Acuerdo de Consejo Regional N.° 075-2025
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Gobierno Regional del Callao
Acuerdo de Consejo Regional N* 075
Callao, 16 de Septiembre de 2025 El Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao, en Sesión Ordinaria celebrada el 16 de septiembre de 2025, con el voto unánime de los/as Consejeros/as Regionales y en uso de las facultades conferidas por fa Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias; y, el Reglamento Interno del Consejo Regional del Callao, VISTO:
El Dictamen N° 009-2025-GRC/CAR de fecha 22 de julio de 2025, de la Co Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao;
¡ón de Administración Regional del
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 191° de la Constitución Política del Perú, establece: “Los gobiernos regionales tienen autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. (...) La estructura orgánica básico de estos gobiernos la conforman el Consejo Regional, como órgano normativo y fiscalizador, (...)”:
Que, el Artículo 2° de la Ley N* 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y, sus modificatorias, señala: "Los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular. Son personas jurídicas de derecho público, con autonomía politica, económico y administrativa en asuntos de su competencia (...)";
Que, el Artículo 13° de la acotada norma, respecto al Consejo Regional, establece: “Es el órgano normativo y fiscalizador del gobierno regional. Le corresponden las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley Y
ME y aquellas que le sean delegadas. Que, el inciso i) del Artículo 15* de la citada Ley, refiere que es atribución del Consejo Regional: “Autorizar la transferencia de los bienes muebles e inmuebles de propiedad del Gobierno Regional.”;
Que, el Artículo 39* de la Ley antes mencionada, señala: “Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declaran su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional (...) Los Acuerdos Regionales serán aprobados por mayoría simple de sus miembros. (...)”;
Que, el Artículo 20° del Decreto Legislativo N° 1439, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Abastecimiento, dispone: “La Administración de Bienes, como parte del Proceso de Gestión de Recursos Públicos de la Administración Financiera del Sector Público, comprende los siguientes actividades: 1. Almacenamiento de Bienes Muebles. 2. Distribución. 3. Mantenimiento. 4. Disposición final.”;
Que, el numeral 22.3 del Artículo 22” del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1439, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Abastecimiento, aprobado mediante el Decreto Supremo N* 217-2019-EF, respecto a la disposición final de bienes muebles, señala: “Los actos de disposición de bienes muebles implican el traslado de propiedad a titulo gratuito u oneroso, con la consecuente salida del patrimonio de los Entidades, mediante la donación, transferencia otras modalidades establecidas mediante Directiva de la DGA. Los actos de disposición de bienes muebles requieren que previamente se haya realizado la baja de los mismos.”;
Que, la Dirección General de Abastecimiento del Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Resolución Directoral N° 008-2020-EF-54.01, aprueba la Directiva N° 001-2020-EF-54.01 denominada "Procedimientos para la Gestión de Bienes Muebles Estatales calificados como Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos — RAEE”, modificada por la Resolución Directoral N* 0008-2021-EF-54.01;
Que, mediante la Resolución Directoral N° 0015-2021-EF/54.01 de fecha 23 de diciembre de 2021, la Dirección General de Abastecimiento del Ministerio de Economía y Finanzas aprobó la Directiva N° 0006-2021-£F/54.01 denominada "Directiva para la gestión de bienes muebles patrimoniales en el marco del Sistema Nacional de
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Abastecimiento”, modificada a través de la Resolución Directoral N° 0006-2022-EF/54.01 y la Resolución N° 0016-2023-EF/54.01;
Que, el Artículo 1° de la citada Directiva, respecto a su Objeto, establece que: “La Directiva tiene por objeto regular lo gestión de los bienes muebles que formen parte o sean susceptibles de incorporación al patrimonio de las entidades del Sector Público que se encuentran bajo el ámbito del Sistema Nacional de Abastecimiento.”
