Acuerdo de Consejo Regional N.° 097-2025
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[A TARIO ALTERNO REGIONAL DEL CALLAO
Reg... PZ... ENE: Hd Acuerdo de Consejo Regional N° 097
Callao, 15 de Octubre de 2025
El Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao, en Sesión Ordinaria celebrada el 15 de octubre de 2025, con el voto unánime de los/as Consejeros/as Regionales y en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 27867 — Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias; y, el Reglamento Interno del Consejo Regional del Callao,
VISTO:
El Memorando N° 001208-2025-GRC/GGR de fecha 26 de agosto de 2025, emitido por el Gerente General Regional del Gobierno Regional del Callao;
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 191* de la Constitución Política del Perú, establece: “Los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. (...) La estructura orgónica básica de estos
gobiernos la conforman el Consejo Regional, como órgano normativo y fiscalizador, (...)”;
Que, el Artículo 2° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y, sus modificatorias, señala: “Los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular. Son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia (...)”;
Que, el Artículo 13° de la acotada norma, respecto al Consejo Regional, establece: “Es el órgano normativo y fiscalizador del gobierno regional. Le corresponden las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegados. (...)”;
Que, el Artículo 39° de la Ley antes citada, dispone: *(...) Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declaran su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. (...) Los Acuerdos Regionales serán aprobados por mayoría simple de sus miembros. (...)”;
Que, en la Sesión Ordinaria celebrada el 8 de agosto de 2025, la señora Johanna Shirley Gutiérrez Alvarado, Consejera Regional del Callao, puso en conocimiento del Pleno la presunta pérdida de doce (12) Unidades Centrales de Procesamiento (CPU), bienes patrimoniales adscritos a la Gerencia Regional! de Desarrollo Social y a la Oficina de Logística; formulando, en virtud de ello, el siguiente pedido: "Solicitar al Gerente General Regional informe sobre la pérdida y/o sustracción de los CPU de la Gerencia Regional de Desarrollo Social y de la Oficina de Logística de esta entidad regional, debiendo incluir información sobre las acciones administrativas efectuadas sobre ello”.
Que, mediante el Memorando N° 001208-2025-GRC/GGR de fecha 26 de agosto de 2025, la Gerencia General Regional remitió al Consejo Regional el Informe N° 000686-2025-GRC/OGP, elaborado por la Oficina de Gestión Patrimonial. Dicho documento contiene la respuesta técnica y el estado situacional respecto a la presunta pérdida de las Unidades Centrales de Procesamiento (CPU) informada por la consejera regional Johanna Shirley Gutiérrez Alvarado;
Que, a través de dicho Informe, la Oficina de Gestión Patrimonial precisa que, Únicamente se hallaron expedientes vinculados a la pérdida de bienes en la Gerencia Regional de Desarrollo Social, conforme al siguiente detalle:
- Expedientes N° 2025-0000426 y N° 2025-0022951: Referentes a una (1) Unidad Central de Proceso (CPU) marca HP, con código patrimonial N° 48141 y denuncia policial N° 32367530 (12/05/2025).
- Expediente N° 2025-0000808: Correspondiente a una (1) Unidad Central de Proceso (CPU) marca LENOVO, con código patrimonial N* 49329 y denuncia policial N* 32951552 (30/07/2025).
Que, la citada Oficina señala, además, que ambos bienes han sido propuestos para la baja patrimonial bajo la causal de sustracción. Por otro lado, informa que la Oficina de Logística no registra antecedentes ni expedientes relacionados con la pérdida o sustracción de bienes bajo su cargo;
Que, en ese sentido, el Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao, en uso de las atribuciones establecidas en la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, así como en el Reglamento Interno del Consejo Regional del Callao, aprobado mediante la Ordenanza Regional N° 001, de fecha 14 de enero de 2008, modificado por la Ordenanza Regional N” 002, de fecha 11 de junio de 2019; y, en virtud de los considerandos expuestos precedentemente, por unanimidad:
SE ACUERDA:
DAR POR RECIBIDA, la información remitida por la Gerencia General Regional del Gobierno Regional del Callao, a través del Memorando N° 001208-2025-GRC/GGR de fecha 26 de agosto de 2025, el cual contiene el Informe N° 000686-2025-GRC/OGP de fecha 25 agosto 2025, de la Oficina de Gestión Patrimonial, respecto a la pérdida de equipos CPU en la Gerencia Regional de Desarrollo Social y en la Oficina de Logística; información que fuera solicitada por la señora Johana Shirley Gutiérrez Alvarado, Consejera Regional del Callao, en la Sesión Ordinaria del Consejo Regional del Callao de fecha 8 de agosto de 2025.
ENCARGAR, a la Oficina de Tramite Documentario y Archivo, notificar el presente Acuerdo de Consejo Regional a la señora Johanna Shirley Gutiérrez Alvarado, Consejera Regional del Callao.
DISPENSAR el presente Acuerdo de Consejo Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta. POR TANTO
MANDO SE REGISTRE Y CUMPLA
GOBIERNO KE!
esvuensas A
*""SR CLAUDIO FERNANDEZ ZAPATA CONSEJERO DELEGADO
YESSENIMJERIKA MIRANDA
y RIEG FEDATARIO ALTERNO ESA GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO
Reg.:.. Pd TN Fecha3-0-ENE-2096
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regioncallao/normas-legales/7731238-097-2025 PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9438628/7731238-acuerdo-del-consejo-regional-n-097-2025.pdf