Skip to content
L Legalize.pe
148-2025 Regional Agreement Callao In force

Acuerdo de Consejo Regional N.° 148-2025

4 min read

Not legal advice. This is a community-maintained copy for research — verify against the official source before relying on it. Regional norm text may be OCR-extracted and contain errors.

Gobierno Regional del Callao

Acuerdo de Consejo Regional N2 148

Callao, 15 de Diciembre de 2025

El Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao, en Sesión Extraordinaria celebrada el 15 de diciembre de 2025, convocada conforme al Artículo 36* del Reglamento interno del Consejo Regional del Callao, aprobado med ante la Ordenanza Regional N° 001 de fecha 14 de enero de 2008, modificada por la Ordenanza Regiona! N° 002 de fecha 11 de junio de 2019, con'el voto unánime de los/as Consejeros/as Regionales y en uso de las facurtades conferidas por la Ley N2 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias.

VISTO:

El Oficio N° 000002-2025-GRC/VG de fecha 15 de diciembre de 2025, emitido por la señora Edita Gladys Vargas Cerón, Vicegobernadora Regional del Callao;

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 191° de la Constitución Política del Perú, establece: “Los gobiernos regionales tienen autonomia política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, (..) Lo estructura orgónica básica de estos gobiernos la conforman el Consejo Regional, como órgono normativo y fiscalizador [...)”;

Que, el Artículo 2° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala: “Los Gobiernos Regionoles emanan de lo voluntad popular. Son personas jurídicas de derecho público, con autonomía politica, económica y administrativa en asuntos de su competencia (...)”,

Que, el Artículo 23° de la citada Ley, dispone: “E/ Vicepresidente Regional reemplaza al Presidente Regional en casos de licencia concedida por el Consejo Regional, que no puede superar los 45 días naturoles o! año, por ausencia a impedimento temporal, por suspensión o vacancia, con las prerrogotivas y atribuciones propias del cargs Cumple funciones de coordinación y aquellas que expresamente le delegue el Presidente. Percibe la remuneración correspondiente a su cargo, sin derecho a dietos.”;

Que, el Artículo 39° de la Ley antes señalada, establece: “/...) Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional (...)”;

Que, el Artículo 36° del Reglamento Interno del Consejo Regional del Callao, aprobado mediante la Ordenanza Regional N* 001 de fecha 14 de enero de 2008 y, modificada por la Ordenanza Regional N° 002 de fecha 11 de junio de 2019, señala: “Las convocatorias a las sesiones se efectúan con una anticipación no menor de un día hábil (...) No obstante, queda válidamente constituido sin cumplir los requisitos de convocatoria cuando se reunen todos sus miembros y deciden por unanimidad inicior la sesión. {...)”

Que, por tales consideraciones, el Consejo Regional del Callao acordó unánimemente convocar a Sesión Extraordinaria para el día 15 de diciembre de 2025 a las 16:00 horas, a fin de deliberar sobre lo dispuesto en el Artículo 23° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales;

Que, con Oficio N° 000002-2025-GRC/VG de fecha 15 de diciembre de 2025, la señora Edita Gladys Vargas Cerón, Vicegobernadora Regional del Callao, comunica a la Secretaria del Consejo Regional, lo siguiente: “f...) ante la / E) difusión periodística televisiva {...) y otros medios (...) informaron que la Policía Anticorrupción y la Fisccha Especializada en Delitos contra la Corrupción, en horas de la madrugoda del día Lunes 15.12.2025, han estado interviniendo varios inmuebles de funcionarios del Gobierno Regional del Callao, los mismos que estorían con detención preliminar por mandato judicial de Resolución N° 01 de fecha 05.12.2025 emitido por el Juez Edie Woiter Solorzano Huaraz (especialista: Lois Danizza Cuadros Nuñez — Expediente N° 06756-2025-1-0701-JR-PE-11}, entre ellos, el señor Ciro Ronald Castillo Rojo Salas, Gobernador Regional del Callao (ES

RO! ATARIO ALTERNO ¡AL DEL CALLAO echar

16 DIC. 2025

Que, al respecto, los integrantes del Consejo Regional del Callao señalaron que es de conocimiento público la orden de detención preliminar dictada por la autoridad judicial competente contra el señor Ciro Ronald Castillo Rojo Salas, Gobernador Regiorai del Gobierno Regiona! del Caliao. Dicha medida, con una vigencia de quince (15) días, constituye un impedimento tempora! para el ejercicio de sus funciones inherentes al cargo;

Que, sobre es particular, el Consejo Regional señaló que el Artículo 23° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobternos Regionales, prevé 'a figura del reemplazo ante el impedimento temporal que afecta actualmente al Gobernador Regional del Callao, En consecuencia, la Vicegobernadora Regional queda facultada para reemplazar en el cargo, con la totalidad de las competencias y facultades inherentes al despacho de la Gobernación, garantizando así la marcha administrativa del pliego;

Que, en ese sentido, el Conseio Regional de: Gobierno Regional del Caltao, en uso de las atribuciones establecidas er la Ley N 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, en virtud de los considerandos establecidos preceaentemente, estima pertinente aprobar por unanimidad:

SE ACUERDA:

  1. DISPONER que ia señora Edita Gladys Vargas Cerón, Vicegobernadora Regional del Callao dé cumplimiento a lo

establecido en el Artículo 23° de ‘a .ey N° 27867, Ley Orgárica de Gobiernos Regionales, a efectos de garantizar la continuidad de ¡a gestión regiona

  1. ENCARGAR a a Oficina de Trámite Documentario y Archivo, remitir el presente Acuerdo de Consejo Regional, a los miembros del Consejo Regional del Callao, a la señora Edita Gladys Vargas Cerón, Vicegobernadora Regional del Cailao y, a señor César igor Camacho Canellero, Gerente General Regional del Gobierno Regional del Callao, con la finalidad de que tomen conocimiento del mismo

  2. DISPENSAR e presente Acuerco de Consejo Regional dei trámite de lectura y aprobación del Acta.

POR TANTO:

MANDO SE REGISTRE Y CUMPLA.

auckbpeabunpueasenccascerasgaet

AUDIO FERNANDEZ ZAPATA sR. ce ero ELEGADO

ES COPIA FIEL.

L ORIGINAL

OQUE ALMERCO TARIO AL REGIONAL DE]


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regioncallao/normas-legales/7510645-148-2025 PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9156119/7510645-acuerdo-del-consejo-regional-n-148-2025.pdf