Ordenanza Regional N.° 006-2017
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GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO ORDENANZA REGIONAL N2 000006
Callao, 18 de Abril del 2017
POR CUANTO:
El Consejo Regional det Gobierno Regional del Callao, en Sesión Ordinaria del 18 de Abril del 2017;
CONSIDERANDO
Que, el Artículo 38* de la Ley N° 27867 — Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional, así mismo reglamentan materias de su competencia;
Que, el Artículo, 152, sobre las atribuciones del Consejo Regional, dispone en su literal a), que son atribuciones del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional;
Que, el Artículo 92 literal a) del antes citado Cuerpo normativo, establece que los Gobiernos Regionales son competentes para “Aprobar su Organización Interna y su Presupuesto”;
Que, el Artículo 9* de la Ley de Bases de la Descentralización — Ley N° 27783, establece las dimensiones de las autonomías políticas, administrativas y económicas de los Gobiernos Regionales y en su inciso 9.2. especifica que la autonomía administrativa es la facultad de organizarse internamente;
Que, el Decreto Supremo N2 043 — 2006 — PCM aprueba los “Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF Por parte de las Entidades de
Que, la Resolución Ministerial Ne 616 — 2003 — SA / DM “Aprueba el Modelo de Reglamento de Organización y Funciones de los Hospitales”. Dentro de este modelo de organización y de acuerdo a su complejidad, considera tres (3) niveles: a) Hospitales de Alta Complejidad, b) Hospitales de Mediana Complejidad y c) Hospitales de Baja Complejidad;
Que, mediante el Informe Técnico Sustentatorio N° 001 — 2017 — GRC / DHV / UPE de fecha 27 de Marzo del 2017, la Unidad de Planeamiento del Hospital de Ventanilla, propone y sustenta la modificación de su Reglamento de Organización y Funciones — ROF y de su Estructura
Orgánica para crear tres (03) áreas: “Órgano de Control Institucional”, “Unidad de Seguros” y “Unidad de Apoyo a la Docencia e Investigación” de conformidad con la normatividad vigente, especialmente con la Resolución Ministerial N° 616 - 2003 — SA / DM donde se establece que como Hospital de Baja Complejidad categoría lA, le corresponde solo dos niveles organizacionales: siendo los Órganos de primer nivel organizacional la Dirección Ejecutiva y el Órgano de Control Institucional y los órganos del segundo nivel organizacional, son las unidades orgánicas denominadas Unidades y Servicios. Asímismo, las modificaciones Propuestas, tienen sustento legal en el Decreto Supremo N* 043 — 2006 — PCM “Aprueban Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del Reglamento de Organización y Funciones -ROF Por parte de las Entidades de la Administración Pública”, en la Resolución Ministerial N° 616 — 2003 - SA / DM “Aprueban el Modelo de Reglamento de Organización y Funciones de los Hospitales”; en la Resolución de Contraloría N° 163 — 2015 — CG que aprueba la Directiva N° 007— 2015 ~ CG / PROCAL “Directiva de los Órganos de Control Institucional”, y en lo establecido por la Ley N* 29344 “Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud”;
Que , con Oficio N° 379 — 2017 — GRC / HRC / UPE, de fecha 27 de Marzo del 2017, el Director del Hospital de Ventanilla, remite a la Dirección Regional de Salud del Callao — DIRESA, la Propuesta de modificación del Reglamento de Organización y Funciones — ROF, y el informe Técnico Sustentatorio, solicitando emitir Opinión al respecto;
Que, mediante Informe N2 009 — 2017 - GRC / DIRESA / OEPE / UO, de fecha 28 de Marzo del 2017, j
revisión efectuada a la Propuesta de modificación del Reglamento de Organización y Funciones ~ ROF y de su estructura orgánica; recomienda sea elevado a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional del Callao, Para proseguir su trámite de aprobación;
Que, mediante el Oficio Ne 1438 — 2017 — GRC / DIRESA / DG / OEPE de fecha 29 de Marzo del 2017, el Director Regional de la DIRESA — CALLAO, remite a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, la propuesta de modificación del Reglamento de Organización y Funciones — ROF, la Ficha Técnica y el Informe del Sustento Técnico del Hospital de Ventanilla;
Que, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, mediante el Memorándum N2 1021 - 2017 ~ GRC / GRPPAT, de fecha 04 de Abril del 2017 a
Ventanilla para modificar su Reglamento de Organización y Funciones — ROF y su estructura orgánica, creándose el “Órgano de Control Institucional”, la “Unidad de Seguros” y la “Unidad de Apoyo a la Docencia e Investigación”. La Propuesta ha sido elaborada de conformidad con la hormatividad vigente al respecto, es decir, lo dispuesto en el Artículo 302 y el inciso e) del Artículo 282 de los “Lineamientos para la Elaboración Y Aprobación del Reglamento de
021 — MINSA / DGSP — V.03) “Categorías de Establecimientos del Sector Salud”, la Resolución Ministerial N 489 — 2005 / MINSA que aprueba la “N.T. N*031— MINSA / DGSP- V.01 “Norma
Técnica de los Servicios de Cuidados Intensivos e Intermedios” y la Resolución de Contraloría N2 163 — 2015 - CG que aprueba la Directiva N 007 - 2015 CG / PROCAL “Directiva de los Órganos de Control institucional”, y de conformidad con lo establecido por la Ley N2 29344 “Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud”;
Que, mediante el Informe N2 002 — 2017 — GRC / GAS / HAC y el Informe N° 0400-2017 — GRC / GA), la Gerencia de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional del Callao, en uso de sus
Organización y Funciones y la Estructura Orgánica del Hospital de Ventanilla, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 30* y el inciso e) del Artículo 282 de los “Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del Reglamento de Organización y Funciones -ROF por parte de las Entidades de la Administración Pública” aprobado mediante Decreto Supremo N° 043 — 2006 — PCM;
Que, estando a lo acordado y habiendo sido aprobado en Sesión Ordinaria del Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao, del día 18 de Abril del 2017, y en uso de las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú y la Ley N* 27867 — Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; el Consejo Regional ha aprobado por unanimidad, la siguiente:
ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA LA MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES — ROF Y LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DEL HOSPITAL DE VENTANILLA
ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR la modificación del Reglamento de Organización y Funciones — ROF y la Estructura Orgánica del HOSPITAL DE VENTANILLA, creándose el “Órgano de Control Institucional”, la “Unidad de Seguros” y la “Unidad de Apoyo a la Docencia e Investigación”, el cual consta de V Títulos, Y Capítulos, Veinticinco (25) Artículos, Dos (02) Disposiciones Complementarias, Dos (02) Disposiciones Transitorias y el Anexo 1: Organigrama Estructural; los mismos que son Parte integrante de la presente Ordenanza Regional.
