Acuerdo de Consejo Regional N.° 113-2025
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Gobierno Regional del Callao
Acuerdo de Consejo Regional N2 113 Callao, 1 de Diciembre de 2025
El Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao, en Sesión Extraordinaria celebrada el 1 de diciembre de 2025, con el voto unánime de los/as Consejeros/as Regionales y en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias; y, el Reglamento Interno de! Consejo Regional del Callao.
VISTO:
El Memorando N° 001662-2025-GRC/GGR de fecha 28 de noviembre de 2025, emitido por el Gerente General Regional del Gobierno Regional del Callao;
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 191° de la Constitución Política del Perú, establece: “Los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. (...) La estructura orgánica básica de estos goblernos la conforman el Conseja Regional, como órgano normativo y fiscalizador (...)”;
Que, el Artículo 2° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala: “Los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular. Son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en osuntos de su competencia (...)”;
Que, el Artículo 13° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, respecto al Consejo Regional, establece: “Es el órgano normativo y fiscalizador del gobierno regional. Le corresponden las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas. A
Que, el Artículo 39° de la Ley N? 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala: “(..) Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional (...)”;
Que, el Artículo 49° de la norma legal antes señalada, dispone que, son funciones específicas de los Gobiernos Regionales, en materia de salud: “(...) c) Coordinar las acciones de salud integral en el ámbito regional. (...) e) Pramover y ejecutar en forma prioritaria las actividades de promoción y prevención de la salud. {..) h) Supervisar y fiscalizar los servicios de salud públicos (...)”;
Que, el literal a) del Artículo 5* del Reglamento Interno del Consejo Regional del Callao, aprobado mediante la Ordenanza Regional N° 001 de fecha 14 de enero de 2008, modificada por la Ordenanza Regional N° 002 de fecha 11 de junio de 2019, establece que, es atribución del Consejero Delegado: “Convocar y presidir las sesiones del Consejo Regional. (...)”;
Que, el Artículo 68” del referido Reglamento Interno, respecto a las atribuciones del Consejero Delegado durante la sesión, dispone: “El Consejero Delegado puede determinar lo siguiente: (...) b) Que se suspenda la sesión antes que se agote ia agenda, la cual continuará el día y hora que el Consejero Delegado determine.”;
Que, el señor Claudio Fernández Zapata, Consejero Delegado del Consejo Regional del Callao, mediante el Oficio N° 000090-2025-GRC/CD-CFZ de fecha 26 de noviembre de 2025, solicitó a la Secretaría del Consejo Regional, convocar a la Décimo Sexta Sesión Extraordinaria del Consejo Regional del Callao para el día 1 de diciembre de 2025, cuyo único punto de agenda fue: “Pedido de información detallada y debidamente sustentada, en materia de salud, formulada por los señores/as Consejeros/as Regionales del Consejo Regional del Callao, al Gerente General Regional, Gerente Regional de Infraestructura, Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional del Callao, así como a los DEL ORIGINAL
ONAL DEL CALLAO
Directores de la Dirección Regional de Salud del Callao, Hospital San José, Hospital Nacional Daniel Alcides Carrión, Hospital de Ventanilla y Hospital de Rehabilitación del Callao (...)”;
Que, la Secretaria del Consejo Regional, a través del Memorando N° 001774-2025-GRC/SCR de fecha 27 de noviembre de 2025, comunicó al señor César igor Camacho Caballero, Gerente General Regional, la convocatoria a la Sesión Extraordinaria antes mencionada. En virtud de ello, se le citó para que brinde la información correspondiente en materia de salud durante el desarrollo de dicha sesión;
Que, mediante el Memorando Múltiple N° 000030-2025-GRC/SCR de fecha 27 de noviembre de 2025, la Secretaría del Consejo Regional comunicó la convocatoria a la Sesión Extraordinaria al señor Kenggy Nicolle Yepes Aponte, Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y, al señor Manuel Leopoldo Casabona Albarracin, Gerente Regional de Infraestructura; asimismo, se les citó para que proporcionaran la información respectiva en materia de salud;
Que, a través del Memorando N° 001662-2025-GRC/GGR de fecha 28 de noviembre de 2025, el señor César igor Camacho Caballero, Gerente General Regional comunicó a la Secretaría del Consejo Regional su imposibilidad de asistir a la Sesión Extraordinaria programada para el día 1 de diciembre de 2025, alegando motivos de agenda;
Que, en el transcurso de la indicada Sesión Extraordinaria, se verificó la ausencia del señor Kenggy Nicolle Yepes Aponte, Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y, el señor Manuel Leopoldo Casabona Albarracin, Gerente Regional de Infraestructura, pese a estar debidamente informados del desarrollo de la misma;
Que, ante dicha situación, el señor Claudio Fernández Zapata, Consejero Delegado del Consejo Regional del Callao, manifestó a los funcionarios que asistieron a la Sesión Extraordinaria, lo siguiente: “(...) señores los hemos hecho pasar, para tomar nota de quienes están presentes, quienes realmente asumen responsabilidades en cuento al llamado a las Sesiones de Consejo; y asimismo, mencionarles de que vamos a suspender esta sesión y, los vamos a convocar a una Sesión Ordinaria (...) se esta suspendiendo la sesión, porque los actores principales que son el Gerente General Regional del Gobierno Regional del Callao debería estar acá, el Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial debería estar acá, el Gerente Regional de Infraestructura debería estar acá; a pesar de que con el Gerente General Regional se coordinó para que asista y participe de la presente Sesión Extraordinaria; sin embargo no está (...) así que los citaremos para la próxima Sesión Ordinaria (...)”;
Que, posteriormente, los integrantes del Pleno del Consejo Regional, mostraron su conformidad con la decisión adoptada por el Consejero Delegado y, tras el debate correspondiente, se procedió a votar la decisión de exhortar a los funcionarios que no asistieron a participar de la próxima Sesión Ordinaria que se convoque, bajo responsabilidad;
Que, en ese sentido, el Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao, en uso de las atribuciones establecidas en la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, en virtud de los considerandos establecidos precedentemente, estima pertinente aprobar por unanimidad:
SE ACUERDA:
- EXPRESAR la extrañeza ante la no concurrencia y participación en la Sesión Extraordinaria de fecha 1 de diciembre de 2025, pese a la notificación previa, de los siguientes funcionarlos del Gobierno Regional del Callao:
e Sr. César igor Camacho Caballero, Gerente General Regional;
- Sr. Kenggy Nicolle Yepes Aponte, Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial;
- Sr. Manuel Leopoido Casabona Albarracin, Gerente Regional de Infraestructura,
ES COPIA Fig DEL ORIGINAL
¡TARIO ALTERNO REGIONAL DEL CALLAC
“FDIC DB
EXHORTAR a los funcionarios indicados en el numeral que antecede, a asistir y participar de la próxima Sesión de Consejo que se les convoque, con la finalidad de que brinden información específica y detallada, en materia de salud, bajo responsabilidad funcional.
ENCARGAR a la Oficina de Trámite Documentario y Archivo, remitir el presente Acuerdo de Consejo Regional, a los señores/as Consejeros/as Regionales del Consejo Regional del Callao y, a los funcionarios detallados previamente, con la finalidad de que tomen conocimiento del mismo.
DISPENSAR el presente Acuerdo de Consejo Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta.
POR TANTO:
MANDO SE REGISTRE Y CUMPLA.
2 4 DIC, 2025
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Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regioncallao/normas-legales/7585463-113-2025 PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9243549/7585463-acuerdo-del-consejo-regional-n-113-2025.pdf