Acuerdo de Consejo Regional N.° 013-2025
Not legal advice. This is a community-maintained copy for research — verify against the official source before relying on it. Regional norm text may be OCR-extracted and contain errors.
|
Gobierno Regional del Callao
Acuerdo de Consejo Regional N° 013
Callao, 07 de Febrero de 2025
El Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao, en Sesión Ordinaria celebrada el 07 de febrero de 2025, con el voto unánime de los/as Consejeros/as Regionales y en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 27867,
Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias; y, el Reglamento Interno del Consejo Regional del Callao.
VISTO:
El Oficio N° 000009-2025-GRC/CR-LCIE de fecha 21 de enero de 2025, presentado por la señora Luz Carmela Julca Estrada, Consejera Regional del Gobierno Regional del Callao;
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 191° de la Constitución Política del Perú, establece: “Los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, (...) La estructura orgánico básica de estos gobiernos la conforman el Consejo Regional, como órgano normativo y fiscalizador, (...)”;
Que, el Artículo 2° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y, sus modificatorias, señala: “Los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular. Son personas jurídicas de derecho público, con autonomia política, económica y administrativa en asuntos de su competencia (A
Que, el Artículo 13° de la acotada norma, respecto al Consejo Regional, establece que: “Es el órgano normativo y fiscalizador del gobierno regional. Le corresponden las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegados. (...)”;
Que, el Artículo 15” de la citada Ley, refiere que son atribuciones del Consejo Regional: “(...) k. Fiscalizar la gestión pública del gobierno regional. Para tal efecto, en el presupuesto institucional de apertura (PIA) del gobierno regional, se incorporan los recursos, según clasificador presupuestario, que proporcionen al Consejo Regional la capacidad logística y el apoyo profesional necesarios para el ejercicio de sus actividades de fiscalización (...)”;
Que, el Artículo 39° de la Ley antes mencionada, señala: “Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional (...) Los Acuerdos Regionales serán aprobados por mayoría simple de sus miembros. (...)”;
Que, el Artículo 3° del Reglamento Interno del Consejo Regional del Callao, aprobado mediante la Ordenanza Regional N° 001 de fecha 14 de enero de 2008, modificado por la Ordenanza Regional N° 002, de fecha 11 de junio de 2019, establece que: “Son atribuciones del Consejo Regional las que la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y la normatividad vigente le asigna.”;
Que, el Artículo 67° del mencionado Reglamento Interno del Consejo Regional del Callao, dispone: “Para adoptar un acuerdo se requiere el voto aprobatorio de la mayoría de los Consejeros Regionales hábiles presentes con los que se haya constituido quórum, (...)”;
Que, a través de la Ley N° 31812, se modifica la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, para asegurar el financiamiento del ejercicio de la función fiscalizadora de los consejos regionales y concejos municipales;
Que, el inciso d) de la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31433, modificada por el Artículo 3 de la Ley N° 31812, establece que: “Los consejos regionales (...) aprueban, dentro del primer trimestre de coda año fiscal, el programa de acciones de fiscalización, con arreglo a los montos asignados según los literales a y b
¡mien eñalados en la normativa vigente.”; CERTIFICO QUE EL PRESENTE y los procedimientos s [e] & bo ees S copia ene » RÍGINAL
Que, en ese sentido, a través del Acuerdo de Consejo Regional N° 016 de fecha 13 de marzo de 2024 y sus modificatorias, el Consejo Regional del Gobierno Regiona! del Callao, en uso de las atribuciones establecidas en el Artículo 15° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, por unanimidad acordó: “1, APROBAR el Programa de Acciones de Fiscalización del Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao, el cual incluye la Tabla N° 01 denominada “Programa de Acciones de Fiscalización del Consejo del Gobierno Regional del Callao, correspondiente al año 2024” y, la Tabla N° 02 denominada “Cronograma de Ejecución de Acciones de Fiscalización 2024” y, el Anexo 8-5 del Aplicativo CEPLAN V.01, (...)”;
