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005-2019 Regional Ordinance Callao In force

Ordenanza Regional N.° 005-2019

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Gobierno Regional del Callao Ordenanza Regional N!! 005 Callao, 01 de Octubre de 2019 El GOBERNADOR DEL GOBIERNO REGIONAL Del CALLAO POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao en Sesión Ordinaria del 01 de octubre de 2019. CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Estado, en su Artículo 10 proclama la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad, como el fin supremo de la sociedad y del Estado, y en su Artículo 2° inciso 1, consagra el derecho de toda persona a la vida, a su dignidad e integridad moral, psíquica y física, y a su libre desarrollo y bienestar. Asimismo, el Artículo 191° señala que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, de conformidad con lo establecido por el Artículo 191° de la Constitución Política del Perú, modificado por la ley N° 27680 " ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV", sobre Descentralización, concordante con el Artículo 2° de la Ley N° 27867 "Ley Orgánica de Gobiernos Regionales", los Gobiernos Regionales son personas Jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de sus competencia;

" "<. Que, el Artículo SO de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales citada en el considerando anterior, a "v •.J/o \

establece que la misión de los gobiernos regionales es organizar y conducir la gestión pública regional de

  1. acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el marco de las políticas nacionales y

p// sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la Región . Asimismo, en su Artículo 6°, """

señala que el desarrollo Regional comprende la aplicación coherente y eficaz de 'Ias políticas e instrumentos de desarrollo económico social, poblacional, cultural y ambiental, a través de planes, programas y proyectos orientados a generar condiciones que permitan el crecimiento economlco armonizado con la dinámica demográfica, en el desarrollo social equitativo y la conservación de los recursos naturales y el ambiente en el territorio regional orientado hacia el ejercicio pleno de los derechos de hombres y mujeres e Igualdad de oportunidades; Que, el Artículo 61° del mismo cuerpo legal, sobre las funciones del Gobierno Regional en materia de Defensa Civil, prescribe: literal a) Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y admin istrar las políticas regionales en materia de defensa civil y seguridad ciudadana , en concordancia con la política general del Gobierno y los planes sectoriales y locales; y el literal c) Organizar y ejecutar acciones de prevención de desastres y brindas ayuda directa e inmediata a los damnificados y la rehabilitación de las poblaCiones afectadas; Que, en el inCISO a. del Artículo 17 del Reglamento de la Ley N° 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, aprobado mediante Decreto Supremo NO 011 - 2014 - IN Y modificado con Decreto Supremo NO 010 - 2019 - IN, establece que es una de las funciones del Comité Regional de Seguridad Ciudadana (CORESEC) : "Proponer ante el Gobierno Regional la aprobación del Plan de Acción

Regional de Seguridad Ciudadana alineado al Plan Nacional de Seguridad Ciudadana y sus medidas sectoriales, elaborado bajo los enfoques de gestión por resultados, intercultural y regional, y articulado con los instrumentos del SINAPLAN". Asimismo en su Artículo 19 inciso a. indica que, es una de las funciones de la Secretaria Técnica del Comité Regional de Seguridad Ciudadana "Presentar ante el Comité Regional de Seguridad Ciudadana la propuesta del Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana, elaborado bajo un enfoque descentralizado, de gestión por resultados, intercultural y alineado al Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana". De igual manera, el primer párrafo del Artículo 47 del mismo cuerpo legal prescribe: Las Secretarías Técnicas de los Comités son las responsables de formular y presentar las propuestas de planes de acción de seguridad ciudadana ante los respectivos Comités. Éstos, después de evaluar las propuestas de planes de acción de seguridad ciudadana, proponen su aprobación ante los Gobiernos Regionales, Municipalidades Provinciales y Municipalidades Distritales, respectivamente, a través del dispositivo legal que corresponda; Que, mediante Resolución Ministerial NO 0761 - 2016 - IN, modifica la Directiva NO 001 - 2015 - IN "Lineamientos para la formulación, aprobación, ejecución y evaluación de los Planes de Seguridad Ciudadana, Supervisión y Evaluación de los Comités de Seguridad Ciudadana", aprobada por R.M . N° 010