Que, el Artículo 61* de la Directiva antes mencionada, refiere: “Son tipos de actos de disposición de bienes muebles patrimoniales: (...) b) Donación. (...)”;
Que, asimismo el Artículo 64° de dicha Directiva, dispone: “La donación es el otorgamiento voluntario y a título gratuito de la propiedad de un bien mueble patrimonio! a favor de una persona jurídica sin fines de lucro o instituciones religiosas.”;
Que el Artículo 65° de la citada Directiva, respecto al trámite de la donación, establece: “65.2 La solicitud de donación es suscrita por el donatario y se dirige a la Entidad u Organización de la Entidad propietaria de los bienes muebles "patrimoniales. (...) 65.3 La OCP emite el Informe Técnico evaluando la procedencia o no de la donación, y remite la documentación a la OGA para que emita la resolución que aprueba la donación, en los casos que corresponda. (..)”;
Que, la Segunda Disposición Complementaria Final de la Directiva N° 0006-2021-EF/54.01, "Directiva para la gestión de bienes muebles patrimoniales en el marco el Sistema Nacional de Abastecimiento”, sobre Legislación especial para aprobación de actos y procedimientos de la gestión de bienes muebles patrimoniales, establece que: “Los Entidades que se encuentren bajo el ámbito de aplicación de la Directiva y que por normo con rango de ley cuenten con disposiciones especificas pora la aprobación de actos y procedimientos de la gestión sus bienes muebles patrimoniales, oplican dichas disposiciones y lo previsto en la Directiva en lo que juere pertinente.”
Que, en concordancia a ello, se debe mencionar que, a través de la Resolución Gerencial General Regional N* 397- 2022-Gobierno Regional del Cailao-GGR de fecha 20 de diciembre de 2022, se aprobó la Directiva General “Procedimiento para donación y aceptación de donación de bienes muebles por el Gobierno Regional del Callao” — Directiva General N° 002-2022-GRC-GGR/OGP;
Que, el acápite 1) de dicha Directiva General, respecto a su finalidad, establece: “Regular el procedimiento de las donaciones de bienes muebles que efectúa el Gobierno Regional del Callao; así como, la aceptación de donaciones de bienes muebles.”
Que, el numeral 6.2 del acápite VI de la mencionada Directiva General, dispone: “6.2.2, A través del informe Técnico del procedimiento de donación o aceptación de donación, el técnico encargado, verificará el cumplimiento de fos requísitos exigidos para los procedimientos (..) además, deberá recomendar la procedencia o no de la donación o aceptación de donación. (..) 6.2.4. El Informe Técnico será elaborado y suscrito por el Técnico responsable del procedimiento, y deberá contar con el visto bueno del Especialista de la Oficina de Gestión Patrimonial en señal de conformidad, el mismo que será elevado a la Jefatura de la Oficina de Gestión Patrimonial, deblendo contar con la conformidad respecto de la procedencia o no (...)”;
Que, el numeral 6.4 del acápite VI de la Directiva General antes indicada, prevé: “6.4.2. La Gerencia de Asesoria Juridica emitirá la opinión legal requerida (...) En el caso que la opinión legal sea favorable, remitirá el expediente a la Gerencia General Regional. 6.4.3. La Gerencia General Regional de considerarlo pertinente, derivará todo lo actuado a la Secretaria del Consejo Regional, para su entrega a la Comisión de Administración del Consejo Regional, para su evaluación y Dictamen correspondiente”;
Que, asimismo, el numeral 6.5 del acápite Vi de la mencionada Directiva General, dispone: “Lo Comisión de Administración del Consejo Regional emitirá el Dictomen correspondiente, y de ser el caso, conjuntamente con fos actuados los elevará al pleno del Consejo Regional pora la emisión del Acuerdo de Consejo, autorizando la donaci o aceptación de donación según corresponda.”
Que, el numeral 6.6 del acápite VI de dicha Directiva General, establece: “6.6.1. El Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao, emitirá conforme a sus atribuciones, el correspondiente Acuerdo de Consejo autorizando o denegondo la donación o aceptación de donación de bienes muebles. 6.6.2. El Acuerdo de Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao que aprueba la donación o aceptación de donación, contendrá la normatividad,
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identificación de los bienes muebles patrimoniales, el valor, identificación del solicitante y, otros aspectos relevantes que se considere necesario.”
