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068-2025 Regional Agreement Callao In force

Acuerdo de Consejo Regional N.° 068-2025

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RIEGA SOBIERNO/ REGIONAL DEL CALLAO

RED: Gaon Fechaj.--466--207) Acuerdo de Consejo Regional N° 068

Callao, 14 de Agosto de 2025

El Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao, en Sesión Extraordinaria celebrada el 14 de agosto de 2025, con el voto unánime de los/as Consejeros/as Regionales y en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias; y, el Reglamento Interno del Consejo Regional del Callao.

VISTOS:

El Dictamen N° 016-2025-GRC/CAR de fecha 4 de agosto de 2025, emitido por la Comisión de Administración del Consejo Regional del Callao;

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 191° de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el Artículo 2° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, establece que: “Los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. (...) La estructura orgánica básica de estos gobiernos la conforman el Consejo Regional, como órgano normativo y fiscalizador, (...)”;

Que, el Artículo 2° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, señala que: “Los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular. Son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, (...)”;

CONSEJERO DEVEGADO

ue, el literal a. del Artículo 15” de la Ley antes mencionada, refiere que es atribución del Consejo Regional: “Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. ”;

Que, el Artículo 39” de la Ley antes mencionada, señala: “Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional (...) Los Acuerdos Regionales serán aprobados por mayoría simple de sus miembros. (ms

Que, la Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, dispone: (...) Asimismo, en los casos que fuera necesario una modificación en las estimaciones de saldos de balance por la fuente de financiamiento Recursos Determinados, se autoriza a los gobiernos regionales y gobiernos locales, para reducir su presupuesto institucional aprobado. La modificación del presupuesto institucional autorizada en la presente disposición se aprueba mediante resolución del titular de la entidad para el caso de las entidades del Gobierno Nacional, y mediante acuerdo del consejo regional o concejo municipal para el caso de los gobiernos regionales y gobiernos locales, respectivamente. La resolución del titular de la entidad y el acuerdo de consejo regional se publica en el diario oficial El Peruano, y el acuerdo del concejo municipal se publica en la sede digital del gobierno local. Copia de la resolución, acuerdo de consejo regional y acuerdo de concejo municipal, según corresponda, se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo N2 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.”;

Que, mediante el Informe N* 003609-2025-GRC/OPT de fecha 24 de julio de 2025, la Oficina de Presupuesto y Tributación, emite informe técnico respecto a la reducción del Presupuesto Institucional de Apertura del Gobierno Regional del Callao, por estimaciones de Saldo de Balance y, refiere:

“3.5 (...) la Oficina de Contabilidad alcanza la información de saldo de balance del ejercicio 2024 y

comparando con lo previsto en el Acuerdo de Consejo Regional N° 159-2024 de fecha 26 de diciembre del 2024 y la Resolución Ejecutiva Regional N° 009-2025 de fecha 06 enero del 2025 que aprueba el

Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) del Pliego 464: Gobierno Regional de la Provincia Constitucional del Callao correspondiente al Año Fiscal 2025, correspondiente 5: RECURSOS DETERMINADOS, RUBRO 18: RENTA DE ADUANAS, es como sigue:

b opa Es in ingresos Gastos según ence pá Estimación E q a Según EP1 EP1 Oficina de 2024 a O Ss de Exceso de PIA FA fi ned Oficina de Contabilidad a 4; Heat F; Saldo Balance ontabilidad | contabilidad iS 66,000,000 | 4,031,228.67 | 272,571,685.37 | 266,757,562,04 9,845,352.00 -56,154,648.00 66,000,000 4,031,228.67 | 272,571,685.37 | 266,757,562.04 9,845,352.00 -56,154,648.00

Que, asimismo, a través de dicho Informe, la citada Oficina, menciona:

“3.6 (...) considerando que el CU! 2553376: AMPLIACION DE LOS SERVICIOS DE EDUCACIÓN SUPERIOR

TECNOLOGICA DEL ¡ESP SIMON BOLIVAR DISTRITO DE VENTANILLA — PROVINCIA CONSTITUCIONAL DEL

CALLAO ~ DEPARTAMENTO DE CALLAO; presenta saldo que no se van a ejecutar en el presente ejercicio

