Ordenanza Regional N.° 010-2016
Not legal advice. This is a community-maintained copy for research — verify against the official source before relying on it. Regional norm text may be OCR-extracted and contain errors.
o Gobierno Regional del Callao Ordenanza Regional N* 000010
Callao, 27 de diciembre de 2016
POR CUANTO:
El Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao, en Sesión Ordinaria del 27 de diciembre del 2016;
CONSIDERANDO
su presupuesto, conforme a lo establecido en el Artículo 1922 de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley de Reforma Constitucional, Ley N2 27680 y el rticulo 22 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N2 27867;
Que el numeral 1 inciso c) del artículo 102 de la Ley Orgánica antes acotada, prescribe que es competencia exclusiva del gobierno regional, aprobar su organización interna y su presupuesto .. institucional, conforme a la Ley de Gestión Presupuestal del Estado y las Leyes Anuales de
- Presupuesto;
" Que, es competencia del Gobierno Regional del Calla, emitir Ordenanzas Regionales conforme a lo prescrito en el Artículo 38* de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, que establece: “Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y
- la administración del Gobierno Regional, así mismo reglamentan materias de su competencia.
Que, el Art. 152, sobre las atribuciones del Consejo Regional, dispone en su literal a), aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional;
Que, el Decreto Supremo N*.043-2006-PCM aprueba los “lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones — ROF por parte de las Entidades de la Administración Pública”, documento técnico normativo de gestión institucional que formaliza la estructura orgánica de la entidad, orientada al esfuerzo institucional y al logro de su misión y Objetivos; que contiene las funciones generales de la entidad y las funciones específicas de los órganos y unidades orgánicas;
Que, mediante la Resolución Ministerial N° 398-2016- VIVIENDA, de fecha 03 de Diciembre del 2016, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento resuelve declarar concluido el proceso de efectivización de transferencia de funciones específicas al Gobierno Regional del Callao, contenidas en los literales a), b) y c) del artículo 622 de la Ley N° 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, estableciendo que a partir de la fecha, el Gobierno Regional del Callao es competente para el ejercicio de las indicadas funciones específicas;
Que, mediante INFORME N2 174-2016-REGION CALLAO/GRPPAT/OAT de fecha 12 de Diciembre del 2016, la Oficina de Acondicionamiento Territorial manifiesta que no cuenta con personal mínimo ni logístico para cumplir con la ejecución de las funciones trasferidas, por lo
que sugiere la modificación del ROF Para que estas funciones sean ejecutadas por la Oficina de Gestión Patrimonial, dicha acción no dará lugar a cambios en la estructura orgánica del Gobierno Regional del Callao, no producirá duplicidad de funciones con otro estamento, ni ocasionará incremento presupuestal;
Que, mediante Informe Ne 1173-2016-GRC/GA-OGP de fecha 07 de Diciembre del 2016, la Oficina de Gestión Patrimonial, manifiesta que por las funciones específicas que realiza, si puede asumir las funciones específicas trasferidas con la Resolución Ministerial N2 398-2016- VIVIENDA;
Que, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, a través del Memorándum Ne 3205-2016-GRC/GRPPAT, opina que resulta técnicamente procedente la aprobación de la propuesta hecha por la Oficina de Acondicionamiento Territorial para trasferir sus funciones numeradas en el Artículo 822 - inciso 8, 9, 11 y 12 del ROF a la Oficina de Gestión Patrimonial, considerando que cuenta con la implementación necesaria para llevarlas a cabo eficientemente;
Que, mediante el Informe N2£ 1580-2016 -GRC/GAJ, la Gerencia de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional del Callao, ratifica desde su punto de vista legal la modificación del Reglamento de Organización y Funciones ROF del Gobierno Regional del Callao;
Que, estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional ha aprobado por unanimidad, la siguiente:
ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA LA MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES — ROF DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO
ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR la modificación de los Artículos 662 y 822 del Texto Único Ordenado -TUO del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional del Callao, suprimiendo del Artículo 822 los numerales 8, 9, 11 y 12, y en el Artículo 662 modificando el numeral 16 e incorporando los numerales 17, 18, 19 y 20 del mencionado documento de gestión.
En ese sentido se incluye el siguiente texto, quedando subsistente lo demás en la parte que corresponda.
ARTÍCULO 66°.Son funciones de la Oficina de Gestión Patrimonial:
Planificar, coordinar y realizar las acciones referidas al Registro, administración, disposición y control de los bienes de propiedad del Gobierno Regional
Programar, dirigir y controlar las acciones de gestión patrimonial del Gobierno Regional.
Recopilar y consolidar la información registral, administrativa, documental y técnica del patrimonio del Gobierno Regional para el registro de los bienes, actualización del MARGES] y gestionar la tasación reglamentaria o comercial de los bienes a ser dados de baja incluyendo los que sean objeto de disposición a titulo gratuito.