Que, asimismo, el numeral 6.7 del acápite VI de la Directiva General señalada precedentemente, establece: “6.7.1. De ser procedente, el Gobernador Regional emitirá y suscribirá la Resolución Ejecutiva Regional que aprueba lo ejecución del Acuerdo de Consejo que autoriza la donación o aceptación de donación de bienes muebles. (...”;
Que, a través del Oficio N° 002062-2024-GRC/DE-HSJ de fecha 13 de diciembre de 2024, el Director Ejecutivo del Hospital San José de la Dirección Regional de Salud del Callao, deriva al Gobierno Regional del Callao el expediente administrativo para la aprobación de disposición final de doscientos veinticuatro (224) bienes muebles — RA£E conteniendo entre otros documentos la Resolución Administrativa N° 000047-2024-GRC/OA de fecha 27 de junio de 2024 mediante la cual se dan de baja a los bienes patrimoniales RAEE y, consecuentemente, solicita se apruebe el acto de disposición final de los bienes en mención;
Que, mediante el Informe N* 051-2025-GRC/GGR-OGP-UC-SGPT de fecha 08 de mayo de 2025, el señor Santos Gilberto Príncipe Trujillo, Trabajador CAS, Especialista de la Unidad de Control Patrimonial de la Oficina de Gestión Patrimonial del Gobierno Regional del Callao, emite pronunciamiento sobre lo solicitado por el Hospital San José y, refiere: “(...] procedente la Donación de 224 bienes muebles calificados como Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos — RAEE, con valor neto S/. 39,163.96 Soles a favor del Sistema de Manejo RAEE “ECO-SISTEMA RAEE S.A.C.” en tal sentido, recomiendo derivar el expediente y todo lo actuado a la Gerencia de Asesoría Juridica para su opinión legal y su posterior remisión a la Secretaría del Consejo Regional para el trámite de autorización de donación de conformidad con el literal i) del artículo 15° que establece como atribución del Consejo Regional: autorizar la transferencia de los bienes muebles e inmuebles de propiedad del Gobierno Regional; (...)*;
Que, con Informe N° 000241-2025-GRC/GGR-OGP-UCP de fecha 28 de mayo de 2025, el Coordinador de la Unidad de Control Patrimonial otorga la conformidad al pronunciamiento emitido por el Especialista de la mencionada Unidad a través del Informe N° 051-2025-GRC/GGR-OGP-UC-SGPT de fecha 08 de mayo de 2025 y, remite los actuados a la Oficina de Gestión Patrimonial a efectos de que se continúe con el trámite administrativo
' correspondiente;
Que, mediante Informe N* 000408-2025-GRC/OGP de fecha 29 de mayo de 2025, la Oficina de Gestión Patrimonial respecto a la aprobación de la donación de bienes muebles calificados como Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos — RAEE, emite opinión y señala: “(..) procedente al acto de Donación de 224 bienes muebles calificados como Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos — RAEE, con valor neto $/. 39,163.96 Soles a favor del Sistema de Manejo RAEE: “ECO-SISTEMA RAEE S.A.C.”. (...) se remite el expediente y todo lo actuado a su despacho para su opinión legal y su posterior remisión a la Secretaría del Consejo Regional para el trámite de autorización de donación de conformidad con el literal i), del artículo 15° que establece como atribución del Consejo Regional: autorizar la transferencia de los bienes muebles e inmuebles de propiedad del Gobierno Regional; (...)”;
Que, con informe N° 000504-2025-GRC/GAJ de fecha 09 de junio de 2025, la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión legal respecto a lo solicitado por la Dirección Ejecutiva del Hospital San José y, concluye: ”/...) estando a los informes técnicos y administrativos emitidos por el Hospital San José — Callao, a los informes emitidos por la Oficina de Gestión Patrimonial del Gobierno Regional del Collao, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 41* del Nuevo Texto Único Ordenado TUO del Reglamento de Organización y Funciones ROF del Gobierno Regional de! Collao, aprobado por Ordenanza Regional N° 000001 de fecha 26 de enero de 2018, lo Gerencia de Asesoría Juridica considera procedente la autorización de la Donación de 224 bienes muebles calificados como Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos — RAEE con un valor contable de S/ 39,163.96 (Treinta y nueve mil ciento sesento y tres con 96/100 soles), que realizo el Hospital San José - Callao a favor del Sistema de Manejo RAEE “ECO-SISTEMA RAEE S.A.C.”, al haber cumplido con la normativa que regula dicho acto; por lo que corresponde elevar el presente informe y sus ontecedentes administrativos ante el Consejo Regiona! del Callao, para su evaluación y autorización de la Donación propuesta, (...)";
