Acuerdo de Consejo Regional N.° 021-2025
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Gobierno Regional del Callao
Acuerdo de Consejo Regional N° 021
Callao, 07 de Marzo de 2025
El Consejo Regionai del Gobierno Regional del Callao, en Sesión Ordinaria celebrada el 07 de marzo de 2025, con el voto unánime de los/as Consejeros/as Regionales y en uso de las facultades conferidas por ia Ley N° 27887,
Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias; y, el Regiamento interno del Consejo Regiona! ce Callao,
visto: El Pedido del señor Claudio Fernández Zapata, Consejero Regional del Gobierno Regional del Caliao. CONSIDERANDO;
Que, el Artículo 191* de la Constitución Política del Perú, establece: "Los gobiernos regionales tienen autonoma política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. (..) La estructura orgánica básica de estos gobiernos la conforman el Consejo Regional, como órgano normativo y fiscalizador, (.)"s
Que, el Artículo 2° de la Ley N* 27867, Ley Orgánica Ge Gobiernos Regionales y, sus modificatorias, señalo Los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular. Son personos juridicos de derecho público con amorero Política, económica y administrativa en asuntos de su competencia (...
Que, el Artículo 13° de la acotada norma, respecto at Consejo Regional, establece que: “Es el órgano normative y fiscalizador del gobierno regional. Le corresponden las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellos que le sean delegados. (..)”;
Que, el Artículo 15° de la citada Ley, refiere que son atribuciones del Consejo Regional. [..Jk. Fiscalizor la gestión pública del gobierno regional. Para tal efecto, en el presupuesto institucional de apertura (PIA) del gobierno regional, se incorporan los recursos, según clasificador presupuestorio, que proporcionen al Consejo Regional lo capacidad logístico y el apoyo profesional necesarios para el ejercicio de sus actividades de fiscalización. | J”
Que, el Artículo 39° de la Ley antes mencionada, señala: “Los Acuerdos del Cansejo Regional expresan la decision de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institycione! o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a uno conducta 0 norma institucional |.) Los Acuerdos Regionales serán aprobados por mayoría simple de sus miembros. (...)”.
Que, el Articulo 3° del Reglamento interno del Consejo Regional del Callao, aprobado mediante ia Ordenanza Regional N° 001 de fecha 14 de enero de 2008, modificado por la Ordenanza Regional N° 002, de fecha 11 ve Junio de 2018, establece que: “Son atribuciones del Consejo Regional los que la Constitución Politica del Peru, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y fa normatividad vigente le asigna.”;
Que, el Artículo 67" del mencionado Reglamento Interno de! Consejo Regional de’ Caliao, dispone “Pora artopta un acuerdo se requiere el voto aprobatorio de la mayoria de los Consejeros Regionales hábiles presentes ven lo que se haya constituido quórum. (..)”;
Que, a través de la Ley N° 31812, se modifica la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, y la Ley 1" 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, para asegurar el financiamiento del ejercicio de la función ‘isealisadore de los consejos regionales y concejos municipales;
Que, el Artículo 3° de la Ley N° 31812, Ley que modifica la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, yl: Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, para asegurar el financiamiento del ejercicio de lo fune on fiscalizadora de los Consejo Regionales y Concejos Municipales, modifica la Disposición Complementaria Fara Primera de la Ley 31433, respecto a Recursos para fortalecer la función de fiscelización de concejos municipales y consejos regionales, indicando lo siguiente;
ES COPIA RIEL DEL ORIGINAL
"CARLOS RLEJANDRO MORA PUMA FEDATARIO.ALTERNO
"pefesionar DEL
fou} b) El monto de los recursos incorporados anualmente en el presupuesto institucional de apertura (PIA) de los gobiernos regionales no puede ser inferior al uno por ciento ni superior al dos por ciento del presupuesto precedente de lo genérico de gasto bienes y servicios, pertenecientes a la fuente de financiamiento recursos ordinarios del pliego. El registro de dicha información se vincula con una actividad presupuestal que permito la identificación y el seguimiento de los recursos asignados para la función de fiscalización. x) De requerirse la habilitación de mayores recursos pora asegurar el financiamiento de la función de fiscalización, tonto de las municipalidades como de los gobiernos regionales, que los señalados en los iiteroles @ y b, durante lo fase de ejecución presupuestal, dichos gobiernos regionales y gobiernos locales quedon exceptuados de las restricciones presupuestarias a fin de realizar modificaciones presupuestorias en el nivel funciono! programático, solo paro habilitor recursos para la referida función de fiscalización. 4) tos consejos regionales /...) aprueban, dentro del primer trimestre de cada año fiscal, el programa de acciones de fiscalización, con orreglo a los mantos asignados según los literales a y b y los procedimientos señalados en lo normativa vigente.