ARTÍCULO SEGUNDO.- ENCARGAR a la la Gerencia General Regional el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza Regional.
ARTÍCULO TERCERO.- DISPONER la publicación de la presente Ordenanza Regional en la página web del Gobierno Regional del Callao: www.regioncallao.gob.pe
ARTÍCULO CUARTO.- ENCARGAR a la Oficina de Trámite Documentario y Archivo del Gobierno Regional del Callao, notificar la presente Ordenanza Regional, a los Órganos y Unidades Orgánicas correspondientes Para su conocimiento y fines pertinentes.
POR TANTO:
GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO dd i] DIRECCION REGIONAL DE SALUD DEL CALLAO espa,
7 HOSPITAL DE VENTANILLA Tera HOSPITAL DE VENTANILLA ] REGLAMENTO DE ORGANIZACION
Y FUNCIONES
UNIDAD DE PLANEAMIENTO ESTRATÉGICO Marzo - 2017
REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES
GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO DIRECCION REGIONAL DE SALUD DEL CALLAO HOSPITAL DE VENTANILLA
DEL HOSPITAL DE VENTANILLA INDICE
TÍTULO l.- DE LAS DISPOSICIONES GENERALES
NATURALEZA JURIDICA
ENTIDAD DE LA QUE DEPENDE
FUNCIONES GENERALES
BASE LEGAL
TITULO ll.- DE LA ESTRUCTURA ORGANICA
TITULO Ill. DE LAS FUNCIONES DE LOS ORGANOS y
UNIDADES ORGANICAS
CAPITULO l.- 01 FUNCIONES ESPECÍFICAS DEL ORGANO DE DIRECCIÓN
CAPITULO Il. 02 FUNCIONES ESPECÍFICAS DEL ORGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL
CAPITULO tlI.-03 FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS ORGANOS DE ASESORAMIENTO
CAPITULO IV. 04 FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS ORGANOS DEAPOYO
CAPITULO V.-05 FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS ORGANOS DE LINEA,
TÍTULO IV.- RELACIONES INTERINSTITUCIONALES
TÍTULO V.- DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
ANEXO 1.- ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL
Pag.
DIRECCION REGIONAL DE SALUD DEL CALLAO HOSPITAL DE VENTANILLA
REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL HOSPITAL DE VENTANILLA
GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO ospital 2. de
TITULO |.
DE LAS DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1*.- NATURALEZA JURIDICA
El Hospital de Ventanilla es un órgano desconcentrado de la Dirección de Red de Salud Ventanilla, de la Dirección Regional de Salud — Callao.
Cuenta con Ja categoría Il — 1 asignada mediante Resolución Directoral N* 541-2011- GRC/DIRESA/DG del 24 de Junio del 2011, come tal es responsable de satisfacer las necesidades de salud de la población de su ámbito referencial, brindando atención integral ambulatoria y hospitalaria especializada, con énfasis en la recuperación y rehabilitación de problemas de salud,
Artículo 2°.- ENTIDAD DE LA QUE DEPENDE
El Hospital de Ventanilla, depende administrativa y funcionalmente del Gobierno Regional del Callao; y jerárquicamente de la Dirección de Red de Salud Ventanilla de Ja Dirección Regional de Salud del Callao.
Artículo 3°.- FUNCIONES GENERALES Las funciones generales del Hospital de Ventanilla son las siguientes:
a) Formular, ejecutar y evaluar el Plan Estratégico y el Plan Operativo Institucional,
b) Lograr la recuperación de la salud y rehabilitación de las capacidades de los pacientes, en condiciones de oportunidad, equidad, calidad y plena accesibilidad, en Consulta Externa, Hospitalización y Emergencia.
¢) Defender la vida y proteger la salud de fa Persona desde su concepción hasta su muerte natural.
a) Establecer el sistema de información gerencial: Disponer de la información para estimar la demanda de la comunidad y necesidades de recursos.
e) Planificar y ejecutar actividades de Capacitación e investigación, de acuerdo a las necesidades intra y extra institucionales.