Que, mediante el Oficio N* 000087-2025-GRC/CAR-JRSDB de fecha 12 de agosto de 2025, el señor José Remigio Sosa Dulanto Badiola, Presidente de la Comisión de Administración Regional, deriva al Consejero Delegado el Dictamen N° 009-2025-GRC/CAR de fecha 22 de julio de 2025, dictamen aprobado por unanimidad en Sesión Ordinaria de la Comisión de Administración Regional de fecha 22 de julio de 2025; el cual, resuelve: “1. RECOMENDAR al Consejo Regional del Gobierno Regional del Collao, en razón de las consideraciones expuestas, AUTORIZAR mediante Acuerdo de Consejo Regional, la donación o título grotuito de 224 bienes muebles calificados como residuos de aparatos
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eléctricos y electrónicos — RAEE de propiedad del Hospital San José ~ Callao a favor del Sistema de Manejo RAEE “ECO-SISTEMA RAEE S.A.C.”, por un valor contable de S/ 39,163.96 (treinta y nueve mil ciento sesenta y tres con 96/100 soles) cuyas características y valores unitarios se detallan en el Anexo |, relación de bienes calificados como RAEE, del Informe Técnico N° 015-2024-GRC/UCP-HSJ, que forma parte integrante de la Resolución Administrativa N° 000047-2024-GRC/OA. (...)”;
Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao, en uso de las facultades establecidas en la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y modificatorias, en virtud de los considerandos establecidos, por unanimidad:
SE ACUERDA:
APROBAR, el Dictamen N° 009-2025-GRC/CAR de fecha 22 de julio de 2025, de la Cor ¡ón de Administración Regional del Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao; en consecuencia, autoricese la Transferencia en la Modalidad de Donación de Doscientos Veinticuatro (224) Bienes Muebles Patrimoniales calificados como Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos — RAEE, de propiedad del Hospital San José del Callao, valorizados en S/ 39,163.96 (Treinta y Nueve Mil Ciento Sesenta y Tres con 96/100 Soles) a favor del Sistema de Manejo RAEE “ECO-SISTEMA RAEE S.A.C.”, los mismos que se encuentran detallados en el Anexo | — Relación de Bienes Calificados como RAEE del Informe Técnico N° 015-2024-GRC/UCP-HS) de fecha 18 de junio de 2024, emitido por ia Unidad de Control Patrimonial del Hospital San José y la Resolución Administrativa N° 000047-2024-GRC/OA de fecha 27 de junio de 2024 emitida por la Oficina de Administración del Hospital San José de la Dirección Regional de Salud del Callao - DIRESA.
ENCARGAR, a la Gerencia General Regional, a la Oficina de Gestión Patrimonial y, a la Dirección Ejecutiva del Hospital san josé del Callao, el fiel cumplimiento del presente Acuerdo de Consejo Regional.
ENCARGAR, 2 la Gerencia General Regional el seguimiento, supervisión y control del presente Acuerdo de Consejo Regional, conforme a lo dispuesto por el Artículo 25° y siguientes de la Ley N* 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias.
ENCARGAR a la Oficina de Trámite Documentario y Archivo, notificar el presente Acuerdo de Consejo Regional a los Órganos y Unidades Orgánicas correspondientes del Gobierno Regional del Callao, para su conocimiento y fines pertinentes.
DISPENSAR, el presente Acuerdo de Consejo Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta
POR TANTO
MANDO SE REGISTRE Y CUMPLA
ds fos Pi ÍA DEL CALLAO
L DEL ORIGINAL
ARS UA gercO REGIONAL DEL CALLAO
ro 00) 208
GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO DICTAMEN N” 009-2025-GRC/CAR Callao, 22 de julio de 2025 COMISIÓN DE ADMINISTRACION REGIONAL CONSEJO REGIONAL DEL CALLAO VISTOS:
El informe Técnico N° 026-2025-GRC/UCP-HSJ, de fecha 04 de noviembre de 2024, emitido por la Unidad de Control Patrimonial del Hospital San José; el Informe N° 000392-2024- 'GRC/UFAJ, de fecha 20 de noviembre de 2025, emitido por la Unidad Funcional de Asesoría Jurídica del Hospital San José - Callao; el Oficio N° 002062-2024-GRC/DE-HSJ, de fecha 13 de diciembre de 2024, emitido por la Dirección Ejecutiva del Hospital San José — Callao; el Informe N° 000053-2025-GRC/GGR-OGP- UCP de fecha 22 de enero de 2025, emitido por la Unidad de Controf Patrimonial; el informe N* 000072-2025-GRC/OGP, de fecha 28 de enero de 2025, emitido por ta Oficina de Gestion Patrimonial; el Memorando N° 000193-2025- GRC/GAJ de fecha 18 de febrero de 2025, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Oficio N° 000071-2025-GRC/OGP, de fecha 04 de marzo de 2025, emitido por la Oficina de Gestión Patrimonial; el Oficio N° 000641-2025-GRC/DE-HSJ, de fecha 07 de abril de 2025, emitido por la Dirección Ejecutiva del Hospital San José; el Informe N° 000408-2025- GRC/OGP, de fecha 29 de mayo de 2025, emitido por la Oficina de Gestión Patrimonial; y, el Informe N* 000504-2025-GRC/GAJ, de fecha 09 de junio de 2025, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional del Callao.