Que, mediante Oficio N° 000028-2025-GRC/SCR de fecha 21 de febrero de 2025, la Secretaría del Consejo Regional sobcita al Consejero Delegado tenga a bien exhortar a los señores Consejeros Regionales del Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao, prioricen las materias en las que ejercerán la función fiscalizadora en el penodo 2025, debiendo indicar las materias a fiscalizar, precisando la denominación, el objeto, el plazo, el cronograma para su ejecución, asi como, la valorización de tos bienes y servicios necesarios para cada acción de Fiscalzacién, precisando ademas, que la programación que estimen pertinente lo realicen en atención al Anexo NN’ 3 de la Directiva N° 010-2024-CG/PREV “Presentación de Balance Semestral de tos consejeros regionales y regidores municipales sobre el uso de! monto destinado al fortalecimiento de ta función fiscalizedora” aprobeda med ante la Resolución de Contraloría N° 317-2024-CG, de fecha 16 de julio de 2024;
Que, asimismo, con el Proveído N* 00056-2025-GRC/CD-CFZ, de fecha 24 de febrero de 2025, el Consejero Delegado solicita e todos los señores Consejeros Regionales del Consejo Regional del Gobierno Regional, remitan
- Programación de las Acciones de Fiscalización (PAF) para el ejercicio fiscal 2025, en atención a lo establecido er la Directiva N° 010-2024-CG/PREV “Presentación de Balance Semestral de los consejeros regionales y cogidores municpales sobre el uso del mento destinado al fortalecimiento de la función fiscalizadora”;
Que, en atención al Proveide antes señalado, a través del Oficio N° D00021-2025-GRC/CR-S$M, Oficio N° 000060- 2025-GRC/CR-ICAB, Oficio N° 000051-2025-GRC/CA-IRSDB, Oficio N° 000062-2025-GRC/CR-RMMRPM, Oficio N° 000021-2025-GRC/CR-JCLS, Oficio N* 000032-2025-GRC/CR-JMGO, Oficio N° 000077-2025-GRC/CR-CFZ, Oficio N* 000026-2025-GRC/CR-LCIE y Oficio N° 000024-2025-GRC/CR-ISGA, los señores Consejeros Regionales remitieron sus respectivas propuestas de acciones de fiscelización adjuntando el Anexo N* 3 debidamente llenado, conten do en la Directiva N° 010-2024-CG/PREV "Presentación de Balance Semestral de los consejeros regionales y regidores mun cipales sobre el uso del monto destinado ai fortalecimiento de la función fiscalizadora” aprobada meg arte la Resolución de Contraloría N* 317-2024-CG, de fecha 16 de julio de 2024 ;
Que, mediante Oficio N* 000041 -2025-GRC/SCA de fecha 07 de marzo de 2025, ta Secretaria del Consejo Regional respecto a la Programación de acciones de fiscalización del Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao, correspondiente al año 2025, informa al Consejero Delegado que de acuerdo al Informe N° 000478-2025- GRC/OPT y el Informe N° 000755-2025-GRC/OPT, la Secretaría de Consejo cuante con la disponibilidad presupuestal asignado por la Oficina de Presupuesto y Tributación, por un importe total S/ 1 003 500.00 Soles; por le cual recomienda someter al Pleno del Consejo el “Programa de acciones de fiscalización del Consejo del Gobierno Regional del Callao, correspondiente al año 2025, pare su correspondiente debate, y posterior aprovecién;
Que, en la Sesion Ordinaria de la fecha, el señor Ciaudio Fernández Zapata, Consejero Delegado del Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao; sometió a consideración del Pleno del Consejo Regional, la aprobación del Programa de acciones de fiscalización del Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao, correspondiente alaño 2025.
2 ES COPIA oft DEL ORIGINAL
“EARLOS ALEJANDRO MORA FEDATARIO. ALTERNO
ns LIN, 28
Que, en ese sentido, el Consejo Regional del Gobierno Regional del Caliao, en uso delas atribuciones estaovec ces en lá Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias y, el Reglamento interno de Consejo Regional del Callao, aprobado mediante la Ordenanza Regional N° 001 de fecha 1¢ de enero de 2008 modificado por la Ordenanza Regional N* 002, de fecha 11 de junio de 2019 y, en virtue de los considerandos establecidos precedentemente, por unanimidad.
SE ACUERDA:
APROBAR, el Programa de Acciones de Fiscalización (PAF) del Consejo Regional del Gooierno Regional ce Callao, correspondiente al año 2025 adjunto al presente Acuerdo de Consejo Regional, en el marco de lo Previsto en el literal a) de la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N" 31433, modificada por el Artículo 3* de la Ley N° 31812.
ENCARGAR, a la Gerencia General Regional disponga las acciones administrativas necesarias pare el fe cumplimiento del presente Acuerdo de Consejo Regional, en atención a lo establecido en la Directiva Mv" 010- 2024-CG/PREV “Presentación de Balance Semestral de los consejeros regionales y regidores municinales sobre el uso del monto destinado al fortalecimiento de la función fiscalizadora” aprobada mediante la Resolución de Contraloría N* 317-2024-CG, de fecha 16 de julio de 2024.
ENCARGAR, a la Secretaría del Consejo Regional, notificar el presente Acuerdo de Consejo Regional, a los Consejeros Regionales del Consejo Regional del Gobierno Regional del Cellso y al Encargado del Registro de Información para el año 2025, para su conocimiento y acciones correspondientes.