Que, asimismo, mediante el Acuerdo de Consejo Regional N° 122 de fecha 16 de septiembre de 2024, el Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao, en uso de las atribuciones establecidas en el Artículo 15° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, por unanimidad acordó: “1, APROBAR, la Actividad de Fiscalización denominado: “Verificar el estado de la infraestructura, equipamiento y la calidad de los servicios que brindan las Instituciones Educativas Públicas de la jurisdicción del distrito de Carmen de la Legua Reynoso - Callao”, propuesta por la señora Luz Carmela Julca Estrada, Consejera Delegada del Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao a través del Plan de Trabajo de Actividad de Fiscalización ~ PTAF; en cumplimiento de lo previsto en el sub numeral 6.4.3 del numeral 6.4 de la Directiva N° 010-2024-CG/PREVI — “Presentación de Balance Semestral de los Consejeros Regionales y Regidores Municipales sobre el uso del monto destinado al fortalecimiento de la función de fiscalización”, aprobada mediante la Resolución de Contraloría N° 317-2024-CG de fecha 16 de julio de 2024. (...)”,
Que, mediante el Oficio N° 000009-2025-GRC/CR-LCJE de fecha 21 de enero de 2025, la Sra. Luz Carmela Julca hy Estrada, Consejera Regional del Gobierno Regional del Callao, presenta el informe Final de la Acción de Fiscalización denominada “Verificar el estado de la infraestructura, equipamiento y la calidad de los servicios que brindan las Instituciones Educativas Públicas de la jurisdicción del distrito de Carmen de la Legua Reynoso - Callao”, con la finalidad de poner a conocimiento del mismo al Consejo Regional del Callao y, consecuentemente “UPN se dé por culminada dicha Acción de Fiscalización;
ON
ue, en la Sesión Ordinaria de la fecha, se sometió a consideración del Pleno del Consejo Regional el Informe inal antes mencionado, por lo que la citada Consejera Regional procedió a sustentar el Informe Final de la Acción de Fiscalización indicada y, posteriormente, se sometió a votación del Consejo Regional del Callao, la finalización de la Acción de Fiscalización aprobada mediante el Acuerdo de Consejo Regional N° 122 de fecha 16 de septiembre de 2024;
Que, en el Informe Final de la Acción de Fiscalización denominada “Verificar el estado de la infraestructura, equipamiento y la calidad de los servicios que brindan las Instituciones Educativas Públicas de la jurisdicción del distrito de Carmen de la Legua Reynoso - Callao”, cuyo objetivo general fue: “Evaluar los servicios que brindan las Instituciones Educativas Públicas de educación básica en los niveles de inicial, primaria, secundaria de la
jurisdicción del Distrito de Carmen de la Legua Reynoso - Callao”, se vertieron en el Acápite IX las siguientes conclusiones (pp. 41 - 42):
- El análisis exhoustivo de los instrumentos de gestión institucional revela una serie de
debilidades significativos que impactan negativamente en la colidad educativa y en la cohesión de la comunidad educativa. La identificación inadecuada de fortalezas, debilidades, oportunidades y amenazas en el Proyecto Educativo Institucional dificulta una planificación estratégica efectiva. La carencia de información precisa sobre el nivel de logro de los estudiantes impide una toma de decisiones fundamentada y limita el establecimiento de objetivos y metas claras y realizables. Además, la ausencia de participación de la comunidad educativa en la elaboración de estos instrumentos resulta en documentos carentes de relevancia y compromiso, subrayando la necesidad urgente de fortalecer el liderazgo directivo para fomentar una cultura de colaboración y participoción activa de docentes, padres de familia y estudiantes.
- El proceso de monitoreo y acompañamiento pedagógico en las instituciones fiscalizadas evidencia una serie de deficiencias críticas que comprometen la mejora continuo de la practica pedagógica y, por ende, el aprendizaje de los estudiantes. La falta de cumplimiento del Plan de Monitoreo y Acompañamiento, reflejada en la realización suficiente y parcial de visitas de
CERTIFICO QUE EL PRESEN
DQCKIENTO El thd
aula, denota una clara necesidad de reforzar la responsabilidad y el compromiso del equipo directivo en este aspecto.
La carencia de uniformidad y profundidad en las fichas de observación, junto con la superficialidad de las recomendaciones y la falta de compromisos claros por parte de los docentes, indican una practica de monitoreo que no logra su objetivo de retroalimentar y mejorar la enseñanza. La complacencia observada en los directivos al comunicar áreos de mejora a los docentes, sumada a la escasa gestión de datos del proceso, resalta una debilidad en el liderazgo educativo y en la cultura de evaluación y mejora continua.
Los observaciones realizadas en las cinco instituciones educativos fiscalizados revelan que, a pesar de encontrarse en un estado de conservación regular, las estructuras instalaciones sanitarias, instalaciones eléctricas, mobiliario y equipamiento escolar no cumplen con las condiciones de seguridad requeridas en edificaciones.