Canalizar, registrar, codificar y efectuar las transferencias del patrimonio del Gobierno Regional.
Identificar y codificar los bienes patrimoniales adquiridos por el Gobierno Regional, bajo cualquier modalidad.
ARTÍCULO 822.-
Elaborar el Registro de los Bienes Muebles e Inmuebles, manteniendo el MARGESÍ actualizado de estos. ; Coordinar con el Comité de Gestión Patrimonial las solicitudes y aprobaciones de las altas, bajas y enajenaciones de los bienes del Gobierno Regional.
Realizar anualmente el inventario de los bienes regionales para verificar el destino y uso final de los mismos.
Tramitar las rectificaciones de áreas, linderos de los predios y en general todas las acciones regístrales necesarias para el saneamiento fisico-legal del patrimonio regional.
Arrendar directamente o por subasta pública los bienes de propiedad del Gobierno Regional, sujetándose a lo dispuesto por la normatividad vigente y por la Superintendencia de Bienes Nacionales.
Formular, revisar y actualizar las especificaciones técnicas que sirven de fundamento para la contratación de cobertura de seguros de los bienes patrimoniales del Gobierno Regional.
- Suscribir las Actas de Transferencia, Incineración y/o de destrucción de bienes
muebles.
. Remitir a la Superintendencia de Bienes Nacionales, copia de los expedientes
que sustentan la disposición, administración y gestión patrimonial de los bienes patrimoniales.
. Valorizar mediante tasación los bienes muebles que serán dados de baja
incluyendo los que van a ser objeto de disposición final.
. Supervisar y controlar las acciones que en materia de Gestión Patrimonial
realicen las Unidades Ejecutoras transferidas al Pliego del Gobierno Regional del Callao, en el marco del Proceso de Descentralización.
. Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar las políticas
en materia de administración y adjudicación de terrenos de propiedad del Estado, de conformidad con la legislación vigente y el sistema de bienes
nacionales.
- Realizar los actos de inmatriculación saneamiento, adquisición, enajenación,
administración y adjudicación de los terrenos urbanos y eriazos de propiedad del Estado en su jurisdicción, con excepción de los terrenos de propiedad municipal.
Establecer los mecanismos aplicables al registro, inscripción y fiscalización de los bienes de propiedad estatal, con excepción de los de propiedad de los gobiernos locales y del Gobierno Nacional, de acuerdo con la normatividad vigente. Coordinar e informar a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, remitiendo copia de los expedientes que sustentan los actos de Adquisición, Disposición, Administración y Gestión Patrimonial de los terrenos de propiedad del Estado en la Región, de acuerdo con la normatividad vigente.
Realizar otras funciones que le sean asignadas por la Gerencia Genera! Regional en el ámbito de su competencia
Son funciones de la Oficina de Acondicionamiento Territorial:
Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y políticas en materia de ordenamiento territorial, en concordancia con los planes de los Gobiernos Locales.
Planificar y desarrollar acciones de ordenamiento y delimitación en el ámbito del territorio regional.
Evaluar, organizar y tramitar los expedientes técnicos de las diferentes acciones de demarcación territorial, en armonía con las políticas y normas de la materia.
- Conducir los estudios relacionados con el proceso de Demarcación Territorial.
Diseñar estudios y/o proyectos de ordenamiento, acondicionamiento y gestión territorial.
Participar en el diseño de los proyectos de conformación de macro regiones.
Desarrollar y mantener actualizada una base de datos de información territorial del ámbito regional.
Aprobar los aranceles de los planos prediales con arreglo a las normas técnicas
vigentes sobre la materia del Consejo Nacional de Tasaciones - CONATA.
para adecuar los respectivos documentos de gestión de la Entidad.
ARTÍCULO TERCERO.- ENCARGAR a la la Gerencia General Regional el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza Regional.
ARTÍCULO CUARTO. - DISPONER la publicación de la presente Ordenanza Regional en la página web del Gobierno Regional del Callao: www.regioncallao.gob.pe
ARTÍCULO QUINTO.- ENCARGAR a la Oficina de Trámite Documentario y Archivo del Gobierno Regional del Callao, notificar la presente Ordenanza Regional, a los Órganos y Unidades Orgánicas correspondientes para su conocimiento y fines pertinentes
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
a0 nevesenneeney
ABOG. Jos
WALTER REF"
ANEXO N* 01
ESTRUCTURA ORGÁNICA DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO
CONSEJO. = [-===-—-- GOBERNACION |-____ _ CONSEJO DE REGIONAL institucional REGIONAL | _[agendadefones] | COORDINACIÓN
de la Inversión Privada
Procuraduría ViCEGOBERNACION REGIONAL REGIONAL Pública Regional OFICINA REGIONAL.
GERENCIA GENERAL REGIONAL
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regioncallao/normas-legales/3480480-010-2016 PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/3641733/010-2016.pdf