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011-2016-PT1 Regional Ordinance Callao In force

Ordenanza Regional N.° 011-2016-PT1

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Gobierno Regional del Callao Ordenanza Regional N° 000011

Callao, 27 de diciembre del 2016

EL GOBERNADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO

POR CUANTO:

El Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao en Sesión Ordinaria del 27 de diciembre del 2016;

CONSIDERANDO:

Que, e! Artículo 1912 de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización — Ley N227680, establece que los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los ., Asuntos de su competencia y el Artículo 1922 en su inciso 1) establece que los Gobiernos e Regionales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto;

$!Que, mediante Ordenanza Regional N° 000027 de fecha 31 de julio del 2012, se aprueba el é Texto Unico de Procedimientos Administrativos — TUPA del Gobierno Regional del Callao, modificado por la Ordenanza Regional N° 000031 de fecha 28 de setiembre del 2012, Decreto Regional N* 000003 de fecha 02 de setiembre del 2013, Decreto Regional N2 00001 de fecha 21 de enero del 2014, Ordenanza Regional N° 000021 de fecha 17 de diciembre del 2014 y Ordenanza Regional N° 000013 de fecha 09 de setiembre del 2015;

Que, en el contexto del proceso de mejora continua, el Presidente del Comité de Dirección de Simplificación Administrativa mediante Memorando Múltiple N°185-2015-GRC/GGR-PCDSA, en atención al Informe N2255-2015-GRC/GRPPAT, manifiesta que en el marco de la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública, Política Nacional y Plan Nacional de Simplificación Administrativa, se hace necesario darle continuidad y sostenibilidad en el tiempo al proceso de simplificación administrativa implementada en nuestra entidad, en aras de alcanzar niveles altos de eficiencia y eficacia orientados a optimizar la atención al

ciudadano;

Que, mediante Memorando N2 911-2015-GRC/GGR-PCDSA, dispone que el Equipo de Mejora Continua, en coordinación con los especialistas de las Unidades Orgánicas y Unidades Ejecutoras realice la revisión de cada uno de los procedimientos administrativos contemplados * en el TUPA, así como la propuesta de modificación presentada por las mismas;

Que, en atención a lo expuesto, la GERENCIA REGIONAL DE DESARROLLO ECONÓMICO, mediante Memorándum N® 273-2016-GRC/GRDE de fecha 28.04.16, remite la propuesta presentada por la Oficina de Agricultura y Producción, respecto a la modificación de la denominación del procedimiento administrativo “INSCRIPCIÓN O RENOVACIÓN DE

ASOCIACIONES DE MICRO Y PEQUEÑAS EMPRESAS EN EL REGISTRO NACIONAL DE ASOCIACIONES DE LAS MICRO Y PEQUEÑAS EMPRESAS - RENAMYPE” por “INSCRIPCIÓN DE ASOCIACIONES DE MICRO Y PEQUEÑAS EMPRESAS EN EL REGISTRO NACIONAL DE ASOCIACIONES DE LA MICRO Y PEQUEÑA EMPRESA - RENAMYPE” eliminándose la palabra Renovación, toda vez que se propone la incorporación de dos (2) procedimientos administrativos adicionales denominados: “RENOVACIÓN DE LA INSCRIPCIÓN DE ASOCIACIONES DE MICRO Y PEQUEÑAS EMPRESAS EN EL REGISTRO NACIONAL DE ASOCIACIONES DE LA MICRO Y PEQUEÑA EMPRESA - RENAMYPE” y “ACTUALIZACIÓN DE INFORMACIÓN DE ASOCIACIONES DE MICRO Y PEQUEÑAS EMPRESAS EN EL REGISTRO NACIONAL DE ASOCIACIONES DE LA MICRO Y PEQUEÑA EMPRESA - RENAMYPE”, en virtud a lo dispuesto en el D.S. N2 021-2015-PRODUCE, que aprueba el Reglamento del Registro Nacional de Asociaciones de la Micro y Pequeña Empresa - RENAMYPE, habiendo cumplido con los requisitos exigidos por ley para su aprobación;

Que, estos procedimientos administrativos a ser incorporados en el TUPA, cuentan con el Informe N2 234-2016-GRC/GA-CONTA de fecha 24.05.16, de la Oficina de Contabilidad, a , través del cual se informa que los mismos han sido costeados, de acuerdo a la metodología aprobada mediante D.S. N2 064-2010-PCM, que aprueba los lineamientos de la metodología de determinación de costos de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad y la Directiva N2 004-2012-PCM/SGP, aprobado mediante Resolución de Secretaría de Gestión Pública N2 002-2012-PCM-SGP;

Que, la GERENCIA REGIONAL DE DESARROLLO SOCIAL, mediante Memorando N°677- 2015/GRC/GRDS de fecha 16.12.15, solicita la incorporación del procedimiento administrativo denominado “REGISTRO REGIONAL Y EXPEDICIÓN DE CONSTANCIAS A ORGANIZACIONES DE PERSONAS ADULTAS MAYORES Y/O DE INSTITUCIONES QUE LABORAN CON PERSONAS ADULTAS MAYORES-PAMs ”, el mismo que reúne los requisitos previstos por ley para su aprobación;