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 191* de la Constitución Política del Perú, establece: “Los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. (...} La estructura orgánica básica de estos gobiernos la conforman el Consejo Regional, como órgano normativo y fiscalizador (...)";
Que, en concordancia a ello, cabe señalar que, el Artículo 2° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y, sus modificatorias, dispone: “Los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular. Son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia (...)”;
Que, el Artículo 13” de la acotada norma, respecto al Consejo Regional, establece: “Es el órgano normativo y fiscalizador del gobierno regional. Le corresponden las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas. (...)”;
Que, mediante Resolución Directoral N° 008-2020-EF/54.01, se aprueba la Directiva N° 001- 2020-EF/54.01, modificada con Resolución Directoral N° 0008-2021-EF/54.01, que modifica la denominación; “Procedimientos para la Gestión de Bienes Muebles calificados como
Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos RAEE”, en el cual se desarrollan los procedimientos a seguir para la disposición de bienes RAEE y el destino de estos, los cuales podrán ser domados a favor de los Sistemas de Manejo de RAEE.
Que. respecto de la Disposición Final de los Bienes, el Reglamento del Decreto Legistativo N° 1439, aprobado por Decreto Supremo N° 217-2019-EF, establece en el numeral 22.3 del artículo 22°: “Los actos de disposición de bienes muebles implican el traslado de propiedad a título gratuito u oneroso, con fa consecuente salida del patrimonio de las Entidades, mediante la donación, transferencia u otras modalidades establecidas mediante Directiva de la DGA. Los actos de disposición de bienes muebles requieren que previamente se haya realizado la baja de los mismos”.
Que, en concordancia con el inciso a) del sub numeral 7.2.5 del numeral 7.2 de la Directiva N° 001-2020-EF/54.01, denominada “Procedimientos para la Gestión de Bienes Muebles calificados como Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos RAEE”, y su modificatoria aprobada con Resolución Directoral N° 0008-2021-EF/54.01, la solicitud de donación se dirige a la entidad propietaria de los bienes calificados como RAEE incluye la identificación completa del Sistema de Manejo de RAEE, la Copia del Certificado de Vigencia de Poder del representante legal del Sistema de Manejo de RAEE, el número del Documento Nacional de Identidad o del Carnet de extranjería del representante legal, la copia del documento que aprueba el PMRAEE expedido por el MINAM, y la Declaración Jurada, que indica el Operador de RAEE con el que se realizará la valorización, los medios logísticos con los que se realizará la recolección y transporte de los RAEE y el plazo estimado para su recojo,
Que, de acuerdo con el numeral 6.6 de la Directiva General N° 002-2022-GRC-GGR/OGP, Procedimiento para Donación y Aceptación de Donación de Bienes Muebles por el Gobierno Regional del Callao, aprobado por Resolución Gerencial General N° 397-2022 Gobierno Regional del Callao-GGR, “El Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao emitirá conforme a sus atribuciones, el correspondiente Acuerdo de Consejo autorizando o denegando la donación o aceptación de donación de bienes muebles”.
Que, sobre el particular, mediante la Resolución Administrativa N° 000047-2024-GRC/OA de fecha 27 de junio de 2024, se aprueba la baja Patrimonial y Contable de doscientos veinticuatro (224) bienes muebles patrimoniales por la causal de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos - RAEE, las características y valores unitarios se detallan en el Anexo |, Relación de Bienes calificados como RAEE, del Informe Técnico N* 015-2024- GRC/UCP-H ‘SJ, que forma parte integrante de la resolución, la baja Patrimonial y Contable asciende al monto total en libros de S/ 39,163.96 (Treinta y nueve mil ciento sesenta y tres con 96/100 soles), cuyas características y valores se detallan en el Anexo N° 01 de la referida Resolución.