DIRECCION REGIONAL DE SALUD DEL CALLAO
GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO pre ail, de . HOSPITAL DE VENTANILLA
'entanilla
Promover la creación y protección de £ntornos saludables a través de la red de escuelas saludables, comunidades saludables, así como viviendas y familias saludables en coordinación con autoridades locales, contribuyendo al desarrollo de las políticas sociales de la localidad,
Establecer y Operativizar medidas de prevención, control y vigilancia de riesgos y daños en la familia, comunidad y medio ambiente, que incluye vigilancia y control de infecciones intrahospitalarias, prevención y detección precoz de enfermedades transmisibles crónico degenerativas prevalentes en la zona,
h) Apoyar la formación y especialización de los recursos humanos, a través de la planificación y ejecución de actividades de capacitación e investigación, en coordinación con tas Universidades e Instituciones educativas, según los convenios respectivos,
i) Mejorar continuamente la calidad, productividad, eficiencia y eficacia de la atención a la salud; estableciendo las normas y los parámetros necesarios, generando una cultura organizacional con valores y actitudes hacia la satisfacción de las necesidades y expectativas del usuario y su entorno familiar,
- Mantener comunicación y coordinación continua con los establecimientos de salud de la red de servicios, según normas establecidas y con los organismos de desarrollo integral de su comunidad.
k) Efectuar la notificación de mortalidad general, materna, fetal, neonatal y perinatal é infantil.
- Implementar el Sistema de Referencia y Contrareferencia.
m) Organizar la red de vigilancia comunal.
n) Los demás objetivos funcionales que le asigne la autoridad nacional y/o la autoridad regional de salud.
Artículo 4*.- BASE LEGAL La base legal que regula al Hospital de Ventanilla son:
- Ley N° 26842, Ley General de Salud, promulgada el 15 de Jullo 1997,
» Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud.
© Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales de fecha 18 de noviembre del 2002.
- Ley N° 27902, Ley que modifica la Ley Orgénica de Gobiernos Regionales.
- Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado.
© Ley 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal de Salud.
Ley N° 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales de fecha 14 de diciembre 2007.
bey N° 27181, Ley General de transporte y Tránsito tarrastre, reglamentado a su vez por el Decreto Supremo N* 024-2002-MTC, T.U.O, del Reglamento Nacional de Responsabilidad Social y Seguros Obligatorios Y Accidente por Tránsito.
DR. D. GONZALEZ
SAS M. ROJAS O LQUISPE H.
GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO ospital , "2, DIRECCION REGIONAL DE SALUD DEL CALLAO ve HOSPITAL DE VENTANILLA entanilla
2 LEY 27785 “Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y la Contraloría General de la República”.
Decreto Supremo N* 013-2002-SA, Aprueban el Reglamento de la Ley del Ministerio de Salud.
Decreto Supremo N° 043-2006-PCM, de fecha 26 de Julio del 2006, que aprueba los lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones —ROF por parte de las entidades de la Administración Pública.
Decreto Supremo 023-2005-5A, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud.
Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento de la Ley General del Sistema de Bienes Estatales.
» Resolución Ministerial N° 566-2005/MINSA, que aprueba Lineamientos para la Adecuación de la Organización de Direcciones Regionales de Salud en el Marco de Procesos de Descentralización,
= Resolución Ministerial N° 603-2006/MINSA, del 28-06-2006, que aprueba la Directiva N° 007-MINSA/OGPP-4.02: Directiva para la Formulación de Documentos Técnicos Normativos de Gestión Institucional.
- Resolución Ministerial N*616-2003-SA/DM, que aprueba el modelo de Reglamento de Organización y Funciones de Hospitales.
e Resolución Directoral N* 541-2011-GRC/DIRESA/DG, que aprueba la categorización del Hospital de Ventanilla como 11-1.
Resolución Ministerial N° 237-2008/MINSA, Aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Hospital de Ventanilla, Aprueba el ROF y CAP-P del Hospital de Ventanilla.
Resolución Ministerial N° 809-2006/MINSA, que modifica la Directiva N° 007- MINSA/OGPP-V.02, “Directiva para la Formulación de Documentos Técnicos Normativos de Gestión Institucional”, en los términos — 5.4.4 Criterios para la elaboración del MOF del 28 de Agosto del 2006.
Resolución Ministerial N° 854-2003-SA/DM, de fecha 30 de Mayo del 2003, que aprueba el ROF de la DISA | CALLAO y las 03 Direcciones de Redes de Salud: Bonilla — La Punta, BEPECA y Ventanilla.
Resolución Ministerial N° 546-2011-MINSA, que aprueba la Norma Técnica de Salud NTS N- 021-MINSA/DGSP-V.03, Norma Técnica de Salud “Categoría de Establecimiento del Sector Salud”.
Resolución Ministerial N° 011-2014-MINSA, que modifica la Directiva para la Formulación de Documentos Técnicos Normativos de Gestión institucional.
» Resolución de Contraloría N°163-2015-CG que aprueba Directiva N* 007-2015-CG/PROCAL que aprueba la Directiva de los Órganos de Control institucional,
- Resolución de Contraloría N°458-2016-CG, que aprueba la modificación de la Directiva Ne 007-2015-CG/PROCAL que aprueba la Directiva de los Órganos de Control Institucional,
GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO DIRECCION REGIONAL DE SALUD DEL CALLAO Fantom Saz, HOSPITAL DE VENTANILLA.
Ordenanza Regional N* 006-2008, aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional del Callao.
Ordenanza Regional N° 020-2012, que aprueba la modificación de la estructura orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional dei Callao, eliminándose la Gerencia Regional de Salud.