2025, resulta necesario reducir el presupuesto Institucional aprobado con el Acuerdo de Consejo Regional pm N° 159-2024, de fecha 26 de diciembre de 2024 y Promulgado con Resolución Ejecutiva Regional N° 009- fee $ GN 2025, de fecha 06 de enero de 2025, de las estimaciones de saldos de balance del Pliego 464; Gobierno ¢ Regional de la Provincia Constitucional del Callao correspondiente al Año Fiscal 2025, 5: RECURSOS DETERMINADOS, RUBRO 18: RENTA DE ADUANAS, por el monto total hasta de S/56 154 648,00 (CINCUENTA Y SEIS MILLONES CIENTO CINCUENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y OCHO CON 00/100 SOLES) (...)”;

Que, la Oficina de Presupuesto y Tributación, mediante el Informe indicado precedentemente, concluye:

“Del análisis realizado, se puede concluir que resulta viable cumplir con el trámite de reducir el presupuesto institucional aprobado por estimaciones de saldos de balance en el presente año, del proyecto de inversión AMPLIACION DE LOS SERVICIOS DE EDUCACION SUPERIOR TECNOLOGICA DEL IESP

SIMON BOLIVAR DISTRITO DE VENTANILLA - PROVINCIA CONSTITUCIONAL DEL CALLAO -

a DEPARTAMENTO DE CALLAO, CU! 2553376, por el importe total hasta de S/. 56 154 648,00(CINCUENTA

E Y SEIS MILLONES CIENTO CINCUENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y OCHO CON 00/100

E SOLES), en el marco de lo establecido en el tercer y cuarto párrafo de la segunda disposición sg ieee complementaria transitoria de la Ley N° 32185 “Ley del Presupuesto Público para el Año Fiscal 2025”;

Que, mediante el Informe N* 000650-2025-GRC/GAJ de fecha 31 de julio de 2025, la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión legal y, concluye:

“(...) en atención a los informes emitidos por la Oficina de Presupuesto y Tributación (...) ésta Gerencia de Asesoría Jurídica opina que, resulta procedente la modificación del Presupuesto Institucional de Apertura del Pliego 464: Gobierno Regional de la Provincia Constitucional del Callao, correspondiente al Año Fiscal 2025, a razón de la reducción de las estimaciones de los saldos de balance del Presupuesto Institucional aprobado para el año 2025, en aplicación a lo determinado en la Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025.”

Que, asimismo, a través del citado Informe, la referida Gerencia, recomienda:

“...) se remitan los actuados a la Secretaria del Consejo Regional, a fin que de acuerdo al cuarto párrafo de Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, el Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao evalué la aprobación de la la modificación del Presupuesto Institucional de Apertura del Pliego 464: Gobierno Regional de la Provincia Constitucional del Callao, correspondiente al Año Fiscal 2025, teniendo en cuenta las opiniones vertidas.”;

YESSENIA ERIKA MIRANDA RIEGA FEDATARIO ALTERNO GOBIERNA REGIONAL DEL CALLAO

Reg... 9.9%...... Fecha:.1,5.A60,.2025

Que, a través del Oficio N° 000094-2025-GRC/CAR-JRSDB de fecha 13 de agosto de 2025, el señor José Remigio Sosa Dulanto Badiola, Presidente de la Comisión de Administración del Consejo Regional del Callao, deriva al Consejero Delegado el Dictamen N° 016-2025-GRC/CAR de fecha 4 de agosto de 2025, emitido por la citada Comisión;

Que, el mencionado Dictamen, señala entre otros, lo siguiente:

“1. RECOMENDAR al Consejo Regional del Callao {...) APROBAR mediante Acuerdo de Consejo Regional la REDUCCIÓN MEDIANTE MODIFICACIÓN PRESUPUESTAL DE LOS RECURSOS CORRESPONDIENTES A SALDO DE BALANCE POR LA FUENTE DE FINANCIAMIENTO 5: RECURSOS DETERMINADOS, RUBRO 18 RENTA DE ADUANAS POR EL MONTO DE S/ 56'154,648.00, de conformidad a lo establecido en la Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la LEY N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025. (...)”;