Que, a las publicaciones realizadas, y dentro del plazo establecido para la presentación de solicitudes, las siguientes empresas solicitaron ser los beneficiarios de la Donación a través de los representantes legales: i) ECOSISTEMA RAEE S.A.C., de fecha 09/07/2024, ii) ALMI INTERNATIONAL S.A.C. de fecha 10/07/2024, ili) ENVIRONMENT & TECHNOLOGY PERU S.A.C. de fecha 12/07/2024, iv} ECO RAEE E.1.R.L., de fecha 10/07/2024, v) REVIRESA E.I.R.L, ES COPIA FIEY DEL ORIGINAL
de fecha 09/07/2024, vi) ECO TECNO E.L.R.L, de fecha 10/07/2024, vii) ELECTRO RAEE PERU S.A.C. de fecha 15/07/2024, viii} URBAN MINING S.A.C, de fecha 10/07/2024, ix) JKS DEVELOPMENT COMPANY LIMITED E.LR.L. de fecha 24/07/2024, presentaron sus solicitudes, adjuntando la documentación correspondiente, para ser beneficiarios de la donación a realizar por la Dirección Regional de Salud del Callao — Diresa Callao, respecto de los bienes muebles calificados como Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos — RAEE.
Que, luego de evaluar las nueve (09) solicitudes presentadas, la Unidad de Control Patrimonial del Hospital San José considera Procedente el acto de disposición final en la modalidad de donación de 224 bienes en estado RAEE a favor del Sistema de manejo ECOSISTEMA RAEE S.A.C. quien ha cumplido con todos los requisitos para ser Donatario; por lo que cumple con la normatividad vigente, en aplicación del literal c) del numeral 7.2.6 de la Directiva N° 001-2020-EF/54.01 “Procedimientos para la Gestión de Bienes Muebles Estatales calificados como Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos — RAEE”, aprobada con Resolución Directoral N° 008-2020- EF/54.01 y su modificatoria. Por ende, se determina como GANADOR al Sistema de Manejo RAEE ECO-SISTEMA RAEE S.A.C., de los 224 bienes muebles patrimoniales RAEE, con un valor contable de S/ 39,163.96 (Treinta y nueve mil ciento sesenta y tres con 96/100 soles).
Que, mediante Informe Técnico N° 026-2025-GRC/UCP-HSJ, de fecha 04 de noviembre de 2024, la Unidad de Contro! Patrimonial del Hospital San José — Callao concluye que, la donación de doscientos veinticuatro (224) bienes muebles patrimoniales dados de baja en condición RAEE con Resolución Administrativa N°000047-2024- GRC/OA, detallados en el Apéndice A denominada “FICHA DE DESCRIPCION DE LOS BIENES MUEBLES PATRIMONIALES”, han adquirido la calidad de residuos y por lo tanto no es apto para ser donados a las Instituciones Educativas de extrema pobreza de acuerdo a la Ley N27995 y su modificatoria Ley N° 30909, “Ley que establece los procedimientos para asignar bienes dados de baja por las instituciones públicas, a favor de Centros Educativos de las Regiones de Extrema Pobreza”; precisando que en aplicación a la Directiva N 001-2020-EF/54.01 "PROCEDIMIENTOS PARA LA GESTION DE BIENES MUEBLES ESTATALES CALIFICADOS COMO RESIDUOS DE APARATOS ELÉCTRICOS Y ELECTRÓNICOS - RAEE”, se considera Procedente el acto de disposición final en la modalidad de donación de 224 bienes en estado RAEE a favor del Sistema de manejo ECO-SISTEMA RAEE S.A.C. quien ha cumplido con todos los requisitos para ser Donatario.
Que, con el Informe N° 000392-2024-GRC/UFAJ, de fecha 20 de noviembre de 2025, la Unidad Funcional de Asesoría Jurídica del Hospital San José — Callao declara procedente la Donación de doscientos veinte y cuatro (224) bienes muebles patrimoniales dados de baja por la causal de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos RAEE a favor de la Empresa ECO-SISTEMA RAEE S.A.C.
Que, mediante Oficio N° 002062-2024-GRC/DE-HSI, de fecha 13 de diciembre de 2024, la Dirección Ejecutiva del Hospital San José - Callao, solicita a la Gerencia General Regional del Gobierno Regional del Callao autorizar las acciones correspondientes para la aprobación de la disposición final en la modalidad de donación de 224 bienes muebles patrimoniales del
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Hospital San José - Callao, por la causal de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE) a favor del Sistema de Manejo de RAEE “ECO-SISTEMA RAEE S.A.C.”; Precisando. que la Unidad de Control Patrimonial con Informe Técnico N° 026-2024-GRC/UCP-HSI, sustenta la disposición final en la modalidad de donación de los referidos bienes muebles.