DISPENSAR el presente Acuerdo de Consejo Regional del trámite ce lectura y aprobación del Acts
POR TANTO
MANDO SE REGISTRE Y CUMPLA
CONSEVERAb
JELEGADO
ES COPIA FIL DEL ORIGINAL
FEDATARIO.ALTERNO GOBIERYGFECIONAL DELCALLAO
Reg, Fecha:.2 e MAR.2025
PROGRAMA DE ACCIONES DE FISCALIZACIÓN - AÑO 2025 (GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO) l. INTRODUCCION
La Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias; en el inciso k) del articulo 15 (" dispone que, los Consejo Regional tienen entre otras atribuciones. ‘a de “Fiscalizar la gestión del gobierno regional, (...)"(énfasis nuestro)
Asimismo, la Ley N° 31812 que modificó la Ley N° 31433, y que a su vez modificaron |e Ley N° 27867; en el inciso d) de la Primera Disposición Complementaria Final precisa que “Los consejos regionales (...) aprueban, dentro del primer trimestre de cada año fiscal, el programa de acciones de fiscalización, con arreglo a los montos asignados según los literales a y b y los procedimientos señalados en la normativa vigente”. (énfasis nues:ro)
En concordancia con este marco normativo, la Contraloria General de la República aproxó la Directiva N° 010-2024-CG/PREV! "Presentación de Balance Semestral de los conse‘eros regionales y regidores municipales sobre el uso del monto destinado al fortalecimiento de 'a función de fiscalización", través de la cual, dispuso como una de las cbligaciones de: 10 regional, la de elaborar y aprobar el Programa de Acciones de Fiscal zación (PAF) mediante acuerdo de consejo regional, dentro del primer trimestre de cada año fiscal linciso c numeral 6.4.3). Asimismo, establece como una obligación de los consejeros regionales la de proporer las materias a fiscalizar para ser incluidas en el PAF (inciso a. numeral 6.4.4); y, por último en el Anexo N° 1 - Glosario de Términos, establece que PAF se elabora de acuerdo a ia estructura contenida en el Anexo N° 3.
Con sujeción a lo previsto en las acotadas normas, mediante Oficio N° 0000 2 GRCISCR de 21 de febrero de 2025, la Secretaria del Consejo fundamento y justifico ante el Consejero Delegado, la necesidad de exhortar a los señores consejeros del Gobierno Regional del Callao, cumplan con presentar las iniciativas de las materias a fiscalizar Por su parte, el señor consejero delegado, mediante proveído N° 000056-2025-GRC/CO-CFA de fecha 24 de febrero de 2025, derivó el referido oficio a los nueve despachos de los consejeros, para conocimiento y fines
En respuesta, mediante los oficios que se mencionan en el Cuadro N° 01, los señores consejeros regionales especificaron las materias en las que ejercerán su rol fiscalizador en el ejercicio fiscal 2025,
(1) Artículo 15 de la Ley 27887
k. 'Fiscalizar la gestión pública del gobierno regional, y para tal efecto, en el presupuesto nical de apertura (PIA) del gobierno regional, incorpora los recursos, segun clasificador presupuestario. cue proporcione al Consejo Regional la capacidad logística y ei apoyo profesional necesario para el eye
de sus actividades de fiscalización
ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
“CARLOS ALEJANDRO ME FEDATARIALTEANG
GOBIERNO REGIONAL DEL €, Reg... Fecha: tS PAR, 2025
A
ll
Cuadro N° 01
CONSEJEROS REGIONALES QUE INTERVENDRAN EN LAS ACCIONES DE FISCALIZACION
f CONSEJERO REGIONAL RESPONSABLE i DOCUMENTO DE REMISION
- Gongejero Regional Salvatore Salpietro Macchlavelo | Oficio N° 00002T-2025-GRCICR-SMS, de 5 de marzo de 2025 |
' Consejero Regional Juan Carlos Amaya Bullén Oficio N° 000080-2025-CR-JCAB, de 5 de marzo de |
‘Gowseero Regione Gral (1) José Remigio Sosa | Oficio N° 000061-2025-GRCICR-JRSDB de 27 de
: Dusanto Badiola - | febrero de 2025
sera Regional Rosa Maria Mercedes Raquel Oficio N° 600062-2025-CR-RMMRPM, de 3 de
Pacheco Miñan_ marzo del 2025 |
Consejero Regional ¿uan Carlos León Siles Oficio N° 000021-2025-CR-JCLS, de 3 de marzo de |
1 2025
E
ejero Regional Lic Jose Miguel Gómez Olulo | Oficio N° 000032-2025-CR-UMGO, de 5 de marzo | de 2025 T Consejero Regional Claudio Fernández Zapata “Oficio N* 000077-2025-GRCICR-CFZ de 28 de . : febrero del 2025 | [ Consejera Regional Lic Luz Carmela Juica Estrada | Oficio N° 000026-2025-GRCICR-LOJE de 03de |
— marzo de 2025 Consejera Regional Lic Johanna Shirley Gulez’ Oficio N° 000024-2028-GRC-CRISGA, de 5 de Avarado i marzo de 2025
CRITERIO PARA DEFINIR LAS ACCIONES DE FISCALIZACION
El criterio para determinar las acciones de fiscalización, a ser consideradas en el Programa Anual de las Acciones de Fiscalización — 2025 del Consejo Regional de la Regicnal del Callao, fueron definidas por los nueve señores consejeros regionales, tal como se desprende de los oficios detallados en el Cuadro N° 01, quienes habrían orientado sus intervenciones en el marco de lo previsto en el inciso b. del artículo 16 de la Ley 278672), y de manera referencial, en lo previsto en el numeral 240.1 del articulo 240 del TUO de la Ley N° 2744413, aprobado por el D. S. N° 004-2019-JUS. Advirtiendo que las acciones de fiscalización, comprende a algunas de las funciones especificas sectoriales, a las que se reflere e artículo 29-A de la Ley 27867.