Ordenanza Regional N° 024-2012, que aprueba la modificación del Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección Regional de Salud del Gobierno Regional del Callao.
Ordenanza Regional N°000008 del 31 de agosto del 2016 — Gobierno Regional del Callao que aprueba la modificación del CAP-P 2016 del Hospital de Ventanilla.
BR. D, GONZALEZ
Artículo 5°.- El Hospital de Ventanilla para poder cumplir con su visión,
GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO DIRECCION REGIONAL DE SALUD DEL CALLAO HOSPITAL DE VENTANILLA
TITULO UU
DE LA ESTRUCTURA ORGANICA
generales trazadas, se ha planteado la siguiente Estructura Orgánica:
- ÓRGANO DE DIRECCIÓN
01.1.
Dirección
- ÓRGANO DE CONTROL
02.1,
Órgano de Control Institucional
- ÓRGANOS DE ASESORAMIENTO
03.1, 03.2.
Unidad de Planeamiento Estratégico Unidad de Epidemiología y Salud Ambiental
- ÓRGANOS DE APOYO
04.1, 04.2. 04.3. 04.4.
Unidad de Administración
Unidad de Estadística e Informática
Unidad de Seguros
Unidad de Apoyo a la Docencia e Investigación
- ÓRGANOS DE LÍNEA
05.1. 05.2. 05.3, 05.4. 05.5, 05.6, 05.7. 05.8, 05,9.
Servicio de Medicina
Servicio de Cirugía y Anestesiología Servicio de Pediatría
Servicio de Gineco-Obstetricia Servicio de Odontoestomatología Servicio de Enfermería
Servicio de Emergencia
Servicio de Apoyo al Diagnóstico Servicio de Apoyo al Tratamiento
M. ROJAS O
misión y las funciones
ospital A,
entanil
GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO ospital 13. DIRECCION REGIONAL DE SALUD DEL CALLAO de E HOSPITAL DE VENTANILLA entanitia
TITULO Il. DE LAS FUNCIONES DE LOS ORGANOS Y UNIDADES ORGANICAS
CAPITULO I 01 FUNCIONES ESPECÍFICAS DEL ÓRGANO DE DIRECCIÓN
Artículo 6*.- 01.1 DIRECCIÓN
La Dirección es el órgano de Dirección del Hospital; tiene cargo de Director y tiene asignadas las sigulentes funciones:
a) Establecer la visión, misión, objetivos y funciones generales en concordancia con las Políticas y estrategias regionales.
b) Evaluar el logro de los objetivos, metas y estrategias de corto plazo y su eficacia para lograr los objetivos de mediano y largo plazo.
e) Lograr la mejora continua de los procesos organizacionales enfocados en los objetivos de los usuarios y conducir las actividades de implementación y/o mejoramiento continuo.
d) Gestionar la obtención de cooperación técnica y financiera nacional e internacional y el apoyo a los planes del Hospital, en el marco de las normas vigentes,
€) Gestionar los recursos humanos, materiales, financieros y tecnológicos para el logro de los Objetivos institucionales y el funcionamiento del Hospital, con discernimiento de la autoridad jerárquica superior.
A Establecer comunicación y coordinación con las entidades públicas y privadas para el logro de las actividades programadas.
gl Dirigir la implementación del sistema de referencia y Contrareferencia en el Hospital según las normas pertinentes.
h) Asegurar la implementación y mantenimiento de un Sistema de Gestión de la Calidad de los servicios de salud.
i) Proponer las políticas, normas y proyectos de investigación, apoyo a la docencia y atención especializada, a los organismos correspondientes.
GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO ospital 0 DIRECCION REGIONAL DE SALUD DEL CALLAO det HOSPITAL DE VENTANILLA 'entanilla
J) Establecer los convenios, contratos y acuerdos con instituciones públicas y privadas para el logro de los objetivos y metas, para lo cual solicitará el Asesoramiento Legal correspondiente, Lograr oportunidad y seguridad en el flujo y registro de la documentación oficial y dar cumplimiento a las normas pertinentes.
K)_ Lograr oportunidad y seguridad en el flujo y registro de la documentación oficial y dar cumplimiento a las normas pertinentes.
l) Lograr la seguridad, custodia y organización del archivo de la documentación oficial y acervo documentario y cumplir las normas pertinentes.
m) Establecer el control interno previo, simultaneó y posterior en el Hospital y aplicar las medidas correctivas necesarias,
n) Cumplir con los demás objetivos funcionales y responsabilidades que le asigne la autoridad nacional y/o autoridad regional de salud.
©) Dirigir las coordinaciones con la Procuraduría Pública del Gobierno Regional del Callao, respecto de las acciones judiciales relacionadas con el Hospital y la sistematización y difusión de la normatividad legal.
P)_ Lograr la comunicación social para la salud en apoyo a la prevención de las enfermedades y promoción de la salud y evaluar el impacto de las estrategias empleadas.
- informar oportunamente a las instancias correspondientes de las acciones de control interno que tengan que ser evaluados par los órganos competentes.
£) Cumplir con las demás funciones específicas y responsabilidades que le asigne la autoridad nacional y/o la autoridad regionat de salud.
