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007-2016 Regional Ordinance Callao In force

Ordenanza Regional N.° 007-2016

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GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO

ORDENANZA REGIONAL N° 000007 Callao, 02 de agosto del 2016

EL GOBERNADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO

POR CUANTO:

El Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao en Seción Ordinaria del 02 de agosto del de 2016.

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Politica del Perú modificada por la Ley N° 27780 “Ley de Reforma Constitucional” Capitulo XIV del Titulo 1V sobre Descentralización y la Ley N° 28607 “Ley de Reforma de los Artículos 91°, 191° y 194 de la Constitución Política del Perú”, en su Artículo 191* establece que: los Gobiernos Regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; y en el artículo 192° numeral 1, dispone que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su orgasnización interna y su presupuesto.

Que, el Acuerdo Nacional, suscrito el 22 de julio de 2002, establece como política de Estado la afirmación de un Estado eficiente y Transparente (politica 24°), así como la promoción de la Etica y Transparencia y la Erradicación de la Corrupción, el Lavado de Dinero, la Evación Tributaria y en todas sus formas (politica 26°); correspondiendo al Estado afirmar en la sociedad y en el Estado principios éticos y valores sociales así como la vigilancia ciudadana, la transparencia y la rendición de cuentas para garantizar la institucionalidad de nuestro país; asimismo, constituye elemento consustancial a dichas politicas el destierro de la impunidad, del abuso de podetr, de la corrupción y del atropello de los derechos;

Que, la corrupción es un fenomeno que afecta a todos los peruanos, en especial a los más pobres, y por tanto su combate o control representa una politica de Estado que comprende a los tres niveles de gobierno; en esa línea, el artículo 9* de la Ley N° 29976 que eleva a rango de ley, la norma de creación de la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción ( CAN — Anticorrupción...);

Que, se ha encargado a la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción, articular esfuerzos y coordinar acciones y formular politicas de prevención y combate a la corrupción; realizar el seguimiento de la conformación de las Comisiones Regionales Anticorrupción, así como coordinar con dichas Comisiones la ejecución de la Politica y el Plan Nacional de Lucha contra la Corrupción a nivel regional;

Que, mediante Decreto Supremo N° 119-2012-PCM se aporbo el Plan Nacional de Lucha Contra la Corrupción 2012-2016;

Que, mediante Ordenanza Regional N° 000009 de fecha 20 de marzo de 2013; el Gobierno Regional del Callao, se suma a este esfuerzo conjunto del Estado Peruano para combatir la corrupción, creando la Comisión Regional Anticorrupción del Gobierno Regional del Callao;

Que, mediante Ley N° 30305 “Ley de reforma de los articulos 191°. 194 y 203 de la Constitución Política del Perú” sobre denominación y no reelección inmediata de autoridades de los gobiernos regionales y de los alcaldes, publicada en el diario Oficial

Que, en los artículos 191° y 194° de la Ley N° 30305 se ratifica la autonomia politica, económica y administrativa de los gobiernos regionales y municipales; el articulo 191* referido a los gobiernos regionales, varia la denominación de Presidente por Gobernador Regional;

Que, mediante Ordenanza N* 000001 de fecha 26 de enero de 2016, se modifica el articulo segundo de la Ordenanza Regional N° 000009 de fecha 20 de marzo de 2013, respecto de la nomeclatura del Gobernador Regional del Callao, en la conformación de la Comisión Regional Anticorrupción del Gobierno Regional del Callao;

Que, la Ley N° 28895, prescribe la desactivación de las prefecturas y subprefecturas a partir del 01 de enero de 2007, trasladando las funciones de estos órganos a los gobernadores. Posteriormente se punlico el Decreto Supremo N° 004-2007-IN, Reglamento de Organización y Funciones de las autoridades politicas; modificada por el Decrto Dupremo N° 001-2008-IN, la cual determina que el Gobernador es la Autoridad politica, representante del Presidente de la Republica y del Poder Ejecutivo en su jurisdicción; reconociendo que el del Distrito capital de Departamento es denominado “Gobernador Departamental” encargado de la coordinación y supervisión de las actividades de los demás gobernadores provinciales y estos a su vez de los Distritales;

Que, mediante la Ley N° 30438 Ley que modifica el Decreto Legislativo 1140, Decreto Legislativo que crea la Oficina Nacional de Gobierno interior” de fecha 2 4 de mayo de 2016, se modifica ciertos articulos del Decreto Legislativo N” 1140, entre los que se encuentra el artículo 13* el mismoque queda redactado: Son autoridades designadas el Prefecto, el Sub prefecto Provincial y es el Teniente Gobernador quienes representan al Poder Ejecutivo en el ambito de su jurisdicción y de acuerdo a su competencia wd

Que, resulta pertinente modificar la Ordenaza Regional N°00001 de fecha 26 de enero de 2016, en el extremo del luiteral c) del artículo segundo que dice:c) Gobernador de la Provincia del artículo seguindo que Dice:c) Gobernador de la Provincia Constitucional del Callao, por el de Prefecto Regional, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 13° de la Ley N° 30438 Ley qu emodifica e Decreto Legislativo N” 1140, Decreto Legislativo que crea la oficina Nacional de Gobierno Interior, quedando subsitente en lo demás que contiene;

Que, en uso de las facultades conferidas en el artículo 15” inciso a9, c) y s9 de la ley N* 27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias;

ORDENANZA REGIONAL QUE MODIFICA LA ORDENANZA REGIONAL N° 0000001 DEL 26 DE ENERO DEL 2016

Articulo Primero : Modifiquese el Articulo Segundo de la Ordenanza Regional N° 000001de fecha 26 de enero de 2016, el mismo que quedara redactado de la siguiente manera:

Articulo Segundo: Conformación

2.1 La comisión Regional Anticorrupción del Gobierno Regional del Callao se encuentra conformada por:

a) Gobernador Regional del Callao

b) Presidente de la Corte Superior de Justicia del Callao

c) Prefecto Regional

d) Procurador Público Anticorrupción Descentralizado

e) Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Callao

f) Secretario Técnico de la Comisión Regional Anticorrupción del Callao

  1. Jefe de la Oficina Regional del Control — Callao

h) Jefe de la Oficina Defensorial

Articulo Segundo: Encargar a la Oficina de Tecnologia de la información y Comunicaciones , la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Portal WEB del Gobierno Regional del Callao: www.regióncallao.gob.pey en el Portal del Estado Peruano: www.peru.gob.pe

POR TANTO: MANDO SE REGISTRE PUBLIQUESE Y CUMPLA.

dn GOBIERNO REGIONAL DEL CALLS.)


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regioncallao/normas-legales/3480483-007-2016 PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/3641738/007-2016.pdf