OBJETIVOS Objetivo General Precisar las acciones de fiscalización en las que intervendrá el Consejo del Gobierno
Regiona! del Callao en el año 2025, y en el marco de lo dispuesto en el inciso d) de la Primera
(2) Artculo 16 de la Ley N° 27867 » Fiscatizar los actos de los órganos de dirección y administración del Gobiamo Regional u otros de interés general, sin necesidad de comunicación previa (3) Artculo 240 de la Ley N° 27444 240 1 Los actos y dilgencias de fiscalización se inician siempre de oficio, bien por propia iniciativa o como consecuencia de orden supenor, petición motivada o por denuncia (4 Articulo 29-A de la Ley N° 27867
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“Ce ALEJANDRO MORA PUMA CAR OR ENATARIOALTERNO
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SMe. 2005
Funcionas especificas sectoriales de las gerencias regionales Le corresponden 2 las Gerencias Regionales las funciones que se señalan a continuación, además de las establecidas expresamente oor Ley:
Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31433, modificada por el articulo 3 de la Ley N° 31812, lograr su aprobación por el Consejo Regional
Objetivos Específicos
Establecer y aprobar las metas físicas de las acciones de fiscalización para el fiscal 2025, con sujeción al Presupuesto Inicial de Apertura (PIA) del prese:
Estimar el presupuesto requerido para cada una de las acciones de fis cual a su vez constituye las metas financieras
lización. lo
BASE LEGAL
3.1 MARCO NORMATIVO GENERAL.
Constitución Política del Perú, publicada el 30 de diciembre de 1993
- Ley N° 27783, "Ley de Bases de la Descentralización”, publicada el 20 de julio de
Ley N° 27867, ‘Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, de 18 de noviembre de 2002,
Ley N° 31433, "Ley que modifica la Ley N° 27867", de 6 de marzo de 2022
Ley N° 31812, ‘Ley que modifica la Ley N° 27857". de 5 de julio de 2023
Decreto Legislativo N* 1439, “Decreto Legislativo del Sistema Naciona! de Abastecimiento”, de 16 de setiembre de 2018
Decreto Legislativo N° 1440 “Decreto Legislativo del Sistema Na Presupuesto Público, de 16 de setiembre de 2018
Ley N° 27444 "Ley General de Procedimiento Administrativo General de 10 de abril de 2011 y modificatorias”
D. S. N° 082-2019-EF, que aprueba el TUO de la ey N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, y sus modificatorias
D, S. N° 344-2018-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado
D. S. N° 217-2019-EF, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo NW?
Resolución Directoral N° 0014-2021-EF/54.01, que aprueba la Directiva N° 0005- 2021-EF/54.01, Directiva para la Programación Multianual de Bienes, Servicios y Obras
3.2 MARCO NORMATIVO ESPECÍFICO
Resolución de Contraloría N° 317-2024-CG, que aprueba la Directiva N° 010- 2024-CG/PREVI, de 16 de julio de 2024
Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 033- 2047/CEPLAN/PCD. que aprueba la Guía para el Planeamiento Institucional, 02 de junio 2017, y sus modificatorias aprobadas por las Resoluciones de Presidencia de Consejo Directivo N° 062-2017-CEPLAN/PCD, 053-2018/CEPLAN/PCD y 016-
2019/CEPLAN/PCO. ES COPIA FJEL DEL ORIGINAL
REGIONAL DEL CALLAO
--- Fecha. do MAR:-2025
cos Reg...
Resolución Gerencial General Regional N° 159-2021-Gobierno Regional del Callao-GGR, que aprueba la Directiva General N° 001-2021-GRC/GGRIGRPPAT. Elaboración, aprobación, ejecución, seguimiento, modificación y evaluación del Plan Operativo Institucional del Gobierno Regional del Callao
Resolución Directoral N° 0021-2024-EF/50.01, que aprueba la Directiva N° 0002- 2024-EF/50.0*, Directiva de Programación Multianual Presupuestaria y Formulación Presupuestaria.
Resolución Directoral N° 002-2017-JUS/OGDNCR, que aprueba la "Guía práctica sobre la actividad administrativa de fiscalización”
FUNDAMENTOS QUE SUSTENTAN LA PROGRAMACIÓN DE LAS ACCIONES DE FISCALIZACIÓN
Con el propósito de implementar lo dispuesto en la Ley N° 31433 y su modificatoria Ley N° 31812; corresponde que el Pleno del Consejo del Gobierno Regional del Caliao, en el marco de sus funciones, apruebe el “Programa de acciones de fiscalización”, para el ejercicio fiscal 2025, para lo cual es relevante tener en cuenta el presupuesto asignado y los procedimientos señalados en la normativa vigente, conforme lo dispone el inciso d) de la Primera Disposición Complementaria Final de las acotadas Leyes
Considerando que la Ley Organica de Gobiernos Regionales, estable que la programación de las acciones de fiscalización se debe aprobar con arreglo a los procedimientos señalados en la normativa vigente, corresponde identificar las normas que regulan la fase de programación o planificación de las actividades en la gestión pública.