CAPITULO II
02 FUNCIONES ESPECÍFICAS DEL ÓRGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL
Artículo 7”.- 02,1 ÓRGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL
El Órgano de Control Institucional - OCI es el órgano conformante del Sistema Nacional de Control ~ SNC, cuya finalidad es llevar a cabo el control gubernamental en la entidad de conformidad con lo dispuesto en los artículos 6°, 7* y 8 de la LEY 27785 “Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y la Contraloría General de la República”, promoviendo la correcta y transparente gestión de los recursos y bienes de la entidad, cautelando la legalidad y eficiencia de sus actos y Operaciones, así como, el logro de sus resultados, mediante la ejecución de los servicios de control (simultaneo y posterior) y servicios retacionados, con sujeción a los principios enunciados en el artículo 9° de la Ley 27785.
DIRECCION REGIONAL DE SALUD DEL CALLAO
GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO pen ICA de 7 HOSPITAL DE VENTANILLA entanilta
a) Formular en coordinación con las unidades orgánicas competentes de la CGR, el Plan Anual de Control, de acuerdo a las disposiciones que sobre fa materia emita la CGR.
b) Formular y proponer a la entidad, el presupuesto anual del OCI para su aprobación correspondiente.
e] Ejercer el control interno simultáneo y posterior conforme a las disposiciones establecidas en las Normas Generales de Control Gubernamenta! y demás normas emitidas por la CGR.
d) Ejecutar los servicios de control y servicios relacionados con sujeción a las Normas Generales de Control Gubernamental y demás disposiciones emitidas por la CGR.
€) Cautelar el debido cumplimiento de las normas de control y el nivel apropiado de los Procesos y productos a cargo del OCI en todas sus etapas y de acuerdo a los estándares establecidos por la CGR.
f) Comunicar oportunamente los resultados de los servicios de control a fa CGR para su revisión de oficio, de corresponder, luego de lo cual debe remitirlos al Titular de la entidad © del sector, y a los órganos competentes de acuerdo a ley; conforme las disposiciones emitidas por la CGR.
£) Comunicar los resultados de los servicios relacionados, conforme a las disposiciones emitidas por la CGR.
h) Actuar de oficio cuando en los actos y operaciones de la entidad se adviertan indicios razonables de falsificación de documentos, debiendo informar al Ministerio Público o al Titular, según corresponda, bajo responsabilidad, para que se adopten las medidas Pertinentes, previamente a efectuar la coordinación con la unidad orgánica de la CGR bajo cuyo ámbito se encuentra el OCI.
Elaborar la carpeta de control y remitirla a las unidades orgánicas competentes de la CGR para la comunicación de hechos evidenciados durante el desarrollo de servicios de control Posterior al Ministerio Público conforme a las disposiciones emitidas por la CGR.
Orientar, recibir, derivar o atender las denuncias, otorgándole el trámite que corresponda de conformidad con Jas disposiciones del Sistema Nacional de Atención de Denuncias o de la CGR sobre materia.
k) Realizar el seguimiento a las acciones que las entidades dispongan para la implementación efectiva y oportuna de las recomendaciones formuladas en los resultados de los servicios de control, de conformidad con las disposiciones por la CGR.
J) Apoyar a las comisiones auditoras que designe la CGR para la realización de los servicios
de control en el ámbito de fa entidad en la cual se encuentra OCI, de acuerdo a la disponibilidad de su capacidad operativa. Asimismo, el Jefe y el personal del OCI deben prestar apoyo, por razones operativas o de especialidad y por disposición expresa de las unidades orgánicas de línea u órganos desconcentrados de la CGR, en otros servicios de control y servicios relacionados fuera del ámbito de la entidad. El Jefe del OCI, debe dejar constancia de tal situación para efectos de la evaluación del desempeño, toda vez que dicho apoyo impactará en el cumplimiento de su Plan Anua! de Control.
GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO ital E, DIRECCION REGIONAL DE SALUD DEL CALLAO he HOSPITAL DE VENTANILLA 'entanilla
m) Cumplir diligente y oportunamente, de acuerdo a la disponibilidad de su capacidad y Operativa, con los encargos y requerimiento que le formule la CGR. i n) Cautelar que la publicidad de los resultados de los servicios de contrat y servicios relacionados se realicen de conformidad a las disposiciones emitidas por la CGR.
- Cautelar que cualquier modificación al Cuadro de puestos, al presupuesto asignado o al ROF, en lo relativo al OCI se realice de conformidad a las disposiciones de la materia y las emitidas por la CGR.
p) Promover la capacitación, el entrenamiento profesional y desarrollo de competencias del Jefe y personal del OCI a través de la Escuela Nacional de Control o de otras instituciones educativas superiores nacionales o extranjeras.
q) Mantener ordenados, custodiados y a disposición de la CGR durante (10) años los informes de auditoria, documentación de auditoría o papeles de trabajo, denuncias recibidas y en general cualquier documento relativo a las funciones del OCI, luego de los cuales quedan sujetos a las normas de archivo vigentes para el sector público.
Efectuar el registro y actualización oportuna, integral y real de la información en los aplicativos informáticos de la CGR.
Mantener en reserva y confidencialidad la información y resultados obtenidos en el ejercicio de sus funciones.
t)_ Promover y evaluar la implementación y mantenimiento del sistema de control interna por parte de la entidad.
u) Presidir fa Comisión Especial de Cautela en la auditoría financiera gubernamental de acuerdo a las disposiciones que emita fa CGR.
v) Otras que establezca la CGR.
