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015-2026 Regional Agreement Callao In force

Acuerdo de Consejo Regional N.° 015-2026

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Gobierno Regional del Callao

Acuerdo de Consejo Regional N.° 015

Callao, 20 de Febrero de 2026

El Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao, en Sesión Ordinaria celebrada el 20 de febrero de 2026, con el voto unánime de los/as Consejeros/as Reglonales y en uso de fas facultades conferidas por fa Ley N.° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias; y, el Reglamento Interno del Consejo Regional del Callao.

VISTO:

El Informe N.* 000002-2026-GRC/SCR de fecha 08 de enero de 2026, emitido por la Secretaría del Consejo Regional;

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 191° de la Constitución Politica del Perú, establece: “Los gobiernos regionales tienen autonomía política, económico y administrativa en los asuntos de su competencia, (...) La estructura orgánica básica de estos goblernos la conforman el Consejo Regional, como órgano normativo y fiscalizador, (...)";

Que, el Artículo 2° de la Ley N.* 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y, sus modificatorias, señala: “Los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular. Son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económico y administrativo en asuntos de su competencia (...)”;

Que, el Artículo 13° de la acotada norma, respecto al Consejo Regional, establece que: “Es el órgano normativo 'olizador del gobierno regional. Le corresponden los funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas. (...}";

SAD “4 } Que, el Artículo 15° de la citada Ley, reflere que san atribuciones del Consejo Regional: *(...) k. Flscalizar la gestión

hi público del gobierno regional. Para tal efecto, en el presupuesto institucional de opertura (PIA) del gobierno ers regional, se Incorporan los recursos, según clasificador presupuestario, que proporcionen al Consejo Regional la capacidad logística y el apoyo profesional necesarios para el ejercicio de sus actividades de fiscalización. (...)”;

Que, el Artículo 39° de la Ley antes mencionada, señala: “Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgono sobre asuntos Internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional (...) Los Acuerdos Regionales serán aprobados por mayoría simple de sus miembros. (...)"

Que, el Artículo 3° del Reglamento interno del Consejo Regional del Callao, aprobado mediante la Ordenanza Regional N.” 001 de fecha 14 de enero de 2008, modificado por la Ordenanza Regional N.* 002, de fecha 11 de junio de 2019, establece que: “Son atribuciones del Consejo Regional las que la Constitución Político del Perú, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y la normatividad vigente le asigna.”;

Que, el Artículo 67° del mencionado Reglamento Interno del Consejo Regional del Callao, dispone: “Para adoptar un acuerdo se requiere el voto aprobatorio de la mayorta de los Consejeros Regionales hábiles presentes con los que se haya constituido quórum. {...)°;

Que, a través de la Ley N.* 31812, se modifica la Ley N.* 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y la Ley N.* 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, para asegurar el financiamiento del ejercicio de la función fiscalizadora de los consejos reglonales y concejos municipales;

Que, el Artículo 3° de la Ley N.* 31812, Ley que modifica la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, para asegurar el financiamiento del ejercieto de la función fiscalizadora de los consejos regionales y concejos municipales, modifica la Disposición Complementaria Final

Primera de la Ley 31433, respecto a los Recursos para fortalecer la función de fiscalización de concejos municipales y consejos regionales, indicando lo siguiente:

on)

b) El monto de los recursos incorporados anualmente en el presupuesto institucional de apertura (PIA) de los gobiernos regionales no puede ser inferior al uno por ciento ni superior al dos por ciento del presupuesto precedente de la genérica de gasto bienes y servicios, pertenecientes a la fuente de financiamiento recursos ordinarios del pliego. El registro de dicha información se vincula con una actividad presupuestal que permita la identificación y el seguimiento de tos recursos asignados para la función de fiscalización.

c) De requerirse lo habilitación de mayores recursos para asegurar el financiamiento de la función de fiscolización, tanto de las municipalidades como de los gobiernos regionales, que los señalados en los literales a y b, durante la fase de ejecución presupuestal, dichos gobiernos regionales y goblernos locales quedan exceptuados de los restricciones presupuestarias a fin de realizar modificaciones presupuestorias en el nivel funcional programático, solo para habilitar recursos para la referida función de fiscalización,

a) Los consejos regionales (...) aprueban, dentro del primer trimestre de cada año fiscal, el programa de acciones de fiscalización, con arreglo a los montos asignados según los literales a y b y los procedimientos señalados en la normativa vigente.

fun)”