  • 2015 - IN; Que, con el Acta de fecha 26 de febrero de 2019, el Comité Regional de Seguridad Ciudadana del Callao, aprobó el Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana de la Región callao 2019; Que, por medio del Informe N° 075 - 2019 - GRC / GRDNDCYSC - CORESEC - S1; de fecha 27 de febrero de 2019, el Gerente Regional de Defensa Nacional, Defensa Civil y Seguridad Ciudadana en su calidad de Secretario Técnico del CORESEC - CALLAO, puso a conocimiento del Gobernador Regional del callao la aprobación del Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana de la Región Callao 2019, remitiéndolo para su aprobación por el Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao; Que, con el Memorándum N° 256 - 2019 - GRC / GAJ, de fecha 05 de marzo de 2019, la Gerencia de Asesoría Jurídica manifiesta que de la revisión formal de los actuados, se verifica que no se ha cumplido con remitir el Proyecto de Ordenanza Regional que aprueba el Plan de Acción Regional de Seguridad . iudadana de la Región callao 2019, precisando que previó al informe legal que los actuados sean emitidos a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, con el ... ,A proyecto antes sindicado;

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Que, mediante el Memorándum N° 649 - 2019 - GRC / GRPPAT, de fecha 04 de abril de 2019, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, remitió adjunto a la Gerencia de Asesoría Jurídica el Informe N° 055 - 2019 - GRC / GRPPAT, a través del cual, el Jefe (e) de la Oficina de Planificación concluye que el Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana de la Región Callao 2019, se encuentra articulado con las políticas nacionales y regionales, señaladas en el Acuerdo Nacional, el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional denominado Plan Bicentenario - El Perú hacia el 2021 y con el Plan de Desarrollo Regional Concertado 2011 - 2021 de la Región callao, y que la misma ha sido formulada tomando en cuenta la Directiva NO 010 - 2015 - IN "Lineamientos para la formulación, aprobación, ejecución y evaluación de los Planes de Seguridad Ciudadana, Supervisión y Evaluación de los Comités de Seguridad Ciudadana" y modificatoria; Que, en atribución del literal a) del Artículo 15° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, lo cual establece, que es atribución del Consejo Regional, Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; en tal sentido el Consejo Regional ha aprobado la siguiente:

ORDENANZA REGIONAL QUE RATIFICA El PLAN DE ACCiÓN REGIONAL DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA REGiÓN CALLAO 2019 ARTfcUlO 1'.· Aprobar, el Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana de la Región callao - 2019, conforme al inciso a. del Artículo 19 del Reglamento de la Ley N° 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, aprobado mediante Decreto Supremo N° 011 - 2014 - IN Y modificado con Decreto Supremo NO 010 - 2019 - IN, documento aprobado por el Comité Regional de Seguridad Ciudadana del callao (CORESEC - CALLAO), Y cuyo documento tiene por misión supervisar y evaluar la implementacló, . de las políticas, planes, programas y proyectos de seguridad ciudadana, para garantizar el pleno ejercicio de los derechos y libertades consagrados en la Constitución Política, la convivencia pacífica, la reducción de la victimización del delito y la percepción de Inseguridad ciudadana. ARTfcUlO 2".· Encargar a la Gerencia Regional de Defensa Nacional, Defensa Civil y Seguridad Ciudadana, adoptar la medidas necesarias para la Implementación del Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana de la Región callao - 2019. ARTfcUlO 3".· Encargar a la Oficina de Tramite Documentario y Archivo del Gobierno Regional del callao, notificar la presente Ordenanza Regional, a los miembros del Comité Regional de Seguridad Ciudadana del callao. ARTfcUlO 40•• la presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. POR TANTO: REGfSTRESE, PUBlfQUESE y CÚMPLASE.

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Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regioncallao/normas-legales/3480438-005-2019 PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/3641699/005-2019.pdf