Sobre el particular, en el inciso bi®). de la Primera Disposición Complementaria Final de la precitada Ley N° 31812, se establece que el presupuesto a nivel PIA se vincula con una actividad presupuestal que permita la identificación y el seguimiento de los recursos asignados para la función de fiscalización
Precisamente, con sujeción al precitado marco normativo, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), a través del Comunicado N° 0026-2023-EF/50.01 de 26 de setiembre de 2023, habilitó la estructura funcional programática, al cual deberá vincularse las acciones de fiscalización, la misma que se detalla a continuación
Categoría Presupuestal 9002: Asignación Presupuestaria que no Resulta en Producto
(APNOP) Función 03: — Planeamiento, Gestión y Reserva de Contingencias División Funcional 04: Planeamiento Gubernamental Grupo Funcional 0005: — Planeamiento Institucional Actividad 5001228: Supervision y Contro: Finalidad 0410819: Seguimiento de fiscalización de los Consejos
Regionales y Consejo Municipales a nivel nacional
- b El monto de los recursos incorporados anualmente en el presupuesto institucional de apertura (PIA) de los gobiernos regioneles no puede ser inferior el uno por ciento ni superior al dos por ciento del presupuesto precedente de la generica de gastos bienes y Servicios, perteneciente a la fuente de fenciamiento recurso ord-narie del pliego El registro de dicha informacion se vincula con una actividad
GOBIERNQ REGIONAL DEL: Red... - Fecha:..
ES COPIA pp DEL ORIGINAL
Os FEDATARIO.ALTERNO
SEAR, 2005
presupuestal que permita la identificación y el seguimiento de los recursos asignados para la funci fiscalización
Asimismo, para el presente ejercicio fiscal, en concordancia con la estructura programática definida por el MEF para el año 2023; la Oficina de Presupuesto y Tributación, med:an'e Informe N° 000204-2024-GRC/OPT de 30 de enero de 2024 indico lo siguien
3.2 En cuanto a les labores de Fiscalización, tendrán la siguiente estructura funcional programática. ta cual ha sido señalada por el Ministerio de Economia y Finanzas para ser empleada en la función de fiscalización de los Consejeros Regionales:
Categoría Presupuestaria: 9002 Asignaciones Presupuestarias que no Resultan en Producto
(APNOP) Función : 03 Planeamiento, Gestión y Reserva de Contingencia División funcional : 004 Planeamiento Gubernamental Grupo Funcional : 0005 Planeamiento Institucional Actividad : 5001228 Supervisión y Control Finalidad : 0410819 Seguimiento de Fiscalización de los Consejos Regionales y
Consejos Municipales a nivel nacional
De lo expuesto en los dos párrafos precedentes, se tiene claro que el MEF y la Oficina de Presupuesto han definido la estructura programática para el ejercicio de la funcion fiscalizadora, precisando que se trata de una “Actividad de Supervisión y Control”, y que ésta se considera como una Categoria Presupuestal “Asignación Presupuestaria que no Resulta en Producto (APNOP)
Por definición, las APNOP comprende a las actividades para la atención de una fraldad específica de la entidad, que no resulta en la entrega de un producto a una población determinada, tal como lo define en su Anexo N° 1 la Directiva N° 0002-2024-E| consecuencia, las actividades de supervisión y control que realice el Consejo del Gobierno Regional del Callao, estarán comprendidas dentro de la Categoria Presupuestal APNO?
Con base a los precitados criterios normativos, y con referencia a lo previsto en el numeral 4 de la Guia para ei Planeamiento Institucionall%, la cual establece pautas para el planeamiento institucional; corresponde que el Consejo Regional se pregunte ¿Qué hacer en materia de fiscalización? y ¿Cómo hacer?
En cuanto al interrogante del ¿Qué hacer en materia de fiscalización?, entendiendo que el Consejo Regional es competente para fiscalizar la gestión pública del gobierno regional (inc K del art. 15 de la Ley N° 27887), y con sujeción a lo dispuesto en el articulo 29-A de la Ley 27887, las intervenciones de fiscalización, se harán respecto de las siguientes materias. |) Salud, ii) Educación, iii) Desarrollo Social, iv) Administración, v) Presupuesto y Planificación vi) Patrimonio, vii) Defensa Civil y Seguridad Ciudadana, vi) Contrataciones Públicas. x) Desarrollo Económico, x) Seguridad y Salud en el Trabajo, y xi) Gestión Ambienta: y Recursos Naturales
(6) El POI permite implementar la estrategia del PEI y resoonde básicamente a dos (2) preguntas: '¿ Qué voy a hacer?" y “¿Cómo lo voy a hacer?’ Para responder a la primera. la Alta Dirección de la entiñac dere actualizar su conocimiento integral de ‘a realidad (población y territorio) en la cual actúa y ce Tu deseado para identificar posibles cambios (p. ej gestión logistica, productividad laboral. uso de TiC } Para mejorar su oferta de bienes o servicios. Para responder a la segunda, la entidad debe defin’ $10 anterior será a través de la adquisición de bienes, de contratación de servicios (estudio, consultoria; ce actividades de capacitación-acompañamiento, del desarrollo de sistemas informáticos O de mejoras en infraestructura (equipamiento, obras. mantenimiento de los activos), entre otros
ES COPIA MEL DEL ORIGINAL
RLOS ALEJANDRO MORA PL CARL OR ESATARIO ALTERNO
‘GOSIE: 'EGIONAL DEL CALLA neg eee aan. Fecha: 08 205