Que, mediante el Informe N.* 000002-2026-GRC/SCR de fecha 08 de enero de 2026, el Secretario del Consejo Regional solicita al Consejero Delegado tenga a bien exhortar a los señores Consejeros Reglonales del Consejo Regional del Gobierno Reglonal del Callao, prioricen las materias en las que ejercerán la función fiscalizadora en el periodo 2026, debiendo tener en cuenta que las materias a fiscallzar, son aquellas previstas en el Artículo 29- A de la Ley N.° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias; además de establecer el número de metas físicas, las mismas que serán numeradas y enunciadas en atención al Anexo N° 3 de la Directiva N° 010-2024-CG/PREV “Presentación de Balance Semestral de los consejeros regionales y regidores municipales sobre el uso del monto destinado al fortalecimiento de la función fiscalizadora” aprobada mediante la Resolución de Contraloría N.* 317-2024-CG, de fecha 16 de julio de 2024;

Que, en atención al Informe antes señalado, a través del Oficio N.° O00009-2026-GRC/CR-SMS, Oficio N.° 000018- 2026-GRC/CR-JCAB, Oficio N.* 000006-2026-GRC/CR-JRSDB, Oficlo N.° 000032-2026-GRC/CR-RMMRPM, Oficlo N.” 000010-2026-GRC/CR-JCLS, Oficio N.* 000027-2026-GRC/CR-JMGO, Oficio N.° 000033-2026-GRC/CR-CFZ, Oficio N.° 000024-2026-GRC/CR-LCIE y Oficio N.° 000007-2026-GRC/CR-JSGA, los señores Consejeros Regionales remitieron sus respectivas propuestas de acciones de fiscalización adjuntando el Anexo N.° 3 debidamente llenado, contenido en la Directiva N.° 0L0-2024-CG/PREV “Presentación de Balance Semestral de los consejeros regionales y regidores municipales sobre el uso del monto destinado al fortalecimiento de la función fiscalizadora” aprobada mediante la Resolución de Contraloría N.° 317-2024-CG, de fecha 16 de julio de 2024 ;

Que, mediante el Informe N.* 000004-2026-GRC/SCR de fecha 13 de febrero de 2026, el Secretario del Consejo Regional respecto a la Programación de Acciones de Fiscalización (PAF) del Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao, correspondiente al año 2026, informa al Consejero Delegado que de acuerdo al Informe N.” 000023-2026-GRC/GRPPYAT y el Informe N.° 000129-2026-GRC/OPT, la Secretaria de Consejo cuenta con la disponibilidad presupuestal asignado por la Oficina de Presupuesto y Tributación, por un importe total 5/ 1 080 000.00 Soles; por lo cual recomienda someter al Pleno del Consejo el “Programa de Acciones de Fiscalización del Consejo del Gobierno Regional del Callao, correspondiente al año 2026, para su correspondiente debate, y posterior aprobación;

Que, en la Sesión Ordinaria de la fecha, el señor Salvatore Salpietro Macchiavello, Consejero Delegado del Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao; sometió a consideración del Pleno del Consejo Regional, la aprobación del Programa de Acciones de Fiscalización (PAF) del Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao, correspondiente al año 2026;

Que, en ese sentido, el Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao, en uso de las atribuciones establecidas en la Ley N.° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias y, el Reglamento interno del Consejo Regional del Callao, aprobado mediante la Ordenanza Regional N.* 001 de fecha 14 de enero de 2008 y sus modificatorias; y, en virtud de los considerandos establecidos precedentemente, por unanimidad:

ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL

SIONAL DE

JAS UE AL peceras et MAR: 2028

SE ACUERDA:

  1. APROBAR, el Programa de Acciones de Fiscalización (PAF) del Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao, correspondiente al año 2026 adjunto al presente Acuerdo de Consejo Regional, en el marco de lo previsto en el literal d) de la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31433, modificada por el Artículo 3° de la Ley N° 31812.

  2. ENCARGAR, 2 la Gerencia General Regional disponga las acciones administrativas necesarias para el fiel cumplimiento del presente Acuerdo de Consejo Regional, en atención a lo establecido en la Directiva N° 010- 2024-CG/PREV “Presentación de Balance Semestral de los consejeros regionales y regidores municipales sobre el uso del monto destinado al fortalecimiento de la función fiscalizadora" aprobada mediante la Resolución de Contraloría N* 317-2024-CG, de fecha 16 de julio de 2024.

  3. ENCARGAR, a la Oficina de Trámite Documentario y Archivo, la notificación del presente Acuerdo de Consejo

Regional, a los Consejeros Regionales del Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao y al Encargado

del Registro de Información para el año 2026, para su conocimiento y acciones correspondientes.

4, DISPENSAR el presente Acuerdo de Consejo Reglonal del trámite de lectura y aprobación del Acta.

POR TANTO

MANDO SE REGISTRE Y CUMPLA

ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL

AHIRÓQUE ALMERCO 'ARIO ALTER’ RNO REGIONAL DEL CALLAO

Ge F0.......Fecha:..1...)-MAR. 2026

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Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regioncallao/normas-legales/8026427-015-2026 PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9822854/8026427-acuerdo-del-consejo-regional-n-015-2026.pdf