán aprobados por mayoría simple de sus miembros. (...)”;
Que, el literal a) del Artículo 61° de la norma antes señalada, dispone que es función específica de los Gobiernos Regionales, en materia de defensa civil: “Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar las políticas regionales en materia de (...) seguridad ciudadana (...)”;
Que, mediante el Memorando N° 001691-2024-GRC/SCR de fecha 4 de noviembre de 2024, la Secretaria del Consejo Regional informa a la Gerencia General Regional: “(...) en la Sesión Ordinaria del Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao de fecha 24 de octubre de 2024, el señor Claudio Fernández Zapata, Consejero Regional del Gobierno Regional del Callao, efectúa el pedido siguiente: Solicitar al Gerente General Regional del Gobierno Regional del Callao, requiera a la Gerencia Regional de Defensa Nacional, Defensa Civil y Seguridad Ciudadana, derive un informe detallado y documental respecto a los puestos de auxilio rápido ubicados en el distrito de Ventanilla.”;
Que, en atención a ello, a través del Informe N° 000630-2024-GRC/GGR de fecha 19 de noviembre de 2024, la Gerencia General Regional deriva a la Secretaría del Consejo Regional entre otros documentos, el Informe N° 000111-2024-GRC/ODNYDC-ECC de fecha 19 de noviembre de 2024, emitido por la Oficina de Defensa Nacional y Defensa Civil, área perteneciente a la Gerencia Regional de Defensa Nacional, Defensa Civil y Seguridad Ciudadana, el cual contiene la información solicitada por el señor Claudio Fernández Zapata, Consejero Regional del Gobierno Regional del Callao respecto a los puestos de auxilio rápido ubicados en el distrito de Ventanilla;
Que, mediante el referido Informe, la citada Oficina señala: “(...) B. Las infraestructuras denominadas Puestos de Auxilio Rápido (PAR “Bahía Blanca” y “Oasis”), se encuentran en posesión de la Comisaría PNP de Pachacútec
Región Policial Callao, desde el año 2017 aproximadamente, no existiendo actuados, ni antecedentes sobre su entrega del GORE Callao hacia la PNP. Cabe agregar que actualmente los efectivos policiales que prestaban servicios en dichos inmuebles, han sido replegados hacia la Comisaría PNP Pachacútec en razón de la ausencia de presupuesto para pago de servicios básicos (...) motivando que el servicio público de seguridad ciudadana, que es de carácter preventivo y disuasivo contra los actos delictivos que puedan proteger la integridad personal y material de los pobladores de dicha zona, sea suspendido por la situación presentada (...) C. Actualmente, se viene efectuando coordinaciones con la PNP, a fin de que se suscriba el Convenio Específico de Cooperación Interinstitucional entre el GORE Callao y MINISTER y poder efectuar de inmediato las acciones interesadas en regularizar los servicios básicos para el óptimo funcionamiento de dichos inmuebles (...)”;
Que, asimismo, la Oficina de Defensa Nacional y Defensa Civil, mediante el Informe indicado precedentemente, concluye: “A. La Gerencia Regional de Defensa Nacional, Defensa Civil y Seguridad Ciudadana del Gobierno Regional del Callao, continuará con el proceso de gestión para la pronta implementación de servicios básicos, mantenimiento de la infraestructura (...) y adquisición de mobiliario para los Puestos de Auxilio Rápido del Sector de Pachacútec — Ventanilla Callao, a efecto de ser entregados a la Región Policial Callao para su reinstalación y funcionamiento como dependencia policial.”;
Que, en la Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de diciembre de 2024, el señor Jorge Luis Cayas Medina, Gerente Regional de Defensa Nacional, Defensa Civil y Seguridad Ciudadana del Gobierno Regional del Callao, ratificó lo informado a través del Informe N° 000111-2024-GRC/ODNYDC-ECC de fecha 19 de noviembre de 2024, emitido por la Oficina de Defensa Nacional y Defensa Civil;
Que, en ese sentido, el Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao, en uso de las atribuciones establecidas en el Artículo 15” de la Ley N* 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y modificatorias, en virtud de los considerandos establecidos precedentemente, por unanimidad:
SE ACUERDA:
EXHORTAR al Gerente General Regional del Gobierno Regional del Callao, disponga las acciones administrativas a que hubiera lugar, con la finalidad de que, en el plazo de sesenta (60) días calendario se implementen los Puestos de Auxilio Rápido denominados “Bahía Blanca” y “Oasis”, ubicados en el distrito de Ventanilla, dado que dicha situación permitirá fortalecer la seguridad ciudadana en favor de los pobladores que residen en dicha jurisdicción.
ENCARGAR al Gerente Genera! Regional del Gobierno Regional del Callao, informe detalladamente a los Consejeros Regionales del Gobierno Regional del Callao, las acciones administrativas realizadas concernientes a la implementación de los referidos Puestos de Auxilio Rápido.
ENCARGAR a la Gerencia General Regional el seguimiento, supervisión y control del presente Acuerdo de Consejo Regional, conforme a lo dispuesto por el Artículo 25° y siguientes de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias.
ENCARGAR a la Oficina de Trámite Documentario y Archivo, notificar el presente Acuerdo de Consejo
Regional a la Gerencia General Regional del Gobierno Regional del Callao, para su conocimiento y fines pertinentes.
- DISPENSAR el presente Acuerdo de Consejo Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta.
POR TANTO
MANDO SE REGISTRE Y CUMPLA
ISEJERA DELEGADA
ANGULO CARDENA? ARADEL CONSEJO REGIONAL
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regioncallao/normas-legales/6521758-151-2024 PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/7705350/6521758-acuerdo-del-consejo-regional-n-151-2024.pdf