Que, asimismo, el referido procedimiento administrativo ha sido costeado siguiendo los lineamientos establecidos en la metodología de determinación de costos, conforme señala la Oficina de Contabilidad a través de su Informe N20 48-2016-GRC/GA-CONTA de fecha

28.01.16;

Que, la GERENCIA REGIONAL DE RECURSOS NATURALES Y GESTIÓN DEL MEDIO AMBIENTE, mediante Memorando N2 254-2015-GRC/GRRNGMA de fecha 18.11.15, solicita la incorporación del procedimiento administrativo denominado “CONFORMIDAD DE INFORME TÉCNICO SUSTENTATORIO (ITS) PARA MODIFICACIONES, AMPLIACIONES O MEJORAS TECNOLÓGICAS EN PROYECTOS QUE CUENTAN CON CERTIFICACIÓN AMBIENTAL APROBADA”, el mismo que reúne los requisitos previstos por ley para su aprobación;

Que, el procedimiento administrativo referido, ha sido costeado siguiendo los lineamientos de la metodología de determinación de costos de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad aprobado mediante D.S. N2064-2010-PCM, así como en aplicación a la Directiva N2 004-2012-PCM/SGP, que aprueba el Aplicativo Informático Web Mi COSTO,

conforme refiere la Oficina de Contabilidad a través de su Informe N° 53-2016-GRC/GA-CONTA de fecha 28.01.16;

Que, la DIRECCIÓN REGIONAL DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO, para el trámite de los procedimientos administrativos a Su Cargo, utiliza formatos que fueron aprobados en su oportunidad con la Ordenanza Regional N2 000009 de fecha 20 de marzo del 2012; sin embargo, para efectos de uniformizar la codificación de los formularios, es necesario dotarles de la numeración correlativa conforme al Catálogo de Formularios de la Sede Central aprobado mediante Ordenanza Regional N° 000021 de fecha 17 de diciembre del 2014; es así que en coordinación con los especialistas de las diferentes direcciones y oficinas de la DRTyPE, se ha procedido a codificarlos los mismos que fueron visados y remitidos a través del Memorando N® 217-2016-GRC/GRDS/DRTPE de fecha 24.05.16;

Que, la DIRECCION REGIONAL DE SALUD, mediante Oficio N2 102-2016-GRC/DIRESA/OEPE de fecha 05.01.16, solicita la modificación del procedimiento administrativo “REGISTRO Y CATEGORIZACIÓN DE VEHÍCULOS DE TRANSPORTE ASISTIDO DE PACIENTES DE ORGANIZACIONES PÚBLICOS Y NO PÚBLICOS”, incorporando dentro del mismo una subdivisión para el caso de Transporte Asistido a Pacientes por Vía Aérea — Ambulancia Aérea y por Vía Acuática, en mérito a las NTS N2 051, 065 y 066-MINSA/OGDN-V.01, Normas Técnicas de Salud aprobadas respectivamente; los procedimientos a incorporarse cuentan con los Formatos de Sustentación Legal y Técnica, Tabla ASME, Diagrama de bloques así como de la determinación de costos elaborado por el Director de la Oficina de Economía;

Que, asimismo, respecto a la incorporación de los procedimientos en mención, la Oficina de Contabilidad a través del informe N° 137-2016-GRC/GA-CONTA de fecha 18.03.16, considera que la estructura de costos guarda consistencia con la TABLA ASME y los costos obtenidos

resultan razonables;

Que, cada uno de los procedimientos propuestos, han sido elaborados observando lo dispuesto por el artículo 82 del Decreto Supremo N2 079-2007-PCM, remitiendo para dichos fines los respectivos Formatos de Sustentación Legal y Técnica, las Tablas ASME, y los Diagramas que representan gráficamente el recorrido físico de los mismos;

Que, para la formalidad correspondiente los órganos competentes de la Dirección Regional de Salud — DIRESA Callao, han validado Su propuesta a través de los documentos y el respectivo visado en el Formato TUPA y el Formato de Sustentación Legal y Técnica;

Que, mediante el Memorando N° 3313 -2016-GRC/GRPPAT, emitido por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, remite el informe N° 214- 2016-GRC/GRPPAT.OP, a través del cual concluye que los procedimientos administrativos referidos reúnen los requisitos previstos por ley así como la documentación sustentatoria suficiente y competente Para continuar con los trámites que conduzcan a la aprobación de la modificación del TUPA del Gobierno Regional del Callao; refiriendo lo dispuesto por el Articulo 38 numeral 38.5 de la Ley N2 27444 modificado por el Decreto Legislativo N° 1272 que dispone, que una vez aprobado el TUPA, toda modificación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar

por Resolución Ministerial del Sector; Norma Regional de rango equivalente o Decreto de Alcaldía, o por Resolución del Titular del Organismo Autónomo conforme a la Constitución, según el nivel de gobierno respectivo. En caso contrario, su aprobación se realiza conforme al

mecanismo establecido en el numeral 38.1.

Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe N& 1521-2016-GRC/GAJ, se pronuncia favorablemente y considera que es procedente su aprobación de acuerdo a los informes técnicos emitidos por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, mismo que debe ser aprobado mediante Ordenanza Regional;

Que, si bien la Gerencia de Asesoría Jurídica se pronuncia en atención a los Memorándum N2 2169-2016-GRC/GRPPAT y Memorándum N2 3085-2016-GRC/GRPPAT, que comprenden un mayor número de procedimientos, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial ha considerado, de acuerdo lo dispuesto por el Artículo 38 numeral 38.5 de la Ley N2 27444 modificado por el Decreto Legislativo N° 1272 publicado el 21 de diciembre de 2016, someter a aprobación del Consejo Regional sólo los procedimientos materia de la presente Ordenanza, por encontrarse comprendidos dentro de los alcances de la

referida disposición legal.

Que, estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional ha aprobado por unanimidad, la siguiente:

ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA LA MODIFICACION DEL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO Y LA MODIFICACION DEL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE LA

DIRECCION REGIONAL DE SALUD DEL CALLAO

N Cap

$ Artículo Primero.- Aprobar e incorporar los cuatro (4) nuevos procedimientos administrativos Lo servicios prestados en exclusividad, sus requisitos, derechos de tramitación en el Texto RY Unico de Procedimientos Administrativos de la Sede Central del Gobierno Regional del Callao, de acuerdo a los Anexos que forman parte integrante de la presente Ordenanza Regional.

GERENCIA REGIONAL DE DESARROLLO SOCIAL

UNIDAD ORGANICA: Oficina de Desarrollo Social, Población e Igualdad de Oportunidades, Vivienda y Saneamiento

Registro Regional y Expedición de Constancias a Organizaciones de PAMs y/o

Instituciones que laboran con PAMs.

GERENCIA REGIONAL DE RECURSOS NATURALES Y GESTIÓN DEL MEDIO AMBIENTE UNIDAD ORGANICA: Oficina de Áreas Protegidas y Medio Ambiente

Conformidad del Informe Técnico Sustentatorio (ITS) para Modificaciones, Ampliaciones o Mejoras Tecnológicas en Proyectos que cuentan con Certificación Ambiental Aprobada

GERENCIA REGIONAL DE DESARROLLO ECONOMICO UNIDAD ORGANICA: Oficina de Agricultura y Producción | Materia de Micro y Pequeña Empresa

Renovación de la Inscripción de Asociaciones de Micro y Pequeñas Empresas en el Registro Nacional de Asociaciones de la Micro y Pequeña Empresa - RENAMYPE

Actualización de Información de Asociaciones de Micro y Pequeñas Empresas en el Registro Nacional de Asociaciones de la Micro y Pequeña Empresa — RENAMYPE

Artículo Segundo.- Aprobar e incorporar los nuevos procedimientos administrativos, sus requisitos, derechos de tramitación en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Dirección Regional de Salud del Callao — DIRESA Callao, de acuerdo a los anexos que forman parte integrante de la presente Ordenanza Regional.

UNIDAD EJECUTORA: DIRECCION REGIONAL DE SALUD UNIDAD ORGÁNICA: Oficina de Defensa Regional

Registro y Categorización de Vehículos de Transporte Asistidos de Pacientes de Organizaciones Públicos y no Públicos en:

Transporte Aéreo

Transporte Acuático _|

Articulo Tercero.- Aprobar e incorporar al Catalogo de Formularios, los Formularios de la Gerencia Regional de Desarrollo Social, Gerencia Regional de Desarrollo Económico y de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo, que se detalla en el Anexo N2 01 y que forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional.

Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial la incorporación de los nuevos procedimientos aprobados en el TUPA del Gobierno Regional del Callao y en coordinación con la Oficina de Tecnologías de la Información y Comunicaciones su publicación en el portal institucional Www.regioncallao.gob.pe asi como en el portal de Servicios al Ciudadano y Empresas

Www.serviciosalciudadano.gob.pe.

Artículo Quinto.- Encargar a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial en coordinación con la Oficina de Tecnologías de la Información y Comunicaciones la publicación del Catálogo los Formularios de la Gerencia Regional de Desarrollo Social, Gerencia Regional de Desarrollo Económico y de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo.

Artículo Sexto.-La presente Ordenanza Regional será publicada en el Diario Oficial “El Peruano”, y entrará en vigencia al día siguiente de su publicación.

Artículo Séptimo.- Derogar toda disposición que se oponga a la presente Ordenanza Regional.

POR TANTO:

REGISTRESE Y CUMPLASE.


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regioncallao/normas-legales/3480477-011-2016-pt1 PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/3641727/011-2016.pdf