Que. la Unidad de Control Patrimonial, con Informe N* 000053-2025-GRC/GGR-OGP- UCP de fecha 22 de enero de 2025, comunica que mediante Informe N° 165-2024- GRC/GGROGP-UC-SGPT de fecha 18 de diciembre de 2024, el Especialista de la Unidad de Control Patrimonial considera procedente el trámite para la aprobación de la Donación de 224 bienes muebles calificados como Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos - RAEE a favor del Sistema de Manejo RAEE “ECO- SISTEMA RAEE S.A.C.”; y recomienda derivar la Gerencia de Asesoría Jurídica para informe legal.
Que, con Informe N* 000072-2025-GRC/OGP, de fecha 28 de enero de 2025, la Oficina de Gestion Patrimonial remite el expediente con todo lo actuado a la Gerencia de Asesoría Jurídica para opinión legal; señalando: “En tal sentido, con mi opinión de procedente al acto
de Donación de 224 bienes muebles calificados como Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos — RAEE, (...)”.
Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica con Memorando N° 000193-2025-GRC/GAJ de fecha 18 de febrero de 2025, manifiesta que, “(...) antes de emitir opinión lega! sobre la aprobación de la disposición final en la modalidad de donación de 224 bienes muebles patrimoniales, por la causal de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE) a favor del Sistema de Manejo de RAEE “ECO SISTEMA RAEE S.A.C."; se solicita a su Despacho coordinar con el Hospital San José - Callao, el levantamiento de las observaciones realizadas, a efectos de evitar futuras nulidades en el presente proceso de donación”.
Que, con Informe N° 030-2025-GRC/GGR-OGP-UCP-SGPT de fecha 20 de febrero de 2025, el especialista de la Unidad de Control Patrimonial luego de analizar los actuados recomienda devolver el presente expediente al Hospital San José para que se sirva levantar las observaciones realizadas por la Gerencia de Asesoría Jurídica.
Que, la Unidad de Control Patrimonial en con Informe N° 000084-2025-GRC/GGR-OGP- UCP de fecha 25 de febrero de 2025, recomienda a la Oficina de Gestión Patrimonial devolver la presente y todo lo actuado al Hospital San José a fin subsanar las observaciones respecto a la solicitud de disposición final de 224 bienes muebles calificados como Residuos de Aparatos Eléctricos Electrónicos - RAEE que ofrece el Hospital San José a favor del Sistema de Manejo RAEE: “ECO - SISTEMA RAEE S.A.C.
Que, con Oficio N° 000071-2025-GRC/OGP, de fecha 04 de marzo de 2025, la Oficina de Gestión Patrimonial devuelve el expediente y todo lo actuado al Hospital San José - Callao, para que se sirva subsanar la observación formulada por Gerencia de Asesoría Jurídica con Memorando N° 000193-2025-GRC/GAJ de fecha 18 de febrero de 2025.
Que, el Hospital San José - Callao, con Oficio N* 000641-2025-GRC/DE-HSI, de fecha 07 de abril de 2025, señala que, ha cumplido con la subsanación de la observación, a través del
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Informe Profesional N° 000003-2025-GRC/UCP-IPS, de fecha 04 de abril de 2025, emitido por la Unidad Control Patrimonial, y solicita; “(...) autorizar la continuación de la aprobación de DONACIÓN de 224 bienes muebles por causal de RAEE en conformidad a lo establecido en la Directiva N° 001- 2020-EF/54.01 “Procedimientos para la Gestión de Bienes Muebles Estatales calificados como Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos - RAEE” y su modificatoria y en concordancia en lo dispuesto en la Directiva General N° 002-2022- GRCGGR/OGP “Procedimiento para donación y aceptación de donación de bienes muebles por el Gobierno Regional del Callao”.
Que, la Unidad de Control Patrimonial con Informe N° 000241-2025-GRC/GGR-OGP- UCP de fecha 28 de mayo de 2025, manifiesta que, con Informe N° 051 -2025- GRC/GGR-OGP-UCPSGPT, el profesional técnico de la Unidad, considera procedente el acto de Donación de 224 bienes muebles calificados como Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos ~ RAEE, con valor neto S/. 39,163.96 Soles a favor del Sistema de Manejo RAEE: “ECO-SISTEMA RAEE S.A.C. y recomienda derivar el expediente y todo lo actuado a la Gerencia de Asesoría Jurídica para su opinión legal y su posterior remisión a la Secretaría del Consejo Regional para el trámite de autorización de donación.