Que, en ese sentido, el Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao, en uso de las atribuciones establecidas en el Artículo 15° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y modificatorias, en virtud de los considerandos establecidos precedentemente, por unanimidad:

SE ACUERDA:

  1. APROBAR el Dictamen N° 016-2025-GRC/CAR de fecha 4 de agosto de 2025, emitido por la Comisión de Administración del Consejo Regional del Callao; en consecuencia, APROBAR la reducción del Presupuesto Institucional del Pliego 464: Gobierno Regional de la Provincia Constitucional del Callao, correspondiente al Año Fiscal 2025, respecto a saldos de balance de la fuente de financiamiento 5: Recursos Determinados, Rubro 18: Renta de Aduanas, por el importe total de S/56 154 648,00 (Cincuenta y Seis Millones Ciento Cincuenta y Cuatro Mil Seiscientos Cuarenta y Ocho y 00/100 Soles), en el marco de lo previsto en la Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025.

  2. ENCARGAR a la Secretaría del Consejo Regional la publicación del presente Acuerdo de Consejo Regional en

el Diario Oficial “El Peruano”, conforme a lo previsto en la Segunda Disposición Complementaria Transitoria

de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025.

  1. ENCARGAR a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, derive el presente Acuerdo de Consejo Regional dentro de los cinco (05) días calendario a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, conforme a lo establecido en la Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025.

  2. ENCARGAR a la Gerencia General Regional y a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, el fiel cumplimiento del presente Acuerdo de Consejo Regional, en atención a la normatividad vigente.

  3. ENCARGAR a la Gerencia General Regional el seguimiento, supervisión y control del presente Acuerdo de Consejo Regional, conforme a lo dispuesto por el Artículo 25° y siguientes de la Ley N° 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias.

  4. ENCARGAR a la Oficina de Trámite Documentario y Archivo, notificar el presente Acuerdo de Consejo Regional a los Órganos y Unidades Orgánicas correspondientes del Gobierno Regional del Callao, para su

conocimiento y fines pertinentes. ES COPIA HEL/DEL ORIGINAL 7. DISPENSAR el presente Acuerdo de Consejo Regional del trámite de lectura y ap bación del

POR TANTO GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO

MANDO SE REGISTRE Y CUMPLA

RI CONSEJERO DELEGADO

ROLD ANGULO CARDENAS

GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO

DICTAMEN N° 016-2025-GRC/CAR

Callao, 04 de agosto de 2025 COMISION DE ADMINISTRACION REGIONAL CONSEJO REGIONAL DEL CALLAO VISTOS:

El Acuerdo de Consejo Regional N° 159 de fecha 26 de diciembre de 2023, emitido por el Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao; la Resolución Ejecutiva Regional N° 000009 de fecha 06 de enero de 2025, emitido por el Gobernador Regional del Callao; el Informe N° 000100-2025-GRC/OC, de fecha 25 de febrero de 2025, emitido por la Oficina de Contabilidad; el Memorando N° 000144-2025-GRC/OPMI, de fecha 27 de junio de 2025, emitido por la Oficina de Programación Multianual de Inversiones, el informe N° 003609- 2025-GRC/OPT, de fecha 24 de julio de 2025, emitido por la Oficina de Presupuesto y Tributación; el Memorando N° 003710-2025-GRC/GRPPYAT, de fecha 24 de julio de 2025, emitido por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; y, el Informe N° 000650-2025-GRC/GAJ, de fecha 31 de julio del 2025 emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica.

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 191” de la Constitución Política del Perú, establece: “Los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. (...) La estructura orgánica básica de estos gobiernos la conforman el Consejo Regional, como órgano normativo y fiscalizador (...)”;

Que, en concordancia a ello, cabe señalar que, el Artículo 2° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y, sus modificatorias, dispone: “Los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular. Son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia (...)”;

Que, la Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N” 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, señala: “(...) Asimismo, en los casos que fuera necesario una modificación en las estimaciones de saldos de balance por la fuente de financiamiento Recursos Determinados, se autoriza a los gobiernos regionales y gobiernos locales, para reducir su presupuesto institucional aprobado. La modificación del presupuesto institucional autorizada en la presente disposición se aprueba mediante resolución del titular de la entidad para el caso de las entidades del Gobierno Nacional, y mediante acuerdo del consejo regional o concejo municipal para el caso de los gobiernos regionales y gobiernos locales, respectivamente. La resolución del titular de la entidad y el acuerdo de consejo regional se publica en el diario oficial El Peruano, y el acuerdo del concejo municipal se publica en la sede digital del gobierno local. Copia de la resolución,

acuerdo de consejo regional y acuerdo de concejo municipal, según corresponda, se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo N2 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.”