CAPITULO HI 03 FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS ÓRGANOS DE ASESORAMIENTO
Artículo 8*.- 03.1 UNIDAD DE PLANEAMIENTO ESTRATÉGICO
Es la unidad orgánica de asesoramiento, encargada del planeamiento estratégico Y Operativo, Proceso presupuestario, diseño organizacional y sistema de inversión pública; depende jerárquicamente de la Dirección y tiene asignados las siguientes funciones:
a) Lograr el diagnostico situacional e identificar los objetivos, metas y estrategias de largo, mediano y corto plazo y proponer el plan estratégico y operativo en concordancia con los linearniento de Política de fa Dirección Regíonal de Salud.
b) Evaluar la efectividad de las estrategias y el logro de los objetivos y metas de corto, mediano y largo plazo,
DIRECCION REGIONAL DE SALUD DEL CALLAO
GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO ital E, His HOSPITAL DE VENTANILLA entanitia
€) Lograr el diagnóstico y análisis organizacional para formular y mantener actualizados los documentos de gestión en cumplimiento a las normas vigentes.
d) Lograr la implantación de los modelos de organización que se establezcan en el Sector y Asistir técnicamente a los órganos del Hospital para su mejoramiento continuo.
e) Lograr el establecimiento y mejoras continuas de los procesos y procedimientos del hospital, para la organización del trabajo y los recursos, coordinar su automatización con la Unidad de Estadística e Informática y reportar periódicamente los indicadores de los mismos para la toma de decisiones a nivel institucional, regional y nacional,
f) Gestionar el financiamiento presupuestario para el logro de los objetivos y metas Programadas y conducir el proceso presupuestario en el Hospital.
E), Identificar oportunidades de inversión y priorizar necesidades para proponer el desarrollo, gestionar la viabilidad de los proyectos, su ejecución e implementación de los proyectos, en el Marco del Programa Anual y las normas del Sistema Nacional de inversión Pública.
h) Formular los estudios de pre Inversión e incorporarlos al Presupuesto y al Programa Anual de Inversiones en concordancia con los lineamientos de Política del Gobierno Reglonal del Callao.
i) Proponer la política financiera de capacitación, administración y asignación de recursos para la salud, acorde con los objetivos y prioridades sanitarias.
J} Proyectar los ingresos y gastos de la Unidad Ejecutora, en el largo, mediano y corto plazo.
K)_ Implementar los sistemas de planeamiento y control financiero en el hospital para determinar y mejorar la eficiencia y eficacia en el uso de los recursos financieros.
[) Verificar el grado de cumplimiento de las metas financieras y efectuar el seguimiento y evaluación de la información durante el proceso presupuestario, analizar las causas de las desviaciones, sí las hubiere y proponer acciones correctives.
m) Diseñar y proponer fas políticas de inversión del hospital en el marco de los lineamientos de política de la Dirección Regional de Salud - Callao, del Ministerio de Salud y del Sistema de Inversión Pública,
n) Cumplir y hacer cumplir la normatividad de los sistemas y procesos sectoriales de planeamiento, inversión en salud, organización, financiamiento y presupuesto, para el logro de sus objetivos funcionales en el ámbito de los roles y competencias asignadas al Hospital.
©) Cumplir con otras funciones específicas y responsabilidades que le asigne la Dirección.
Artículo 9°.- 03.2 UNIDAD DE EPIDEMIOLOGÍA Y SALUD AMBIENTAL
Es la unidad orgánica de Asesoramiento, encargada de ¡a vigilancia en salud pública, análisis de la situación de salud hospitalaria y de la población y territorio asignado, salud ambiental e investigación epidemiológica, depende de la Dirección y tiene las siguientes funciones:
EY)
UNS M. ROJAS O
GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO
DIRECCION REGIONAL DE SALUD DEL CALLAO ospital 8, HOSPITAL DE VENTANILLA jentanilla
a) Detectar, investigar e Informar oportunamente los casos de enfermedades Sujetas a notificación obligatoria.
b) Detectar, investigar, informar y controlar la ocurrencia de brotes epidémicos en el nivel Hospitalarlo y en su ámbito jurisdiccional.
c) Elaborar y difundir a los diferentes niveles, el perfil epidemiológico de las enfermedades trasmisibles y no trasmisibies en el ámbito hospitalario y en el ámbito de la población y territorio asignado.
d) Proponer, ejecutar y evaluar la vigilancia epidemiológica para daños que ocurren en su ámbito jurisdiccional así como recomendar las estrategias de intervención.
€) Elaborar el análisis de la situación de salud de su establecimiento, para el planeamiento y toma de decisiones.
f) Generar información analítica de salud, de acuerdo a las necesidades de la autoridad regional de salud.
- Implementar y ejecutar el monitoreo de indicadores de salud trazadores de la gestión hospitalaria y de su ámbito jurisdiccional.
h) Difundir a través de la sala situacional de salud y medios autorizados, en forma oportuna, la información generada en el análisis de la situación de salud y de los eventos de importancia para la gestión.
1), Viglfar el cumplimiento de las normas de bioseguridad en el manejo de los pacientes, en la limpieza, desinfección y esterilización de los ambientes, el manejo de la ropa y de los residuos sófidos hospitatarios así como del uso de materiales potencialmente tóxicos.
J) Establecer y adecuar las normas de bioseguridad existentes en relación a los riesgos ambientales químicos, físicos, biológicos, ergonómicos y de seguridad física, en los diferentes ambientes hospitalarios para disminuir o evitar su probable impacto en la salud de los pacientes y/o usuarios, familiares de los pacientes, trabajadores y comunidad en general.