En concordancia con el que hacer, expuesto en ei párrafo precedente, y teniendo en consideración las materias en las que pretenden intervenir los señores consejeros regionales la programación será la que se muestra en el Anexo N° 04 denominado: Programa de Acciones de Fiscalización del Consejo del Gobierno Regional del Callao (PAF) - Año 2025, y se resume en el Cuadro N° 02
Cuadro N° 02
RESUMEN DE NUMERO DE ACCIONES PROGRAMADAS (Meta Física)
NUMERO DE CONSEJERO REGIONAL RESPONSABLE ACCIONES DE FISCALIZACIÓN 7 _ _(Metas Físicas) Consejero Regional Salvatore Salpietro Macchiavelo | 3
Y _
Consejero Regional Juan Carlos Amaya Bullon Consejero Regional G Gral. (1) José Remigio Sosa Dulanto Badiola
j Consjera Regional Rosa Maria Mercedes Raquel Pacheco Miñan | A | Consejero = Carlos León Siles |
nal Lic Luz Carmela Julca Estrada
sejera Regional Lic. Johanna Shirley Gutiérrez Alvarado
Del cuadro precedente se desprende que el Consejo Regional del Callao tiene previsto intervenir en 25 actividades de fiscalización, las cuales constituyen metas fisicas, y que las mismas forman parte de las metas físicas incorporadas en el Plan Operativo Institucional (POI) del 2025, instrumento de gestión que fuera aprobado con la Resolución Ejecutiva Regional N° 000010 de 13 de enero de 2025
En lo que concieme al PO), es de tener presente lo previsto en el numeral 6.28) de la Guía para es Planeamiento Institucional, según la cual la Entidad debe elaborar y aprobar el PO! Multianual para un periodo no menor de tres (3) años respetando el periodo de vigencia del Pian Estratégico Institucional (PEI); asimismo, es de tener presente que el PO! se elabora y aprueba con la finalidad de orientar la asignación de recursos al logro de las metas, y que éste es aprobado antes de la Programación Multianual de presupuesto de la Entidad. Consecuentemente, la meta fisica de la actividad de supervisión y control para el año 2025, deberian ser similar a la del año 2024 (36 informes de acciones de fiscalización) Sin embargo, teniendo en consideración que la asignación presupuestal para e' presente ejercicio, disminuyo en un 50 % respecto del presupuesto asignado en el ejercicio fiscal anterior
(8) El PE! se elabora y aprueba en el año previo al inicio de su vigencia, y en consecuencia la entidad debe elaborar y aprobar el PO! Multanual para un periodo no menor de tres años respetando el periodo de vigencia del PE:
ES COPIA FIEU DEL ORIGINAL
CO RTARIO-ALTERNO
oo o E AS 2025
Reg... .
En concordancia con lo expresado en el párrafo precedente, de acuerdo con el numeral 5.1 de la Directiva General N° 001-2021-GRC/GGRIGRPPAT, "Elaboración, aprobación ejecución, seguimiento, modificación y evaluación del Plan Operativo Institucional del Gobierno Regional del Callao”, y considerando que el PO! es una herramienta de planificación e instrumento de gestión, en el cual se establecen de manera cualtativa y cuantitativa la programación de actividades operativas e inversiones, y de acuerdo al numeral 5.2, las actividades operativas e inversiones metas físicas y su valorizac ón deberán relacionarse con la Estructura Funcional Programática (Programa. Proye IProducto, Actividad / Acción / Obra, División Funcional, Grupo Funcional y actvidad presupuestal); este instrumento de gestión debe concordar con el PAF - 2025
Considerando que, se ha procedido con el registro de las metas fisicas y financieras de las actividades de fiscalización, tal como se visualiza en el Anexo B-5 de: aplicativo CEPLAN V.01; de manera oportuna, se planteara ante la Oficina de Planes, la correspondiente modificación
CRONOGRAMA PARA LAS INTERVENCIONES EN LAS ACCIONES DE FISCALIZACIÓN
Tal como resumimos en el Cuadro N° 02. los señores consejeros regionales han presentado 25 iniciativas de acciones de fiscalización; sin embargo, en razón a que el formato aprobado por la Contraloria de la República (Anexo N° 03), no especifica que la programación debe contemplar un plazo y cronograma para sus intervenciones: estos aspectos se estarán definiendo en cada Plan de Trabajo de las Acciones de Fiscalización (PTAF)
PRESUPUESTO ESTIMADO PARA LA EJECUCIÓN DE LAS ACCIONES DE FISCALIZACIÓN
Otra interrogante a tener en cuenta en la fase de la planificación, es el ¿Cómo hacer?. Para responder dicha interrogante en materia de fiscalización, previamente debemos conocer el significado de actividades de fiscalización: lo que nos lleva a tener en cuenta, de manera referencia, lo previsto en el artículo 23919) del TUO de la Ley N° 27444; según el cual, la actividad de fiscalización constituye el un conjunto de actos y diligencias de investigación supervisión, control o inspección sobre el cumplimiento de las obligaciones, prohibiciones y otras limitaciones exigibles a los administrados, derivados de una norma legal o reglamentaria, contratos con el Estado u otra fuente jurídica
Entonces, para el desarrollo de estos actos, los señores consejeros requerer de ia asistencia especializadas de profesionales, con formación académica y expertos en las materias sometidas a fiscalización; asimismo, se requieren del apoyo logistico (adquisiciones de insumos, materiales, equipos y útiles de oficina)
(9) Articulo 239 del TUO de la Ley N° 27444
239.1. La actividad de fiscalización constituye el conjunto de actos y diigencias de investigación su control o inspección sobre el cumplimiento de las obligaciones, prohibiciones y otras limilacione: los administrados, derivados de una norma legal o reglamentaria contratos con el Estado u ola
a jente
jurídica, ES COPIA PIEL DEL ORIGINAL.