Que, con Informe N° 000408-2025-GRC/OGP, de fecha 29 de mayo de 2025, la Oficina de Gestion Patrimonial, pone de conocimiento de la Gerencia Asesoría Jurídica que, el Director Ejecutivo del Hospital San José se realiza la subsanación de las observaciones detalladas en el Oficio N° 000071-2025-GRC/OGP de fecha 04 de marzo de 2025, es así que, con Informe N* 051-2025-GRC/GGR-OGP-UCP-SGPT e Informe N° 000241-2025-GRC/GGROGP-UCP la Unidad de Control Patrimonial considera procedente el acto de Donación de 224 bienes muebles calificados como Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos - RAEE, con valor neto S/. 39,163.96 Soles a favor del Sistema de Manejo RAEE: “ECO-SISTEMA RAEE S.A.C. Concluyendo: “(...) informo mi opinión de procedente el acto de Donación de 224 bienes muebles calificados como Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos — RAEE, con valor neto S/. 39,163.96 Soles a favor del Sistema de Manejo RAEE: “ECO-SISTEMA RAEE S.A.C. (...)”. Remitiendo el expediente y todo lo actuado para opinión legal y su posterior remisión a la Secretaría del Consejo Regional para el trámite de autorización de donación de conformidad con el literal i) del artículo 15% que establece como atribución del Consejo Regional; autorizar la transferencia de los bienes muebles e inmuebles de propiedad del Gobierno Regional; y su ejecución mediante lá Resolución Ejecutiva Regional de conformidad con el literal 0) del artículo 21° de la Ley N° 27867” de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.
Que, con Informe N2 000504-2025-GRC/GAJ, de fecha 09 de junio de 2025, la Gerencia de Asesoría Jurídica, concluye que considera procedente la autorización de la Donación de 224 bienes muebles calificados como Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos — RAEE con un valor contable de S/ 39,163.96 (Treinta y nueve mil ciento sesenta y tres con 96/100 soles) que realiza el Hospital San José ~ Callao a favor det Sistema de Manejo RAEE "ECOSISTEMA RAEE S.A.C.”, al haber cumplido con la normativa que regula dicho acto; por lo que corresponde elevar el presente informe y sus antecedentes administrativos ante el Consejo
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Regional del Callao, para su evaluación y autorización de la Donación propuesta, de ser el caso,
Que, estando a las consideraciones expuestas, y a la información contenida en los documentos de la materia y en concordancia con los Principios de Legalidad, de Buena Fe Procedimental, Presunción de Veracidad y Principio de Controles Posteriores, previstos y sancionados en el Articulo IV del Titulo Preliminar del Decreto Supremo N” 004 - 2019 — JUS que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N“ 27444 — Ley del Procedimiento Administrativo General, y en ejercicio de las atribuciones que le confieren la Ley N“ 27867 — Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sus modificatorias y el Reglamento Interno del Consejo Regional;
Que, por las consideraciones expuestas y de conformidad con las atribuciones otorgadas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales — Ley N° 27867, la Comisión de Administración Regional, por UNANIMIDAD.
DICTAMINA:
RECOMENDAR al Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao, en razón de las consideraciones expuestas, AUTORIZAR mediante Acuerdo de Consejo Regional, la donación a título gratuito de 224 bienes muebles calificados como residuos de aparatos eléctricos y electrónicos — RAEE de propiedad del Hospital San José — Callao a favor del Sistema de Manejo RAEE “ECO-SISTEMA RAEE S.A.C., por un valor contable de S/ 39,163.96 (treinta y nueve mil ciento sesenta y tres con 96/100 soles) cuyas características y valores unitarios se detallan en el Anexo |, relación de bienes calíficados como RAEE, del Informe Técnico N° 015-2024-GRC/UCP-HSJ, que forma parte integrante de la Resolución Administrativa N° 000047-2024-GRC/OA.
Dispensar el presente Dictamen del trámite de lectura y aprobación del Acta.
ELA bb PETRO MACCHIAVELLO Sa REBIONAE
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regioncallao/normas-legales/7295342-075-2025 PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/8839181/7295342-acuerdo-del-consejo-regional-n-075-2025.pdf