Acuerdo de Consejo Regional N.° 089-2025
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Gobierno Regional del Callao
Acuerdo de Consejo Regional N° 089
Callao, 06 de Octubre de 2025
El Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao, en Sesión Extraordinaria celebrada el 06 de Octubre de 2025, con el voto unánime de los/as Consejeros/as Regionales y en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias; y, el Reglamento Interno del Consejo Regional del Callao.
VISTO:
El Oficio N° 000094-2025-GRC/CR-SMS de fecha 03 de octubre de 2025, presentado por el señor Salvatore Salpietro Macchiavello, Consejero Regional del Gobierno Regional del Callao;
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 191° de la Constitución Política del Perú, establece: “Los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. (...) La estructura orgánica básica de estos gobiernos la conforman el Consejo Regional, como órgano normativo y fiscalizador, (...)”;
Que, el Artículo 2° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y, sus modificatorias, señala: “Los | Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular. Son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia (...)”;
Que, el Artículo 13” de la acotada norma, respecto al Consejo Regional, establece: “Es el órgano normativo y fiscalizador del gobierno regional. Le corresponden las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas. (...)”;
Que, el Artículo 15” de la citada Ley, refiere que son atribuciones del Consejo Regional: “a. Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. (...) k. Fiscalizar la gestión publica del gobierno regional. Para tal efecto, en el presupuesto institucional de apertura (PIA) del gobierno regional, se incorporan los recursos, según clasificador presupuestario, que proporcionen al Consejo Regional la capacidad logística y el apoyo profesional necesarios para el ejercicio de sus actividades de fiscalización. (...)”;
Que, el Artículo 39° de la Ley mencionada precedentemente, señala: “/...) Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declaran su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. (...) Los Acuerdos Regionales serán aprobados por mayoría simple de sus miembros. (...)”;
Que, mediante la Resolución de Contraloría N* 317-2024-CG de fecha 16 de julio de 2024, la Contraloría General de la República, aprueba la Directiva N° 010-2024-CG/PREVI — “Presentación de Balance Semestral de los Consejeros Regionales y Regidores Municipales sobre el uso del monto destinado al fortalecimiento de la función de fiscalización”;
Que, el numeral 2 de la citada Directiva, dispone que su objetivo es: “e Regular la estructura, contenido, plazos, obligaciones, responsabilidades y formalidades del proceso de presentación del Balance Semestral respecto del monto destinado al fortalecimiento de la función fiscalizadora de los consejeros regionales y regidores municipales. e Desarrollar las disposiciones que regulan la verificación en la presentación del Balance Semestral de los consejeros regionales y regidores municipales, estableciendo las etapas, obligaciones, plazos, así como, el contenido y estructura del informe resultante de la verificación.”;
Que, el sub numeral 6.4.3 del numeral 6.4 de la Directiva antes indicada, refiere que es obligación del consejo regional y concejo municipal en el proceso de presentación del Balance Semestral: “f...) e) Aprobar mediante acuerdo de consejo regional o concejo municipal, cada actividad de fiscalización, propuesta de forma individual o en comisión, a través del PTAF. (...)”; ES COPIA Fi ij DEL ORIGINAL
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Que, a través del Acuerdo de Consejo Regional N° 080 de fecha 16 de septiembre de 2025, el Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao, por unanimidad acordó: “APROBAR la Actividad de Fiscalización denominada: “FISCALIZACIÓN DE LA EJECUCIÓN FÍSICA Y FINANCIERA DE LAS ACTIVIDADES OPERATIVAS PROGRAMADAS EN EL PO! 2024, A CARGO DE LA GERENCIA REGIONAL DE DESARROLLO ECONÓMICO, CORRESPONDIENTE AL AÑO FISCAL 2024”, propuesta por el Sr. Salvatore Salpietro Macchiavello, Consejero Regional del Gobierno Regional del Callao a través del Plan de Trabajo de Actividad de Fiscalización — PTAF; (...)”;