CARL: pz FEDATARIO.ALTERNO.
REGIONAL DEL CALLA:
eg. as A Fecha:. 24M
AR 2025
ES COPIA oF DEL ORIGINAL “CARLOS ACEJANDRO MORA PUMA O (cas our se a Reg. nf ¿E Fecha “MAR? 2005, Por consiguiente, se hace necesario contar con los recursos presupuestarios suficientes, para el financiamiento de la contratación de servicios personales y la adquisición de bienes, bajo un
enfoque de cumplimiento normativo, de prevención del riesgo, de gestión del riesgo y tutela de los bienes ur dicos protegidos
Con relación a a disponibilidad de los recursos presupuestarios para las adquisiciones de bienes y contralaciones de servicios, previamente debemos indicar que según lo dispuesto en el artículo 11 de ia Directiva N° 0002-2024-EF/50.01 aprobada por ja Resolución Directoral N° 0021-2024-EF/50.01, la Programación Multianual Presupuestaria implica efectuar la previsión de gastos de la entidad, en función a la Asignación Presupuestaria Multianual, para un periodo de tres años fiscales consecutivos, orientados a la provisión de los productos, proyectos, acciones comunes y actividades, acciones de inversión y/u obras, cuales deben corresponder a las metas físicas a alcanzar y a una adecuada estimación del gasto.
Asimismo, debemos señalar que según lo previsto en el artículo 12 de la precitada directiva, para est mar el gasto público, la entidad debe cuantificar apropiadamente los costos de los insumos requeridos para la generación de productos, proyectos, acciones comunes y las actividades, acciones de inversión y/u obras priorizadas, a nivel de centro de costos y puntos de acción cuando corresponda
En cuanto a la estimación del gasto, es preciso indicar que el área usuaria identifica y cuantifica las necesidades de bienes y servicio que requieren para el cumplimiento de sus metas y objetivos estratégicos y operativos, conforme prevé el literal b) del numeral 4,200 de la Directiva N° 0005-2021-EF/54.01, Directiva para la Programación Multianual de Bienes, Servicios y Obras; lo cual es concordante con lo previsto en el articulo 13 del Decreto Legislativo N° 1439 que dispone, el Cuadro Multianual de Necesidades comprende as actividades mediante las cuales se prevén las necesidades de bienes, servicios y obras, para el cumplimiento de las metas, por un periodo no menor de tres (3) años. Con tal propósito y en merito al numeral 10.1") del artículo 10 de la acotada directiva N° 0005- 2021-EF/54 01, la Secretaria del Consejo en su condición de área usuaria ha identificado, cuantificado y
(50) b) Área usuaria Es el órgano. unicad orgánica u otro nivel organizacional de la Entidad del Sector Público u organización de la entidad responsable de identificar sus necesidades de bienes, servicios y obras para la elaboración del CMA, o aquel, que dada su especialidad y funciones canaliza las necesidades de otros órganos, unidades orgánicas y otro nivel organizacional, asimismo, se encarga de formular los requerimientos oe los bienes, servicios y obras previstas en el CUN
- 101 El Area usuaria realiza las siguientes actividades
e) identifica y cuantifica las necesidades de bienes y servicios que requieren para el cumplimiento de
sus metas y objetivos estralégicos y operativos.
b) Participa en la valonzación de las necesidades durante el desarrollo de la PMBSO para la eleboración
del CMN, en caso corresponda
e) Registra en el CN la información recopilada y procesada en atención a las actividades ejecutadas en los Weraies a) y 0) del presente articulo
d) Registra en el CMN en coordinación con la Oficina de Programación Mulltenval de inversiones
Cuadro N° 03
PRESUPUESTO ESTIMADO POR CADA DESPACHO DE LOS SEÑORES CONSEJEROS PARA LA REALIZACIÓN DE SUS RESPECTIVAS ACCIONES DE
FISCALIZACIÓN CONSEJERO REGIONAL RESPONSABLE T Secuencia PRESUPUESTO Funcional ESTIMADO EN Si Consejero Regional Salvatore Salpietro Macchiaveio | 175 is 111,500.00 [Consejero Regional Juan Carios Amaya Bullon i 307 | 111,500.00 Consejero Regional Gra. (1) José Remigio Sosa Dulanto 302 144.500 00 | Badiola | Consjera Regional Rosa Maria Mercedes Raquel Pacheco 303 111,500.00 Miñan Consejero Regional Juan Carlos León Siles EN 111:500.00 'Consejero Regional Lic. José Migue! Gomez Oluto El 305 114,500.00 Consejero Regional Claudio Fernández Zapata 308 177,500.00 [ Consejera Regional Lic. Luz Carmela Julca Estrada 307 111,500.00 Consejera Regional Lic Johanna Shirley Gutiérrez Alvarado 308 111:500.00 TOTAL | 1003 500,00
7 TABLAS Y ANEXOS
Tabla N° 01: "Programa de acciones de fiscalización del Consejo del Gobierno Regional del Callao, correspondiente al año 2025
ES COPIA FyÉL DEL ORIGINAL
"CARLO! SALES PUMA
cin GOBIERNO REGIONAL DEL CALLA
A AA NAR, 005