El análisis de las instituciones educativas fiscalizadas revela tanto logros como areas significativas de mejora. Aunque han cumplido con la formación de comités de gestión de recursos y han generado ingresos a través de contratos de alquiler que ayudan a mejorar su infraestructura, se evidencian múltiples desafios administrativos y Operativos. La falta de capacitación de personal administrativo y las quejas anónimas de los padres de familia acerca de la falta de transparencia y la obligatoriedad de los aportes son temas que necesitan
{ atención urgente. Además, se ha observado un manejo inadecuado de los inventarios y una falta de orden en la ubicación física de los muebles, así como una insuficiente actualización y control de los bienes durante el año. La demora en la fiscalización debido a factores externos y la falta de colaboración de algunas instituciones complican aun más la situación.
- El análisis de las instituciones educativas fiscalizadas muestra un panorama mixto de cumplimiento y áreas críticas de mejora. A nivel de procedimientos administrativos, solo una minoría cumple con el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA). En la gestión documental, aunque se han modernizado los procesos y se cumple con el manejo de documentación básica, la comunicación sobre el progreso académico no satisface a los padres, lo que indica una necesidad de optimizar el uso de herramientas digitales.
En cuanto al clima escolar y la prevención de la violencia, se identifican altos niveles de problemas de convivencia y bullying, con una percepción generalizado de falta de apoyo en situaciones de conflicto. La comunicación institucional también presenta una notable discrepancia entre la calidad de enseñanza percibida y la efectividad de los canales de comunicación, sugiriendo una mejora en la transparencia y el flujo de información,
Aunque hay una alta promoción de la participación estudiantil, la efectividad de esta participación es limitada, lo que requiere una mayor consideración de las opiniones y propuestas de los estudiantes. El desarrollo profesional docente es percibido positivamente por los padres, pero la baja implementación de evaluaciones del personal revela una inconsistencia en la gestión del tolento docente.”
Que, en el Informe Final de la mencionada Acción de Fiscalización, en el Acápite X se realizaron las siguientes recomendaciones (pp. 43 - 44):
Para el Gobernador Regional
- Elevar la calidad educativa
- Implementar políticas y estrategias más robustas y coherentes para elevar la calidad educativo y satisfacer las necesidades de la comunidad escolar de manera integral.
- Fortalecimiento de Infraestructura y Seguridad.
- — Invertiren la mejora de la infraestructura educativa para asegurar que todos las instituciones cumplan con las condiciones de seguridad necesarias.
- Implementar programas de mantenimiento preventivo y correctivo para garantizar lo conservación adecuada de las instalaciones y del mobiliario escolar.
- Desarrollo y Capacitación del Personal O QUE EL. PRESENTE NTO ES COPIA FIEL
Promover programas de capacitación continua para el personal administrativo y directivo, enfocados en la gestión de procedimientos administrativos y documentales.
Implementar sistemas de evaluación y monitoreo del personal docente para asegurar la calidad y efectividad de la enseñanza.
- Prevención de Violencia Escolar
- Desarrollar e implementar políticas y programas de prevención y manejo de violencia escolar, asegurando apoyo psicológico y mediación de conflictos en las instituciones educativas,
Para OCI del Gobierno Regional
- Revisión de Procedimientos Administrativos
- Asegurar que todas las instituciones educativas cumplan con el TUPA y otras normativas administrativas, y proporcionar orientación y apoyo donde sea necesario.
- Evaluar la implementación de sistemas de gestión documental y proponer mejoras para asegurar la eficiencia y transparencia en el manejo de la información.
- Monitoreo de Clima Escolar y Prevención de Violencia
- Realizar auditorías sobre los programas de prevención y manejo de violencia escolar, asegurando que se implementen políticas efectivos y que se brinde el apoyo necesario a los estudiantes y personal de la institución educativa.
- Supervisar la eficacia de los comités de convivencia escolar y proponer mejoras para fomentar un ambiente escolar seguro y positivo. | 3. Supervisión de Sistemas de Evaluación y Seguimiento
UN - Evaluar la implementación y efectividad de los sistemas de evaluación y seguimiento del i desempeño académico y administrativo, proponiendo mejoras basadas en los resultados |
’ obtenidos.
- Asegurar que los inventarios y el contro! de bienes y recursos se realicen de manera sistemática y se actualicen regularmente.