Que, mediante Acuerdo de Consejo Regional N° 159 de fecha 26 de diciembre de 2023, el Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao, acuerda: “1. Aprobar el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) del Pliego 464: Gobierno Regional de la Provincia Constitucional del Callao, correspondiente al Año Fiscal 2025, ascendente a S/ 1 662 102 151.00 soles (MIL SEISCIENTOS SESENTA Y DOS MILLONES CIENTO DOS MIL CIENTO CINCUENTA Y UNO Y 00/100 SOLES)”.

Que, a través de la Resolución Ejecutiva Regional N° 000009 de fecha 06 de enero de 2025, el Gobernador Regional resuelve: “ARTÍCULO 1”.- Aprobar con eficacia anticipada al 31 de diciembre de 2024, el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2025 del Pliego Gobierno Regional de la Provincia Constitucional del Callao (...)”.

Que, con Informe N° 000100-2025-GRC/OC, de fecha 25 de febrero de 2025, la Oficina de Contabilidad remite a la Gerencia de Administración información sobre el Saldo de Balance del año fiscal 2024 de la Sede Central del Gobierno Regional del Callao, en forma analítica a nivel fuente de Financiamiento, Rubro y Tipo de Recurso.

Que, mediante Memorando N° 000144-2025-GRC/OPMI, de fecha 27 de junio de 2025, la Oficina de Programación Multianual de Inversiones informa a la Oficina de Presupuesto y Tributación el estado situacional del Pl: “Ampliación de los servicios de educación superior tecnológica del IESP Simón Bolivar distrito de Ventanilla — Provincia Constitucional del Callao ~ Departamento del Callao” CU! N° 2553376 señalando que el mismo culminará su cuarto y quinto entregable bajo la modalidad directa y que ejecutarán presupuestalmente en el presente año fiscal el monto de S/ 3,500,000.00 (Tres millones Quinientos Mil y 00/100 soles), tal como se indica en el Formato N° 12-B.

Que, es así, que mediante Informe N° 003609-2025-GRC/OPT, de fecha 24 de julio de 2025, sustenta la reducción de presupuesto institucional por estimaciones de saldo de balance de la fuente de financiamiento 5: recursos determinados, rubro 18: renta de aduanas en el marco de la segunda disposición complementaria transitoria de la LEY N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, donde concluye que resulta viable la reducción del Presupuesto Institucional de Apertura por las estimaciones de los saldos de balance en el presente año.

Que, en el referido informe la Oficina de Presupuesto y Tributación señala que el Acuerdo de Consejo Regional N° 159-2024, de fecha 26 de diciembre del 2024 y la Resolución Ejecutiva Regional N° 009-2025 de fecha 06 enero del 2025 que aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) del Pliego 464: Gobierno Regional de la Provincia Constitucional del Callao correspondiente al Año Fiscal 2025, presenta como saldo de

EDATARIO ALTERNO

F GOBI IEGIONAL DEL CALLAO Reg. hoja PA Fecha:.4-5--468-2025

e

balance para Renta de Aduanas (Recursos Determinados) el monto ascendente a S/ 66 000,000.00, de acuerdo a la página 5 del anexo del PIA 2025:

Fama EIA Hora Horas Papo Sues

APROBACIÓN BISTITUGIONAL LEY NP 32185 PRESUPUESTO DEL SECTOR PUBLICO PARA EL AÑO FISCAL 2225 PRESUPUESTO INSTITUCIONAL DE APERTURA DE LOS BIGREGOS POR PARTIDAS