Unidad Formuladora yfo Unidad Ejecutora de Inversiones de ia Entidad del Sector Público u organización de la entidad, para el caso de inversiones, los bienes, servicios y obras identificados y cuanlificados que se requieran en cada una de las fases del ciclo de inversión; para lo cual se tiene en cuenta la cartera de inversiones de la Entidad del Sector Público u organización de la entidad. asi como la información contenida en las fichas técnicas, en fos estudios de preinuersión a nivel de perl en los expedientes tecnicos o documentos equivalentes, u otro documento, según corresponda, en él marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones. 8) Remite de manera oportuna los requerimientos programados para la ejecución efectiva del CMN f) Otras actvidades necesarias para el cumplimiento de PMBSO-
valorizado el cuadro de necesidad de bienes y servicios para el ejercicio de la función normativa y fiscalizadora durante el ejercicio fiscal 2025; de cuyo resultado se tiene que, el “ presupuesto requerido asciende a la suma de S/ 5 487 601,53 Soles: de los cuales, para la función fiscalizadora se requiere la suma de S/ 1 102,809.00 Soles. Cabe precisar que. el cuadro de necesidades fue derivado a la Gerencia de Administración adjunto a 4 Memorandum N° 000836-2024-GRC/SCR
Sin embargo, La Oficina de Presupuesto y Tributación a través de Informe N° 000755-2025- GRCIOPT del 21 de febrero de 2025, asignó los recursos presupuestales para las acciones de fiscalización, solamente por la suma de S/ 1 003,500.00 (Un millón tres mil quinientos con 00/100 Soles)
Sobre los recursos presupuestales asignados para las acciones de fiscalización, es de ndicar que, este importe representa el 1.73 % del presupuesto asignado en el año 2024. para la Genérica de Gasto 5-23: Bienes y Servicios, proveniente de ia Fuente de Financiamiento 1 Recursos Ordinarios — a nivel Pliego; cuyo importe a nivel PIA fue de S/ 58 130 649,00 Soles Por lo que, este presupuesto asignado se enmarca dentro de los alcances del inciso k) del artículo 15 de la Ley N° 27867, modificado por artículo 1 de la Ley N° 31812; y io dispuesto en la primera disposición complementaria final de la Ley N° 31433, la cual también fue modificada por el articulo 3 de la Ley 31812.
En base al presupuesto asignado, los señores consejeros, al presentar sus PTAF establecerán los presupuestos estimados para cada de una de las acciones en las que pretenden intervenir, debiendo contemplar que no deberán superar la suma de S/ 111, 500 00 Soles para cada despacho de los consejeros, conforme la secuencia funcional que se resume en e Cuadro N° 03
ES COPIA pip DEL ORIGINAL
“CARLOS ALEJANDRO CARL OR SNATARIO.ALTERNO
GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO
Reg. e Fecha: .2 4: MAR:=2025
Programa de Acciones de Fisc: ción del Consejo del Gobierno Regional del Callao (PAF) ANO: 2025
- DATOS GENERALES: | NOMBRE DE LA ENTIDAD: | GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO ‘ — a —— — ~ PP TITULAR DE LA ENTIDAD: | CIRO RONALD CASTILLO ROJO SALAS
| MONTO PRESUPUESTAL ASIGNADO AL.) , | FORTALECIMIENTO DE LA FUNCIÓN DE |3/1003,500.00 | FISCALIZACIÓN DEL CONSEJO REGIONAL O |
CONCEJO MUNICIPAL! :
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL O ye ge CONCEJO MUNICIPAL QUE APRUEBA EL | PAF:
Acuerdo | Fecha de Acuerdo
Elaborar un programa anual de las maleras a OBJETIVO DEL PAF: fiscalizar de la gestión publica del gobierno regiona | : del Callao, en el marco de la Ley N° 31812
- PROGRAMACIÓN DE MATERIAS A FISCALIZAR:
Materias a fiscalizar ?
SALUD
EDUCACION
DESARROLLO SOCIAL
ADMINISTRACIÓN —
PRESUPUESTO Y PLANIFICACION
PATRIMONIO
DEFENSA CIVIL Y SEGURIDAD CIUDADANA
CONTRATACIONES PUBLICAS
Para muni (FONCOMUN) $ mpuestos m Presupuesto para gobiernos. de tmanciamena recursos sr
rado 69 e
‘vena. echo an pro de una gation pubis een y avortuns enfocada ena blero
FEDATARIO.ALTERNO
Boge Fen: TH ARR 2005
- DESARROLLO ECONOMICO
o) SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
GESTION DEL MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES
OTRAS MATERIAS
COMENTARIOS (opcional)
| - ¿Participó en la sesión de | 0% | Nombres y apellidos de los integrantes | consejo regional / concejo Ñ Firma de | i det consejo regional o concejo musicipal | municipal que aprueba el | “Se lesParteipantes | Aprueba Desaprucba PAF? (Si/No) “Consejero Regional Salvatore ! | APRUEA Saipietro Macchiavelo | s | s | APRUEBA ¡ si APRUEBA “177 Consera Regional Rosa Mana | s __.... ¡Mercedes Raquel Pacheco Miñan APRUERA
” "Consejero Regional Juan Carlos 5 | Leon Siles __| E | APRUEBA. » Consejero Regional Lc 4 5 Gómez Olu _ . o 7 PORE Conseero Regi | 5 _ Femández Zapata sonia Consejera Regional Lic, Luz Carmela | u ca Estrada | s | ic ¡75 Consejera Regional Lic Johanna | Shivey Cuterrez Alvarado E | APRUEEA — >
ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
RO FEDATARIO.ALTERNO
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