Acuerdo de Consejo Regional N.° 033-2025
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Callao, 26 de Marzo de 2025
El Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao, en Sesión Ordinaria celebrada el 26 de marzo de 2025, con el voto unánime de los/as Consejeros/as Regionales y en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 27867,
Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias; y, el Reglamento Interno del Consejo Regional del Callao.
VISTO:
El Pedido efectuado por el señor Salvatore Salpietro Macchiavello, Consejero Regional del Gobierno Regional del Callao y, el Oficio N° 000025-2025-GRC/CR-SMS de fecha 26 de marzo de 2025, emitido por el citado Consejero Regional;
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 191° de la Constitución Política del Perú, establece: “Los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. (...) La estructura orgánica básica de estos gobiernos la conforman el Consejo Regional, como órgano normativo y fiscalizador, (...)”;
Que, el Artículo 2° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y, sus modificatorias, señala: “Los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular. Son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia (...)”;
Que, el Artículo 13° de la acotada norma, respecto al Consejo Regional, establece: “Es el órgano normativo y fiscalizador del gobierno regional. Le corresponden las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas. {...)”;
Que, el Artículo 15” de la citada Ley, refiere que son atribuciones del Consejo Regional: “a. Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. (...) k. Fiscalizar la gestión pública del gobierno regional. Para tal efecto, en el presupuesto institucional de apertura (PIA) del gobierno regional, se incorporan los recursos, según clasificador presupuestario, que proporcionen al Consejo Regional la capacidad logística y el apoyo profesional necesarios para el ejercicio de sus actividades de fiscalización. (...)”;
Que, el Artículo 39° de la Ley mencionada precedentemente, señala: “/...) Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declaran su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. (...) Los Acuerdos Regionales serán aprobados por mayoría simple de sus miembros. (...)”;
Que, mediante la Resolución de Contraloría N° 317-2024-CG de fecha 16 de julio de 2024, la Contraloría General de la República, aprueba la Directiva N° 010-2024-CG/PREVI — “Presentación de Balance Semestral de los Consejeros Regionales y Regidores Municipales sobre el uso del monto destinado al fortalecimiento de la función de fiscalización”; :
Que, el numeral 2 de la citada Directiva, dispone que su objetivo es: “e Regular la estructura, contenido, plazos, obligaciones, responsabilidades y formalidades del proceso de presentación del Balance Semestral respecto del monto destinado af fortalecimiento de la función fiscalizadora de los consejeros regionales y regidores municipales. e Desarrollar las disposiciones que regulan la verificación en la presentación del Balance Semestral de los consejeros regionales y regidores municipales, estableciendo las etapas, obligaciones, plazos, así como, el contenido y estructura del informe resultante de la verificación.”;
ES COPIA FIEL PEL UKIDINAL
HA JARIEGA BIERN de ity AO Reg nn /Whonen. Pecha:,2.8-ABR-2005 Que, el sub numeral 6.4.3 del numeral 6.4 de la Directiva antes indicada, refiere que es obligación del consejo regional y concejo municipal en el proceso de presentación del Balance Semestral: “(...) e) Aprobar mediante acuerdo de consejo regional o concejo municipal, cada actividad de fiscalización, propuesta de forma individual o en comisión, a través del PTAF. (...)”;
Que, mediante el Oficio N° 000025-2025-GRC/CR-SMS de fecha 26 de marzo de 2025, el señor Salvatore Salpietro Macchiavello, Consejero Regional del Gobierno Regional del Callao, deriva al Secretario del Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao, el Plan de Trabajo de la Actividad de Fiscalización — PTAF denominada: “Fiscalizar el desarrollo de los centros y espacios de monitoreo de emergencias y desastres, llevado a cabo por la Gerencia Regional de Defensa Nacional Defensa Civil y Seguridad Ciudadana, correspondiente al año fiscal 2024”;
Que, en la Sesión Ordinaria de la fecha, el Consejero Regional antes mencionado, pide que, en el marco de lo previsto en el sub numeral 6.4.3 del numeral 6.4 de la Directiva N° 010 — 2024 — CG / PREVI — “Presentación de Balance Semestral de los Consejeros Regionales y Regidores Municipales sobre el uso del monto destinado al fortalecimiento de la función de fiscalización”, aprobada mediante la Resolución de Contraloría N° 317 — 2024 — CG de fecha 16 de julio de 2024, se apruebe, mediante Acuerdo de Consejo Regional la Actividad de Fiscalización denominada: “Fiscalizar el desarrollo de los centros y espacios de monitoreo de emergencias y desastres, llevado a cabo por la Gerencia Regional de Defensa Nacional Defensa Civil y Seguridad Ciudadana, correspondiente al año fiscal 2024”, la misma que ha sido propuesta a través del Plan de Trabajo de la Actividad de Fiscalización — PTAF y, puesto a conocimiento mediante el Oficio señalado precedentemente;
Que, en ese sentido, el Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao, en uso de las atribuciones establecidas en el Artículo 15° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, en virtud de los considerandos establecidos precedentemente, estima pertinente aprobar por unanimidad:
SE ACUERDA:
- APROBAR la Actividad de Fiscalización denominada: “Fiscalizar el desarrollo de los centros y espacios de monitoreo de emergencias y desastres, llevado a cabo por la Gerencia Regional de Defensa Nacional Defensa Civil y Seguridad Ciudadana, correspondiente al año fiscal 2024”, propuesta por el señor Salvatore Salpietro Macchiavello, Consejero Regional del Gobierno Regional del Callao a través del Plan de Trabajo de Actividad de Fiscalización — PTAF; en cumplimiento de lo previsto en el sub numeral 6.4.3 del numeral 6.4 de la Directiva N* 010 — 2024 — CG / PREVI — “Presentación de Balance Semestral de los Consejeros Regionales y Regidores Municipales sobre el uso del monto destinado al fortalecimiento de la función de fiscalización”, aprobada mediante la Resolución de Contraloría N° 317 — 2024 — CG de fecha 16 de julio de 2024.
2, ENCARGAR a la Secretaría del Consejo Regional, remita el presente Acuerdo de Consejo Regional a la Gerencia General Regional del Gobierno Regional del Callao, con la finalidad de que, tome conocimiento del mismo y, consecuentemente en el marco de sus funciones y/o atribuciones, disponga a las unidades orgánicas respectivas, el cumplimiento de las obligaciones previstas en la Directiva N° 010-2024-CG/PREVI — “Presentación de Balance Semestral de los Consejeros Regionales y Regidores Municipales sobre el uso del monto destinado al fortalecimiento de la función de fiscalización”, aprobada mediante la Resolución de Contraloría N° 317-2024-CG de fecha 16 de julio de 2024.
- ENCARGAR a la Secretaría del Consejo Regional, notificar el presente Acuerdo de Consejo Regional, al señor Salvatore Salpietro Macchiavello, Consejero Regional del Gobierno Regional del Callao y, al Encargado del
Registro de Información, para su conocimiento y acciones correspondientes.
- DISPENSAR el presente Acuerdo de Consejo Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta.
POR TANTO
MANDO SE REGISTRE Y CUMPLA
O Fl CONSEJERO DELEGADO
LO CARDENAS fc REGIONAL
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regioncallao/normas-legales/6733128-033-2025 PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/8014689/6733128-acuerdo-del-consejo-regional-n-033-2025.pdf