K]_ Vigilar el cumplimiento de las buenas prácticas de higiene en la manipulación de alimentos Por las unidades orgánicas de nutrición y dietética y en el expendio de alimentos que se produzcan en el Hospital,
- Proponer y aplicar protocolos de evaluación higiénica sanitaria de los diferentes ambientes hospitalarios para recomendar mejoras en los mismos,
m) Identificar grupos de riesgos en función de niveles de exposición de acuerdo al perfil ocupacional,
n) Determinar el perfil epidemlológico de las enfermedades más frecuentes del personal, notificar y proponer medidas de intervención.
©) Diseñar y/o implementar programas de prevención y control de accidentes laborales y enfermedades profesionales que tengan impacto en la salud de los trabajadores.
P) Promover, diseñar, ejecutar y difundir investigaciones epidemiológicas que ocurre en el ámbito hospitalario y de su jurisdicción.
- Cumplir con otras funciones específicas y responsabilidades que le asigne la Dirección.
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CAPITULO IV 04 FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS ÓRGANOS DE APOYO
Artículo 10*.- 04.1 UNIDAD DE ADMINISTRACIÓN
Es Ja unidad orgánica de apoyo, encargada de lograr que el hospital cuente con los recursos hurnanos, materiales y económicos Necesarios, así como el mantenimiento y servicios generales Para el cumplimiento de la misión y los objetivos estratégicos y funcionales asignados al hospital; depende de la Dirección y tiene las siguientes funciones;
a) Proponer las políticas, normas y programación de la gestión y asignación de recursos humanos, materiales y financieros en el marco de la normatividad de los sistemas administrativos de presupuesto, abastecimiento, contabilidad y tesorería, así como en los procesos organizacionales de planeamiento, financiero y logística correspondientes.
b) Administrar y lograr el desarrollo del personal en el marco de la normatividad vigente.
©) Establecer y ejecutar las actividades de soporte logístico, asepsla, seguridad, mantenimiento y servicios generales.
d) Administrar, registrar y controlar los recursos económicos y financieros, así como la ejecución presupuestal, para la tama de decisiones en la asignación de recursos, según los planes y programas respectivos, orientándolos hacia el cumplimiento de la misión y el logro de los objetivos estratégicos y funcionales asignados al hospital.
£)_ Implementar y mantener el sistema de información del proceso administrativo integrado, en coordinación con la Unidad de Estadística e informática del hospital y la Oficina de Informática, Telecomunicaciones y Estadística de la Dirección Regional de Salud, según la normatividad vigente.
f)_ Desarrollar las actividades de personal, abastecimiento, contabilidad, tesorería y ejecución Presupuestal, en el marco de las normas de los sistemas administrativos correspondientes.
- Desarrollar y realizar el planeamiento det registro administrativo, disposición y control de fos bienes de propiedad del hospital, sobre el cual ejercita algún derecho real.
h) Lograr que se establezca en la unidad orgánica y en el ámbito de su competencia y objetivos funcionales de control interno previo, simultáneo y posterior,
- Formular el presupuesto analítico de personal, identificar y satisfacer las necesidades de recursos humanos que deben asignarse a los cargos o puestos de trabajo y ejecutar los desplazamientos del personal en el marco de la normatividad vigente para la implementación del CAP-P de! hospital.
DIRECCION REGIONAL DE SALUD DEL CALLAO
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il Programar y ejecutar el control, desarrollo y capacitación del personal para los objetivos funcionales asignados al hospital y sistematizar y mantener actualizado el registro de información de los recursos humanos del hospital para la toma de decisiones y la planificación del desarrollo de los mismos.
K) Brindar apoyo especializado en seguros y ejecutar fa auditoria preventiva a los documentos de reembolso por atención a pacientes asegurados.
I) Lograr que los pacientes Y personal cuenten con la previsión de vestuario y ropa de cama en condiciones asépticas y los servicios auxiliares generales de apoyo para la atención en consulta externa, hospitalización y emergencias.
m) Lograr la seguridad física del Personal, materiales, instalaciones y equipos del hospital, así como él transporte del personal y materiales para el cumplimiento de sus funciones.
1), Cumplir con otras funciones específicas y responsabilidades que le asigne el director.
ARTICULO 11°.- 04.2 UNIDAD DE ESTADISTICA E INFORMATICA
Es la unidad orgánica de apoyo, encargada de lograr que el Hospital provea la información estadística de salud y el soporte informático, mecanización e integración de los sistemas de Información requeridos para los procesos organizacionales, depende jerárquicamente de la Dirección y tiene las siguientes funciones:
a) Programar y ejecutar la recolección, validación, consistencia, procesamiento de datos, consolidación, análisis y difusión de la información estadística de salud a los usuarios internos y externos, según las normas establecidas.
b) Lograr la disponibilidad, oportunidad, seguridad y control del registro y archivo de los documentos oficiales de registro médicos del paciente, para el uso del personal autorizado en la atención de salud y para los fines legales pertinentes.
c) Producir las indicadores estadísticos de salud para la toma de decisiones y la generación de datos de acuerdo a las necesidades Y prioridades de las unidades orgánicas del hospital.
d) Analizar e interpretar la información estadística para facilitar el proceso de toma de decisiones,
e) Identificar y proponer a ia Dirección Regional de Salud, las necesidades de diseño y mejoramiento de los sistemas integrados de información que se establezcan.
Identificar y proponer nuevas oportunidades de aplicación de tecnología de información.