Para la Dirección Regional de Educación del Callao
- Supervisar el mejoramiento de los Instrumentos de gestión implementando mecanismos de diagnóstico más precisos y estrategias de gestión participativa que permitan alinear los objetivos institucionales con las verdaderas necesidades y potencialidades de la comunidad educativa, promoviendo así un ambiente educativo más inclusivo, comprometido y orientado al éxito.
2 Implementar una estrategia más rigurosa y sistemática de monitoreo y acompañamiento pedagógico, que incluya un compromiso activo de todos los actores educativos y una gestión efectiva de los datos, para garantizar un impacto positivo y sostenido en la calidad educativa.
Implementar medidas que fortalezcan la transparencia, mejoren la capacitación del personal y aseguren una gestión eficiente y ordenada de los recursos y bienes educativos. Solo así se podrá garantizar un entorno educativo adecuado y justo para todos los involucrados.
Optimización de Procedimientos Administrativos, estandarizando los procedimientos administrativos en las instituciones educativas.
Fortalecer los sistemas de comunicación institucional para asegurar que los padres de familia estén adecuadamente informados sobre el progreso académico de sus hijos y las actividades de la institución, garantizando la transparencia y la rendición de cuentos.
Asegurar la actualización regular de los inventarios, la gestión adecuada del uso de los recursos y bienes educativos.”
Que, en ese sentido, el Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao, en uso de las atribuciones establecidas en la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias y, el Reglamento Interno del Consejo Regional del Callao, aprobado mediante la Ordenanza Regional N° 001 de fecha 14 de enero de 2008,
modificado por la Ordenanza Regional N° 002, de fecha 11 de junio de 2019 y, en virtud de los considerandos establecidos precedentemente, por unanimidad
SE ACUERDA:
- DAR POR FINALIZADA, la Acción de Fiscalización denominada “Verificar el estado de la infraestructura,
equipamiento y ta calidad de los servicios que brindan las Instituciones Educativas Públicas de la jurisdicción del distrito de Carmen de la Legua Reynoso - Callao”, de la Sra. Luz Carmela juica Estrada, Consejera Regional
CERTIFICO QUE EL PRESENTE 4 DOCUMI 'O ES COPIA FIEL
escneeecepee
Abog. HAROLD ANGL ARDENAS 0 FEB 2025 SECRETARIO DEL CONSEJO REGIONAL CORIFBNA REGIONAL DE! MALLA
del Gobierno Regional del Callao, la misma que fue aprobada mediante el Acuerdo de Consejo Regional N* 122 de fecha 16 de septiembre de 2024.
DISPONER, que la Gerencia General Regional, proceda conforme a sus atribuciones, el cumplimiento de las Recomendaciones efectuadas en el Informe Final de la Acción de Fiscalización denominada “Verificar el estado de la infraestructura, equipamiento y la calidad de los servicios que brindan las Instituciones Educativas Públicas de la jurisdicción del distrito de Carmen de la Legua Reynoso - Callao”, las mismas que se precisan en el considerando quince (15) del presente Acuerdo de Consejo Regional.
ENCARGAR, a la Secretaría del Consejo Regional, notificar el presente Acuerdo de Consejo Regional, a la Sra. Luz Carmela Julca Estrada, Consejera Regional del Gobierno Regional del Callao y al Encargado del Registro de Información para el año 2025, con la finalidad de que tomen conocimiento de lo acordado por el Consejo Regional del Callao.
ENCARGAR, a la Gerencia General Regional el seguimiento, supervisión y control del presente Acuerdo de Consejo Regional, conforme a lo dispuesto por el Artículo 25° y siguientes de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, debiendo informar al Consejo Regional de manera periódica y bajo responsabilidad funcional de la implementación de las recomendaciones contenidas en el Informe Final de la Acción de Fiscalización denominada “Verificar el estado de la infraestructura, equipamiento y la calidad de los servicios que brindan las Instituciones Educativas Públicas de la jurisdicción del distrito de Carmen de la Legua Reynoso - Callao”.
DISPENSAR el presente Acuerdo de Consejo Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta.
POR TANTO
MANDO SE REGISTRE Y CUMPLA
ER GOBIERNO REGIONAL DLL CALLAO 4 Y)
RMANDEZ ZAPATA
RO/DELEGADO
y EL PRESENTE CERT#ICH QUE EL STA FIBL pen pod o AL
[EGIONAL AS
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regioncallao/normas-legales/6519073-013-2025 PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/7701693/6519073-acuerdo-del-consejo-regional-n-013-2025.pdf