Acuerdo de Consejo Regional N.° 043-2026
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ES COPIA FIE# DEL ORIGINAL
iA ERIKA MIRANDA RIEGA FEDATARIO ALTERNO GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO
Gobierno Regional del Callaoxes:....33.2... Fecha» mae
. . o Acuerdo de Consejo Regional N° 043 Callao, 11 de Mayo de 2026 El Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao, en Sesión Extraordinaria celebrada el 11 de mayo de 2026, con el voto unánime de los/as Consejeros/as Regionales y en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias; y, el Reglamento interno del Consejo Regional del Callao.
VISTO:
El Oficio N° 000037-2026-GRC/CAR-JCAB de fecha 08 de mayo de 2026, emitido por el señor Salvatore Salpietro Macchiavello Consejero Regional del Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao;
CONSIDERANDO: Que, el Artículo 191” de la Constitución Política del Perú establece: “Los gobiernos regionales tienen
autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. (...) La estructura orgánica básica de estos gobiernos la conforman el Consejo Regional, como órgano normativo y fiscalizador [...)”;
Que, el Artículo 2° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, señala: “Los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular. Son personas jurídicas de derecho público, con putonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia (...)”;
Que, el Artículo 13° de la citada Ley, respecto al Consejo Regional, establece: “Es el órgano normativo y fiscalizador del gobierno regional. Le corresponden las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas. (...)”;
Que, el Artículo 15” de la citada Ley establece como atribuciones del Consejo Regional: “a) Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. (...) k. Fiscalizar la gestión pública del gobierno regional. Para tal efecto, en el presupuesto institucional de apertura (PIA) del gobierno regional, se incorporan los recursos, según clasificador presupuestario, que proporcionen al Consejo Regional la capacidad logística y el apoyo profesional necesarios para el ejercicio de sus actividades de fiscalización, {...)”;
Que, el Artículo 39° de la Ley mencionada precedentemente, señala: “(...) Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declaran su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. (...) Los Acuerdos Regionales serán aprobados por mayoría simple de sus miembros,
(a)?
Que, el Artículo 3° del Reglamento Interno del Consejo Regional del Callao, aprobado mediante la Ordenanza Regional N° 001 de fecha 14 de enero de 2008, modificado por la Ordenanza Regional N* 002, de fecha 11 de junio de 2019, establece que: “Son atribuciones del Consejo Regional las que la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y la normatividad vigente le asigna.”;
Que, a través del Acuerdo de Consejo Regional N° 015, de fecha 20 de febrero de 2026, el Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao, en uso de las atribuciones establecidas en el Artículo 15” de la Ley N* 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, por unanimidad acordó: “1. APROBAR, el Programa de Acciones de Fiscalización (PAF) del Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao, correspondiente al año 2026 adjunto al presente Acuerdo de Consejo Regional, en el marco de lo previsto en el literal d) de la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31433, modificada por el Artículo 3° de la Ley N° 31812. (...)”;
Que, asimismo, mediante el Acuerdo de Consejo Regional N° 026 de fecha 11 de marzo de 2026, el Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao, por unanimidad acordó: “APROBAR, la Actividad de Fiscalización denominada: “FISCALIZACIÓN DE LA EJECUCIÓN FISICA Y FINANCIERA DE LAS ACTIVIDADES OPERATIVAS, CONTRATACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS, Y USO DE RECURSOS PÚBLICOS EN LA OFICINA REGIONAL DE ATENCIÓN A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD — OREDIS DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO, PROGRAMADAS EN EL PO! 2025”, propuesta por el Sr. Salvatore Salpietro Macchiavello, Consejero Regional del Gobierno Regional del Callao, a través del Plan de Trabajo de la Actividad de Fiscalización — PTAF; (...)”;
Que, en la Sesión Extraordinaria de la fecha, el señor Salvatore Salpietro Macchiavello, Consejero Regional del Gobierno Regional del Callao, hizo uso de la palabra y, solicitó: “(...) la ampliación de plazo por veinte (20) días calendarios de la Actividad de Fiscalización denominada: “FISCALIZACIÓN DE LA EJECUCIÓN FISICA Y FINANCIERA DE LAS ACTIVIDADES OPERATIVAS, CONTRATACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS, Y USO DE RECURSOS PÚBLICOS EN LA OFICINA REGIONAL DE ATENCIÓN A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD - OREDIS DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO, PROGRAMADAS EN EL PO! 2025”, el mismo que no va a generar mayor asignación presupuestal.”;
Que, con relación a la solicitud antes indicada; es de tener presente, como un marco referencial, lo previsto en el numeral 6.3 de la Guía para el Planeamiento Institucional, respecto a las modificaciones del POI, el cual establece que el POI Anual en ejecución se modifica, además, cuando se presentan las siguientes circunstancias: “a) Cambios en la programación de metas físicas de las actividades (...)”;
Que, en la Sesión Extraordinaria de la fecha, se sometió a consideración del Pleno del Consejo Regional, la aprobación del pedido formulado por el señor Salvatore Salpietro Macchiavello, Consejero, Regional del Gobierno Regional del Callao respecto a la ampliación de plazo por veinte (20) días calendarios de la Actividad de Fiscalización antes mencionada;
Que, en ese sentido, el Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao, en uso de las atribuciones establecidas en la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias y, el Reglamento Interno del Consejo Regional del Callao, aprobado mediante la Ordenanza Regional N° 001 de fecha 14 de enero de 2008, modificado por la Ordenanza Regional N° 002 de fecha 11 de junio de 2019 y, en virtud de los considerandos establecidos precedentemente, estima pertinente aprobar por unanimidad:
SE ACUERDA:
APROBAR, la solicitud efectuada por el señor Salvatore Salpietro Macchiavello, Consejero Regional del Gobierno Regional del Callao, a través del Oficio N° 000037-2026-GRC/CR-SMS de fecha 08 de mayo de
AMPLIAR, por veinte (20) días calendario el plazo de la Actividad de Fiscalización denominada: “FISCALIZACIÓN DE LA EJECUCIÓN FÍSICA Y FINANCIERA DE LAS ACTIVIDADES OPERATIVAS, CONTRATACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS, Y USO DE RECURSOS PÚBLICOS EN LA OFICINA REGIONAL DE ATENCIÓN A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD — OREDIS DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO, PROGRAMADAS EN EL PO! 2025”, aprobado a través del Acuerdo de Consejo Regional N° 026 de fecha 11 de marzo de 2026, el mismo que no generará mayor asignación presupuestal, conforme a lo mencionado por el citado Consejero Regional.
ENCARGAR, a la Oficina de Trámite Documentario y Archivo, la notificación del presente Acuerdo de Consejo Regional a los Órganos y Unidades Orgánicas correspondientes del Gobierno Regional de! Callao, para su conocimiento y fines pertinentes.
DISPENSAR, el presente Acuerdo de Consejo Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta.
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POR TANTO:
MANDO SE REGISTRE Y,CUMPLA.
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Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regioncallao/normas-legales/8128876-043-2026 PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9965204/8128876-acuerdo-del-consejo-regional-n-043-2026.pdf