Que, mediante el Oficio N° 000094-2025-GRC/CR-SMS de fecha 03 de octubre de 2025, el señor Salvatore Salpietro Macchiavelio, Consejero Regional del Gobierno Regional del Callao, solicita al señor Claudio Fernández Zapata, Consejero Delegado del Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao, para que disponga la rectificación del Acuerdo de Consejo Regional N” 080 y se proceda a incluir el Oficio N* 000091-2025-GRC/CR-SMS de fecha 12 de setiembre de 2025, precisando lo siguiente: “(...) Que, de la revisión del Acuerdo de Consejo Regional N° 080, se verifica, que en el considerando nueve, se ha consignado el Oficio N° 000081-2025-GRC/CR-SMS, mediante el cual se deriva a la Secretaria del Consejo del Gobierno Regional del Callao el Plan de Trabajo de la Actividad de Fiscalización — PTAF y el Anexo N°04 denominado: “Fiscalización de la ejecución física y financiera de las actividades operativas programadas en el PO! 2024, a cargo de la Gerencia Regional de Desarrollo Económico, correspondiente al año fiscal 2024”. Que, por otra parte, se ha comprobado, que se ha omitido la inclusión del Oficio N° 000091-2025-GRC/CRSMS de fecha 12 de setiembre 2025, dirigido al Consejero Delegado, mediante el cual se hace de conocimiento, que se incurrió en error material al momento de consignar los datos numéricos en el Plan de Trabajo de la Actividad de Fiscalización — PTAF y el Anexo N° 04 (...)”;
Que, con Oficio N° 000091-2025-GRC/CR-SMS de fecha 12 de septiembre de 2025, el señor Salvatore Salpietro Macchiavello, Consejero Regional del Gobierno Regional del Callao, advierte que el Plan de Trabajo de la Actividad de Fiscalización — PTAF y su Anexo N° 04 contienen errores materiales al momento de consignar datos numéricos, por lo que solicita su modificación en atención a lo previsto en el artículo 212° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, que establece que los errores materiales en los actos administrativos pueden ser rectificados de oficio y con efecto retroactivo en cualquier momento siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión;
Que, con relación a la solicitud antes indicada; es de tener presente, como un marco referencial, lo previsto en el numeral 6.3 de la Guía para el Planeamiento Institucional, respecto a las modificaciones del POI, el cual establece que el PO! Anual en ejecución se modifica, además, cuando se presentan las siguientes circunstancias: “a) Cambios en la programación de mestas físicas de las actividades (...)”;
Que, en la Sesión Extraordinaria de fecha 06 de octubre de 2025, se sometió a consideración del Pleno del Consejo Regional, la aprobación de la solicitud efectuada por el señor Salvatore Salpietro Macchiavello a través del Oficio N° 000094-2025-GRC/CR-SMS de fecha 03 de octubre de 2025;
Que, en ese sentido, el Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao, en uso de las atribuciones establecidas en el Artículo 15° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, en virtud de los considerandos establecidos precedentemente, por unanimidad:
SE ACUERDA;
APROBAR la solicitud efectuada por el señor Salvatore Salpietro Macchiavello, Consejero Regional del Gobierno Regional de! Callao, a través del Oficio N° 000094-2025-GRC/CR-SMS de fecha 03 de octubre de 2025, rectificando el Acuerdo de Consejo Regional N° 080 de fecha 16 de septiembre de 2025 a fin de incluir el Oficio N° 000091- 2025-RC/CR-SMS de fecha 12 de septiembre de 2025; en consecuencia, MODIFÍQUESE la Actividad de Fiscalización denominada: “FISCALIZACIÓN DE LA EJECUCIÓN FÍSICA Y FINANCIERA DE LAS ACTIVIDADES OPERATIVAS PROGRAMADAS EN EL PO! 2024, A CARGO DE LA GERENCIA REGIONAL DE DESARROLLO ECONÓMICO, CORRESPONDIENTE AL AÑO FISCAL 2024”, aprobado a través del Acuerdo de Consejo Regional N° 080 de fecha 16 de septiembre de 2025, respecto al Requerimiento de Servicios, variándose el Plan de Trabajo de la Actividad de Fiscalización — PTAF y su Anexo N° 04, de acuerdo al Anexo N° 01, que forma parte integrante del presente Acuerdo de Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao.
RATIFICAR, en todos sus demás extremos el Acuerdo de Consejo Regional N° 080 de fecha 16 de septiembre de 2025 que aprobó la Actividad de Fiscalización denominada: “FISCALIZACIÓN DE LA EJECUCIÓN FÍSICA Y FINANCIERA DE LAS ACTIVIDADES OPERATIVAS PROGRAMADAS EN EL PO! 2024, A CARGO DE LA GERENCIA REGIONAL DE DESARROLLO ECONÓMICO, CORRESPONDIENTE AL AÑO FISCAL 2024”.
ENCARGAR a la Secretaría del Consejo Regional, notificar el presente Acuerdo de Consejo Regional, al Sr. Salvatore Salpietro Macchiavello, Consejero Regional del Consejo Regional del Callao y, al Encargado del Registro de Información, para su conocimiento y acciones correspondientes.
ENCARGAR a la Gerencia General Regional el seguimiento, supervisión y control del presente Acuerdo de Consejo Regional, conforme a lo dispuesto por el Artículo 25” y siguientes de la Ley N° 27867 — Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias.
DISPENSAR el presente Acuerdo de Consejo Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta.
POR TANTO:
MANDO SE REGISTRE Y CUMPLA
CONSEJERO DELEGADO
ES COPIA H
AE DEL ORIGINAL
IEALMERCO
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regioncallao/normas-legales/7295548-089-2025 PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/8839474/7295548-acuerdo-del-consejo-regional-n-089-2025.pdf