- Lograr la provisión de servicios informáticos, sistema de información, telecomunicationes, informática y telemática en el ámbito institucional a través de las instancias pertinentes.
h) Establecer y mantener la seguridad, integración y operatividad de las redes de información y bases de datos institucionales necesarias.
i) Lograr y mantener inter-conectividad de las redes y base de datos institucionales con las de nivel regional y nacional,
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J) Lograr que los usuarios internos y externos tengan la disponibilidad de asesoría y asistencia técnica disponible en el uso de aplicaciones informáticas, telecomunicaciones y nuevas tecnologías de información.
k) Implementar fos proyectos de desarrollo de tecnología de información y telecomunicaciones que se programen a nivel sectorial.
- Aplicar y mantener las normas y estándares de informática y telecomunicaciones establecidas por el Gobierno Regional del Callao en el Hospital.
Mm) Asignar los equipos de comunicación móvil por necesidad de servicio en coordinación con la unidad de administración y establecer las condiciones de uso.
n) Cumplir con otras funciones específicas y responsabilidad que le asigne la dirección.
ARTICULO 12°,- 04.3 UNIDAD DE SEGUROS
Es el órgano de apoyo especializado en seguros y referencias para el logro de los objetivos estratégicos y funcionales del Hospital, en el marco de la política regional, sectorial y normas vigentes; depende de la Dirección, coordina con los órganos involucrados para que se cumplan con sus objetivos institucionales y tiene asignadas las funciones siguientes:
a) Ejecutar la auditoria preventiva a la documentación del reembolso Por atención a pacientes asegurados
b) Coordinar con la Unidad de Administración sobre la emisión del comprobante de pago correspondiente y para la obtención de información de cuentas por cobrar relativas a los reembolsos de los organismos y las compañías de seguros.
Cc) Actuar como interlocutor oficial frente a las compañías de seguros respecto a la recepción de las cartas de garantía, así como solucionar las discrepancias con estos, respecto al proceso de atención del paciente, según lo que se disponga expresamente en las normas pertinentes.
d) Desarrollar los estudios técnicos en seguros que se le encarguen,
el Evaluar y coordinar las mejoras en la atención, referencia y Contrareferencia de los pacientes asegurados, a cargo de los órganos competentes
- _ Evaluar los tarifarios de servicios en coordinación con la unidad orgánica de planeamiento.
£) Coordinar con las oficinas administrativas la aplicación adecuada de las Remesas de Fondos asignados al SIS de la Institución, para brindar atención de calidad Y oportuna al paciente
beneficiario,
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h) Hacer cumplir la normatividad y disposiciones del SRC, emitidas por los niveles superiores, dentro del ámbito hospitalario.
i) Coordinar y establecer la referencia y contrareferencia de usuarios externos entre establecimientos e institutos especializados y Hospitales, a través de los centros de comunicación permanentes instalados, que garantice la vinculación e integración del SRC en el ámbito regional y nacional,
- Designar las funciones específicas del personal de salud involucrado en el flujo de los pacientes
manejados en el SRC.
ARTICULO 13°. 04.4 UNIDAD DE APOYO A LA DOCENCIA E INVESTIGACIÓN
Es el órgano encargado de prestar apoyo a la docencia e investigación según los convenios con las
Universidades y/o instituciones educativas en el marco de la cooperación técnica y/o científica
internacional; depende de la Dirección Ejecutiva, responsable de dirigir y gestionar y coordina con
la Dirección, para el cumplimiento de los Objetivos institucionales, y tiene asignados las funciones siguientes:
a) Proponer los planes y programas de perfeccionamiento y formación de los recursos humanos según corresponda a los convenios con Universidades y/o instituciones educativas.
b) Promover y evaluar los convenios con Universidades e institutos educativos, para fines de pregrado y postgrado.
€) Proponer los requerimientos de las plazas de externos, internos, residentes y otras que se requieran para cumplir con los programas docentes según convenios con universidades e institutos educativos, en el marco de las normas vigentes.
d)_ Consolidar y proponer a la Dirección la autorización de las investigaciones que se lleven a cabo en el Hospital, manteniendo un registro de las mismas, en el marco de la política y normas sectoriales vigentes.
$) Orientar, fomentar y estimular el desarrollo de la investigación y la producción científica.
1 Apoyar la docencia universitaria y técnica para la formación y especialización de Recursos
Humanos, en el marco de los convenios y normas pertinentes,
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- Brindar asistencia técnica complementaria a los servicios hospitalarios, para la organización, implementación, ejecución y control de la referencia y Contrareferencia,
h) Mantener actualizada y disponible la cartera de servicios Reglonal y Nacional, de tal manera que cualquier tiempo real, identificado fa capacidad resolutiva existente y disponibie en los servicios.
i) Coordinar la referencia y Contrareferencia de usuarios (condiciones de traslado del paciente) fuera del Nivel Regional y en el ámbito nacional.
J} Resolver los casos de referencia especiales y de emergencia que requieran una atención urgente y oportuna.
K) Retroalimentar mensualmente a todos los establecimientos información sobre procesos inadecuados o disfuncionales identificados del proceso de la referencia y contrareferencia, con el
propósito de contribuir al mejoramiento conti
- Realizar actividades de capacitación continua a los recursos humanos del hospital en el SRC. m) Cumplir con otras funciones específicas y responsabilidades que le asigne la Dirección
CAPITULO V 05 FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS ÓRGANOS DE LÍNEA
ARTICULO 14*.. 05.1 SERVICIO DE MEDICINA
El servicio de medicina es la unidad orgánica de Línea, encargada de la atención médica integral y especializada a los pacientes,
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