Acuerdo de Consejo Regional N.° 147-2024
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Gobierno Regional del Callao
Acuerdo de Consejo Regional N° 147
Callao, 26 de Noviembre de 2024
El Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao, en Sesión Ordinaria celebrada el 26 de noviembre de 2024, con el voto unánime de los/as Consejeros/as Regionales y en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 27867,
Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias; y, el Reglamento Interno del Consejo Regional del Callao.
VISTO:
El Oficio N° 000135 - 2024 — GRC / CR — LCJE de fecha 18 de noviembre de 2024, presentado por la Lic. Luz Carmela Julca Estrada, Consejera Regional del Gobierno Regional del Callao;
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 191° de la Constitución Política del Perú, establece: “Los gobiernos regionales tienen autonomia política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. (...) La estructura orgánica bésica de estos gobiernos la conforman el Consejo Regional, como órgano normativo y fiscalizador, (...)”;
Que, en concordancia a ello, cabe señalar que, el Artículo 2° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, señala: “Los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, Son personas Jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia,
(.J%;
Que, el Artículo 13° de la acotada norma, respecto al Consejo Regional, establece: “Es el órgano normativo y fiscalizador del gobierno regional. Le corresponden las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas. {...)”;
y Es Que, el Artículo 39° de la Ley antes mencionada, señala: “Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión
c de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o
declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional (...) Los Acuerdos Regionales serán aprobados por mayoría simple de sus miembros. f...J”;
Que, con Oficio Múltiple Nro. 011 — 2024 — GRA / CRA — PCR de fecha 17 de octubre de 2024, el Sr, Héctor Alberto Cárdenas Castro, Presidente del Consejo Regional del Gobierno Regional de Ayacucho, comunica al Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao, lo siguiente: “(...) pongo a vuestro conocimiento que se viene organizando el IV CONGRESO ORDINARIO DE CONSEJEROS REGIONALES DEL PERU, a realizarse en la Región Ayacucho, (...] este Congreso tiene como objetivo principal generar espacios de diálogo, intercambio de experiencias y conocimientos. (...) En ese contexto, se hace extensiva la INVITACIÓN a su persona para participar de este importante evento, el cual se desarrollará los días miércoles 04 y jueves 05 de diciembre del 2024 en el Cine Teatro Municipal de Huamanga, ubicado en la Plaza Mayor de Ayacucho (... y;
Que, mediante el Acuerdo de Consejo Regional N° 142 de fecha 13 de noviembre de 2024, el Pleno del Consejo Regional, acordó entre otros: “1. CONCEDER la Licencia a la señora Rosa Maria Mercedes Raquel Pacheco Miñán y, a la señora Luz Carmela Julca Estrada, Consejeras Regionales del Gobierno Regional del Callao, a fin de que viajen al departamento de Ayacucho, por el periodo comprendido del 3 al 6 de diciembre de 2024, con la finalidad de que participen en el IV Congreso Ordinario de Consejeros Regionales del Perú, a razón de la invitación efectuada por el señor Héctor Alberto Cardenas Castro, Presidente del Consejo Regional del Gobierno Regional de Ayacucho, evento a desarrollarse los días 4 y 5 de diciembre de 2024, previo otorgamiento de los recursos presupuestales. (...)”;
Que, a través del Oficio N° 000135 — 2024 —GRC / CR-— LCJE de fecha 18 de noviembre de 2024, la Lic. Luz Carmela Julca Estrada, Consejera Regional del Gobierno Regional del Callao, informa que por motivos personales, en su
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condición de Consejera Regional, no podrá asistir al IVY CONGRESO ORDINARIO DE CONSEJEROS REGIONALES DEL PERÚ, a llevarse a cabo el 04 y 05 de diciembre de 2024, en la ciudad de Ayacucho, por lo que, presenta su desistimiento solicitado mediante el Oficio N° 000121 - 2024 - GRC / CR — LCJE de fecha 08 de noviembre de 2024 y aprobado mediante el Acuerdo de Consejo Regional N* 142 de fecha 13 de noviembre de 2024;
Que, en la Sesión Ordinaria de la fecha, se sometió a consideración del Pleno del Consejo Regional, la aprobación de la solicitud efectuada por la Lic. Luz Carmela Julca Estrada, en su calidad de Consejera Regional del Gobierno Regional del Callao, a través del Oficio N° 000135 — 2024 — GRC / CR — LCJE de fecha 18 de noviembre de 2024;
Que, en ese sentido, el Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao, en uso de las atribuciones establecidas en el Artículo 15° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, en virtud de los considerandos establecidos precedentemente, estima pertinente aprobar por unanimidad:
SE ACUERDA:
DEJAR SIN EFECTO la licencia otorgada a la Lic. Luz Carmela Julca Estrada, en su calidad de Consejera Regional del Gobierno Regional del Callao, mediante el Acuerdo de Consejo Regional N° 142 de fecha 13 de noviembre de 2024, por el periodo comprendido desde el día martes 03 hasta el día viernes 06 de diciembre de 2024, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa,
ENCARGAR a la Gerencia General Regional el seguimiento, supervisión y control del presente Acuerdo de Consejo Regional, conforme a lo dispuesto por el Artículo 25° y siguientes de la Ley N° 27867 — Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias.
DISPENSAR el presente Acuerdo de Consejo Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta.
POR TANTO
MANDO SE REGISTRE Y CUMPLA
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Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regioncallao/normas-legales/6322456-147-2024 PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/7419503/6322456-acuerdo-del-consejo-regional-n-147-2024.pdf