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007-2018 Regional Ordinance Callao In force

Ordenanza Regional N.° 007-2018

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EN S

Gobierno Regional del Callao

Ordenanza Regional N2 000007

Callao, 03 de setiembre del 2018 EL GOBERNADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO POR CUANTO:

El Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao en Sesión Ordinaria del 03 de setiembre del 2018;

CONSIDERANDO

Que, el literal a) del artículo 15* de la Ley N° 27867 — Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que son atribuciones del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que

(s" Que, mediante Ordenanza Regional N° 000009, de fecha 20 de marzo de 2013, se creó la Comisión

Regional Anticorrupción del Gobierno Regional del Callao, con la finalidad de implementar acciones de prevención y combate de la corrupción, en el marco del Plan Nacional de Lucha contra la Corrupción.

Gobierno Regional del Callao, los miembros asistentes acordaron Por unanimidad, no instalar dicha Comisión, para proponer y solicitar al Gobernador Regional del Callao, la modificatoria de

Que, estando a lo expuesto y de conformidad a lo establecido a la Ley N° 27687 — Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional ha aprobado por unanimidad, la siguiente:

ORDENANZA QUE MODIFICA LA ORDENANZA REGIONAL N* 000009 DEL 20 DE MARZO DE 2013, QUE APRUEBA LA CREACIÓN DE LA COMISIÓN REGIONAL ANTICORRUPCIÓN DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO

ARTÍCULO PRIMERO: MODIFÍQUESE, en razón de las consideraciones expuestas el Artículo Segundo de la Ordenanza Regional N° 000009, de fecha 20 de marzo de 2013, el cual quedara redactado de la siguiente manera:

“ARTICULO SEGUNDO: Conformación

2.1 La Comisión Regional Anticorrupción del Gobierno Regional del Callao se encuentra conformada por:

a) Gobernador del Gobierno Regional del Callao.

b) Presidente de la Corte Superior de Justicia del Callao.

c) Presidente de la Corte Superior de Ventanilla

d) Presidente de la Junta de Fiscales del Distrito Fiscal del Callao

e) Presidente de la Junta de Fiscales del Distrito Fiscal de Ventanilla

f) Prefecto Regional del Callao.

  1. Procurador Publico Anticorrupción Descentralizado.

h) Secretario Técnico de la Comisión Regional Anticorrupción del Callao. i) Jefe de la Oficina Regional de Control.

j) Jefe de la Oficina Defensoria] del Callao

2.2 El Secretario Técnico de la Comisión Regional Anticorrupción del Gobierno Regional del Callao, participa en las sesiones con voz, pero sin voto.

2.3 El Jefe de la Oficina Regional de Control y el Jefe de la Oficina Defensorial, un representante de la Sociedad Civil y un representante del sector empresarial, actuarán en calidad de instituciones observadoras, pudiendo sus titulares participar en las Sesiones de la Comisión con voz pero sin voto”.

ARTÍCULO SEGUNDO: Quedan subsistentes las demás disposiciones de la Ordenanza Regional N° 000009 de 20 de marzo de 2013, que no se opongan a la presente.

ARTICULO TERCERO: Encargar a la Oficina de Tecnologías de la Información y Comunicaciones la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Portal Web del Gobierno Regional del Callao:

www.regioncallao.gob.pe y en el Portal del Estado Peruano: www.peru.gob.pe

POR TANTO:

MANDO SE REGISTRE, PUBLIQUE Y CUMPLA


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regioncallao/normas-legales/3480453-007-2018 PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/3641710/007-2018.pdf