{En Seles) ANEXO

VENTA DE ACTIVOS NO PRODUCADOS 'VEMTADE ACTIVOS NO PROQUEIDOS VENTA DE TERRENOS. TERRENOS ADANOS. ov SALDOS DE BALANCE SALDO DE BALANCE SALDOS DE BALANCE SALDOS OF: RALANCE, SALDOS DE VALANCE

soot

En ont a wor

nas

naa nas

Ra

121848

ET emus eames eos 822040 67945

30500 02

4000 000 000000 98 000.000, 66.000 000 e080 000

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Que, asimismo, la Oficina de Presupuesto y Tributación indica que referente al informe N” 000100-2025-GRC/OC, emitido por la Oficina de Contabilidad, la misma alcanza la información de saldo de balance del ejercicio 2024, por lo que comparando con lo previsto en el Acuerdo de Consejo Regional N° 159-2024 de fecha 26 de diciembre del 2024 y la Resolución Ejecutiva Regional N° 009-2025 de fecha 06 enero del 2025 que aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) del Pliego 464: Gobierno Regional de la Provincia Constitucional del Callao del Año Fiscal 2025, correspondiente 5: RECURSOS DETERMINADOS, RUBRO 18: RENTA DE ADUANAS, es como sigue cuadro:

Saldo de 1 Saido de Estimación A Seain EP1 Sos Sine a Exceso de PIA Oficina de Oficina de de de Saldo Balance Contabilidad Contabllidad | Contabilidad Contabilidad 66,000,000 | 4,031,228.67 | 272,571,685.37 | 266,757.562.04| 9,845,352.00 | -56,154,648.00 66,000,000 | 4,031,228.67 | 272,571,685.37 | 266,757,562.04 | 9,845,352.00 | -58,154,648.00

Que, con Memorando N° 003710-2025-GRC/GRPPYAT, de fecha 24 de julio de 2025, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial solicita se trámite la autorización del Consejo Regional para la aprobación de la reducción del presupuesto institucional aprobado por estimaciones de saldos de balance en el presente año, de conformidad a lo establecido en la Ley N° 32185, Ley del Presupuesto Público para el Ejercicio 2025.

Que, mediante Informe N° 000650-2025-GRC/GAJ, de fecha 31 de julio del 2025 la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que “resulta procedente la modificación del Presupuesto

Institucional de Apertura del Pliego 464: Gobierno Regional de la Provincia Constitucional del Callao, correspondiente al Año Fiscal 2025, a razón de la reducción de las estimaciones de los saldos de balance del Presupuesto Institucional aprobado para el año 2025, en aplicación a lo determinado en la Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025”.

Que, estando a las consideraciones expuestas, y a la información contenida en los documentos de la materia y en concordancia con los Principios de Legalidad, de Buena Fe Procedimental, Presunción de Veracidad y Principio de Controles Posteriores, previstos y sancionados en el Articulo IV del Título Preliminar del Decreto Supremo N“ 004 - 2019 — JUS que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N“ 27444 — Ley del Procedimiento Administrativo General, y en ejercicio de las atribuciones que le confieren la Ley N“ 27867 — Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sus modificatorias y el Reglamento Interno del Consejo Regional;

Que, por las consideraciones expuestas y de conformidad con las atribuciones otorgadas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales — Ley N° 27867, la Comisión de Administración Regional, por UNANIMIDAD.

DICTAMINA:

  1. RECOMENDAR al Consejo Regional del Callao, en razón de las consideraciones expuestas, APROBAR mediante Acuerdo de Consejo Regional la REDUCCIÓN MEDIANTE MODIFICACIÓN PRESUPUESTAL DE LOS RECURSOS CORRESPONDIENTES A SALDO DE BALANCE POR LA FUENTE DE FINANCIAMIENTO 5: RECURSOS DETERMINADOS, RUBRO 18 RENTA DE ADUANAS POR EL MONTO DE S/. 56'154,648.00, de conformidad a lo establecido en la Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la LEY N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025.

  2. Dispensar el presente Dictamen del trámite de lectura y aprobación del Acta.

CONSEJERO REGIONAL


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regioncallao/normas-legales/7086296-068-2025 PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/8555892/7086296-acuerdo-del-consejo-regional-n-068-2025.pdf